Implicaciones
de un renovado Somatén
Alberto
Rojas Andrade 02-01-2014
Se instala un nuevo capitalismo todavía más brutal y conquistador. Ignacio Ramonet 2007
Es
incuestionable que el Partido Popular (PP) está empeñado en profundizar los
métodos antidemocráticos de trato a la población en España a casi 40 años del
nominal fin del franquismo. El paquete legislativo propuesto en este año que
concluyó, llamado por quienes son sus destinatarios ‘Ley Mordaza’, y
eufemísticamente Ley
de Protección de la Seguridad Ciudadana, es una afrenta a elementales
conquistas democráticas en cualquier país del mundo luego de la derrota del
fascismo europeo en la Segunda Guerra Mundial.
Esta normatividad impulsada por el PP (cuyo nombre acorde con sus planteamientos sobre libertades sociales podría ser Alianza Neofranquista), con ayuda de otros del mismo tenor Convergencia y Unión (CiU) y el Partido Nacionalista Vasco (PNV), en la materia resulta aborrecible para cualquier humano de esta centuria.
La libertad de pensamiento, que no es otra cosa que su ejercicio ilimitado, es decir el de expresión es inequívocamente atacado; no siendo un mero arrebato fascista de Rajoy y adláteres, sino una parte de una escalada de represión que con mucho tiende a abarcar toda tierra donde los humillados y ofendidos, como diría Dostoyevski, procuren detener la desposesión y la destrucción de hábitats a la que son sometidos.
Castigar la divulgación del pensamiento ajustado con la realidad sentida por millones, como es la declarada ausencia de algo asimilable a democracia en el estado español es el meollo de la cuestión. Tal carencia con la crisis es utilizada para los latrocinios de banqueros con sus desahucios, tarifazos de servicios públicos, el descenso vertiginoso de la calidad de vida de la generalidad de la población consecuencia de la desposesión masificada, expulsión de la población joven por el paro, absurda vigencia de la ominosa monarquía, etc., todo ello insistentemente denunciado de forma efectiva en movilizaciones multitudinarias; la asfixia del pensamiento, la socialización del mismo y la consecuencial actuación colectiva, es a lo que apunta el conjunto de leyes mencionado.
Dentro de este la denominada ‘seguridad privada’ que se ha elaborado implica el otorgamiento de competencias adicionales reflejadas en la vida cotidiana, a poderes de facto actuantes en el territorio español con una capacidad de influencia, por supuesto, negada al ciudadano común. Dichos poderes reales, la oligarquía financiera y demás socios, asumen atribuciones suplementarias de control, más allá de las ya en ejecución en cabeza de autoridades centrales o autonómicas; en este caso concreto abrir la posibilidad de ir más allá de las capacidades de castigo acostumbradas de la policía.
Lo anterior, aunque mimetizado, se encuentra firmemente presente en el proyecto de ley en cuestión en la exposición de motivos entregada ante el Congreso de Diputados de Madrid. Si sustituimos los términos ‘agentes privados’ por capitalistas, y ‘actividad industrial o mercantil’ por la de quehaceres extractivos, es evidente la intención de quienes poseen el poder económico de procurarse nuevos elementos de contención, esta vez directamente violentos, ante las circunstancias sociales presentes o las futuras de crisis de su posición dominante:
“Los Estados, al establecer el modelo legal de seguridad privada, lo perfilan como la forma en la que los agentes privados contribuyen a la minoración de posibles riesgos asociados a su actividad industrial o mercantil, obtienen seguridad adicional más allá de la que provee la seguridad pública o satisfacen sus necesidades de información profesional con la investigación de asuntos de su legítimo interés.” [1]
Las limitaciones a los procederes de los cuerpos de seguridad privada contempladas en el proyecto, acerca de que estos van a estar sometidos a la policía, resultan ser una obviedad engañosa, puesto que en todos los casos conocidos en el mundo de empleo de cuerpos paraestatales, estos lo están a una autoridad, y es justamente este sometimiento el posibilitante de su utilización eficaz al servicio de los poderosos [2].
El citado proyecto legislativo de ‘Seguridad Privada’ impone la tercerización de funciones públicas en las fuerzas armadas estatales, tendencia netamente antidemocrática patrocinada desde los centros militares y económicos de occidente. Es decir, se hace rentable económicamente la represión a la vez que se la descentraliza haciéndola más brutal.
En lo que la ley propuesta va más allá de lo visto en otras latitudes es en la directa asimilación de la seguridad privada a la acción de agentes estatales, como autoridad pública [3], un tema que en otros casos sólo era definido simple y llanamente por los hechos; por ende los guardias privados podrán requisar a los ciudadanos, un abuso intolerable en otros tiempos y latitudes, con toda legalidad.
Una característica especialmente fascistoide de las nuevas potestades de los guardias privados, ya con funciones públicas, es su constitución de informantes de los cuerpos de seguridad estatales tal como lo contempla el proyecto en los artículos 8° 4.C., 14. 1, y 21. 2., este último como obligación [4], delatando clamorosamente su rol de servicio de espionaje y la magnitud de dominación política que se pretende imponer.
En concomitancia con este desdoblamiento policial de los cuerpos de seguridad privada, se ha elaborado un conjunto de prohibiciones con propósitos definidos de anulación de las armas cívicas de la sociedad, mediante las cuales ha sido posible ejercer presiones efectivas ante los entes visibles de poder, por poseer la capacidad de alterar la cotidianidad capitalista.
Esto lo manifiesta el proyecto en el castigo a concentraciones no comunicadas ante entidades del estado central o las autonomías en cualquier tiempo, el escarmiento en iguales circunstancias pero en lugares estratégicos de comunicaciones y generadores de energía (penando el tomar desprevenidas a las autoridades y afectar la vida diaria); el establecimiento de perímetros inviolables de seguridad por parte de la policía (negando de plano la libertad de locomoción por la saña policial); la sanción a repulsas (escraches) populares a funcionarios públicos y a manifestarse con atuendos dificultantes del establecimiento de la identidad (negando derechos elementales); la etérea proscripción de cualquier expresión verbal de inconformidad frente a las acciones policiales en el escenario tumultuoso callejero ideal para cualquier arbitrariedad; la penalización del obstaculizamiento de la vía pública con variados objetos como neumáticos; o la censura a la obtención de pruebas fílmicas de los acostumbrados abusos policiales (una garantía a la impunidad), etc.
Lo referente a la imposición de multas como forma de coacción sutil pero efectiva de represión, guarda relación también en el pluricitado proyecto mordaza, con la legalidad instaurada en naciones donde se criminaliza en la actualidad a grandes segmentos de la población manteniéndolos constreñidos a estar ligados a un intrincado sistema judicial del cual es prácticamente imposible salir, y sin embargo es extremadamente fácil entrar [5].
El Consejo de Europa en voz de Nils Muiznieks ya definió el proyecto de Ley de Protección de la Seguridad Ciudadana, conocido como Ley Mordazao Ley Anti15-M, como "altamente problemático" (un eufemismo de la diplomacia), alertando sobre la inexistente proporcionalidad de las multas propuestas. [6] Empero, esto justamente relativo a las sanciones administrativas, ha sido lo más rápidamente negociable en el Congreso de los Diputados, mientras el núcleo del proyecto como control social amenazadoramente violento ha permanecido intacto.
A este último respecto es necesario acotar, como las citadas facultades parapoliciales, se añaden a la ya legendaria aspereza en el trato a los ciudadanos con que actúan los diversos cuerpos policiales del estado español. Hacen parecer a los de ciertos países con gobiernos neoliberales en Latinoamérica como grupos de timoratos de gendarmes con reatos de conciencia. Aquí es notable que en cuanto a métodos, aquellas entidades policiales han tenido contacto de entrenamiento e ideologización con colegas de otras naciones de la OTAN, instructores reconocidos de formas violentas de someter levantiscos.
En el aspecto comparativo, ¿qué tal si los gobiernos de Caracas, La Paz, La Habana o Quito hicieran un anuncio de proponer procederes tan inefables como las de la Ley Mordaza? Pues nos iríamos todos en contra por los medios a disposición para evitar tamaña afrenta a las luchas sociales de varios siglos. Claro, al instante medios como El País, Televisión Española, ABC, etc., en la hipótesis planteada, pondrían el grito en el cielo y les faltaría papel, bites y tiempo al aire en imágenes para denunciar ad nauseam a aquellos como ‘dictaduras’ ‘gobiernos tiránicos’, ‘violadores de elementales derechos humanos’ llamando al derrocamiento de los mismos y a fuertes sanciones internacionales.
No obstante, el nefasto control social ad portas va mucho más allá de lo enunciado. El colectivo de militares republicanos y demócratas Anemoi, ha advertido sobre reformas al Código Penal Militar, tendientes a sí mismo a amordazar a quienes estando bajo esa jurisdicción se opongan a las imposiciones de dictadura no tan blanda, contenidas en esta legislación de Protección de la Seguridad Ciudadana y la extensión en la aplicación de aquel Código en el evento obstaculización de acciones militares reaccionarias o la difusión de espionajes ilegales, por parte de militares civilistas. [7]Ley de Protección de la Seguridad Ciudadana y su correspondiente de Seguridad Privada hacen parte de un bloque de normas intensamente represivas, comprensivo de las anunciadas reformas del Código Penal, del Código Penal Militar [8]. De estas nada humanista y libertario se puede esperar.
Empero, es asimilable a un ataque físico a los pueblos del estado español, la ocurrencia de lo advertido por ANEMOI acerca de la imposición de un control social de características paramilitares, lo cual debe poner en pié de lucha hasta el más indiferente.
Estamos hablando de la implantación por ley del ejercicio represivo de cuerpos paraestatales con expresas atribuciones de agentes represivos del estado. Se les otorgan facultades de control directo de la población (detención, requisa y hasta el interrogatorio en la identificación) con toda la carga de potencial violencia contraria a derecho inherente. Las extralimitaciones y despotismos son pan de cada día con cuerpos estatales; los parapolicías en el papel de guardias privadas podrán ir aún más allá.
La advertencia de ANEMOI acerca de que estos parapolicías no tendrán restricciones en su incorporación en cuanto a antecedentes de violación de derechos humanos y agregaríamos racismo, corrupción, permite ver más allá de lo aparente y detectar que es justamente este tipo de personajes a quienes se tendrá como los más aptos para los fines no confesados del paquete legislativo: la constitución de una fuerza de castigo relevante del desgaste presente y futuro de las fuerzas estatales, ejecutante de prácticas de vigilancia coactiva y espionaje por fuera de la ley, sirviendo de pelele, de brazo no oficial al cual culpar de los atropellos con indignados, insumisos y demás.
Así mismo es notorio con la excusa de promover el empleo con la expansión de las funciones de los guardias privados, el establecimiento de la táctica de enfrentar a una parte de las clases desposeídas con otras en circunstancias equivalentes. En otras palabras, se alienta la artificial pugna pueblo contra pueblo, al servicio de la oligarquía en el momento justo del frenesí de su rapiña.
En el conjunto legislativo donde encontramos la Ley Mordaza también es apreciable como telón de fondo, la intención de colocar a la totalidad de los miembros de la población inclinados a la movilización en rechazo a las medidas extractivas del gobierno respaldando los oligopolios, en la calidad de enemigo interno, algo análogo a la categoría establecida hace medio siglo por la Doctrina de la Seguridad Nacional (DNS) en América Latina (aún como ideología en vigor): la sociedad entera erigida como objeto de sospecha y punición.
Esto ocurre en un territorio el cual hace siglos vio la creación de un cuerpo paramilitar llamado Somatén, el cual ayer como hoy, tiene su esencia y justificación en la protección agresiva de la propiedad privada. Remembramos como hacia el año de 1875 a instancias de militares y familias oligárquicas de Barcelona se recrea una entidad medieval, la cual consiste en cuerpos armados, no pertenecientes a las fuerzas estatales, reunidos esporádicamente ante la existencia de un peligro representado en delincuentes o invasiones, son llamados Somatén. Esta organización defiende los intereses fundamentalmente de latifundistas de amenazas a su dominio territorial, a la vez de encontrarse a órdenes de las tropas regulares españolas [9]. Ya en el siglo XX, la relación del Somatén con las fuerzas más reaccionarias es puesta en evidencia cuando el dictador Miguel Primo de Rivera al dar el golpe de Estado de 1923, en su proclama sediciosa dirigida a España y al ejército da fe de la adopción de aquel como organización de control de la población en general y a la vez de castigo de quienes se oponen al autoritarismo:
“Somos el Somatén, de legendaria y ponderada tradición española, y como traemos por lema <<paz, paz, paz>>; pero paz digna fuera y paz fundada en saludable rigor y justo castigo dentro… [10]”
Por consiguiente, los habitantes del estado español pueden recordar lo que significa que personas privadas o cuerpos estatales desdoblados como civiles sean facultadas para controlar a la población. América Latina sabe también de ello con el control brutal ejercido por diversas formas de escuadrones de la muerte que empezaron a actuar en la década de los años cincuenta en algunos países y luego se constituyeron en forma más o menos usual de trato a inconformes.
Tener presente la correspondencia de la violencia privatizada castigando la lucha social con cuerpos paraoficiales como la Triple A en Argentina, los escuadrones de El Salvador, las PAC de Guatemala, o los más citados por estos tiempos AUC de Colombia o Zetas de Méjico, es pensar que de una u otra forma estos han sido erigidos por poderes estatales como fuerzas extralegales practicantes de graves delitos que no podían ni pueden, ser cometidos por las autoridades en razón del resultante desprestigio tanto internamente como en el exterior.
Y aquí es pertinente traer a la memoria como en Colombia los paramilitares comenzaron su evolución en los años noventa, justamente como ‘grupos de seguridad privada cooperativos’ (con el paradójico nombre de ‘Convivir’); y terminaron, en aplicación a la política sostenimiento de aquellos del presidente de entonces Álvaro Uribe Vélez, una vez teóricamente desmovilizados, incorporándose a compañías privadas de vigilancia, en las cuales desarrollan actividades similares a las previas a su formal entrega de armas. Para fortuna de los habitantes del estado español no serán tratados como lo han sido en el pasado y en el presente muchos latinoamericanos, no obstante, el esquema general paramilitar de control social poblacional en su esencia es análogo al espíritu de dominio atemorizante contenido en las leyes propuestas.
El conjunto de la acción de castigo de estos cuerpos termina asociado con la vigilancia, la delación, los informantes el estado policiaco, el de la Seguridad Nacional; el ambiente social deviene a que los habitantes sean blancos de castigo, hostigamiento y vigilancia invasiva. La seguridad privada es el campo donde se pueden realizar mejor y más calladamente tales acciones por las facultades otorgadas en espacios privados y comunales; es un paso más hacia la anulación de las libertades que intentan detener la debacle social y ambiental.
Notas [
1] Exposición de Motivos. Congreso de Diputados. Boletín Oficial de las Cortes Generales. Seria A. Núm. 50-3. 10 de diciembre de 2013. Pág. 3
[2] “…base irrenunciable de la preeminencia de la seguridad pública sobre la seguridad privada “. Exposición de Motivos. Pág. 5
[3] “Otra de las novedades que se incorpora en materia de personal, largamente demandada por el sector, es la protección jurídica análoga a la de los agentes de la autoridad del personal de seguridad privada frente a las agresiones o desobediencias de que pueden ser objeto cuando desarrollen, debidamente identificados, las actividades de seguridad privada en cooperación y bajo el mando de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad”. Exposición de Motivos. Pág. 7
[4] “Tendrán prohibido comunicar a terceros, salvo a las autoridades judiciales y policiales para el ejercicio de sus respectivas funciones, cualquier información que conozcan en el desarrollo de sus servicios y funciones sobre sus clientes o personas relacionadas con éstos, así como sobre los bienes y efectos de cuya seguridad o investigación estuvieran encargados”. Exposición de Motivos. Pag.11, 15, 18,
[5] La criminalización de grandes y específicos sectores de la población es una táctica política de dominación practicada con lujo de detalles en los EE.UU., donde por sentencias mínimas obligatorias por delitos no graves ni violentos, se imponen condenas de hasta 20 años. En algunos casos se estipula hasta la cadena perpetua a jóvenes por delitos cometidos sin violencia relacionados con el tráfico ilegal de psicoactivos; naturalmente, esto va dirigido a afros, latinos y blancos pobres. Es notable en la primera potencia militar del planeta variados esfuerzos por realizar un control altamente punitivo en grupos sociales que pueden ser tenidos en determinado momento como rebeldes. Josep Fontana. El Futuro es un País Extraño. Reflexiones Sobre la Crisis Social de comienzos del siglo XXI. Editorial Pasado y Presente. Barcelona 2013. Pag.50, 51. En España sin los pretextos estadounidenses, obran aspectos más abstractos como ‘seguridad’ o generación de empleo.
[6] http://www.publico.es/486702/el-consejo-de-europa-tambien-expresa-su-preocupacion-por-la-ley-mordaza-del-gobierno
[7] Anemoi. Otro paso más en el “golpe de Estado” encubierto Denunciamos la Ley de Seguridad Privada, como la instauración de “cuerpos parapoliciales” al servicio de la oligarquía y de su Régimen antidemocrático. Rebelión. http://www.rebelion.org/noticias/2013/12/178180.pdf
[8] Ibídem.
[9] El Principat de Catalunya. La Defensa Contra Malhechores: el Somatén. Noviembre 2 de 2009 http://elprincipatdecatalunya.blogspot.com/2009/11/el-somaten.html Somatén significa en catalán ‘estamos atentos’.
[10] Jordi
Cassasas Ymbert. La Dictadura de Primo de Rivera (1923-1930). Anthropos
Editorial Del Hombre. Barcelona 1983. Pag.83
Otro paso
más en el "golpe de Estado" encubierto (Ley de Seguridad Privada,
España)
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