martes, 8 de diciembre de 2020

Conferencia telemática: Pacto de Toledo, ¿Avance o más de lo mismo? Documentos complementarios.

 


 


28 de octubre, conferencia telemática: Pacto de Toledo, ¿avance o más de lo mismo?

 

 

El Pacto de Toledo es un ataque a la clase trabajadora.

 

El Pacto de Toledo es el instrumento que se dio el capitalismo para recortar y deteriorar el modelo público, de reparto, solidario y redistributivo de nuestro sistema público de pensiones, con el fin de implantar su estafa negocio de las pensiones privadas, reduciendo de paso los costes empresariales.

 

Más de lo mismo.

 

Más pensiones privadas, más incentivos empresariales, más deterioro del sistema público y más recortes a las pensiones.

 

 

“El Pacto de Toledo es un lobby que se crea para privatizar las pensiones pública.”

 

La Entidad de Previsión Social Voluntaria (EPSV), es la mochila austriaca vasca.

 

El seguro de empresas es una forma de capitalización de las pensiones privadas

 

La Entidad de Previsión Social Voluntaria (EPSV), se articula como entidad de mutualidad no integrada en la Seguridad Social.

 

 

[Libro] Por un sistema público de pensiones. Ética, crítica y economía.

 

http://eljanoandaluz.blogspot.com/2020/11/libro-por-un-sistema-publico-de.html

 

 

Luces y sombras del nuevo Pacto de Toledo

 

Pacto de Toledo, ¿Avance o más de lo mismo?

 

  intervención




Conferencia telemática de Miren Etxezarreta es Catedrática emérita en economía aplicada de la universidad autónoma de Barcelona, doctora en economía por la London school of economics y participa en el seminario de economía crítica Taifa.

Escuela de Economía de Londres

 

https://www.youtube.com/watch?v=KIZ1IEfEcHs&feature=emb_logo

 

COESPE Coordinadora Estatal de Pensiones

 

 

https://www.youtube.com/watch?v=KIZ1IEfEcHs&t=3s

 

https://kaosenlared.net/video-miren-etxezarreta-pacto-de-toledo-avance-o-mas-de-lo-mismo/

 

https://www.cgt-lkn.org/blog/archivos/8722

 

 

Conferencia telemática: Pacto de Toledo, ¿Avance o más de lo mismo? Debate y preguntas. 2º intervención Nekane Jurado

 

https://www.youtube.com/watch?v=xXjNw6t791k

 

“El Pacto de Toledo es un lobby que se crea para privatizar las pensiones pública.”

 

Nekane Jurado. Licenciada en ciencias económicas y empresariales, ciencias actuariales y financieras y psicología clínica y trabaja en el área de la economía social.

 

Referencias:

 

Decreto 907/1966, de 21 de abril, aprobando el texto articulado primero de la Ley 193/1963, de 28 de diciembre, sobre Bases de la Seguridad Social.

 

https://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-1966-6647

 

Primera gran contrarreforma en las pensiones públicas.

 

Se modificó el período de cálculo para la base reguladora de jubilación e invalidez, pasándose de 2 a 8 en jubilación y a 5 en invalidez. Del mismo modo, para alcanzar el derecho a percibir una pensión se pasó de los 10 años a los 15 de cotización.

 

 

Ley 26/1985, de 31 de julio, de medidas urgentes para la racionalización de la estructura y de la acción protectora de la Seguridad Social.

 

http://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-1985-16119

 

Ley 8/1987, de 8 de junio, de Regulación de los Planes y Fondos de Pensiones.

 

https://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-1987-13491

 

 

Real Decreto 1307/1988, de 30 de septiembre, por el que se aprueba el Reglamento de Planes y Fondos de Pensiones.

 

https://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-1988-25288

 

 

Conferencia telemática: Pacto de Toledo, ¿Avance o más de lo mismo? Debate y preguntas. 3º intervención. Juan Miguel Fernández

 

https://www.youtube.com/watch?v=ptFv4dkkG10

 

Juan Miguel Fernández. Economista y profesor honorífico por la universidad Complutense de Madrid. Interventor de la seguridad Social y asesor técnico del tribunal de cuentas actualmente jubilado. Es portavoz de la coordinadora de Madrid por la defensa del sistema público de pensiones.

 

Referencias:

 

Fondo de Reserva de la Seguridad Social

 

https://es.wikipedia.org/wiki/Fondo_de_Reserva_de_la_Seguridad_Social

 

 

Carles Campuzano

 

https://es.wikipedia.org/wiki/Carles_Campuzano

 

‘Saqueo y sabotaje de los fondos de las pensiones. Cronología de las contrarreformas laborales, sanitarias y de las pensiones, por la burguesía contra la clase obrera en el Estado capitalista español.

 

 

http://eljanoandaluz.blogspot.com/2018/04/saqueo-y-sabotaje-de-los-fondos-de.html

 

Quieran modificar el Artículo 109. Recursos generales. Del Real Decreto Legislativo 8/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social.

 

 

Conferencia telemática: Pacto de Toledo, ¿Avance o más de lo mismo? Debate y preguntas. 4º intervención

 

 

https://www.youtube.com/watch?v=eHVWSXeeeYo

 

Ramón Franquesa. Es economista e investigador, actualmente ejerce como profesor de economía mundial en la facultad de economía y empresa de la universidad de Barcelona. Es actualmente Portavoz de COESPE.

 

Referencias:

 

La gran mentira del “Ingreso Mínimo Vital”. La medida estrella del gobierno “progresista” se estrella antes de tomar vuelo

 

http://eljanoandaluz.blogspot.com/2020/09/la-gran-mentira-del-ingreso-minimo.html

 

La Mochila Austriaca es una de las formas de privatizar las pensiones

 

¿Pero cómo es posible que todavía no sepa usted que es "la Mochila Austríaca" que tanto gusta a la burguesía financiera internacional, a la banca, a la patronal española y casi todos los partidos políticos en España?

 

 

http://eljanoandaluz.blogspot.com/2020/08/pero-como-es-posible-que-todavia-no.html

 

El acuerdo de PSOE-Unidas Podemos para un Gobierno de coalición, íntegro

 

31 DIC 2019 –

 

https://elpais.com/politica/2019/12/30/actualidad/1577717188_495072.html

 

Coalición progresista. Un nuevo acuerdo para España

 

2.4.- Pensiones, Inclusión y Seguridad Social.

 

2.4.1.- Garantía de pensiones dignas a través de la suficiencia y revalorización del sistema público de pensiones.

 

·       Plantearemos a todas las fuerzas políticas y a los agentes sociales un nuevo Pacto de Toledo, que garantice la sostenibilidad y suficiencia del sistema público de pensiones.

 

·       Actualizaremos las pensiones conforme al IPC real mediante ley de forma permanente, y aumentaremos el poder adquisitivo de las pensiones mínimas y las no contributivas.

 

·       Impulsaremos la reducción de la brecha de género en las pensiones y la revisión de las pensiones de viudedad, garantizando la igualdad de trato en los casos de parejas sin vínculo matrimonial.

 

·       Revisaremos el sistema de cobertura de lagunas y determinación de la base reguladora para evitar perjuicios a las personas con carreras profesionales irregulares y el complemento por maternidad para hacerlo más equitativo y evitar la perpetuación de roles de género.

 

 

2.4.1.1.- Reformaremos el Sistema de Seguridad Social, en el marco del diálogo social, y del Pacto de Toledo, con máxima transparencia, para garantizar su sostenibilidad a medio y largo plazo.

 

·       Se estudiarán y desarrollarán medidas para, entre otras, garantizar el aumento de los ingresos de forma estructural, descargando a la Seguridad Social de gastos impropios, asegurando la sostenibilidad del Sistema.

 

·       Revisaremos las bonificaciones a la contratación con el objetivo de reducirlas, garantizando el mantenimiento de aquéllas que contribuyen a la inserción en el mercado laboral de los colectivos con especial vulnerabilidad.

 

 

2.4.1.2.- En el marco de esta reforma, eliminaremos el Factor de Sostenibilidad y el Índice de Revalorización de Pensiones de la Seguridad Social previstos en la Ley 23/2013, siempre asegurando la sostenibilidad del sistema a medio y largo plazo.

 

2.4.1.3.- Reorganización de la Seguridad Social para dotar de mayor eficacia a la gestión con menores costes.

 

2.4.2.- Desarrollaremos el Ingreso Mínimo Vital como prestación de Seguridad Social. Comenzaremos en un primer momento por el aumento decidido de la prestación por hijo/a a cargo para familias vulnerables, y posteriormente mediante un mecanismo general de garantía de renta para familias sin ingresos o con ingresos bajos.

 

 

https://ep00.epimg.net/descargables/2019/12/30/87348523b35b92d92f5702e3cc84d950.pdf

 


 

Conferencia telemática: Pacto de Toledo, ¿Avance o más de lo mismo? Debate y preguntas. 5º intervención

 

 

https://www.youtube.com/watch?v=fXI2f4NRjVg

 

 

 

 

COESPE: Primera valoración de las recomendaciones del Pacto de Toledo

 

1/11/2020

 

Coordinadora Estatal Por La Defensa Del Sistema Público De Pensiones (COESPE)

 

Concluidos los trabajos del Pacto de Toledo, el martes 27 cada grupo parlamentario votará.

 

Sus acuerdos, que serán públicos en los próximos días, son meras recomendaciones discutidas a puerta cerrada entre representantes de la derecha (PP, Ciudadanos, Vox, PNV, PDeCAT) y representantes de partidos de izquierda. Las propuestas parten de las deliberaciones de la anterior legislatura que terminaron sin acuerdo.


Los distintos grupos parlamentarios de la Comisión votarán el próximo martes 27.

 

Hasta entonces en una primera valoración destacamos lo siguientes:

 

1. Sobre los saqueos a las cuentas de la Seguridad Social:

 

Lo más sobresaliente es que el Pacto de Toledo no hace ninguna propuesta de reparación del daño causado por la financiación con cotizaciones, de los gastos indebidos.

 

No dice nada de la derogación de las reformas laborales y de pensiones, ni de una la ley que garantice el mantenimiento del poder adquisitivo, y tampoco del destope de las bases máximas de cotización.

 


El Pacto de Toledo no quiere sacar ninguna conclusión del saqueo continuo que los diferentes gobiernos han impuesto a las cotizaciones sociales durante décadas, y compensar por los desvíos de cotizaciones a fines impropios. Además, proponen continuar con estas prácticas hasta el año 2024 ¿De qué sirve reconocer que ha habido una indebida utilización de los recursos de la Seguridad Social si no se corrigen sus efectos y se propone un plan de compensaciones a la caja de la Seguridad Social?

 

2. Se anuncia un nuevo saqueo. Como forma de eliminar la imagen de una Seguridad Social endeudada, se propone que la falsa deuda generada por los préstamos, que debieron ser aportaciones, se reconozca como verdadera deuda y se cancele cediendo al Estado o Comunidades Autónomas la propiedad de edificios del Patrimonio de la Seguridad Social e inscritos a nombre de la Tesorería General de la Seguridad Social en los correspondientes registros de propiedad

 

3. Se manifiesta el rechazo a cualquier “transformación radical del sistema”. Siguiendo recomendaciones de la AIREF, que sugiere una “pronta implementación de las reformas permitiría una implantación más gradual, facilitando su aceptación social y la adaptación de las decisiones de los agentes sociales a la nueva situación”. (28 de septiembre de 2020)


Fruto de esas sugerencias se ponen los cimientos de una “transformación gradual del sistema”, en la línea de lo avanzado por el ministro de orientarse hacia un sistema mixto como el inglés, cuyos primeros elementos son:


– La modificación del
artículo 109 de la Ley General de la Seguridad Social (LGSS). La recomendación 1 dice, que la asunción progresiva por el Estado de los gastos financiados impropiamente por cotizaciones “ha de implicar la modificación del artículo 109 de la LGSS”. Este artículo obliga a que el Estado haga las aportaciones necesarias al sostenimiento del sistema, y ha sido reiteradamente incumplido, pues en vez de aportaciones se hicieron préstamos.

 

– La introducción gradual de la imposición por impuestos, a la larga en sustitución de las cotizaciones. La recomendación 0 abre la puerta a la utilizar los recursos “basados en la imposición general, que pudieran ser necesario para asegura la sostenibilidad y la suficiencia de las prestaciones”. Sustituyendo así la obligación legal de las aportaciones del Estado (Art. 109), sustituyéndola por la financiación por impuestos, sometidos a las reglas del techo de gasto y las limitaciones y carencias del sistema impositivo.

 

– Para nosotros, la COESPE, la sostenibilidad actual y futura se garantiza por la derogación de las reformas laborales, destopando las bases de cotización, persiguiendo la economía sumergida y el fraude, evitando las malas prácticas de desviar recursos de la Seguridad Social a otros fines, y legalmente, no modificando, pero cumpliendo el artículo 109 de la LGSS.

 

– El decisivo apoyo a las pensiones privadas de sistemas complementarios. La recomendación 16 se pronuncia por estos “instrumentos de ahorro a medio y largo plazo para los trabajadores”, para lo cual se impulsarán los “sistemas sustentados en la negociación colectiva”, que “deben cubrir al menos las contingencias de jubilación, invalidez y fallecimiento”, y las entidades que lo gestiones deberán tener “un régimen fiscal y jurídico adecuado y diferenciado”. Es decir, con beneficios fiscales y utilizando a los sindicatos como canalizadores de recursos a las entidades del capital financiero.

 

La COESPE defiende el sistema de reparto y su financiación y, como dice el primer punto de nuestra tabla, reivindicamos complementar las cotizaciones sociales con aportaciones finalistas, no con préstamos a la Seguridad Social que dan falsa imagen de endeudamiento.

 

4. Se han movido pocas cosas en lo que respecta a reivindicaciones directas de los pensionistas actuales. El derecho al mantenimiento del poder adquisitivo conseguido hace unos años se mantiene y también este año se aplicará el IPC; se reconoce la existencia los vacíos en cotización de las mujeres aunque pocas soluciones se aportan; se reconoce la necesidad de subir las pensiones mínimas pero se manifiesta un falso temor a desincentivar la cotización; se mantiene la pensión de viudedad como prestaciones contributivas pero se recorta el acceso a la viudedad; respecto a la edad de jubilación se aumentan los requisitos para las jubilaciones anticipadas, se incentivará la prolongación voluntaria de la vida laboral; se abre la posibilidad de coger los años favorables para mejorar las bases reguladoras; se conserva la ampliación de 15 a 25 años del periodo utilizado para el cálculo de la base reguladora, etc. En realidad, una serie de aspectos susceptibles de negociación posterior. Pero que no anulan la valoración negativa que el peso de los puntos anteriores impone a las recomendaciones del Pacto de Toledo.

 

5. La iniciativa que ha lanzado la COESPE con la exigencia de la realización de una auditoria de las cuentas de la Seguridad Social ha encontrado un eco enorme entre la ciudadanía y la clase obrera. Más de 150,000 apoyos recogidos, de los cuales miles de ellos han sido recogidos directamente por los pensionistas en mesas y concentraciones en multitud de pueblos y ciudades.

 

 

Hemos conseguido que los interesados en liquidar la Seguridad Social abandonen su propaganda basada en la quiebra del sistema y en la insostenibilidad del sistema de reparto. Nosotros, al plantear que queremos conocer la verdad de lo ocurrido con nuestras cotizaciones y demostrar que fueron utilizadas para otros fines distintos de los debidos, hemos abierto una brecha favor de la transparencia y la verdad, para conocer la magnitud del saqueo y la necesidad de compensar ese comportamiento indebido de las instituciones estatales.

 

Hoy más que nunca, ante cosas como las descritas aquí, con más fuerza que nunca hemos de aferrarnos al grito que expresa nuestra independencia, la independencia de la COESPE que basa su fuerza en la democracia, en el respeto a los demás, en la discusión libre y democrática y el convencimiento de que nuestra lucha es justa:

 

¡GOBIERNE QUIEN GOBIERNE LAS PENSIONES SE DEFIENDEN!

 

La comisión de portavoces

 

 

https://kaosenlared.net/coespe-respuesta-a-las-recomendaciones-del-pacto-de-toledo/

 

 

 

Comisión de Seguimiento y Evaluación de los Acuerdos del Pacto de Toledo (27/10/2020)

 

https://www.youtube.com/watch?v=RtcA2521naE

 

https://www.facebook.com/watch/live/?v=1016626492145046&ref=watch_permalink

 

 

Congreso de los diputados

 

http://www.congreso.es/portal/page/portal/Congreso/Congreso

 

 

 

                           CORTES GENERALES

 

DIARIO DE SESIONES DEL CONGRESO DE LOS DIPUTADOS

COMISIONES

 

XIV LEGISLATURA Núm. 188

DE SEGUIMIENTO Y EVALUACIÓN DE LOS ACUERDOS DEL PACTO DE TOLEDO

 

PRESIDENCIA DE LA EXCMA. SRA. D.ª MAGDALENA VALERIO CORDERO

 

Sesión núm. 4

 

Celebrada el martes 27 de octubre de 2020

 

ORDEN DEL DÍA:

 

 Debate y, en su caso, aprobación del informe de evaluación y reforma del Pacto de Toledo

 

La señora PRESIDENTA: Muy Buenos días a todos y a todas. Señorías, de conformidad con lo acordado en la reunión de Mesa y portavoces del pasado 23 de octubre, someto a su consideración el borrador del informe de evaluación y reforma del Pacto de Toledo. Dicho borrador es el fruto de los trabajos de la Comisión desde el comienzo de esta legislatura; trabajos que —como bien conocen sus señorías— se iniciaron allá por el año 2016 con la remisión del informe del desarrollo del Pacto de Toledo 2011/2015, elaborado por la entonces Secretaría de Estado para la Seguridad Social. Es decir, hoy cristaliza —y será rematada la tarea en el Pleno del Congreso— esta renovación de las recomendaciones del Pacto de Toledo tras cuatro años de arduas tareas. Cerraré este acto con algunos reconocimientos, porque han sido muchas personas las que a lo largo de estos años han puesto mucho de sí mismas para que este acuerdo, para que esta renovación llegase a buen puerto.

 

El informe que se somete a la Comisión consta de siete partes. La primera es la parte de los antecedentes. En esta parte podrán comprobar ustedes cómo se relatan los datos relativos a la creación de la Comisión, su composición, todas las sesiones celebradas y la documentación recibida a lo largo de los años transcurridos desde 2016 hasta hoy. La segunda parte es una introducción que, tras unas breves palabras de presentación y agradecimiento, expone la evolución legislativa del sistema de pensiones hasta la actualidad, así como los datos más destacados sobre las prestaciones económicas que, a día de hoy, satisface la Seguridad Social. La tercera parte se refiere a las orientaciones comunitarias. En esta parte se describe la posición de las instituciones de la Unión Europea en relación con la sostenibilidad financiera de los sistemas de pensiones y con la adecuación de estas en el marco diseñado por el pilar europeo de derechos sociales. La cuarta parte es la relativa a la evolución demográfica prevista para España. En esta parte se exponen las principales proyecciones demográficas referidas a nuestro país, con especial atención a las previsiones y simulaciones elaboradas por el Instituto Nacional de Estadística y también por la AIReF y por Eurostat. La quinta parte se refiere a las recomendaciones y es la parte medular del informe. En ella se encuentran las veintiuna recomendaciones elaboradas en las reuniones mantenidas por la Mesa y los portavoces durante los últimos años. La sexta parte es el resumen en el que, con una finalidad divulgativa, se relacionan los principales rasgos definidores de las recomendaciones. Y la parte séptima es un anexo estadístico. Se trata de la parte complementaria integrada por los cuadros y gráficos que sirven para ilustrar las explicaciones y demás datos que se ofrecen a lo largo del informe. Este borrador ha sido distribuido a sus señorías de conformidad con los plazos acordados en la última reunión de Mesa y portavoces.

1º Antecedentes (2016-2020)

2º Introducción

3º Orientaciones como Italia

4º Evaluación demográfica

5º Recomendaciones (21)

6º Resumen

7º Anexo

Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos a favor, 30; en contra, 5; abstenciones, 2.

 

 

 

http://www.congreso.es/public_oficiales/L14/CONG/DS/CO/DSCD-14-CO-188.PDF

 

 

Comisión de Seguimiento y Evaluación de los Acuerdos del Pacto de Toledo

 

http://www.congreso.es/portal/page/portal/Congreso/Congreso/Organos/Comision?_piref73_7498063_73_1339256_1339256.next_page=/wc/detalleInformComisiones?idOrgano=343&idLegislatura=14

 

Las recomendaciones para la reforma del Pacto de Toledo acordadas por la Comisión Permanente de Seguimiento y Evaluación de los Acuerdos del Pacto de Toledo

 

 

              BOLETÍN OFICIAL DE LAS CORTES GENERALES

 

                       CONGRESO DE LOS DIPUTADOS

 

                                 XIV LEGISLATURA

 

                      10 de noviembre de 2020    Núm. 175

 

COMISIONES, SUBCOMISIONES Y PONENCIAS

 

 

151/000004   Informe de evaluación y reforma del Pacto de Toledo 

 

http://www.congreso.es/public_oficiales/L14/CONG/BOCG/D/BOCG-14-D-175.PDF   desde la página 14-127

 

La Comisión de Seguimiento y Evaluación de los Acuerdos del Pacto de Toledo, en su sesión del día 27 de octubre de 2020, ha aprobado el Informe de evaluación y reforma del Pacto de Toledo de dicha Comisión, con el texto que se inserta a continuación.

 

Lo que se publica en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 97 del Reglamento de la Cámara.

 

Palacio del Congreso de los Diputados, 28 de octubre de 2020. —P.D. El Secretario General del Congreso de los Diputados, Carlos Gutiérrez Vicén.

 

INFORME DE EVALUACIÓN Y REFORMA DEL PACTO DE TOLEDO

 

                                                  ÍNDICE

 

I. ANTECEDENTES                 Página 15

 

A) Creación de la Comisión             15

 

B) Composición                                 16

 

C) Sesiones celebradas                     22

 

D) Documentación recibida           28

 

II. INTRODUCCIÓN                           37

 

A. Presentación del Informe         37

 

B. Evolución legislativa del sistema de pensiones de la Seguridad Social                                             39

 

1. º Primeras reformas financieras de contenido paramétrico  39

 

2. º Desde 1995 hasta 2010      40

 

3. º Desde 2011 hasta 2020       42

 

C. El sistema español de pensiones: situación actual   48

 

a) Pensiones contributivas    48

 

b) Pensiones no contributivas    50

 

 III. ORIENTACIONES COMUNITARIAS     50

 

IV. EVOLUCIÓN DEMOGRÁFICA PREVISTA PARA ESPAÑA   55

 

A. Proyección de la población española para los próximos quince años (INE, 2020-2035)                    56

 

B. Proyección de la población española para los próximos 50 años (INE, 2020-2070)                          57

 

C. Otras proyecciones demográficas (Eurostat y AIReF)   58

 

D. Efecto de la COVID-19 en las proyecciones de población   59

 

 

V. RECOMENDACIONES           59

 

Consideración preliminar   59

 

Recomendaciones               60

 

0. Defensa del mantenimiento y mejora del sistema público de pensiones                                    60

 

1. Consolidación de la separación de fuentes y restablecimiento del equilibrio financiero         61

 

2. Mantenimiento del poder adquisitivo y mejora de las pensiones                                  62

 

3. Fondo de reserva                63

 

4. Integración y convergencia de regímenes      63

 

5. Adecuación de las bases y períodos de cotización    64

 

6. Incentivos al empleo     65

 

7. Modernización e información al ciudadano       65

 

8. Gestión del sistema                       65

 

9. Mutuas colaboradoras con la Seguridad Social      66

 

10. Lucha contra el fraude                 66

 

11. Contributividad                             67

 

 12. Edad de jubilación                       67

 

13. Prestaciones de viudedad y orfandad    68

 

14 (suprimida)                                   69

 

 15. Solidaridad y garantía de suficiencia     69

 

16. Sistemas complementarios                      70

 

17. Mujeres y Seguridad Social                      71

 

17 bis. Juventud y Seguridad Social             72

 

18. Personas con discapacidad                     72

 

9. Trabajadores migrantes                             73

 

19 bis. Seguridad Social y Economía Digitalizada    74

 

20. Control parlamentario, seguimiento, evaluación y reforma del Pacto de Toledo                                       75

 

VI. RESUMEN                                                 75

 

VII. ANEXO ESTADÍSTICO                              79-126

 

 

http://www.congreso.es/public_oficiales/L14/CONG/BOCG/D/BOCG-14-D-175.PDF

 


 Los 
votos particulares presentados al mismo por los grupos parlamentarios Popular; Republicano; Más País, Bloque Nacionalista Gallego (BNG) y Compromís, integrado en el G.P. Plural; Ciudadanos; y EH Bildu.

6/11/2020

Propuestas conjuntan  de Esquerra Republicana de Catalunya y Euskal Herria Bildu sobre 13 recomendaciones.

 

Propuestas del Bloque Nacionalista Gallego (BNG)  

 

Partido Popular   recomendación 16 Sistemas complementarios                     

 

Ciudadanos   recomendación 12 Edad de jubilación, recomendación 16 Sistemas complementarios

 

Más País  recomendación 12 Edad de jubilación

 

http://www.congreso.es/backoffice_doc/prensa/notas_prensa/78195_1605687200342.pdf

 

Recomendaciones.

 

 

 

16. Sistemas complementarios                      70

 

Sin cuestionar la centralidad del sistema público de pensiones basado en un régimen financiero de reparto, el artículo 41 (Los poderes públicos mantendrán un régimen público de Seguridad Social para todos los ciudadanos, que garantice la asistencia y prestaciones sociales suficientes ante situaciones de necesidad, especialmente en caso de desempleo. La asistencia y prestaciones complementarias serán libres) de la Constitución ampara el desarrollo de sistemas complementarios de carácter voluntario que, en línea con los países de nuestro entorno europeo, se articulan como mecanismos de naturaleza mixta. En su dimensión económico-financiera, son instrumentos de ahorro a medio y largo plazo para los trabajadores y herramienta de inversión bajo tutela de los poderes públicos. Pero también tienen como objetivo complementar —en ningún caso sustituir— las pensiones públicas.

 

Consciente del insuficiente e insatisfactorio recorrido que estas fórmulas han tenido hasta la fecha, la Comisión reafirma su apuesta por impulsar su implantación efectiva, atendiendo a la recuperación de los salarios y al fortalecimiento de la negociación colectiva, para lo que mantiene la recomendación de dotar de estabilidad al actual modelo de previsión social complementaria. En esta línea, la Comisión subraya la necesidad de impulsar, de forma preferente, los sistemas sustentados en el marco de la negociación colectiva, de empleo, que integran el denominado segundo pilar del modelo de pensiones, y que prioritariamente habrán de ser sin ánimo de lucro. Estas entidades deben permitir desarrollar un sistema de aportaciones suficiente, eficaz y duradero, en un porcentaje de la base de contingencias comunes u otros criterios objetivos, y con fórmulas específicas de apoyo a los salarios más bajos o a las carreras profesionales más vulnerables, incorporando la solidaridad en determinadas contingencias. En dicho sentido, el esfuerzo de trabajadores y de empresas debe ser adecuado, proporcional y sostenido en el tiempo; debe cubrir al menos las contingencias de jubilación, invalidez y fallecimiento; y debería materializarse en entidades que preferentemente abonen complementos en forma de renta. En línea con lo planteado por la AIReF    en su evaluación de los beneficios fiscales (julio de 2020) deberá dotarse a dichas entidades de un régimen fiscal y jurídico adecuado y diferenciado, mejorando el existente en la actualidad y entendiendo que en ningún caso dichos sistemas de ahorro puedan ser considerados como meros productos financieros.

 

Asimismo, esta Comisión llama la atención sobre dos aspectos sustanciales para el funcionamiento de los sistemas complementarios: El establecimiento de un sistema de comunicación veraz y adecuado con los socios o titulares, cuya participación deberá ser periódica; y la necesaria evaluación de los gestores, respecto de sus competencias y de su desempeño en el proceso de generación de los complementos.

 

El tercer pilar estará integrado por los mecanismos de ahorro individual. La gestión de estos mecanismos debe ser más transparente de lo que ha sido hasta ahora, de manera que los costes de administración por las entidades promotoras no comporten rendimientos negativos para los ahorradores; de ello se desprende la necesidad de regular fórmulas más intensas de protección de los ahorros invertidos en este tipo de sistemas complementarios.

 

http://www.congreso.es/public_oficiales/L14/CONG/BOCG/D/BOCG-14-D-175.PDF

 

 

 

DIARIO DE SESIONES DEL CONGRESO DE LOS DIPUTADOS

 

Núm. 64 Pleno y Diputación Permanente. Sesión celebrada el jueves, 19 de noviembre de 2020.

 

Informes de comisiones permanentes:

Informe de evaluación y reforma del Pacto de Toledo, aprobado por la Comisión Permanente de Seguimiento y Evaluación de los Acuerdos del Pacto de Toledo. «BOCG. Congreso de los Diputados», serie D, número 175, de 10 de noviembre de 2020. (Número de expediente 151/000004)

 

Desde la página 53-71

 

Página 82

INFORMES DE COMISIONES PERMANENTES. (VOTACIÓN):

 

 

La señora PRESIDENTA: Informes de Comisiones permanentes. Votación del informe de evaluación y reforma del Pacto de Toledo, aprobado por la Comisión de Seguimiento y Evaluación de los Acuerdos del Pacto de Toledo. Votamos el informe de la Comisión.

 

Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos emitidos, 102 más 240 votos telemáticos, 342; a favor, 102 más 160 votos telemáticos, 262; en contra, 2 votos telemáticos; abstenciones, 78 votos telemáticos.

 

http://www.congreso.es/public_oficiales/L14/CONG/DS/PL/DSCD-14-PL-64.PDF

 

 

Congreso de los Diputados

 

Informes de Comisiones Permanentes

Sesión: 61         Votación: 210          Fecha: 19/11/2020

-Votación del Informe de evaluación y reforma del Pacto de Toledo, aprobado por la Comisión de Seguimiento y Evaluación de los Acuerdos del Pacto de Toledo. 19 de noviembre de 2020

 

https://app.congreso.es/votacionesWeb/InvocaReport?sesion=61&votacion=210&legislatura=14

 

 

El primer Pacto de Toledo

 

Boletín Oficial de las Cortes Generales, Congreso de los Diputados, 12 de abril de 1995. Número 134

 

Análisis de los problemas estructurales del sistema de seguridad social y de las principales reformas que deberán acometerse

 

Recomendaciones

 

Recomendación 14. SISTEMA COMPLEMENTARIO

 

El sistema público de la Seguridad Social puede complementarse, voluntariamente, por sistemas de ahorro y protección social, tanto individuales como colectivos, externos a la Seguridad Social, que tengan por objetivo exclusivo mejorar el nivel de prestaciones que les otorga la Seguridad Social Pública.

 

Por ello se recomienda abordar la ordenación de la previsión social complementaria, potenciándola como elemento de consolidación del modelo de protección social configurado en el artículo 41 de la Constitución. Asimismo, se propone la actualización y mejora de los actuales incentivos fiscales dirigidos a la promoción de dicho sistema complementario, con especial atención a los sistemas colectivos. En su regulación deben tenerse en cuenta también que estos mecanismos constituyen una importante fuente de ahorro a largo plazo, tanto individual como colectivo.

 

 

Documento sobre Revisión del Pacto de Toledo

 

06/06/2011

 

Recomendaciones

 

Recomendación 16. Sistemas complementarios    pág. 92

 

Uno de los retos de los sistemas de protección social, en una consideración global, consiste en que los ciudadanos, al dejar su actividad laboral, mantengan unos ingresos que les permitan desarrollar un nivel de vida similar al que venían teniendo hasta entonces. En relación con este objetivo, al lado de las pensiones públicas, los sistemas complementarios juegan un papel importante, como lo demuestran las medidas adoptadas en los países de nuestro entorno.

 

En esta línea, la Comisión sigue valorando positivamente que la protección social voluntaria, además de orientarse específicamente a un horizonte de ahorro a medio y largo plazo, sirva de complemento y mejora a las prestaciones de la Seguridad Social, salvaguardándose siempre el principio y las bases del sistema público de pensiones, y reafirmando que dichos sistemas complementarios tienen como objetivo el complementar y no el sustituir a las pensiones públicas.

 

Para la consecución de estos fines, la Comisión mantiene su recomendación de dotar de estabilidad y garantizar la neutralidad del actual sistema de previsión social complementaria, así como de potenciar los sistemas complementarios de la Seguridad Social en el marco de la negociación colectiva. A este respecto, la Comisión constata el insuficiente grado de desarrollo de la previsión complementaria en España, así como la correlativa necesidad de seguir reforzándola.

 

A la vista de lo anterior, la Comisión estima conveniente que la previsión social complementaria —con especial incidencia en la vinculada a la negociación colectiva— debe ampliar su capacidad de complementar al conjunto de prestaciones sociales públicas, con la finalidad de posibilitar una mejor atención de algunas contingencias. A tal fin la Comisión insta a los interlocutores sociales a que, en el marco de la negociación colectiva, instrumenten fórmulas de previsión complementaria a través de fondos y planes de pensiones en su modalidad de empleo.

 

Además, es importante que los beneficios fiscales que comportan los sistemas complementarios de prestaciones tengan una distribución más equilibrada, en especial en términos de igualdad de género, ampliando las posibilidades de que las personas con menores ingresos (en su mayor parte mujeres) puedan beneficiarse de las aportaciones de sus cónyuges o parejas. De igual modo, deberán mejorarse los beneficios fiscales de las aportaciones realizadas a fondos y planes de pensiones, en su modalidad de empleo; en particular, estableciendo estímulos fiscales adicionales en la regulación del impuesto de sociedades.

 

En línea con las recomendaciones para el sistema público de pensiones, la Comisión considera necesario que se mejoren los sistemas de información a los partícipes y a los beneficiarios de los sistemas complementarios, de modo que la misma sea más personalizada y, mediante su simplificación y el uso de un lenguaje más sencillo, permita que sus destinatarios tengan, en todo momento, un conocimiento exacto y periódico de los derechos consolidados que van generando, así como de los gastos que se le imputan, de modo que se logre un mayor grado de responsabilidad individual sobre la previsión complementaria.

 

En todo caso, las cantidades ingresadas en los fondos y planes de pensiones o a favor de entidades de previsión social voluntaria no podrán tener un tratamiento fiscal más favorable que la cuantía prevista como deducible en la Ley del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas o en la Ley del Impuesto sobre Sociedades por cotizaciones sociales, incluidas tanto las que son a cargo del trabajador, como las que corren por cuenta del empresario. Este límite no afectará a las cantidades que se pudieran aportar para la cobertura de situaciones de dependencia.

 

La Comisión estima que la previsión social complementaria debe atender, también, a las necesidades de los más de 3 millones de personas que en España realizan trabajos por cuenta propia o son empresarios individuales y para los que, hasta ahora, no han existido fórmulas atractivas y eficientes, más allá de opciones plenamente individuales.

 

La Comisión es consciente de que el trabajador autónomo reúne algunas características propias que lo distinguen del contratado laboral, características que justifican la configuración de un régimen de previsión social complementaria específico, ya que los ingresos de sus actividad económica pueden ser muy variables de un año a otro.

 

Una de las medidas específicas a favor de este colectivo podría ser la de crear planes de pensiones o planes de previsión asegurada específicos para trabajadores autónomos, con la particularidad de que permitan la disposición anticipada en caso de cese de la actividad o la existencia de pérdidas durante un determinado periodo de tiempo.

 

La Comisión está a favor de que las mutualidades de previsión social —en su condición de instrumentos de previsión complementaria sin ánimo de lucro— sean potenciadas con arreglo a criterios de co­laboración con el sistema público, como instrumento diferenciado que ayude a la extensión de la previsión social en el ámbito empresarial y profesional.

 

 

http://www.seg-social.es/wps/wcm/connect/wss/837109f0-e8fa-47fb-b878-668afc1bca1e/Informe+Pacto+de+Toledo+2011..pdf?MOD=AJPERES&CVID=

 

 

La Ley 27/2011, es la concreción del Informe de evaluación y reforma del Pacto de Toledo de 31 de enero de 2011

 

 

Ley 27/2011, de 1 de agosto, sobre actualización, adecuación y modernización del sistema de Seguridad Social.

 

 

https://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-2011-13242

 

BOLETÍN OFICIAL DE LAS CORTES GENERALES    Congreso de los Diputados      IX LEGISLATURA   31 de enero de 2011

 

                                                 Índice

 

Otros textos

 

COMISIONES, SUBCOMISIONES Y PONENCIA

 

Informe de evaluación y reforma del Pacto de Toledo

 

 

Aprobación por el Pleno      2

 

Votos particulares    64

 

Otros textos

 

COMISIONES, SUBCOMISIONES Y PONENCIA

 

 

El Pleno del Congreso de los Diputados, en su sesión del día 25 de enero de 2011, ha aprobado, con el texto que se inserta a continuación, el Informe de evaluación y reforma del Pacto de Toledo.

 

Palacio del Congreso de los Diputados, 27 de enero de 2011. . —P. D. El Secretario General del Congreso de los Diputados Manuel Alba Navarro.

 

INFORME DE EVALUACIÓN Y REFORMA DEL PACTO DE TOLEDO

 

ÍNDICE

I. ANTECEDENTES:

II. INTRODUCCIÓN:

III. ORIENTACIONES COMUNITARIAS

IV. EVOLUCIÓN DEMOGRÁFICA PREVISTA PARA ESPAÑA

V. RECOMENDACIONES

VI. ANEXO ESTADÍSTICO

 

Recomendación 16  Sistemas complementarios.

 

Uno de los retos de los sistemas de protección social, en una consideración global, consiste en que los ciudadanos, al dejar su actividad laboral, mantengan unos ingresos que les permitan desarrollar un nivel de vida similar al que venían teniendo hasta entonces. En relación con este objetivo, al lado de las pensiones públicas, los sistemas complementarios juegan un papel importante, como lo demuestran las medidas adoptadas en los países de nuestro entorno.

 

En esta línea, la Comisión sigue valorando positivamente que la protección social voluntaria, además de orientarse específicamente a un horizonte de ahorro a medio y largo plazo, sirva de complemento y mejora a las prestaciones de la Seguridad Social, salvaguardándose siempre el principio y las bases del sistema público de pensiones, y reafirmando que dichos sistemas complementarios tienen como objetivo el complementar y no el sustituir a las pensiones públicas.

 

Para la consecución de estos fines, la Comisión mantiene su recomendación de dotar de estabilidad y garantizar la neutralidad del actual sistema de previsión social complementaria, así como de potenciar los sistemas complementarios de la Seguridad Social en el marco de la negociación colectiva. A este respecto, la Comisión constata el insuficiente grado de desarrollo de la previsión complementaria en España, así como la correlativa necesidad de seguir reforzándola.

 

A la vista de lo anterior, la Comisión estima conveniente que la previsión social complementaria —con especial incidencia en la vinculada a la negociación colectiva— debe ampliar su capacidad de complementar al conjunto de prestaciones sociales públicas, con la finalidad de posibilitar una mejor atención de algunas contingencias. A tal fin la Comisión insta a los interlocutores sociales a que, en el marco de la negociación colectiva, instrumenten fórmulas de previsión complementaria a través de fondos y planes de pensiones en su modalidad de empleo.

 

Además, es importante que los beneficios fiscales que comportan los sistemas complementarios de prestaciones tengan una distribución más equilibrada, en especial en términos de igualdad de género, ampliando las posibilidades de que las personas con menores ingresos (en su mayor parte mujeres) puedan beneficiarse de las aportaciones de sus cónyuges o parejas. De igual modo, deberán mejorarse los beneficios fiscales de las aportaciones realizadas a fondos y planes de pensiones, en su modalidad de empleo; en particular, estableciendo estímulos fiscales adicionales en la regulación del impuesto de sociedades.

 

En línea con las recomendaciones para el sistema público de pensiones, la Comisión considera necesario que se mejoren los sistemas de información a los partícipes y a los beneficiarios de los sistemas complementarios, de modo que la misma sea más personalizada y, mediante su simplificación y el uso de un lenguaje más sencillo, permita que sus destinatarios tengan, en todo momento, un conocimiento exacto y periódico de los derechos consolidados que van generando, así como de los gastos que se le imputan, de modo que se logre un mayor grado de responsabilidad individual sobre la previsión complementaria.

 

En todo caso, las cantidades ingresadas en los fondos y planes de pensiones o a favor de entidades de previsión social voluntaria no podrán tener un tratamiento fiscal más favorable que la cuantía prevista como deducible en la Ley del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas o en la Ley del Impuesto sobre Sociedades por cotizaciones sociales, incluidas tanto las que son a cargo del trabajador, como las que corren por cuenta del empresario. Este límite no afectará a las cantidades que se pudieran aportar para la cobertura de situaciones de dependencia.

 

La Comisión estima que la previsión social complementaria debe atender, también, a las necesidades de los más de 3 millones de personas que en España realizan trabajos por cuenta propia o son empresarios individuales y para los que, hasta ahora, no han existido fórmulas atractivas y eficientes, más allá de opciones plenamente individuales.

 

La Comisión es consciente de que el trabajador autónomo reúne algunas características propias que lo distinguen del contratado laboral, características que justifican la configuración de un régimen de previsión social complementaria específico, ya que los ingresos de sus actividad económica pueden ser muy variables de un año a otro.

 

Una de las medidas específicas a favor de este colectivo podría ser la de crear planes de pensiones o planes de previsión asegurada específicos para trabajadores autónomos, con la particularidad de que permitan la disposición anticipada en caso de cese de la actividad o la existencia de pérdidas durante un determinado periodo de tiempo.

 

La Comisión está a favor de que las mutualidades de previsión social —en su condición de instrumentos de previsión complementaria sin ánimo de lucro— sean potenciadas con arreglo a criterios de colaboración con el sistema público, como instrumento diferenciado que ayude a la extensión de la previsión social en el ámbito empresarial y profesional.

 

 

http://www.congreso.es/public_oficiales/L9/CONG/BOCG/D/D_513.PDF

 

 

 

Coordinadora Estatal por la Defensa del Sistema público de Pensiones (COESPE): «Pacto de Toledo ¿Avance o más de lo mismo?»

 

16/11/2020

 

Comunicado Coordinadora Estatal por la Defensa del Sistema público de Pensiones (COESPE)

 

Acabamos de conocer el acuerdo en la comisión parlamentaria del Pacto de Toledo con las recomendaciones para reformar el sistema de pensiones. Es el primer paso de un recorrido que ahora pasará por la negociación entre el ejecutivo, patronal y sindicatos mayoritarios, que intercambiaran cosas, luego vendrá un proyecto de ley y parece que otro repaso por la comisión antes de su publicación en el BOE que marcará su entrada en vigor.

 

En este proceso se irán acabando de tejer los cestos, pero los mimbres son estos, a la vista de los cuales, podemos hacer una valoración muy aproximada de la enésima encerrona, que nos están preparando el capitalismo y sus representantes políticos. El Pacto de Toledo es el instrumento que se dio el capitalismo para recortar y deteriorar el modelo público, de reparto, solidario y redistributivo de nuestro sistema público de pensiones, con el fin de implantar su estafa negocio de las pensiones privadas, reduciendo de paso los costes empresariales. El nuevo acuerdo lo reafirma y por ello se resume en el siguiente titular.

 

MÁS DE LO MISMO

 

Mas pensiones privadas, más incentivos empresariales, más deterioro del sistema público y más recortes a las pensiones.

 

Esto aparece claramente en el fondo del acuerdo, camuflado entre un lenguaje demagógico y a veces florido para que miremos el dedo en vez de observar la luna, lenguaje amable y guiños de mejora a algún colectivo concreto para desmovilizarnos generando falsas expectativas. Aplican la vieja táctica de envolverlo para todos en papel couché con su lacito a fin de embaucarnos camuflando el fondo, pero no nos van a callar con el chocolate del loro.

 

 

Tampoco nos dolerán prendas en saludar algún aspecto positivo que se insinúa, sobre todo porque lo conseguimos con nuestra lucha.

 

En la filosofía del acuerdo se hace una exposición puramente declarativa, cínica y panfletaria, sobre derechos acción protectora y solidaridad que justamente es lo que están destruyendo el PT desde 1995.

 

Se reafirman en las recomendaciones que dieron base a la reforma de 2011. Toda una declaración de intenciones porque el acuerdo de 2011 fue el que dio mayor impulso al cambio de modelo de S.Social y el que impuso los recortes más drásticos a las pensiones. El acuerdo se reafirma en la separación de las fuentes de financiación, que significó desde 1997 la ruptura de la solidaridad y la caja única de la SS. Recuerda que se siguieron pagando indebidamente los complementos a mínimos y otros gastos con los recursos de las pensiones contributivas. Reconoce que los déficits del sistema de pensiones no se hubieran producido si el dinero de las cotizaciones no se hubiera destinado a gastos ajenos a las pensiones. Proponen corregir este latrocinio, pero en tanto que recomendación tiene un tiempo de transición hasta su aplicación. O sea que, acuerdan que nos sigan robando más tiempo por el mismo método y propone que los falsos préstamos que en los últimos años le ha dado el estado a la SS para cubrir el déficit en las pensiones, se salden entregando a otra titularidad el patrimonio de la SS.

 

 

El insulto a la inteligencia de esta recomendación es espeluznante. Desde COESPE exigimos una auditoria de las cuentas de la SS que determine los excedentes de las cotizaciones sociales, que el estado ha venido sustrayendo para destinarlos a otros gastos y prestaciones distintas al capítulo de pensiones, nos basamos en diversos estudios de economistas, que muestran como desde 1967, el estado habría sustraído excedentes, que calculados actuarialmente alcanzarían, hoy en día, el valor total de 780.000 millones de Euros. Primero la AIREF, después el Tribunal de Cuentas y finalmente el propio Ministro de Trabajo han tenido que reconocer, que sólo en los últimos años, los gobiernos han desviado más de 100.000 millones de euros a otros gastos ajenos a las pensiones, por eso el acuerdo no tiene más remedio que reconocerlo, si bien nos propone una solución cínica y esperpéntica, ya que, en resumen nos plantea lo siguiente:

 

Reconocemos que el estado les ha estado sustrayendo su dinero, esa es la causa del déficit de los últimos años, el gobierno les ha prestado su propio dinero y para completar la estafa nos proponen: que los gobiernos nos sigan robando unos años más por el mismo sistema y que el dinero de los préstamos debemos devolverlo con la entrega de la titularidad de bienes del patrimonio de la S.S, o sea, que nos han robado, lo seguirán haciendo y nos desahucian, porque el patrimonio de la SS es de la clase obrera que lo ha levantado con sus cotizaciones. Nos vinieron con el cuento de la quiebra de la SS. Tres décadas después el tiempo y la lucha pensionista les ha descubierto las trampas. El relato de las Plataformas está ganando la batalla de la verdad, ellos se ven obligados a reconocer parte de sus mentiras, estamos en el buen camino.

 

¡¡GOBIERNE QUIEN GOBIERNE, LOS SERVICIOS PÚBLICOS SE DEFIENDEN!!

 

https://www.tercerainformacion.es/articulo/actualidad/16/11/2020/coordinadora-estatal-por-la-defensa-del-sistema-publico-de-pensiones-coespe-pacto-de-toledo-avance-o-mas-de-lo-mismo/

 

 

Los pensionistas desconfían del Pacto de Toledo: “Va en contra de las pensiones públicas”

 

12 de noviembre de 2020

 

  • Distintos grupos de pensionistas creen que el acuerdo del Pacto de Toledo no resolverá los grandes problemas del sistema de pensiones
  • Sospechan que servirá para introducir a nivel estatal un modelo parecido al vasco de Entidad de Previsión Social Voluntaria (EPSV) o al británico
  • El Ministro de Seguridad Social, José Luis Escrivá, es partidario de un "fondo de pensiones de empleo de carácter abierto"

 

Distintos grupos de pensionistas creen que el acuerdo alcanzado por la Comisión del Pacto de Toledo en el Congreso no solo no resolverá los problemas del sistema de pensiones, sino que además, creen que le pone la alfombra roja a la entrada de modelos como la famosa 'mochila austriaca', la 'vasca' o la 'británica'. "Estamos en contra del Pacto de Toledo. Significa ir en contra de las pensiones públicas", afirma Conchita Ribera, una de las portavoces de la Coordinadora Estatal por la Defensa del Sistema Público de Pensiones desde su último congreso.

 

 

Desde distintos frentes, los pensionistas están analizando el acuerdo que alumbró el pacto de Toledo a finales de octubre. El grupo Unidad COESPE tiene su propio documento de análisis, firmado por los pensionistas Domiciano Sandoval, y Manuel Colinas, que además organizan charlas estos días. Su análisis también queda muy lejos del triunfalismo de los partidos políticos. De la Comisión del Congreso tampoco esperan ya nada: "Ni se creó con el objetivo de salvaguardar el Sistema Público de Pensiones, ni trabaja para ello, más bien se ha convertido una firme aliada de todos esos intereses económicos que compiten por privatizar ese sistema público". En cualquier caso, ahora esas recomendaciones tienen que pasar al Pleno del Congreso y después dependerá de la acción de Gobierno.

 

La mochila vasca

 

En el documento del acuerdo del Pacto de Toledo hay hasta 20 recomendaciones, pero la que más preocupa a los pensionistas de Unidad COESPE es la número 16. Los diputados, amparándose en el artículo 41 de la Constitución, recuerdan que la Carta Magna "ampara el desarrollo de sistemas complementarios de carácter voluntario", aunque sin ser sustitutivos de las pensiones públicas. De hecho, en el punto 0 se rechaza la sustitución del sistema de reparto por otro de capitalización.

 

A pesar de que considera que hasta el momento, estas fórmulas han tenido un recorrido "insuficiente" e " insatisfactorio", la Comisión "reafirma su apuesta" por la "implantación efectiva". Además, detalla que las entidades que lo gestionen deben ser "prioritariamente" sin ánimo de lucro y deben contener fórmulas específicas de apoyo a los salarios "más bajos o a las carreras profesionales más vulnerables".

 

Tampoco hay datos demasiado específicos, pero los pensionistas consultados interpretan este punto como un intento de introducir a nivel estatal un modelo parecido al vasco de Entidades de Previsión Social Voluntaria (EPSV) o al británico (el NEST) con planes de empresa, donde el trabajador va 'ahorrando' para su pensión.

 

Pero estos pensionistas, en su documento, señalan muchos peligros, entre los que están el hecho de que la existencia de este complemento suponga a medio o largo plazo una merma de las pensiones públicas o que se creen "dos o más clases diferenciadas de trabajadores: los que tienen empleo fijo y bien remunerado que tendrán una buena pensión pública y un buen complemento de la empresa y los que "tengan solo una pensión pública asistencial", una diferencia importante en su calidad de vida.

 

Conchita Ribera recuerda, además, que el sistema vasco está generando algunos problemas no resueltos, como en el caso de los 1.500 pensionistas vascos que llevarán su sistema a los tribunales, tal y como informó el 2 de noviembre el diario La Información. "Son un desastre", concluye sobre esta experiencia.

 

Cita:

Incluso, la gerente de la entidad, Virginia Oregui, declaraba recientemente que ellos "no" son un producto financiero, al no tener ánimo de lucro y son un complemento de la pensión. "El dinero de Geroa, de nuestro fondo de pensiones, no es para pagar la boda de un hijo", sentenciaba

 

"El dinero de nuestro fondo de pensiones no es para pagar la boda de un hijo"

 

 

Virginia Oregui, gerente de GEROA Pentsioak EPSV

 

23 feb 2017

La gerente de GEROA Pentsioak EPSV, Virginia Oregui Navarrete, ha defendido ante la comisión de seguimiento y evaluación de los acuerdos del Pacto de Toledo su modelo de previsión complementaria para afrontar uno de los principales retos del Sistema de pensiones, la pérdida de poder adquisitivo de los pensionistas.

 

 

https://www.youtube.com/watch?v=-S_JP9UNp5Q

 

 

 

Virginia Oregui. Licenciada en Empresariales por CUNEF, inicio mi actividad en 1985 en ADEGI (Asociación de empresarios de Guipúzcoa), donde desempeño funciones de asesoramiento en materia fiscal. En 1988 me incorporo a una filial del Banco Guipuzcoano en San Sebastián, CISA (Consejeros de Inversión) con el mandato de desarrollar y constituir la Gestora de los Fondos de Inversión de la Entidad, y los dos primeros fondos de la misma. En 1990 soy nombrada gerente de Guipuzcoano Sociedad Gestora de Instituciones de Inversión Colectiva y en 1991 administradora única de Guipuzcoano Sociedad Gestora de Fondos de Pensiones.


En 1996 inicio un nuevo reto, la creación y desarrollo de una entidad de empleo sectorial de pensiones, en Guipúzcoa, pactada de común acuerdo entre patronal y sindicatos con aportaciones paritarias de empresas y trabajadores de distintos sectores de actividad. La Entidad se llama Geroa Pentsioak
EPSV, y en la actualidad gestiona 1500 M de €.

 

 

 

 

El Ministro de Seguridad Social, José Luis Escrivá, ya ha dicho que es partidario de un "fondo de pensiones de empleo de carácter abierto", que se desarrollará en "el marco de la negociación colectiva". Aún así, el Ejecutivo ha dado pocos datos para analizar cuál será el modelo concreto.

 

Ribera reconoce que las presiones son muchas. El gobernador del Banco de España, Pablo Hernández de Cos, incluso ha llegado a plantear que se usen los fondos europeos para financiar la transición hacia la mochila austriaca, tal y como publica El Español. Es un debate que vuelve periódicamente a la política, desde que Zapatero la estudiara en 2010, sin llegar a plantearla por ser su implantación demasiado cara. También sobrevoló la legislatura anterior, cuando el Gobierno de Pedro Sánchez era monocolor.

 

Un acuerdo insuficiente

 

La veterana pensionista pide que se haga una "auditoría" pública sobre el sistema de pensiones, ya que cree que "en la Seguridad Social hay dinero" y quieren ver exactamente cómo se distribuye para acabar con el mantra de que el sistema público está en peligro: "Lo que está en crisis son los planes de pensiones privados", argumenta.

 

 

Sí ha habido algunos avances en el documento del Pacto de Toledo, pero no han sido un regalo, sino fruto de las movilizaciones de los últimos años, como la subida con el IPC. "Nos lo hemos ganado a pulso, que no nos vengan con que es un logro del Pacto de Toledo. Ya habían dicho que iban a derogar la subida del 0,25 de Rajoy y que el factor de sostenibilidad pasaba al 2023 gracias a los pensionistas", sostiene.

 

 

A pesar de que la Comisión del Pacto de Toledo defiende "el mantenimiento del poder adquisitivo
de los pensionistas" a través de la revalorización anual del IPC y "su garantía por Ley", no es suficiente para los consultados que creen que tiene que haber un mayor compromiso con ese blindaje, incluso por legislación o introduciéndolo en la Constitución. Desde Unidad COESPE creen que "la revalorización de nuestras pensiones, sigue quedando al libre albedrío del partido gobernante y de las mayorías del Congreso".

 

 

https://www.cuartopoder.es/economia/2020/11/12/los-pensionistas-desconfian-del-pacto-de-toledo-va-en-contra-de-las-pensiones-publicas/

 

 

HABLEMOS DE LA COMISIÓN DEL PACTO DE TOLEDO

 

Domiciano Sandoval, y Manuel Colinas. Barcelona – León, noviembre de 2020

 

https://ametzagaina.org/2020/11/16/hablemos-de-la-comision-del-pacto-de-toledo/

 

Referencias:

 

Domiciano Sandoval

16/11/2020

 

Hoy día 16 de noviembre, en Cervelló (Barcelona) defendiendo uno de los centros de atención primaria, que nos están quitando

 

https://www.youtube.com/watch?v=bxROWGQ9jnE&feature=emb_logo

 

 

Os pediría a quienes leáis este documento, que escuchéis la estupenda intervención de Jordi Salvador (responsable de pensiones de ERC en la comisión), para explicar porque su grupo no podía votar a favor y se abstenía

 

 

Explicando el saqueo de la caja de la Seguridad Social: Las pensiones sí son sostenibles

 

https://www.youtube.com/watch?v=Zrs1oBkmzh0&feature=emb_logo

 

27 oct 2020

 

Jordi Salvador Duch (responsable de pensiones de ERC en la comisión)

 

Intervención en el Pacto de Toledo explicando de forma didáctica el saqueo de la caja de la Seguridad Social: Las pensiones sí son sostenibles.

 

https://www.youtube.com/watch?v=0S8Dvn9vSBk

 

Fuente: Comisión de Seguimiento y Evaluación de los Acuerdos del Pacto de Toledo (27/10/2020)

 

 

https://www.youtube.com/watch?v=RtcA2521naE

 

 

 

Texto de la intervención:

 

Me reservo los agradecimientos generales para el turno de réplica al final. Sí quiero decir que evidentemente uno viene a la política no para hacer amigos, pero en el Pacto de Toledo me llevo unos cuantos amigos o bastantes amigos. Espero que lo sigan siendo después del discurso y después de la votación. Sobre todo, quiero dar un abrazo muy fuerte a Aina, ya que el hecho de que esté hoy entre nosotros para mí es quizá la mejor satisfacción del día.

 

Desde Esquerra Republicana de Cataluña no podemos votar afirmativamente al conjunto de las recomendaciones del Pacto de Toledo que tenemos sobre la mesa. Nosotros hemos colaborado con aportaciones que entendíamos que fortalecían la defensa de la Seguridad Social, un sistema fundamentado en el régimen de reparto, y en función de los resultados finales nos vemos obligados a votar abstención a las recomendaciones globales del Pacto de Toledo, a pesar de que Esquerra Republicana ha votado no en otras ediciones a las recomendaciones del propio Pacto de Toledo, Comisión con la que siempre se ha mostrado muy crítica, y lo continúa siendo, y vamos a intentar explicar el porqué de esta crítica. Una previa; nuestro voto, como decía, será de abstención por dos razones, y es que el texto que hoy se presenta es distinto al presentado en febrero de 2019. Aquel lo vetamos por muchas razones, mientras que el presente, el de hoy, incorpora muchos puntos esenciales, pero el resultado también abre las puertas a continuar debilitando el régimen de reparto, que, junto a las declaraciones de algunos miembros del Gobierno, nos inquietan. En segundo lugar, nos abstendremos porque presentaremos votos particulares que pensamos que son necesarios para el debate.

 

La deuda de la Seguridad Social superó en agosto los 50.000 millones por primera vez  21/10/2019

 

La deuda de la Seguridad Social supera los 74.000 millones y obliga a reformar las pensiones  17/11/2020 

 

Para una Comisión que tiene como objetivo principal la llamada sostenibilidad del sistema de pensiones, hay que partir de la realidad. Según el Banco de España, la deuda de la Seguridad Social frente al Estado supera los 72 000 millones de euros. ¿Y cómo se ha llegado a aquí? De una manera simple y llana: porque se ha legitimado y perpetuado lo que consideramos un engaño a los cotizantes y a los pensionistas, es decir, a la clase trabajadora. Para explicarlo nos referiremos a la recomendación número uno de las presentadas, seguramente la más importante o por lo menos aquella que determina el sentido de todas las siguientes, la que trata de la financiación de la Seguridad Social y el equilibrio financiero. En ella se constata y se acepta pasivamente el saqueo de la Seguridad Social. Se explica que el Estado ha metido mano en los ahorros de más de 18 millones de trabajadores y trabajadoras cotizantes, que hace como si aquí no hubiera pasado nada. Evidentemente, no van a encontrar a Esquerra Republicana blanqueando este tipo de actuaciones. Dice el texto actual literalmente: desde 1995 ―ojo, 1995― la Comisión ha venido defendiendo la necesidad de clarificar la naturaleza de las fuentes de financiación de la Seguridad Social y, a partir de ella, hacer efectivo el principio de separación de estas. En virtud de dicho principio ―dice el texto―, las cotizaciones sociales deben ser destinadas exclusivamente a financiar prestaciones contributivas, sin perjuicio de aportaciones —aportaciones— que el Estado pueda realizar en su condición de garante del sistema, mientras que la financiación de las prestaciones no contributivas de la Seguridad Social ha de efectuarse exclusivamente a través de aportaciones del Estado al presupuesto de la Seguridad Social. Es decir, durante 25 años el Pacto de Toledo, en lugar de defender los intereses de más de nueve millones de jubilados que están cobrando según sus aportaciones, y de más de dieciocho millones de trabajadores que están generando su derecho a su futura pensión, a través de sus cotizaciones, ha ignorado el saqueo perpetrado por el Estado. Ahora, por primera vez después de 25 años, se reconoce de manera contundente esta realidad que siempre fue nuestro punto de desencuentro más importante, ayer y hoy, con las recomendaciones del Pacto de Toledo.

 

Y, ¿qué se hace? En lugar de reponer y compensar al Estado indebidamente, se dice que de cara a 2023 se tendrá que ir acabando. Bien, es una noticia importante, por la cual fundamentamos nuestra abstención. Pero el asunto es grave, y no solo por los miles de millones desviados, sino por el relato que se ha venido creando. Sobre la base del saqueo a la caja de la Seguridad Social se ha construido la mentira de que el sistema de pensiones es insostenible. El mantra de la insostenibilidad de crisis permanente ha creado una corriente de opinión ampliamente amplificada por los medios de comunicación, con una gran mentira, la insostenibilidad del sistema. Y el mantra ha servido para legitimar durante años recortes en pensiones y en los derechos de los pensionistas, pero, sobre todo, para crear un pánico que solo ha favorecido al sistema financiero y su negocio de los planes de pensiones privados, con un eslogan que podría ser el siguiente: Si quieres una pensión, hazte un plan de pensión privado. O incluso para crear la Comisión del Pacto de Toledo sobre la base de una insostenibilidad que no existía: los déficits fabricados, como se ha demostrado en los últimos 25 años.

 

Para nosotros, la caja de la Seguridad Social es dinero de los trabajadores, ya sean asalariados o autónomos; no es de ningún Gobierno, no es del Estado, es un dinero nuestro, es salario diferido y tiene unas finalidades muy claras y específicas en la ley: los gastos definidos como contributivos. Los diferentes Gobiernos no cumplieron las recomendaciones del propio Pacto de Toledo, pues en la recomendación número uno del año 1995 ya se instaba al Gobierno —como decía— a adoptar las medidas necesarias para finalizar la separación de fuentes; y se decía hace 25 años literalmente: en el menor plazo posible. Repito, en el menor plazo posible, quedando claramente delimitados el sistema contributivo y no contributivo. Ya en 1995 se habla de aportaciones, pero jamás de préstamos. 25 años después los préstamos y el endeudamiento fraudulento de la Seguridad Social continúan; veamos complementos a mínimos, separación de fuentes, Fondo de Reserva de la Seguridad Social.

 

Complementos a mínimos. La Ley 24/1997 —repito, la ley— define los complementos a mínimos de pensiones, de manera expresa, como de naturaleza no contributiva, una ley que reiteraba lo que ya había quedado acreditado con anterioridad. Ya en los Presupuestos Generales del año 1989 —1989— se previó una aportación finalista para los conceptos de complementos a mínimos y deuda sanitaria, y el compromiso de la asunción, por parte del Estado, de la totalidad del coste de la asistencia sanitaria y de los complementos a mínimos; un compromiso que se prolongó durante 25 años. Fíjense, el propio Tribunal de Cuentas ratifica este análisis cuando, en su informe de agosto de 2020, dice: Esta demora en la asunción del Estado de sus compromisos de financiación ha causado un serio perjuicio al sistema, ya que ha tenido que soportar, con cargo principalmente a los cotizantes, un importe estimado de, al menos, 103 000 millones de euros —eso en complementos a mínimos solo y en deuda sanitaria—, siendo en parte responsable de la situación de endeudamiento que ha afectado y afecta notablemente a la Seguridad Social. Es incomprensible que esto no se cumpla, es ley. Amigos míos, republicanos independentistas, por mucho menos que esto están en la cárcel, chupando cárcel, durante muchísimos años.

 

Separación de fuentes. Esquerra Republicana presentó al Pacto de Toledo —no hace tanto— un documento en el que cuantificaba, por valor de unos 23 000 millones de euros anuales, los gastos impropios que la Seguridad Social estaba pagando con salario diferido o cotizaciones; en un año solo 23 000 millones. Esquerra Republicana de Catalunya denunciaba que la caja de la Seguridad Social estaba pagando partidas presupuestarias de gastos no contributivos que jamás debían de haberse pagado. El actual ministro ha presentado un informe con importe similar tres años después. La conclusión que se deduce es que, descontando estos gastos impropios, no se podría hablar actualmente del déficit de la Seguridad Social. Dicho de otra manera, si se pagan gastos impropios por valor de 23 000 millones de euros, y el déficit que se atribuye a la Seguridad Social estructural es de unos 17 000 millones, resulta que incluso en la peor de las crisis económicas, ¡la Seguridad Social continuaba teniendo superávit!

 

A los 103 000 millones cuantificados por el Tribunal de Cuentas, ¿cuánto dinero más hemos de sumar? ¿A cuánto asciende el dinero saqueado a la caja de la Seguridad Social? Según la comparecencia del secretario general de Comisiones Obreras en la Comisión del 28 de noviembre de 2016, las cotizaciones han servido en el pasado para suplir la insuficiencia impositiva y sostener la sanidad y otras políticas públicas, por vía de la transferencia —en este caso sí— al Estado de los superávits de la Seguridad Social, que durante décadas no se destinaron a dotar el Fondo de Reserva. Si esta utilización indebida se hubiera acumulado, hoy se dispondría de un Fondo de Reserva de 519 104 millones de euros, y no habría problemas para financiar el aumento de gastos en pensiones.

 

Por ello, desde Esquerra Republicana vemos lógica y razonable la reclamación de la Coordinadora Estatal por la Defensa del Sistema Público de Pensiones, la llamada Coespe, para exigir a este Parlamento que haga una auditoría pública para saber a cuánto asciende lo gastado en gastos impropios a lo largo del tiempo. Lo mismo parece que pide el Tribunal de Cuentas, que dice literalmente: Se recomienda al Gobierno que proceda a efectuar la liquidación efectiva de los gastos no contributivos que fueron asumidos por la Seguridad Social con cargo a sus recursos. Nosotros, junto a los pensionistas, añadimos que se cumpla la ley, concretamente el artículo 109 de la Ley General de la Seguridad Social, donde en ningún momento prevé la posible concesión de préstamos por parte del Estado para la financiación de los posibles déficits del sistema de la Seguridad Social, en la cobertura de las prestaciones contributivas, sino que hace referencia a la existencia de aportaciones del Estado a estos efectos. Es decir, cuestionamos la legitimidad de los préstamos. Lo que se debe hacer no es, como dice el texto actual, modificar el artículo 109 de la Ley General de la Seguridad Social, sino hacer que se cumpla, y no hacer lo que se ha hecho hasta ahora, que es eludir o evitar una obligación de manera reiterada, hacer transferencias directas y jamás préstamos, que dan una imagen de una Seguridad Social en quiebra, necesitada de grandes reformas, de grandes recortes, de grandes opiniones de expertos, etcétera; es bastante más sencillo.

 

Fondo de Reserva. En la misma línea podemos citar el uso tramposo que se ha hecho del Fondo de Reserva. Para que se entienda mejor, el Fondo de Reserva, en la acepción coloquial, es la hucha de las pensiones, que también ha servido para lo mismo. Y, ¿por qué creemos que es muy importante lo que decimos, y por eso he dedicado tanto tiempo? Porque si todos estamos de acuerdo en que la Seguridad Social es sostenible, si es cierto, si es sostenible, ¿por qué no se exige establecer una pensión mínima del 60 % del salario medio, como fija la Carta Social Europea, para el salario mínimo? ¿O por qué no se puede revertir el aumento de la edad de jubilación obligatoria de los 67 años y bajarla? ¿O por qué se niega el pan y la sal a los pensionistas con carreras de cotización de 36, 37, 38 o 40 años, que han sido despedidos o se encuentran brutalmente expulsados del mercado de trabajo, y son penalizados de por vida? ¿O por qué se está hablando ya de ampliar el periodo de cálculo de la base reguladora de las pensiones a toda la vida laboral? ¿O por qué solo ponemos trabas y más trabas a la regularización de las personas inmigrantes? Las personas que llegan aquí en busca de una vida mejor vienen a trabajar. Facilitemos el acceso a los permisos de trabajo por vía del arraigo laboral, y consigamos acabar con la discriminación y, al mismo tiempo, más contribuciones a la Seguridad Social. Esto es imperativo. ¿O por qué no se aumentan los recursos humanos y materiales para combatir el enorme fraude a la Seguridad Social? La lista de los porqués sería enorme, y la dejo para la próxima intervención o para los votos particulares.

 

Ahora sí, agradezco a todos los portavoces que, por su tono y por su contenido, han creado un clima en el cual se hace política de verdad, en mayúsculas; agradecimientos a la Mesa, a la presidenta, a todos los funcionarios y trabajadores de la Seguridad Social, que realmente han tenido siempre un comportamiento exquisito. Es un orgullo estar aquí. A pesar de las enormes discrepancias ideológicas, pienso que es una Comisión en la cual ha habido debate, puede haber debate y deberá seguir habiendo debate, porque si todos piensan igual nadie piensa mucho y, en este sentido, pienso que no es correcto.

Muchas gracias.

 

La fuente:

 

 

DIARIO DE SESIONES DEL CONGRESO DE LOS DIPUTADOS

Núm. 188 Comisión de Seguimiento y Evaluación de los Acuerdos del Pacto de Toledo. Sesión celebrada el martes, 27 de octubre de 2020.

 

 

 

                            CORTES GENERALES

DIARIO DE SESIONES DEL CONGRESO DE LOS DIPUTADOS

                                    COMISIONES

XIV LEGISLATURA                                    Núm. 188

 

DE SEGUIMIENTO Y EVALUACIÓN DE LOS ACUERDOS DEL PACTO DE TOLEDO

 

PRESIDENCIA DE LA EXCMA. SRA. D.ª MAGDALENA VALERIO CORDERO

 

Sesión núm. 4     Celebrada el martes 27 de octubre de 2020

 

ORDEN DEL DÍA:

 Debate y, en su caso, aprobación del informe de evaluación y reforma del Pacto de Toledo

 

 

 

http://www.congreso.es/public_oficiales/L14/CONG/DS/CO/DSCD-14-CO-188.PDF

 

 

HABLEMOS DE LA COMISIÓN DEL PACTO DE TOLEDO

 

Domiciano Sandoval, y Manuel Colinas. Barcelona – León, noviembre de 2020

 

https://ametzagaina.org/2020/11/16/hablemos-de-la-comision-del-pacto-de-toledo/

 

Hace referencia:

 

 

TRES PREGUNTAS QUE ENTIENDO NOS HEMOS DE HACER.

 

¿Por qué quieren que los trabajadores hagan aportaciones a los planes de empresa, o privados, cuando esas aportaciones podrían hacerse a la Seguridad Social y reforzar el sistema público?

 

Ahora que Unidas Podemos está en el Gobierno.

 

¿Por qué no se habla de la Proposición de Ley, que dicho partido presento en 2.018, y que el PP y Ciudadanos rechazaron? Cuando era una propuesta que recogía el 90% de nuestras demandas.

 

¿Qué ha cambiado para que con las mismas recomendaciones que ahora, no hubiera acuerdo de la Comisión en febrero de 2.019, y ahora sí haya sido posible?

 



Incoherencia de Unida Podemos

 

¿Es coherente plantear proposiciones de ley, rechazar pactos de Toledo en la oposición y una vez en el gobierno aplica y permitir todo lo contrario?

 

 

BOLETÍN OFICIAL DE LAS CORTES GENERALES

 

CONGRESO DE LOS DIPUTADOS

 

XII LEGISLATURA

 

2 de febrero de 2018                    Núm. 201-1

 

PROPOSICIÓN DE LEY

 

122/000169 Proposición de Ley sobre la revalorización de las pensiones y supresión del factor de sostenibilidad.

Presentada por el Grupo Parlamentario Confederal de Unidos Podemos-En Comú Podem-En Marea.

 

http://www.congreso.es/public_oficiales/L12/CONG/BOCG/B/BOCG-12-B-201-1.PDF

 

 

 

BOLETÍN OFICIAL DE LAS CORTES GENERALES
CONGRESO DE LOS DIPUTADOS
XII LEGISLATURA
SERIE B: PROPOSICIONES DE LEY
7 DE MAYO DE 2018


Núm. 259-1


PROPOSICIÓN DE LEY

122/000228 Proposición de Ley sobre reforma de las pensiones y otras medidas del orden social.

Presentada por el Grupo Parlamentario Confederal de Unidos Podemos-En Comú Podem-En Marea.

 

http://www.congreso.es/portal/page/portal/Congreso/PopUpCGI?CMD=VERLST&BASE=pu12&FMT=PUWTXDTS.fmt&DOCS=1-1&DOCORDER=LIFO&QUERY=%28BOCG-12-B-259-1.CODI.%29

 

 

Podemos dinamita el acuerdo de pensiones y el PP se suma a la ruptura

 

  19 FEB 2019 

 

https://cincodias.elpais.com/cincodias/2019/02/19/economia/1550576781_868537.html

 

Las prisas rompen un Pacto de Toledo con medidas que consagrarían la era de los recortes

 

20/02/2019

 

https://www.publico.es/politica/prisas-rompen-pacto-toledo-medidas-consagrarian-recortes.html

 

 

Alternativas a las recomendaciones del Pacto de Toledo. Propuesta del grupo confederal Unidos Podemos-En común-En Marea para garantizar el sistema público de pensiones.

 

Febrero de 2019

 

http://congreso.enmarea.gal/wp-content/uploads/2019/02/ALTERNATIVAS-A-LAS-RECOMENDACIONES-DEL-PACTO-DE-TOLEDO.pdf

 

Copiado:

 

1.

 Preservar y reforzar el principio de contributividad no se puede hacer a costa de recortar y reducir las pensiones como ha ocurrido con las reformas de 2011 del PSOE y 2013 del PP y que ahora el pacto de Toledo refuerza. El esfuerzo de cotización realizado por cada trabajador ha de tenerse en cuenta pero no debe ser utilizado como mero instrumento para reducir la cuantía de la pensión, no debe ser una excusa. Las reformas paramétricas han perseguido tal objetivo: la edad, los años exigidos, la forma de calcular la pensión (años que se toman para determinar la base reguladora y los porcentajes aplicables).

 

2.

La solidaridad no puede ni debe reducirse a la mejora de las pensiones más bajas cuando las pensiones mínimas encuentran el límite de la cuantía de las PNC lo que supone cuantías muy bajas por lo que no se garantiza una pensión suficiente. A eso le llaman algo “equilibrado” por el temor de que desincentive del deber de cotizar. Es una excusa para no sacar a muchas pensiones del umbral de pobreza y carece de fundamento pues los trabajadores por cuenta ajena no deciden la cotización a llevar a cabo.

 

Además no se corrigen de verdad la brecha de género con el otorgamiento de periodos ficticios de cotización pues ya existen y no han conseguido resultados eficaces porque la brecha de género viene condicionada por la brecha salarial y además por carreras de cotización discontinuas.

 

3.

 

No es admisible la propuesta de ampliar el período de cálculo para la determinación de la cuantía de la pensión de jubilación a toda la vida laboral de la persona trabajadora pues, pese a lo que dice una de las Recomendaciones de la Comisión, no ha sido positiva, al contrario ha sido dirigida a reducir la cuantía de las pensiones y la relación con el sueldo de activo, ese era su objetivo, sobre todo la elevación a 25 de los años que llevó a cabo la reforma de 2011. La Comisión ahonda en esta línea, con la excusa de la “sostenibilidad del sistema de pensiones”.

 

De ese modo, pese a lo que dice la Comisión, no se respeta el principio de suficiencia y además sigue sin proteger adecuadamente a los trabajadores de mayor edad  que vean extinguida su relación laboral a partir de los 55 años incluso aunque se adopten medidas transitorias oportunas ya que estas han de respetar la idea de proporcionalidad. La solución a este problema no puede ser el parche de que, además con carácter excepcional, el beneficiario con carreras largas, pero cuyos últimos diez o 15 años hayan sido de cotizaciones más bajas o de paro o de subsidio de desempleo, pueda descartar algún año concreto del periodo de cálculo ordinario. Creemos que con carácter general se deben poder escoger los periodos más favorables, sobre todo si tenemos en cuenta que la base reguladora ya se ha ampliado a 25 años.

 

Llevarlo más allá de los 25 años o ir a toda la vida laboral y además sin compensar los periodos sin cotización con un régimen más favorable de integración de lagunas supondría recortar aún más las pensiones.

 

 

La progresiva ampliación de 15 a 25 años del periodo de tiempo utilizado para el cálculo de la base reguladora -que culminará en 2022- implica un reforzamiento de la contributividad del sistema de pensiones que según todos los estudios económicos y la memoria de la propia ley de 2011 ha supuesto una reducción de las pensiones.

 

 

Resulta hipócrita que la Comisión venga a decir ahora, que hay que evaluar su aplicación con el fin de determinar su impacto en función del tipo de carrera profesional del trabajador, a menudo marcada por periodos de desempleo y de precariedad. Y además ello puede llevar según la Comisión a que se contemple la posibilidad de efectuar futuras ampliaciones del periodo de tiempo que se tiene en cuenta para el cálculo de la base reguladora, alcanzando incluso, en su caso, la totalidad de la vida laboral, así como la posibilidad de que el pensionista pueda escoger aquellos años de su carrera de cotización que le sean más favorables. Si se lleva a toda la vida laboral poca elección tendrá el pensionista. Llevar la base reguladora a toda la vida laboral supone según todos los estudios claramente une reducción de la cuantía de la pensión y un fuerte impacto de género por mucho que luego diga la Comisión que habrá que adoptar medidas para paliar esto. La elección de bases puede ser un avance pero sin tomar en cuenta para la pensión toda la vida laboral.

 

Tampoco compartimos ampliar de 35 a 37 años del periodo cotizado necesario para alcanzar el cien por cien de la base reguladora.

 

4.

 

La Comisión del Pacto de Toledo no se plantea como objetivo creíble garantizar la suficiencia de las pensiones del art. 50 de la Constitución que exige una solidaridad a través de los presupuestos generales del Estado. Ni a través de las pensiones mínimas, mediante los complementos por mínimos, ni la suficiencia desarrollada en el tiempo mediante en que consiste una revalorización garantizada y blindada por ley.

 

No garantiza de manera efectiva y con clara voluntad política la suficiencia de las pensiones. La proporcionalidad entre cotizaciones y pensiones, ha llevado a reducirlas y a tener que acudir a complementos a mínimos sin que por esta vía se garantice la suficiencia al estar topados estos complementos y aplicarles principios y criterios propios de las pensiones no contributivas y su cuantía por el simple hecho de que ahora se financien por el Estado. La Comisión apuesta por mantener las fórmulas oportunas que determinen que, en ningún caso, la cuantía de tales complementos pueda ser superior a la cuantía de las pensiones no contributivas vigentes en cada momento para no desincentivar la cotización. Pero es que además tampoco fija unos mínimos para las propias pensiones no contributivas cuya cuantía sigue siendo muy baja. No hay compromiso alguno en este sentido.

 

No hay que buscar hacia el futuro como dice la Comisión de indicadores de suficiencia pues ya contamos con ellos. En lugar de pronunciarse sobre esto la Comisión echa balones fuera y se limita a emplazar al Gobierno para que realice un seguimiento continuado de las estadísticas que delimitan los umbrales de pobreza con arreglo a los criterios fijados por la Unión Europea (Encuesta de Condiciones de Vida), al objeto de reorientar en caso de ser necesario, las políticas públicas incluyendo las pensiones públicas que permitan su erradicación.

 

Siguiendo esta línea, según la Comisión todas las reformas que se adopten en el futuro deberán mantener una combinación equilibrada entre contributividad y solidaridad, sin perjuicio de la suficiencia, preservando las señas de identidad del modelo. Y eso lleva a nuestro juicio a que no se garantice la suficiencia, y a que lo contributivo, que llevará con las reformas de 2011 y 2013 a pensiones más bajas, no encontrará la contrapartida de los complementos de mínimos necesarios para conseguir una pensión que cumpla con la suficiencia.

 

No compartimos la forma en que se aborda el destope de las cotizaciones haciendo entrar en juego la necesidad de modificar también la pensión máxima. Es cierto que debe guardar cierta correlación pero no por ello debe ser automática y “equilibrada” la correlación para garantizar la contributividad.

 

5.

 

En este orden de asumir sin más las reformas paramétricas e incluso persistir en las mismas la Comisión sigue apostando por la prolongación de la vida profesional como respuesta al alargamiento de la esperanza de vida a fin de garantizar la sostenibilidad financiera del sistema en el largo plazo y no por el relevo generacional.

 

Que la edad de salida efectiva del mercado de trabajo se aproxime tanto como sea posible a la edad ordinaria de jubilación legalmente establecida pasa. Pero no compartimos que ello pase por una modificación del régimen jurídico de la jubilación que no se concreta y que lleve a conceder una mayor relevancia a la carrera de cotización del trabajador en la determinación de la cuantía de su pensión. No se precisa por lo que puede muy bien penalizar todavía más la jubilación anticipada como si siempre fuera una decisión del trabajador. No compartimos que la jubilación anticipada deba reservarse a los trabajadores con largas carreras de cotización cuando los requisitos actuales ya son tan exigentes que prácticamente la hacen inviable. Apostamos antes por la parcial con contrato de relevo que no suponga menoscabo en las cotizaciones que se recauden por el relevista en relación con el relevado en lugar de fijar una cotización al jubilado como si siguiera trabajando a tiempo completo lo que desincentiva a las empresas de utilizar esta fórmula. No se puede equiparar como suele hacer la Seguridad Social la jubilación parcial como si fuera una jubilación anticipada sin más o incluso privilegiada, aun cuando pueda concentrarse el trabajo del relevista.

 

No compartimos el régimen vigente que la Comisión defiende con una valoración positiva de la compatibilidad de la percepción de la pensión con los ingresos provenientes de una actividad profesional por cuenta propia, pues transmite la idea de que la pensión baja tendrá que complementarse con esta actividad, que incentiva poco a que el trabajador autónomo cotice más, y además cuestiona la propia idea de que el autónomo se ha jubilado. Es escandaloso que se alegue la insostenibilidad del gasto en pensiones y a la vez se abone la pensión a quien continúa llevando a cabo las mismas funciones, aunque la pensión se perciba en un 50%.

 

6.

 

La separación de fuentes de financiación debe concebirse de manera diferente a como se ha hecho desde 1995. No debe ser la excusa para que si por vía contributiva no se recaudan suficientes cotizaciones se rebajen las prestaciones y las pensiones para restaurar el equilibrio financiero en lugar de buscar nuevas fuentes de financiación tanto a nivel contributivo como fiscales para alcanzar tal equilibrio.

 

No compartimos la valoración positiva que según la Comisión ha tenido la separación de fuentes pues no ha contribuido al fortalecimiento financiero de sus cuentas y al reforzamiento de su doble lógica contributiva y solidaria. Al contrario, no se ha trasladado a financiación fiscal cuestiones y gastos que sigue asumiendo la Seguridad Social y no por la crisis económica y las tensiones financieras de los últimos años.

 

En esta línea, la Comisión sostiene que las siguientes prestaciones, políticas o partidas hoy financiadas con cargo a las cotizaciones de la Seguridad Social deben contar con una financiación tributaria. Estamos de acuerdo pero no compartimos en qué aspectos debe llevarse a cabo ni que tal principio sea sacrosanto o una excusa para reducir la cuantía de las prestaciones. Así, coincidimos en que la Seguridad Social no ha de hacerse cargo de las políticas de empleo mediante reducción de las cotizaciones pero entendemos además que tampoco ha de hacerse cargo el Estado, ya que éstas no son eficaces y contribuyen igualmente a reducir los ingresos públicos siendo una rebaja encubierta de las cotizaciones de las empresas o de los autónomos con cargo a dinero público, aunque se financien por vía fiscal. No mencionan además que la Seguridad Social se está haciendo cargo del tratamiento favorable de algunos regímenes como el sistema especial de agrarios en el RETA y de la cotización de las empresas en el sistema agrario. Y también de gastos de personal y de administración de las propias entidades gestoras o colaboradoras.

 

 No estamos de acuerdo con la argucia de que los déficits se afronten mediante préstamos a cargo del Estado cuando debe ser el Estado el que lo garantice directamente por la Ley de presupuestos la financiación por vía fiscal. El acudir a préstamos refuerza la idea de déficit y de insostenibilidad del sistema.

 

7.

 

No compartimos ni la existencia del Fondo de Reserva ni que se establezca una dotación mínima del Fondo de Reserva, equivalente al 7% del gasto anual en pensiones contributivas, sujeta a una regla endurecida de disponibilidad cuando por otro lado no se garantizan pensiones suficientes o se reduce su cuantía.

 

El Fondo de reserva no debe recuperarse y destinar al mismo los excedentes de recaudación de cuotas, y menos aun cuando se hace a costa de reducir las pensiones. Y además cuando solo sirve para atender desequilibrios coyunturales que deben ser asumidos por el Estado.

 

El Fondo de Reserva promovido por el Pacto de Toledo con el objeto de que los excedentes financieros procedentes de los ejercicios presupuestarios de los periodos de bonanza permitiesen dotar a los órganos rectores del sistema de Seguridad Social con un margen de maniobra suficiente para reaccionar frente a las fases bajas del ciclo económico y a tensiones coyunturales, sin necesidad de acudir a reducciones en las prestaciones o incrementos en las cotizaciones. Este objetivo del pacto de Toledo no se ha conseguido pues la existencia del Fondo de Reserva no ha impedido dos reformas de gran calado que suponen recorte de pensiones como la de 2011 y 2013. Al contrario, más bien ha impedido replantear el papel del Estado y la búsqueda de otras fuentes de financiación y estar recordando continuamente mediante un sobredimensionamiento del moldeo contributivo la necesidad de la llamada “hucha de las pensiones” porque el sistema de Seguridad Social, como si no formara parte del gasto público, podría entrar en crisis

 

Volver a restaurar el Fondo de Reserva y a la idea de que puede ser una importante ayuda para resolver –durante un mayor o menor período de tiempo- desequilibrios coyunturales entre los ingresos y los gastos de la Seguridad Social es persistir en esta separación de la Seguridad Social del Estado y favorece que la idea de sostenibilidad se haga a costa de reducir la cuantía de las pensiones, y así puede hasta que haya excedentes, y no mediante la búsqueda de nuevas fuentes de financiación que son las que deben buscarse para reaccionar frente a futuros retos financieros.

 

8.

 

En cuanto a la gestión, la Comisión no está contemplando medidas efectivas para evitar la futura privatización de la gestión, pues las plantillas están envejecidas deliberadamente con este objetivo. Tampoco plantea el papel de las Mutuas y en que prestaciones deben colaborar, limitando el alcance actual de la gestión que llevan a extenderse a contingencias que nada tienen que ver con los riesgos profesionales.

 

9.

 

No compartimos que se consideren los sistemas complementarios, especialmente los planes de pensiones privados como un segundo nivel de la Seguridad Social aunque vengan a complementar el sistema público y por tanto situarse como dice la Comisión bajo la tutela de los poderes públicos. Incluso aun cuando no tengan como objetivo sustituir las pensiones públicas no compartimos la apuesta por impulsar su implantación efectiva, incluso aunque se recuperen los salarios que siguen siendo bajos.

 

No admitimos por ello que deba dotarse a dichas entidades de un régimen fiscal y jurídico adecuado y diferenciado, mejorando el existente en la actualidad y entendiendo que en ningún caso dichos sistemas de ahorro puedan ser considerados como meros productos financieros.

 

http://congreso.enmarea.gal/wp-content/uploads/2019/02/ALTERNATIVAS-A-LAS-RECOMENDACIONES-DEL-PACTO-DE-TOLEDO.pdf

 

  

Programa electoral de Unidas Podemos

Octubre de 2019

 

 “Garantías de Justicia Laboral y Pensiones   pág. 73 (161- 201)

 

Programa de PODEMOS. Las razones siguen intactas

Garantías de Justicia Laboral y Pensiones    pág. 71

 

 

Garantías de Justicia Laboral (desde el punto 161 hasta el punto 193)

 

Garantías de Justicia de Pensiones (desde el punto 194 hasta el punto  201)

 

 

 

161.  Derogar la reforma laboral de Zapatero de 2010 y la de Rajoy de 2012. Es obvia la necesidad de elaborar un nuevo Estatuto de los Trabajadores adaptado a la realidad laboral, tecnológica y ecológica de 2019, pero el primer paso de este proceso es la derogación de unas reformas laborales que han impedido que la gente recuperara los niveles de bienestar previos a la crisis y que fueron escritas al dictado de la troika y con el beneplácito de la CEOE y el Círculo de Empresarios. Esta derogación haría efectivas muchas de las medidas que se proponen en este apartado.

 

162.  Eliminar la mal llamada «flexibilización» que instalaron las reformas laborales del PSOE y del PP, y que introduce una gran precariedad a través de la contratación temporal masiva. De esta manera, dejaremos un único tipo de contrato temporal, eliminando las demás figuras, y solo podrá realizarse por causas productivas absolutamente imprevistas (no campañas ni estaciones) y organizativas estrictas, como sustituciones por bajas (interinidad).

 

163. Prohibir los contratos temporales de menos de un mes y el fraude de la concatenación de contratos.

 

164.  Poner coto a las trampas para mantener una temporalidad fraudulenta.

 

165. Hacer realmente estables los contratos indefinidos. Un 40 % de los contratos indefinidos se extinguen antes de un año. No basta con llamarlos «indefinidos», hay que hacerlos estables y, para eso, proponemos distintas medidas, que se resumen en la derogación del conjunto de las dos reformas laborales, de Zapatero y de Rajoy, que precarizaron el contrato fijo facilitando las distintas modalidades de despido y abaratando su coste. En particular, estableceremos una regulación clara y adecuada a la coyuntura de qué circunstancias económicas justifican el despido objetivo.

 

166. Poner orden en la subcontratación y proteger los derechos laborales de los y las trabajadoras de subcontratas

 

167. Convertir el trabajo a tiempo parcial en una opción digna.

 

168. Acabar con el fraude de las horas extras.

 

169. Poner orden en el sistema de prácticas externas para que sean un trampolín y no una trampa de precariedad.

 

170. Jornada laboral de 34 horas semanales y reorganización de los tiempos de trabajo, ocio y cuidados.

171. Permisos por nacimiento y cuidado del menor iguales e intransferibles.

 

172. Acabar con la brecha salarial.

 

173. Fin del fraude de las y los falsos autónomos.

 

174. Establecer cuotas justas para las y los autónomos

 

175. Prohibición de que las empresas del IBEX 35 y que cotizan en bolsa paguen a autónomas y pymes a más de 30 días.

 

176. Una segunda oportunidad para las personas con deudas.

 

177. Recuperar el poder de la negociación colectiva

 

178. Alcanzar un salario mínimo interprofesional de 1200 euros en la próxima legislatura. Gracias a la presión de nuestro grupo parlamentario, en 2019 se ha producido la mayor subida del salario mínimo interprofesional (SMI) en décadas, hasta los 900 euros mensuales. A partir de aquí, el objetivo debe ser llegar inmediatamente a los 1000 euros y asegurar que esta cuantía se actualiza al nivel establecido en la Carta Social Europea en una legislatura: que el SMI sea, al menos, el 60 % del salario medio.

 

 

 

Anexo: Salario mínimo en España

 

https://es.wikipedia.org/wiki/Anexo:Salario_m%C3%ADnimo_en_Espa%C3%B1a

 

Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples

 

179. Fortalecer las protecciones por desempleo.

 

180. Protección especial por desempleo para jóvenes.

 

181. Recuperar los derechos laborales en el sector público.

 

182. Recuperar derechos en los empleos más precarios y feminizados.

 

183. Reconocer los derechos sindicales y civiles negados a los y las guardias civiles.

 

184. Culminar la equiparación salarial de la Policía y la Guardia Civil

 

185. Dignificar las retribuciones de nuestros y nuestras militares sin más excusas ni retrasos y equiparar derechos

 

186. Frenar el ERE encubierto del Ministerio de Defensa para las y los militares mayores de cuarenta y cinco años. A través de una reforma de la Ley 39/2007, de 19 de noviembre, de la carrera militar, suprimiremos los actuales compromisos temporales (de tropa y marinería, con cuarenta y cinco años, y de complemento) y estableceremos una carrera militar integral sin discriminaciones por escala.

 

187. Dignificar la situación de las funcionarias y los funcionarios de prisiones.

 

188. Ley específica para el sector de los Servicios de Prevención, Extinción de Incendios y Salvamento (SPEIS)

 

189. Ley específica para bomberos y bomberas forestales

 

190.  Cuidar a los y las profesionales del deporte y fomentar el deporte femenino mediante una ley marco estatal.

 

191. Aumentar un 50 % la tasa de actividad de las personas con diversidad funcional y garantizar el empleo con apoyos.

 

192. Por una nueva representatividad, interlocución y mayor fortaleza del campo.

 

193. Protección para los jornaleros y las jornaleras del campo.

La guerra comercial puede perjudicar todavía más a la gente más precaria del campo. Como ya propusimos este mismo año con una nueva ley en el Congreso, estableceremos una única prestación (subsidio especial agrario) para trabajadores y trabajadoras residentes en Andalucía y Extremadura, eliminando el requisito de jornadas trabajadas (peonadas) y subiendo su cuantía al 75 % del SMI. Este suelo de ingresos aumentaría con cada tramo de 10 nuevas peonadas, para lo que computarían las realizadas en el extranjero. Al garantizar el subsidio, estamos quitando un mecanismo de poder a los terratenientes y caciques locales con el fin de aumentar la libertad de la gente que trabaja en el campo para exigir sus derechos y que se cumpla la ley.

 

 

BOLETÍN OFICIAL DE LAS CORTES GENERALES. CONGRESO DE LOS DIPUTADOS. XII LEGISLATURA. 1 de marzo de 2019          Núm. 375-1

 

Proposición de Ley de mejora de las condiciones de trabajo y protección social por desempleo de las personas trabajadoras agrarias por cuenta ajena y de los eventuales agrarios de Andalucía y Extremadura.

 

Presentada por el Grupo Parlamentario Confederal de Unidos Podemos-En Comú Podem-En Marea.

 

http://www.congreso.es/public_oficiales/L12/CONG/BOCG/B/BOCG-12-B-375-1.PDF

 

 

 

Garantías de Justicia de las Pensiones (desde el punto 194 hasta el punto  201)

 

194. Garantía de revalorización de las pensiones por ley. Estableceremos la actualización por ley de las pensiones al IPC de manera inmediata y buscaremos blindar esta garantía constitucionalizándola de forma expresa.

 

195. Derogar el mal llamado factor de sostenibilidad, que, de no derogarse, supondrá un descenso de la pensión inicial de entre el 9 % y el 18 % en los próximos años. De no haberse conseguido un retraso en su aplicación, ya este año hubiera descendido un 0,5 % la pensión de las personas que se incorporaran. Además, la medida retrasa la edad de jubilación (en un país con grandes problemas de empleo juvenil y entre los trabajadores y las trabajadoras mayores). Los y las pensionistas ya consiguieron que el Gobierno del PP de Rajoy tuviera que suspender la entrada en vigor de este mecanismo en 2019, pero no se eliminó, sino que se pospuso al año 2023; por eso, hay que derogarlo de una vez.

 

196. Incrementar las pensiones mínimas y las no contributivas.

Al establecer un Ingreso Básico Garantizado de, al menos, 600 euros por persona sola —que, además, podrá elevarse en función de la situación y el tamaño del hogar, como señalaremos en el apartado «Garantías de Justicia Social»—, se habrán elevado de un plumazo más de 200 euros las pensiones no contributivas, que principalmente reciben mujeres. Subiremos también las pensiones de viudedad y elevaremos de manera inmediata las pensiones mínimas a partir de un suelo de 750 euros, con lo que avanzaremos en un calendario de mejora hacia los objetivos de la Carta Social Europea.

 

197. Las personas que lleguen a la edad de jubilación podrán elegir libremente los años de cómputo para el cálculo de sus pensiones entre todos los de su vida laboral. Tanto la limitación de que sean los últimos años como la de que sean consecutivos estaban pensadas para un modelo laboral anterior y, ahora mismo, perjudican especialmente a las personas cercanas a la edad de jubilación con dificultades para tener buenos empleos.

 

198. Fortalecer los ingresos del sistema de Seguridad Social.

 

Aparte de la creación neta de empleo y, por tanto, de ingresos de los horizontes verde, morado y digital, revisaremos el actual sistema de reducciones de cuotas a la Seguridad Social y de bonificaciones, que ha demostrado ser incapaz de generar empleo y que supone una pérdida de más de 3000 millones cada año, para invertir ese dinero de manera más eficaz. Eliminaremos, además, los topes de cotización, de manera que quienes tengan salarios muy altos coticen más a la Seguridad Social, así como los beneficios fiscales por las inversiones en planes de pensiones privados.

 

199. Las personas que hayan cotizado al menos 35 años podrán jubilarse anticipadamente sin penalización en sus pensiones.

 

Con el actual sistema, muchas personas que ya han cotizado más de 35 años, pero que, sin embargo, no encuentran un empleo digno en los últimos años de su vida laboral, no pueden acceder a la jubilación, porque sufrirían una penalización muy alta por cada año que adelantaran la fecha. Aplicaremos la medida también de forma retroactiva a quienes se hayan visto perjudicados o perjudicadas al ver reducida su jubilación por el hecho de hacerlo anticipadamente bajo la regla en vigor.

 

200. Compensar las lagunas de cotización. Extenderemos el derecho a completar el periodo mínimo para tener acceso a una pensión contributiva con las bases de periodos no cotizados que tienen otros trabajadores y trabajadoras a empleados y empleadas del hogar, autónomos y autónomas y trabajadoras y trabajadores agrarios, en lo que se conoce como «lagunas de cotización», que perjudican, principalmente, la trayectoria de las mujeres. También consideraremos periodo cotizado el empleado en el servicio militar obligatorio. En todo caso, el sistema de carencia se equiparará para todas las prestaciones, de forma que todo el tiempo que trabajadores y trabajadoras estén dados o dadas de alta sea tiempo de cotización.

 

201. Jubilación anticipada y sin penalización en sectores especialmente duros. Agilizaremos el reconocimiento de la posibilidad de jubilarse antes de los 65 años sin penalización para trabajadores y trabajadoras en sectores especialmente duros y precarios, como camareras y camareros de piso, extinción de incendios, ayuda a domicilio, buceo, rederas y rederos, trabajo en astilleros y en la estiba, trabajos industriales penosos y de transporte en carretera, entre otros.

 

 

 

https://podemos.info/wp-content/uploads/2019/10/Podemos_programa_generales_10N.pdf

 

 

 

Entidad de previsión social voluntaria (EPSV)

 

Se articula como entidad de mutualidad no integrada en la Seguridad Social.

 

https://es.wikipedia.org/wiki/Entidad_de_previsi%C3%B3n_social_voluntaria

 

Desarrollo legislativo

 

Estatuto de Autonomía del País Vasco de 1979

 

https://es.wikipedia.org/wiki/Estatuto_de_Autonom%C3%ADa_del_Pa%C3%ADs_Vasco_de_1979

 

Ley Orgánica 3/1979, de 18 de diciembre, de Estatuto de Autonomía para el País Vasco.

 

TÍTULO I.  De las competencias del País Vasco

Artículo 10.

23. Cooperativas, Mutualidades no integradas en la Seguridad Social y Pósitos, conforme a la legislación general en materia mercantil.

 

Artículo 11.

2. Es también de competencia de la Comunidad Autónoma del País Vasco el desarrollo legislativo y la ejecución dentro de su territorio, de las bases, en los términos que las mismas señalen, en las siguientes materias:

a) Ordenación del crédito, banca y seguros.

 

https://www.boe.es/buscar/pdf/1979/BOE-A-1979-30177-consolidado.pdf

 

Ley 25/1983, de 27 de octubre, sobre Entidades de Previsión Social Voluntarias.

 

 

https://www.boe.es/diario_boe/txt.php?id=BOE-A-2012-5191

 

DECRETO 87/1984, de 20 de Febrero, del Departamento de Sanidad y Seguridad Social por el que se aprueba el Reglamento de la Ley sobre Entidades de Previsión Social Voluntaria

 

https://www.euskadi.eus/contenidos/informacion/6021/es_2300/adjuntos/REGLAMENTO%20EPSV.pdf

 

DECRETO 87/1984, de 20 de Febrero, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley sobre Entidades de Previsión Social Voluntaria (BOPV nº 64, de 16 de abril).

 

http://www.epsvtrabajadorespt.com/admin/uploads_img/Normativa-Decreto-87-1984-Reglamento-actualizado.pdf

 

 

https://www.euskadi.eus/contenidos/informacion/6021/es_2300/adjuntos/DECRETO_87-1984.pdf

 

 

 

DECRETO 92/2007, de 29 de mayo, (Publicado en BOPV núm. 115 de 15 de Junio de 2007) por el que se regula el ejercicio de determinadas actividades de las Entidades de Previsión Social Voluntaria. (ADAPTADO a las modificaciones introducidas por el Decreto 203/2015).

 

https://www.euskadi.eus/contenidos/informacion/6021/es_2300/adjuntos/DECRETO_92-2007.pdf

 

 

https://www.euskadi.eus/contenidos/informacion/6021/es_2300/adjuntos/DECRETO_87-1984.pdf

 

Ley 5/2012, de 23 de febrero, sobre Entidades de Previsión Social Voluntaria.

 

 

https://www.boe.es/diario_boe/txt.php?id=BOE-A-2012-3754

 

Pleno. Sentencia 97/2014, de 12 de junio de 2014. Recurso de inconstitucionalidad 6902-2012. Interpuesto por el Presidente del Gobierno en relación con diferentes preceptos de la Ley del Parlamento Vasco 5/2012, de 23 de febrero, sobre entidades de previsión social voluntaria. Competencias sobre legislación mercantil y seguros: nulidad de diversos preceptos legales autonómicos que contradicen la legislación básica estatal en materia de seguros.

 

https://www.boe.es/diario_boe/txt.php?id=BOE-A-2014-7063

 


Decreto 203/2015, de 27 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 5/2012, de 23 de febrero, sobre Entidades de Previsión Social Voluntaria

 

https://noticias.juridicas.com/base_datos/CCAA/563654-d-203-2015-de-27-oct-ca-pais-vasco-reglamento-de-la-ley-5-2012-de-23-de.html

 

 

Dossier de prensa:

 

 

¿Qué es una EPSV?

 

16 Noviembre 2011

 

https://www.elblogsalmon.com/productos-financieros/que-es-una-epsv

 

Federación de Entidades de Previsión Social Voluntaria (EPSV) de Euskadi

 

https://epsv.org/

 

 

¿QUÉ SON LAS EPSV O ENTIDADES DE PREVISIÓN SOCIAL VOLUNTARIA?

 

13 de mayo de 2014

 

https://www.andbank.es/observatoriodelinversor/que-son-las-epsv-o-entidades-de-prevision-social-voluntaria/

 

 

¿Qué es una Entidad de Previsión Voluntaria (EPSV)?

 

 

https://www.bbva.es/finanzas-vistazo/ef/planes-de-pensiones/epsv.html

 

Las entidades de previsión social voluntaria (EPSV): una opción para residentes en el País Vasco

 

https://www.jubilaciondefuturo.es/es/blog/las-entidades-de-prevision-social-voluntaria-epsv-una-opcion-para-residentes-en-el-pais-vasco.html

 

 

https://www.euskadi.eus/registro-epsv/web01-tramite/es/

 

QUÉ SON LAS EPSV Y QUÉ VENTAJAS TIENEN

 

https://www.bestinver.es/que-son-las-epsv-que-ventajas-tienen/

 

 

El mismo día que se aprueba el Pacto de Toledo, se debate los presupuestos generales del Estado

 

 

Referencia del Consejo de Ministros

 

Madrid, martes 27 de octubre de 2020

                                     SUMARIO

Hacienda

Se remite a las Cortes Generales el PROYECTO DE LEY de Presupuestos Generales del Estado para el año 2021.

 

 

https://www.lamoncloa.gob.es/consejodeministros/referencias/Paginas/2020/refc20201027.aspx

 

 

 

Proyecto de Presupuestos Generales del Estado 2020

El 28 de octubre de 2020 ha sido presentado a las Cortes Generales el Proyecto de Presupuestos Generales del Estado para 2021. Esta página facilita el acceso a diversa documentación relativa al mismo. Entre otra, se presenta información sobre: el articulado de la Ley; los estados de ingresos y gastos; los presupuestos de explotación y capital; el informe económico financiero; las memorias de objetivos de cada una de las secciones presupuestarias; los anexos de inversiones reales; la memoria económico-orgánica y la memoria por programas; el presupuesto consolidado; el anexo de flujos financieros España-Unión Europea; la liquidación del Presupuesto de 2019; el avance de la liquidación del Presupuesto de 2020 y los gastos de funcionamiento e inversiones del Banco de España

 

https://www.sepg.pap.hacienda.gob.es/sitios/sepg/es-ES/Presupuestos/PGE/ProyectoPGE2021/Paginas/ProyectoPGE2021.aspx

 

 

Presupuestos Generales del Estado 2021

Proyecto

 

https://www.sepg.pap.hacienda.gob.es/Presup/PGE2021Proyecto/MaestroTomos/PGE-ROM/Series.htm

 

 

Sesión Plenaria (03/12/2020)

 

https://www.youtube.com/watch?v=e-iJm8vxoNQ&feature=emb_logo

Congreso de los Diputados - Canal Parlamento

 

El Pleno se reanuda con el debate de las secciones del Proyecto de Ley de Presupuestos Generales del Estado para el año 2021 relativas a la Casa de su Majestad el Rey, Cortes Generales, Tribunal de Cuentas, Tribunal Constitucional, Consejo de Estado, Consejo General del Poder Judicial, Aportaciones al Mutualismo Administrativo, Fondo de Contingencia, Fondos de Compensación Interterritorial, Otras Relaciones Financieras con Entes Territoriales, Entidades Sector Público administrativo, empresarial y fundacional con presupuesto de carácter estimativo, Anexo de inversiones reales, Ingresos del Estado y Exposición de motivos.

 

En directo: Sesión Plenaria     Sesión n° 66       03/12/2020

 

https://app.congreso.es/AudiovisualCongreso/audiovisualEmisionSemiDirecto?&idLegislaturaElegida=14&codOrgano=400&codSesion=66

 

Congreso de los diputados

 

https://www.congreso.es/web/guest

 

El Pleno envía al Senado el proyecto de Presupuestos Generales del Estado de 2021

03/12/2020

 

El Pleno del Congreso ha aprobado el articulado y cada una de las secciones del Proyecto de Ley de Presupuestos Generales del Estado para el año 2021, con la incorporación de varias enmiendas al dictamen, elaborado por la Comisión de Presupuestos

 

El Proyecto de Ley de Presupuestos Generales del Estado para el año 2021 se ha sometido desde el lunes hasta el jueves al debate en Pleno en el que cada ministro ha presentado las partidas correspondientes a sus departamentos y los grupos parlamentarios han defendido las enmiendas al articulado y las secciones no incorporadas durante la tramitación en la Comisión de Presupuestos.

 

El debate y votación de los Presupuestos en Pleno se ha realizado, de acuerdo con el Reglamento del Congreso, diferenciando el conjunto del articulado de la ley y cada una de las secciones. En esta ocasión, las votaciones de las más de 3.000 enmiendas que mantuvieron vivas los grupos parlamentarios, se han realizado de forma telemática, de las que han quedado aprobadas más de 70, y que se suman a las ya incorporadas en las fases previas, durante las sesiones de ponencia y Comisión. 

 

La votación del articulado, secciones, disposiciones adicionales, transitorias y finales y anexos se ha realizado de forma mixta, telemática y presencial. En cada una de las votaciones, el texto con las enmiendas incorporadas ha recibido el respaldo de la mayoría de la Cámara, más votos a favor que en contra, necesario para continuar su tramitación en el Senado. 

 

Votaciones del Dictamen

 

Votaciones de las Enmiendas Vivas

 

Tramitación en el Senado

 

Tramitación en el Congreso

 

Documentación PGE 2021

 

Dictamen de la Comisión

 

Enmiendas Vivas Aprobadas en Pleno

 

Tutorial

 

https://www.congreso.es/web/guest/notas-de-prensa?_notasprensa_mvcPath=detalle&_notasprensa_notaId=38229

 

 

http://www.congreso.es/backoffice_doc/atp/orden_dia/pleno_062_30112020.pdf

 

Comisión de Presupuestos (04/11/2020)

 

 

https://www.youtube.com/watch?v=WLEOUHedBTE

 

DIARIO DE SESIONES DEL CONGRESO DE LOS DIPUTADOS

  • Núm. 202 Comisión de Presupuestos. Sesión celebrada el miércoles, 4 de noviembre de 2020.

 

http://www.congreso.es/public_oficiales/L14/CONG/DS/CO/DSCD-14-CO-202.PDF

 

DIARIO DE SESIONES DEL CONGRESO DE LOS DIPUTADOS

 

A-35-3 Proyecto de Ley de Presupuestos Generales del Estado para el año 2021. Enmiendas de totalidad.

11 de noviembre de 2020

http://www.congreso.es/public_oficiales/L14/CONG/BOCG/A/BOCG-14-A-35-3.PDF

 

  

El mismo fin de semana que tumba la constitución de Pinochet en Chile se aprueba el pacto de Toledo

 

Constitución Política de la República de Chile de 1980

 

 

https://es.wikipedia.org/wiki/Constituci%C3%B3n_Pol%C3%ADtica_de_la_Rep%C3%BAblica_de_Chile_de_1980

 

 

Chile inicia la carrera electoral hacia la reforma de la Constitución de Pinochet

 

26 AUG 2020 

 

https://elpais.com/internacional/2020-08-26/chile-inicia-la-carrera-electoral-hacia-la-reforma-de-la-constitucion-de-pinochet.html

 

Logran histórico acuerdo para Nueva Constitución: participación ciudadana será clave

 

15 de noviembre de 2019

 

https://www.senado.cl/logran-historico-acuerdo-para-nueva-constitucion-participacion/senado/2019-11-14/134609.html

 

Chile aprueba una reforma constitucional que se votará en 2020

 

18 diciembre 2019

 

https://www.elmundo.es/internacional/2019/12/18/5dfaa8c2fc6c8306088b45ff.html

 

 

La reforma constitucional divide a Chile a un mes del referéndum

29-09-2020

/

https://www.larazon.es/internacional/20200929/rvxvpbpmvjhcxbjmdaen3mcpuy.html

 

 

Plebiscito nacional de Chile de 2020

 

https://es.wikipedia.org/wiki/Plebiscito_nacional_de_Chile_de_2020

 

Anexo: Resultados del plebiscito nacional de Chile de 2020

El siguiente anexo muestra los resultados generales por región del plebiscito nacional de Chile de 2020, el cual se llevó a cabo el 25 de octubre de dicho año.1

 

https://es.wikipedia.org/wiki/Anexo:Resultados_del_plebiscito_nacional_de_Chile_de_2020#cite_note-servel-1

 

 

 

Plebiscito histórico en Chile: 4 claves para entender la consulta en la que ganó la opción de cambiar la Constitución de Pinochet

 

23 octubre 2020

 

https://www.bbc.com/mundo/noticias-america-latina-54630310

 

 

Chile sepulta la Constitución de Pinochet

 

25 octubre 2020

 

https://www.elperiodico.com/es/internacional/20201025/chile-aprueba-referendum-nueva-constitucion-8171563

 

Chile aprueba redactar una nueva Constitución tras un plebiscito histórico

 

25 octubre 2020

 

https://www.france24.com/es/am%C3%A9rica-latina/20201025-chile-jornada-plebiscito-cambio-constitucion

 

 

 

Chile aprueba por una aplastante mayoría redactar una nueva Constitución

 

26 octubre 2020

 

https://www.elmundo.es/internacional/2020/10/25/5f95d6dc21efa0056c8b45f7.html

 

Chile aprueba con un 78 por ciento a favor la reforma de la Constitución

 

26/10/2020 

 

https://www.abc.es/internacional/abci-chile-aprueba-78-ciento-favor-reforma-constitucion-202010260848_video.html

 

 

Información Plebiscito

A continuación encontrarás información relativa al Plebiscito Nacional a realizar el día 25 de octubre de 2020

 

https://www.pucv.cl/uuaa/derechopublico/informacion-plebiscito-octubre-2020/2020-09-11/180443.html

 

https://www.bcn.cl/leychile/navegar?idNorma=1148743&tipoVersion=0

 

Últimas Leyes Electorales

 

https://icde.cl/index.php/ultimas-leyes-electorales/

 

 

 

 

Constitución Política. Capítulo I: Bases De La Institucionalidad

 

 

 Última actualización de la Constitución: Ley Nº 21.261, del 26 de agosto de 2020

 

https://www.senado.cl/constitucion-politica-capitulo-i-bases-de-la-institucionalidad/senado/2012-01-16/093048.html

 

 

 

 

 

Felipe González, abrió las puertas de España a las políticas neoliberales, igual que en EE.UU. hizo Ronald Reagan, en Chile durante la dictadura de Augusto Pinochet y en RU Margaret Thatcher.

 

El sistema de pensiones en Chile

 

 

José Piñera Echenique

Fue el creador del sistema privado de pensiones (AFP) basado en la capitalización individual y del «plan laboral»

 

https://es.wikipedia.org/wiki/Jos%C3%A9_Pi%C3%B1era_Echenique

 

Administradoras de Fondos de Pensiones de Chile

 

https://es.wikipedia.org/wiki/Administradoras_de_fondos_de_pensiones_de_Chile

 

Chile, la cuna de los fondos privados de pensiones (las AFP), se rebela contra un invento que se extendió por toda América Latina

26 julio 2016

 

https://www.bbc.com/mundo/noticias-36890288

 

Los chilenos se rebelan contra el sistema de pensiones de Pinochet

 

27 JUL 2016

 

https://elpais.com/internacional/2016/07/26/america/1469555773_400978.html

 

El sistema de pensiones chileno enriquece a las grandes empresas a costa de los jubilados

 

06/05/2018 

 

https://www.publico.es/economia/pensiones-chile-sistema-pensiones-chileno-enriquece-grandes-empresas-costa-jubilados.html

 

EL FIASCO CHILENO

 

El modelo de pensiones que era un ejemplo y hoy camina al fracaso

17/12/2019

 

https://www.lavanguardia.com/economia/20191217/472259400031/pensiones-modelo-espana-chile-jubilacion-pensionistas-afp.html

 

Reforma del sistema de pensiones de la era Pinochet dará otro paso en Senado

2 de julio de 2020

 

https://www.elcomercio.com/actualidad/reforma-pensiones-pinochet-chile-senado.html

 

 

Las polémicas AFP

Creado por Pinochet, el sistema privado de jubilaciones de Chile se tambalea por un proyecto para retirar fondos de manera anticipada

 

09/07/2020

 

https://www.clarin.com/mundo/creado-pinochet-sistema-privado-jubilaciones-chile-tambalea-proyecto-retirar-fondos-manera-anticipada_0_FsGvPZbx5.html

 

La discusión en Chile por las pensiones privadas destapa los lazos de la familia Piñera con Pinochet


16/07/2020

 

https://www.lapoliticaonline.es/nota/85086-la-discusion-en-chile-por-las-pensiones-privadas-destapa-los-lazos-de-la-familia-pinera-con-pinochet/

 

 

¿Por qué Pinochet impuso el modelo de pensiones AFP a todos los chilenos menos a las FF.AA?

21 jul 2020

 

https://www.youtube.com/watch?v=S8PUWoINXvs

 

 

Reforma al sistema de pensiones de Pinochet sigue avanzando en Chile

 

 22 Jul 2020 

 

https://www.lafm.com.co/internacional/reforma-al-sistema-de-pensiones-de-pinochet-sigue-avanzando-en-chile

 

El Senado chileno fulmina un legado económico de la dictadura de Pinochet

 

23 de julio de 2020

 

https://www.elperiodico.com/es/internacional/20200723/el-congreso-chileno-apunta-contra-la-principal-herencia-economica-de-la-dictadura-de-pinochet-8051910

 

 

 

Chile permite retirar el 10% de los fondos de pensiones por la crisis de covid-19

 

24-07-2020

 

https://www.larazon.es/internacional/20200724/eq5igbno3nfc3fqyr6gse5d4nu.html

 

En Chile, avanza autorización para retirar hasta 10 % de fondos de pensiones

 

7/8/2020

https://www.semana.com/economia/articulo/retiro-anticipado-de-ahorros-pensionales-en-chile/685097/

 

 

40 años del sistema de pensiones chileno: aciertos y perjuicios

 4/11/2020

https://www.eleconomista.es/economia-eAm-chile/noticias/10867125/11/20/40-anos-del-sistema-de-pensiones-chileno-aciertos-y-perjuicios.html

 

 

Congreso chileno aprueba el segundo retiro anticipado del 10% del fondo de pensiones

 

4/12/2020

 

https://www.eleconomistaamerica.cl/politica-eAm-cl/noticias/10925910/12/20/Congreso-chileno-aprueba-el-segundo-retiro-anticipado-del-10-del-fondo-de-pensiones.html

 

 

 

 




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