28 de octubre, conferencia telemática: Pacto de
Toledo, ¿avance o más de lo mismo?
El Pacto de Toledo es un ataque a la clase
trabajadora.
El Pacto de
Toledo es el instrumento que se dio
el capitalismo para recortar y deteriorar el modelo público, de reparto,
solidario y redistributivo de nuestro sistema público de pensiones, con el fin
de implantar su estafa negocio de las pensiones privadas, reduciendo de paso
los costes empresariales.
Más de
lo mismo.
Más pensiones
privadas, más incentivos empresariales, más deterioro del sistema
público y más recortes a las pensiones.
“El Pacto de Toledo es un lobby que se
crea para privatizar las pensiones pública.”
La Entidad
de Previsión Social Voluntaria (EPSV), es la mochila
austriaca vasca.
El seguro de empresas es una forma de
capitalización de las pensiones privadas
La Entidad de Previsión Social Voluntaria
(EPSV), se articula como entidad de mutualidad no
integrada en la Seguridad
Social.
[Libro] Por un sistema público de pensiones.
Ética, crítica y economía.
http://eljanoandaluz.blogspot.com/2020/11/libro-por-un-sistema-publico-de.html
Luces y sombras del nuevo Pacto de Toledo
Pacto de Toledo, ¿Avance o más de lo mismo?
1º
intervención
Conferencia telemática de Miren Etxezarreta es Catedrática
emérita en economía aplicada de la universidad autónoma de Barcelona, doctora
en economía por la London school of economics y participa en el seminario de economía crítica Taifa.
Escuela de Economía de Londres
https://www.youtube.com/watch?v=KIZ1IEfEcHs&feature=emb_logo
COESPE Coordinadora Estatal de Pensiones
https://www.youtube.com/watch?v=KIZ1IEfEcHs&t=3s
https://kaosenlared.net/video-miren-etxezarreta-pacto-de-toledo-avance-o-mas-de-lo-mismo/
https://www.cgt-lkn.org/blog/archivos/8722
Conferencia telemática: Pacto de Toledo,
¿Avance o más de lo mismo? Debate y preguntas. 2º intervención Nekane
Jurado
https://www.youtube.com/watch?v=xXjNw6t791k
“El Pacto de Toledo es un lobby que se crea para
privatizar las pensiones pública.”
Nekane Jurado. Licenciada en ciencias
económicas y empresariales, ciencias actuariales y financieras y psicología
clínica y trabaja en el área de la economía social.
Referencias:
Decreto 907/1966, de 21 de abril,
aprobando el texto articulado primero de la Ley 193/1963, de 28 de diciembre, sobre Bases
de la Seguridad Social.
https://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-1966-6647
Primera gran contrarreforma en las
pensiones públicas.
Se modificó el período de cálculo para la base
reguladora de jubilación e invalidez, pasándose de 2 a 8 en jubilación y a 5 en
invalidez. Del mismo modo, para alcanzar el derecho a percibir una pensión se
pasó de los 10 años a los
15 de cotización.
Ley 26/1985, de 31 de julio, de medidas
urgentes para la racionalización de la estructura y de la acción protectora de
la Seguridad Social.
http://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-1985-16119
Ley 8/1987, de 8 de junio, de Regulación de
los Planes y Fondos de Pensiones.
https://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-1987-13491
Real Decreto 1307/1988, de 30 de septiembre,
por el que se aprueba el Reglamento de Planes y Fondos de Pensiones.
https://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-1988-25288
Conferencia telemática: Pacto de Toledo,
¿Avance o más de lo mismo? Debate y preguntas. 3º intervención. Juan
Miguel Fernández
https://www.youtube.com/watch?v=ptFv4dkkG10
Juan Miguel Fernández. Economista y profesor
honorífico por la universidad Complutense de Madrid. Interventor de la
seguridad Social y asesor técnico del tribunal de cuentas actualmente jubilado.
Es portavoz de la coordinadora de Madrid por la defensa del sistema público de
pensiones.
Referencias:
Fondo de Reserva de la Seguridad Social
https://es.wikipedia.org/wiki/Fondo_de_Reserva_de_la_Seguridad_Social
Carles Campuzano
https://es.wikipedia.org/wiki/Carles_Campuzano
‘Saqueo y sabotaje de los fondos de las
pensiones. Cronología de las contrarreformas laborales, sanitarias y de las
pensiones, por la burguesía contra la clase obrera en el Estado capitalista
español.
http://eljanoandaluz.blogspot.com/2018/04/saqueo-y-sabotaje-de-los-fondos-de.html
Quieran modificar el Artículo 109. Recursos generales. Del Real Decreto Legislativo 8/2015, de 30 de octubre,
por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General de la Seguridad
Social.
Conferencia telemática: Pacto de Toledo,
¿Avance o más de lo mismo? Debate y preguntas. 4º intervención
https://www.youtube.com/watch?v=eHVWSXeeeYo
Ramón Franquesa. Es economista e investigador,
actualmente ejerce como profesor de economía mundial en la facultad de economía
y empresa de la universidad de Barcelona. Es actualmente Portavoz de COESPE.
Referencias:
La gran mentira del “Ingreso Mínimo Vital”. La
medida estrella del gobierno “progresista” se estrella antes de tomar vuelo
http://eljanoandaluz.blogspot.com/2020/09/la-gran-mentira-del-ingreso-minimo.html
La Mochila Austriaca es una de las formas de
privatizar las pensiones
¿Pero cómo es posible que todavía no sepa
usted que es "la Mochila Austríaca" que tanto gusta a la burguesía
financiera internacional, a la banca, a la patronal española y casi todos los
partidos políticos en España?
http://eljanoandaluz.blogspot.com/2020/08/pero-como-es-posible-que-todavia-no.html
El acuerdo de PSOE-Unidas Podemos para un
Gobierno de coalición, íntegro
https://elpais.com/politica/2019/12/30/actualidad/1577717188_495072.html
Coalición
progresista. Un nuevo acuerdo para España
2.4.- Pensiones, Inclusión y Seguridad Social.
2.4.1.- Garantía de pensiones dignas a través
de la suficiencia y revalorización del sistema público de pensiones.
·
Plantearemos a todas las
fuerzas políticas y a los agentes sociales un nuevo Pacto de Toledo, que
garantice la sostenibilidad y suficiencia del sistema público de pensiones.
·
Actualizaremos las
pensiones conforme al IPC real mediante ley de forma permanente, y aumentaremos
el poder adquisitivo de las pensiones mínimas y las no contributivas.
·
Impulsaremos la reducción
de la brecha de género en las pensiones y la revisión de las pensiones de
viudedad, garantizando la igualdad de trato en los casos de parejas sin vínculo
matrimonial.
·
Revisaremos el sistema de
cobertura de lagunas y determinación de la base reguladora para evitar
perjuicios a las personas con carreras profesionales irregulares y el
complemento por maternidad para hacerlo más equitativo y evitar la perpetuación
de roles de género.
2.4.1.1.- Reformaremos el Sistema de Seguridad
Social, en el marco del diálogo social, y del Pacto de Toledo, con máxima transparencia, para garantizar su sostenibilidad a medio y
largo plazo.
·
Se estudiarán y
desarrollarán medidas para, entre otras, garantizar el aumento de los ingresos
de forma estructural, descargando a la Seguridad Social de gastos impropios,
asegurando la sostenibilidad del Sistema.
·
Revisaremos las
bonificaciones a la contratación con el objetivo de reducirlas, garantizando el
mantenimiento de aquéllas que contribuyen a la inserción en el mercado laboral
de los colectivos con especial vulnerabilidad.
2.4.1.2.- En el marco de esta reforma,
eliminaremos el Factor de Sostenibilidad y el Índice de Revalorización de
Pensiones de la Seguridad Social previstos en la Ley 23/2013,
siempre asegurando la sostenibilidad del sistema a medio y largo plazo.
2.4.1.3.- Reorganización de la Seguridad
Social para dotar de mayor eficacia a la gestión con menores costes.
2.4.2.- Desarrollaremos el Ingreso Mínimo
Vital como prestación de Seguridad Social. Comenzaremos en un primer
momento por el aumento decidido de la prestación por hijo/a a cargo para
familias vulnerables, y posteriormente mediante un mecanismo general de
garantía de renta para familias sin ingresos o con ingresos bajos.
https://ep00.epimg.net/descargables/2019/12/30/87348523b35b92d92f5702e3cc84d950.pdf
Conferencia telemática: Pacto de Toledo,
¿Avance o más de lo mismo? Debate y preguntas. 5º intervención
https://www.youtube.com/watch?v=fXI2f4NRjVg
COESPE: Primera valoración de las
recomendaciones del Pacto de Toledo
1/11/2020
Coordinadora Estatal Por La Defensa Del
Sistema Público De Pensiones (COESPE)
Concluidos los trabajos del Pacto de Toledo,
el martes 27 cada grupo parlamentario votará.
Sus acuerdos, que serán públicos en los
próximos días, son meras recomendaciones discutidas a puerta cerrada entre
representantes de la derecha (PP, Ciudadanos, Vox, PNV, PDeCAT) y
representantes de partidos de izquierda. Las propuestas parten de las
deliberaciones de la anterior legislatura que terminaron sin acuerdo.
Los distintos grupos parlamentarios de la Comisión votarán el próximo martes
27.
Hasta entonces en una primera valoración
destacamos lo siguientes:
1. Sobre los saqueos a las cuentas de la Seguridad
Social:
Lo más sobresaliente es que el Pacto de Toledo
no hace ninguna propuesta de reparación del daño causado por la financiación
con cotizaciones, de los gastos indebidos.
No dice nada de la derogación de las reformas
laborales y de pensiones, ni de una la ley que garantice el mantenimiento del
poder adquisitivo, y tampoco del destope de las bases máximas de cotización.
El Pacto de Toledo no quiere sacar ninguna conclusión del saqueo continuo que
los diferentes gobiernos han impuesto a las cotizaciones sociales durante
décadas, y compensar por los desvíos de cotizaciones a fines impropios. Además,
proponen continuar con estas prácticas hasta el año 2024 ¿De qué sirve
reconocer que ha habido una indebida utilización de los recursos de la
Seguridad Social si no se corrigen sus efectos y se propone un plan de
compensaciones a la caja de la Seguridad Social?
2. Se anuncia un nuevo saqueo. Como forma de eliminar la imagen de una Seguridad Social endeudada,
se propone que la falsa deuda generada por los préstamos, que debieron ser
aportaciones, se reconozca como verdadera deuda y se cancele cediendo al Estado
o Comunidades Autónomas la propiedad de edificios del Patrimonio de la
Seguridad Social e inscritos a nombre de la Tesorería General de la Seguridad
Social en los correspondientes registros de propiedad
3. Se manifiesta el rechazo a cualquier
“transformación radical del sistema”.
Siguiendo recomendaciones de la AIREF, que
sugiere una “pronta implementación de las reformas permitiría
una implantación más gradual, facilitando su aceptación social y la adaptación
de las decisiones de los agentes sociales a la nueva situación”. (28 de septiembre
de 2020)
Fruto de esas sugerencias se ponen los cimientos de una “transformación gradual
del sistema”, en la línea de lo avanzado por el ministro de orientarse hacia un
sistema mixto como el inglés, cuyos primeros elementos son:
– La modificación del artículo 109 de la Ley General de la Seguridad Social (LGSS). La recomendación 1 dice, que la asunción progresiva por el Estado de
los gastos financiados impropiamente por cotizaciones “ha de implicar la
modificación del artículo 109 de la LGSS”. Este artículo obliga a que el Estado
haga las aportaciones necesarias al sostenimiento del sistema, y ha sido
reiteradamente incumplido, pues en vez de aportaciones se hicieron
préstamos.
– La introducción gradual de la imposición por
impuestos, a la larga en sustitución de las cotizaciones. La recomendación 0
abre la puerta a la utilizar los recursos “basados en la imposición general,
que pudieran ser necesario para asegura la sostenibilidad y la suficiencia de
las prestaciones”. Sustituyendo así la obligación legal de las aportaciones del
Estado (Art. 109), sustituyéndola por la financiación por impuestos, sometidos
a las reglas del techo de gasto y las limitaciones y carencias del sistema impositivo.
– Para nosotros, la COESPE, la sostenibilidad
actual y futura se garantiza por la derogación de las reformas laborales,
destopando las bases de cotización, persiguiendo la economía sumergida y el
fraude, evitando las malas prácticas de desviar recursos de la Seguridad Social
a otros fines, y legalmente, no modificando, pero cumpliendo el artículo 109 de
la LGSS.
– El decisivo apoyo a las pensiones privadas
de sistemas complementarios. La recomendación 16 se pronuncia por estos
“instrumentos de ahorro a medio y largo plazo para los trabajadores”, para lo
cual se impulsarán los “sistemas sustentados en la negociación colectiva”, que
“deben cubrir al menos las contingencias de jubilación, invalidez y
fallecimiento”, y las entidades que lo gestiones deberán tener “un régimen
fiscal y jurídico adecuado y diferenciado”. Es decir, con beneficios fiscales y
utilizando a los sindicatos como canalizadores de recursos a las entidades del
capital financiero.
La COESPE defiende el sistema de reparto y su
financiación y, como dice el primer punto de nuestra tabla, reivindicamos
complementar las cotizaciones sociales con aportaciones finalistas, no con
préstamos a la Seguridad Social que dan falsa imagen de endeudamiento.
4. Se han movido pocas cosas en lo que
respecta a reivindicaciones directas de los pensionistas actuales. El
derecho al mantenimiento del poder adquisitivo conseguido hace unos años se
mantiene y también este año se aplicará el IPC; se reconoce la existencia los
vacíos en cotización de las mujeres aunque pocas soluciones se aportan; se
reconoce la necesidad de subir las pensiones mínimas pero se manifiesta un
falso temor a desincentivar la cotización; se mantiene la pensión de
viudedad como prestaciones contributivas pero se recorta el acceso a la
viudedad; respecto a la edad de jubilación se aumentan los requisitos para las
jubilaciones anticipadas, se incentivará la prolongación voluntaria de la vida
laboral; se abre la posibilidad de coger los años favorables para mejorar las
bases reguladoras; se conserva la ampliación de 15 a 25 años del periodo
utilizado para el cálculo de la base reguladora, etc. En realidad, una serie de
aspectos susceptibles de negociación posterior. Pero que no anulan la
valoración negativa que el peso de los puntos anteriores impone a las
recomendaciones del Pacto de Toledo.
5. La iniciativa que ha lanzado la
COESPE con la exigencia de la realización de una auditoria de las cuentas de la
Seguridad Social ha encontrado un eco enorme entre la ciudadanía y la clase
obrera. Más de 150,000 apoyos recogidos, de los cuales miles de ellos han
sido recogidos directamente por los pensionistas en mesas y concentraciones en
multitud de pueblos y ciudades.
Hemos conseguido que los interesados en
liquidar la Seguridad Social abandonen su propaganda basada en la quiebra del
sistema y en la insostenibilidad del sistema de reparto. Nosotros, al plantear
que queremos conocer la verdad de lo ocurrido con nuestras cotizaciones y
demostrar que fueron utilizadas para otros fines distintos de los debidos,
hemos abierto una brecha favor de la transparencia y la verdad, para conocer la
magnitud del saqueo y la necesidad de compensar ese comportamiento indebido de
las instituciones estatales.
Hoy más que nunca, ante cosas como las
descritas aquí, con más fuerza que nunca hemos de aferrarnos al grito que
expresa nuestra independencia, la independencia de la COESPE que basa su fuerza
en la democracia, en el respeto a los demás, en la discusión libre y
democrática y el convencimiento de que nuestra lucha es justa:
¡GOBIERNE QUIEN GOBIERNE LAS PENSIONES SE
DEFIENDEN!
La comisión de portavoces
https://kaosenlared.net/coespe-respuesta-a-las-recomendaciones-del-pacto-de-toledo/
Comisión de Seguimiento y Evaluación de los
Acuerdos del Pacto de Toledo (27/10/2020)
https://www.youtube.com/watch?v=RtcA2521naE
https://www.facebook.com/watch/live/?v=1016626492145046&ref=watch_permalink
Congreso de los diputados
http://www.congreso.es/portal/page/portal/Congreso/Congreso
CORTES GENERALES
DIARIO DE SESIONES DEL CONGRESO DE LOS
DIPUTADOS
COMISIONES
XIV LEGISLATURA
Núm. 188
DE SEGUIMIENTO Y EVALUACIÓN DE LOS ACUERDOS
DEL PACTO DE TOLEDO
PRESIDENCIA DE LA EXCMA. SRA. D.ª MAGDALENA
VALERIO CORDERO
Sesión núm. 4
Celebrada el martes 27 de octubre de 2020
ORDEN DEL DÍA:
Debate
y, en su caso, aprobación del informe de evaluación y reforma del Pacto de
Toledo
La señora PRESIDENTA: Muy Buenos días a todos
y a todas. Señorías, de conformidad con lo acordado en la reunión de Mesa y
portavoces del pasado 23 de octubre, someto a su consideración el borrador del
informe de evaluación y reforma del Pacto de Toledo. Dicho borrador es el fruto
de los trabajos de la Comisión desde el comienzo de esta legislatura; trabajos
que —como bien conocen sus señorías— se iniciaron allá por el año 2016 con la
remisión del informe del desarrollo del Pacto de Toledo
2011/2015, elaborado por la entonces Secretaría de Estado para la Seguridad
Social. Es decir, hoy cristaliza —y será rematada la
tarea en el Pleno del Congreso— esta renovación de las recomendaciones del
Pacto de Toledo tras cuatro años de arduas tareas. Cerraré este acto con
algunos reconocimientos, porque han sido muchas personas las que a lo largo de
estos años han puesto mucho de sí mismas para que este acuerdo, para que esta
renovación llegase a buen puerto.
El informe que se somete a la Comisión consta
de siete partes. La primera es la parte de los antecedentes. En
esta parte podrán comprobar ustedes cómo se relatan los datos relativos a la
creación de la Comisión, su composición, todas las sesiones celebradas y la
documentación recibida a lo largo de los años transcurridos desde 2016 hasta
hoy. La segunda parte es una introducción que, tras unas breves palabras
de presentación y agradecimiento, expone la evolución legislativa del sistema
de pensiones hasta la actualidad, así como los datos más destacados sobre las
prestaciones económicas que, a día de hoy, satisface la Seguridad Social. La
tercera parte se refiere a las orientaciones comunitarias. En esta parte se
describe la posición de las instituciones de la Unión Europea en relación con
la sostenibilidad financiera de los sistemas de pensiones y con la adecuación
de estas en el marco diseñado por el pilar europeo de derechos sociales. La
cuarta parte es la relativa a la evolución demográfica prevista para
España. En esta parte se exponen las principales proyecciones demográficas
referidas a nuestro país, con especial atención a las previsiones y
simulaciones elaboradas por el Instituto Nacional de Estadística y también por
la AIReF y por Eurostat. La quinta parte se refiere a las
recomendaciones y es la parte medular del informe. En ella se encuentran las
veintiuna recomendaciones elaboradas en las reuniones mantenidas por la Mesa y
los portavoces durante los últimos años. La sexta parte es el resumen en
el que, con una finalidad divulgativa, se relacionan los principales rasgos
definidores de las recomendaciones. Y la parte séptima es un anexo
estadístico. Se trata de la parte complementaria integrada por los cuadros y
gráficos que sirven para ilustrar las explicaciones y demás datos que se
ofrecen a lo largo del informe. Este borrador ha sido distribuido a sus
señorías de conformidad con los plazos acordados en la última reunión de Mesa y
portavoces.
1º Antecedentes (2016-2020)
2º Introducción
3º Orientaciones como Italia
4º Evaluación demográfica
5º Recomendaciones (21)
6º Resumen
7º Anexo
Efectuada la votación, dio el siguiente
resultado: votos a favor, 30; en contra, 5; abstenciones, 2.
http://www.congreso.es/public_oficiales/L14/CONG/DS/CO/DSCD-14-CO-188.PDF
Comisión
de Seguimiento y Evaluación de los Acuerdos del Pacto de Toledo
Las recomendaciones para la reforma del
Pacto de Toledo acordadas por la Comisión Permanente de Seguimiento y Evaluación de
los Acuerdos del Pacto de Toledo
BOLETÍN OFICIAL DE LAS CORTES GENERALES
CONGRESO DE LOS
DIPUTADOS
XIV
LEGISLATURA
10 de noviembre de
2020 Núm. 175
COMISIONES, SUBCOMISIONES Y PONENCIAS
151/000004
Informe de evaluación y reforma del Pacto de Toledo
http://www.congreso.es/public_oficiales/L14/CONG/BOCG/D/BOCG-14-D-175.PDF desde la página 14-127
La Comisión de Seguimiento y Evaluación de los
Acuerdos del Pacto de Toledo, en su sesión del día 27 de octubre de 2020, ha aprobado el Informe
de evaluación y reforma del Pacto de Toledo de dicha Comisión, con el texto que se
inserta a continuación.
Lo que se publica en cumplimiento de lo
dispuesto en el artículo 97 del Reglamento de la Cámara.
Palacio del Congreso de los Diputados, 28 de
octubre de 2020. —P.D. El Secretario General del Congreso de los Diputados,
Carlos Gutiérrez Vicén.
INFORME DE EVALUACIÓN Y REFORMA DEL PACTO DE
TOLEDO
ÍNDICE
I. ANTECEDENTES Página 15
A) Creación de la Comisión 15
B) Composición 16
C) Sesiones celebradas 22
D) Documentación recibida 28
II. INTRODUCCIÓN 37
A. Presentación del Informe 37
B. Evolución legislativa del sistema de
pensiones de la Seguridad Social 39
1. º Primeras reformas financieras de
contenido paramétrico 39
2. º Desde 1995 hasta 2010 40
3. º Desde 2011 hasta 2020 42
C. El sistema español de pensiones: situación
actual 48
a) Pensiones contributivas 48
b) Pensiones no contributivas 50
III.
ORIENTACIONES COMUNITARIAS 50
IV. EVOLUCIÓN DEMOGRÁFICA PREVISTA PARA
ESPAÑA 55
A. Proyección de la población española para
los próximos quince años (INE, 2020-2035) 56
B. Proyección de la población española para
los próximos 50 años (INE, 2020-2070) 57
C. Otras proyecciones demográficas (Eurostat y
AIReF) 58
D. Efecto de la COVID-19 en las proyecciones
de población 59
V. RECOMENDACIONES 59
Consideración preliminar 59
Recomendaciones 60
0. Defensa del mantenimiento y mejora del
sistema público de pensiones 60
1. Consolidación de la separación de fuentes y
restablecimiento del equilibrio financiero 61
2. Mantenimiento del poder adquisitivo y
mejora de las pensiones 62
3. Fondo de reserva 63
4. Integración y convergencia de
regímenes 63
5. Adecuación de las bases y períodos de
cotización 64
6. Incentivos al empleo 65
7. Modernización e información al
ciudadano 65
8. Gestión del sistema 65
9. Mutuas colaboradoras con la Seguridad
Social 66
10. Lucha contra el fraude 66
11. Contributividad 67
12.
Edad de jubilación
67
13. Prestaciones de viudedad y orfandad 68
14 (suprimida) 69
15.
Solidaridad y garantía de suficiencia
69
16. Sistemas complementarios 70
17. Mujeres y Seguridad Social 71
17 bis. Juventud y Seguridad Social 72
18. Personas con discapacidad 72
9. Trabajadores migrantes 73
19 bis. Seguridad Social y Economía
Digitalizada 74
20. Control parlamentario, seguimiento,
evaluación y reforma del Pacto de Toledo 75
VI. RESUMEN
75
VII. ANEXO ESTADÍSTICO 79-126
http://www.congreso.es/public_oficiales/L14/CONG/BOCG/D/BOCG-14-D-175.PDF
Los votos particulares presentados
al mismo por los grupos parlamentarios Popular; Republicano; Más País,
Bloque Nacionalista Gallego (BNG) y Compromís, integrado en el G.P. Plural;
Ciudadanos; y EH Bildu.
6/11/2020
Propuestas conjuntan de Esquerra
Republicana de Catalunya y Euskal
Herria Bildu sobre 13
recomendaciones.
Propuestas del Bloque Nacionalista Gallego (BNG)
Partido Popular recomendación 16 Sistemas
complementarios
Ciudadanos recomendación 12 Edad de jubilación,
recomendación 16 Sistemas complementarios
Más País recomendación 12 Edad de jubilación
http://www.congreso.es/backoffice_doc/prensa/notas_prensa/78195_1605687200342.pdf
Recomendaciones.
16. Sistemas complementarios 70
Sin cuestionar la centralidad del sistema
público de pensiones basado en un régimen financiero de reparto, el artículo
41 (Los poderes públicos mantendrán un
régimen público de Seguridad Social para todos los ciudadanos, que garantice la
asistencia y prestaciones sociales suficientes ante situaciones de necesidad,
especialmente en caso de desempleo. La asistencia y prestaciones complementarias
serán libres) de la Constitución ampara
el desarrollo de sistemas complementarios de carácter voluntario que, en
línea con los países de nuestro entorno europeo, se articulan como mecanismos
de naturaleza mixta. En su dimensión económico-financiera, son instrumentos de
ahorro a medio y largo plazo para los trabajadores y herramienta de inversión
bajo tutela de los poderes públicos. Pero también tienen como objetivo
complementar —en ningún caso sustituir— las pensiones públicas.
Consciente del insuficiente e insatisfactorio
recorrido que estas fórmulas han tenido hasta la fecha, la Comisión reafirma su
apuesta por impulsar su implantación efectiva, atendiendo a la recuperación de
los salarios y al fortalecimiento de la negociación colectiva, para lo que
mantiene la recomendación de dotar de estabilidad al actual modelo de previsión
social complementaria. En esta línea, la Comisión subraya la necesidad de
impulsar, de forma preferente, los sistemas sustentados en el marco de la
negociación colectiva, de empleo, que integran el denominado segundo
pilar del modelo de pensiones, y que prioritariamente habrán de ser sin
ánimo de lucro. Estas entidades deben permitir desarrollar un sistema
de aportaciones suficiente, eficaz y duradero, en un porcentaje de la base de
contingencias comunes u otros criterios objetivos, y con fórmulas específicas
de apoyo a los salarios más bajos o a las carreras profesionales más
vulnerables, incorporando la solidaridad en determinadas contingencias. En
dicho sentido, el esfuerzo de trabajadores y de empresas debe ser adecuado,
proporcional y sostenido en el tiempo; debe cubrir al menos las contingencias
de jubilación, invalidez y fallecimiento; y debería materializarse en entidades
que preferentemente abonen complementos en forma de renta. En línea con lo
planteado por la AIReF en
su evaluación de los beneficios fiscales (julio de 2020) deberá dotarse a dichas entidades de un régimen fiscal y jurídico
adecuado y diferenciado, mejorando el existente en la actualidad y entendiendo
que en ningún caso dichos sistemas de ahorro puedan ser considerados como meros
productos financieros.
Asimismo, esta Comisión llama la atención
sobre dos aspectos sustanciales para el funcionamiento de los sistemas
complementarios: El establecimiento de un sistema de comunicación veraz y
adecuado con los socios o titulares, cuya participación deberá ser periódica; y
la necesaria evaluación de los gestores, respecto de sus competencias y de su
desempeño en el proceso de generación de los complementos.
El tercer pilar estará integrado por los
mecanismos de ahorro individual. La
gestión de estos mecanismos debe ser más transparente de lo que ha sido hasta
ahora, de manera que los costes de administración por las entidades promotoras
no comporten rendimientos negativos para los ahorradores; de ello se desprende
la necesidad de regular fórmulas más intensas de protección de los ahorros
invertidos en este tipo de sistemas complementarios.
http://www.congreso.es/public_oficiales/L14/CONG/BOCG/D/BOCG-14-D-175.PDF
DIARIO DE SESIONES DEL CONGRESO DE LOS DIPUTADOS
Núm. 64 Pleno y Diputación Permanente. Sesión celebrada el
jueves, 19 de noviembre de 2020.
Informes de comisiones permanentes:
— Informe de evaluación y reforma del Pacto
de Toledo, aprobado por la Comisión Permanente de Seguimiento y Evaluación
de los Acuerdos del Pacto de Toledo. «BOCG. Congreso de los Diputados», serie D, número
175, de 10 de noviembre de 2020. (Número de expediente 151/000004)
Desde la página 53-71
Página 82
INFORMES DE COMISIONES PERMANENTES.
(VOTACIÓN):
La señora PRESIDENTA: Informes de Comisiones
permanentes. Votación del informe de evaluación y reforma del Pacto de Toledo,
aprobado por la Comisión de Seguimiento y Evaluación de los Acuerdos del Pacto
de Toledo. Votamos el informe de la Comisión.
Efectuada la votación, dio el siguiente
resultado: votos emitidos, 102 más 240 votos telemáticos, 342; a favor, 102 más
160 votos telemáticos, 262; en contra, 2 votos telemáticos;
abstenciones, 78 votos telemáticos.
http://www.congreso.es/public_oficiales/L14/CONG/DS/PL/DSCD-14-PL-64.PDF
Congreso de los Diputados
Informes de Comisiones Permanentes
Sesión: 61 Votación: 210 Fecha: 19/11/2020
-Votación del Informe de evaluación y reforma
del Pacto de Toledo, aprobado por la Comisión de Seguimiento y Evaluación de
los Acuerdos del Pacto de Toledo. 19 de noviembre de 2020
https://app.congreso.es/votacionesWeb/InvocaReport?sesion=61&votacion=210&legislatura=14
El primer Pacto de Toledo
Boletín Oficial de las Cortes Generales, Congreso
de los Diputados, 12 de abril de 1995. Número 134
Análisis de los problemas estructurales del sistema
de seguridad social y de las principales reformas que deberán acometerse
Recomendaciones
Recomendación 14. SISTEMA COMPLEMENTARIO
El sistema público de la Seguridad Social puede
complementarse, voluntariamente, por sistemas de ahorro y protección
social, tanto individuales como colectivos, externos a la Seguridad
Social, que tengan por objetivo exclusivo mejorar el nivel de prestaciones
que les otorga la Seguridad Social Pública.
Por ello se recomienda abordar la ordenación
de la previsión social complementaria, potenciándola como elemento de
consolidación del modelo de protección social configurado en el artículo 41 de la Constitución.
Asimismo, se propone la actualización y mejora de los actuales incentivos
fiscales dirigidos a la promoción de dicho sistema complementario, con especial
atención a los sistemas colectivos. En su regulación deben tenerse en
cuenta también que estos mecanismos constituyen una importante fuente de ahorro
a largo plazo, tanto individual como colectivo.
Documento sobre Revisión del Pacto de Toledo
06/06/2011
Recomendaciones
Recomendación 16. Sistemas complementarios pág. 92
Uno de los retos de los sistemas de protección
social, en una consideración global, consiste en que los ciudadanos, al dejar
su actividad laboral, mantengan unos ingresos que les permitan desarrollar un
nivel de vida similar al que venían teniendo hasta entonces. En relación con
este objetivo, al lado de las pensiones públicas, los sistemas complementarios
juegan un papel importante, como lo demuestran las medidas adoptadas en los
países de nuestro entorno.
En esta línea, la Comisión sigue valorando
positivamente que la protección social voluntaria, además de orientarse
específicamente a un horizonte de ahorro a medio y largo plazo, sirva de
complemento y mejora a las prestaciones de la Seguridad Social,
salvaguardándose siempre el principio y las bases del sistema público de
pensiones, y reafirmando que dichos sistemas complementarios tienen como
objetivo el complementar y no el sustituir a las pensiones públicas.
Para la consecución de estos fines, la
Comisión mantiene su recomendación de dotar de estabilidad y garantizar la
neutralidad del actual sistema de previsión social complementaria, así como de
potenciar los sistemas complementarios de la Seguridad Social en el marco de la
negociación colectiva. A este respecto, la Comisión constata el insuficiente
grado de desarrollo de la previsión complementaria en España, así como la
correlativa necesidad de seguir reforzándola.
A la vista de lo anterior, la Comisión estima
conveniente que la previsión social complementaria —con especial incidencia en
la vinculada a la negociación colectiva— debe ampliar su capacidad de
complementar al conjunto de prestaciones sociales públicas, con la finalidad de
posibilitar una mejor atención de algunas contingencias. A tal fin la Comisión
insta a los interlocutores sociales a que, en el marco de la negociación
colectiva, instrumenten fórmulas de previsión complementaria a través de fondos
y planes de pensiones en su modalidad de empleo.
Además, es importante que los beneficios
fiscales que comportan los sistemas complementarios de prestaciones tengan una
distribución más equilibrada, en especial en términos de igualdad de género, ampliando
las posibilidades de que las personas con menores ingresos (en su mayor parte
mujeres) puedan beneficiarse de las aportaciones de sus cónyuges o parejas. De
igual modo, deberán mejorarse los beneficios fiscales de las aportaciones
realizadas a fondos y planes de pensiones, en su modalidad de empleo; en
particular, estableciendo estímulos fiscales adicionales en la regulación del
impuesto de sociedades.
En línea con las recomendaciones para el
sistema público de pensiones, la Comisión considera necesario que se mejoren
los sistemas de información a los partícipes y a los beneficiarios de los
sistemas complementarios, de modo que la misma sea más personalizada y,
mediante su simplificación y el uso de un lenguaje más sencillo, permita que
sus destinatarios tengan, en todo momento, un conocimiento exacto y periódico
de los derechos consolidados que van generando, así como de los gastos que se
le imputan, de modo que se logre un mayor grado de responsabilidad individual
sobre la previsión complementaria.
En todo caso, las cantidades ingresadas en los
fondos y planes de pensiones o a favor de entidades de previsión social
voluntaria no podrán tener un tratamiento fiscal más favorable que la cuantía
prevista como deducible en la Ley del Impuesto sobre la Renta de las Personas
Físicas o en la Ley del Impuesto sobre Sociedades por cotizaciones sociales,
incluidas tanto las que son a cargo del trabajador, como las que corren por
cuenta del empresario. Este límite no afectará a las cantidades que se pudieran
aportar para la cobertura de situaciones de dependencia.
La Comisión estima que la previsión social
complementaria debe atender, también, a las necesidades de los más de 3
millones de personas que en España realizan trabajos por cuenta propia o son
empresarios individuales y para los que, hasta ahora, no han existido fórmulas
atractivas y eficientes, más allá de opciones plenamente individuales.
La Comisión es consciente de que el trabajador
autónomo reúne algunas características propias que lo distinguen del contratado
laboral, características que justifican la configuración de un régimen de
previsión social complementaria específico, ya que los ingresos de sus
actividad económica pueden ser muy variables de un año a otro.
Una de las medidas específicas a favor de este
colectivo podría ser la de crear planes de pensiones o planes de previsión
asegurada específicos para trabajadores autónomos, con la particularidad de que
permitan la disposición anticipada en caso de cese de la actividad o la
existencia de pérdidas durante un determinado periodo de tiempo.
La Comisión está a favor de que las
mutualidades de previsión social —en
su condición de instrumentos de previsión complementaria sin ánimo de lucro—
sean potenciadas con arreglo a criterios de colaboración con el sistema
público, como instrumento diferenciado que ayude a la extensión de la previsión
social en el ámbito empresarial y profesional.
La Ley 27/2011, es la concreción del Informe
de evaluación y reforma del Pacto de Toledo de 31 de enero de 2011
Ley 27/2011, de 1 de agosto, sobre
actualización, adecuación y modernización del sistema de Seguridad Social.
https://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-2011-13242
BOLETÍN OFICIAL DE LAS CORTES GENERALES Congreso de los Diputados IX
LEGISLATURA 31 de enero de 2011
Índice
Otros textos
COMISIONES, SUBCOMISIONES Y PONENCIA
Informe de evaluación y reforma del Pacto de Toledo
Aprobación por el Pleno 2
Votos particulares 64
Otros textos
COMISIONES, SUBCOMISIONES Y PONENCIA
El Pleno del Congreso de los Diputados, en su
sesión del día 25 de enero de 2011, ha aprobado, con el texto que se inserta a
continuación, el Informe de evaluación y reforma del Pacto de Toledo.
Palacio del Congreso de los Diputados, 27 de
enero de 2011. . —P. D. El Secretario General del Congreso de los Diputados
Manuel Alba Navarro.
INFORME DE EVALUACIÓN Y REFORMA DEL PACTO DE TOLEDO
ÍNDICE
I. ANTECEDENTES:
II. INTRODUCCIÓN:
III. ORIENTACIONES COMUNITARIAS
IV. EVOLUCIÓN DEMOGRÁFICA PREVISTA PARA ESPAÑA
V. RECOMENDACIONES
VI. ANEXO ESTADÍSTICO
Recomendación 16 Sistemas complementarios.
Uno de los retos de los sistemas de protección
social, en una consideración global, consiste en que los ciudadanos, al dejar
su actividad laboral, mantengan unos ingresos que les permitan desarrollar un
nivel de vida similar al que venían teniendo hasta entonces. En relación con
este objetivo, al lado de las pensiones públicas, los sistemas complementarios
juegan un papel importante, como lo demuestran las medidas adoptadas en los
países de nuestro entorno.
En esta línea, la Comisión sigue valorando
positivamente que la protección social voluntaria, además de orientarse
específicamente a un horizonte de ahorro a medio y largo plazo, sirva de
complemento y mejora a las prestaciones de la Seguridad Social,
salvaguardándose siempre el principio y las bases del sistema público de
pensiones, y reafirmando que dichos sistemas complementarios tienen como
objetivo el complementar y no el sustituir a las pensiones públicas.
Para la consecución de estos fines, la
Comisión mantiene su recomendación de dotar de estabilidad y garantizar la
neutralidad del actual sistema de previsión social complementaria, así como de
potenciar los sistemas complementarios de la Seguridad Social en el marco de la
negociación colectiva. A este respecto, la Comisión constata el insuficiente
grado de desarrollo de la previsión complementaria en España, así como la
correlativa necesidad de seguir reforzándola.
A la vista de lo anterior, la Comisión estima
conveniente que la previsión social complementaria —con especial incidencia en
la vinculada a la negociación colectiva— debe ampliar su capacidad de
complementar al conjunto de prestaciones sociales públicas, con la finalidad de
posibilitar una mejor atención de algunas contingencias. A tal fin la Comisión
insta a los interlocutores sociales a que, en el marco de la negociación
colectiva, instrumenten fórmulas de previsión complementaria a través de fondos
y planes de pensiones en su modalidad de empleo.
Además, es importante que los beneficios
fiscales que comportan los sistemas complementarios de prestaciones tengan una
distribución más equilibrada, en especial en términos de igualdad de género,
ampliando las posibilidades de que las personas con menores ingresos (en su
mayor parte mujeres) puedan beneficiarse de las aportaciones de sus cónyuges o
parejas. De igual modo, deberán mejorarse los beneficios fiscales de las
aportaciones realizadas a fondos y planes de pensiones, en su modalidad de
empleo; en particular, estableciendo estímulos fiscales adicionales en la
regulación del impuesto de sociedades.
En línea con las recomendaciones para el
sistema público de pensiones, la Comisión considera necesario que se mejoren los
sistemas de información a los partícipes y a los beneficiarios de los sistemas
complementarios, de modo que la misma sea más personalizada y, mediante su
simplificación y el uso de un lenguaje más sencillo, permita que sus
destinatarios tengan, en todo momento, un conocimiento exacto y periódico de
los derechos consolidados que van generando, así como de los gastos que se le
imputan, de modo que se logre un mayor grado de responsabilidad individual
sobre la previsión complementaria.
En todo caso, las cantidades ingresadas en los
fondos y planes de pensiones o a favor de entidades de previsión social
voluntaria no podrán tener un tratamiento fiscal más favorable que la cuantía
prevista como deducible en la Ley del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas
o en la Ley del Impuesto sobre Sociedades por cotizaciones sociales, incluidas
tanto las que son a cargo del trabajador, como las que corren por cuenta del
empresario. Este límite no afectará a las cantidades que se pudieran aportar
para la cobertura de situaciones de dependencia.
La Comisión estima que la previsión social
complementaria debe atender, también, a las necesidades de los más de 3
millones de personas que en España realizan trabajos por cuenta propia o son
empresarios individuales y para los que, hasta ahora, no han existido fórmulas
atractivas y eficientes, más allá de opciones plenamente individuales.
La Comisión es consciente de que el trabajador
autónomo reúne algunas características propias que lo distinguen del contratado
laboral, características que justifican la configuración de un régimen de
previsión social complementaria específico, ya que los ingresos de sus
actividad económica pueden ser muy variables de un año a otro.
Una de las medidas específicas a favor de este
colectivo podría ser la de crear planes de pensiones o planes de previsión
asegurada específicos para trabajadores autónomos, con la particularidad de que
permitan la disposición anticipada en caso de cese de la actividad o la
existencia de pérdidas durante un determinado periodo de tiempo.
La Comisión está a favor de que las mutualidades de previsión social —en su
condición de instrumentos de previsión complementaria sin ánimo de lucro—
sean potenciadas con arreglo a criterios de colaboración con el sistema público,
como instrumento diferenciado que ayude a la extensión de la previsión social
en el ámbito empresarial y profesional.
http://www.congreso.es/public_oficiales/L9/CONG/BOCG/D/D_513.PDF
16/11/2020
Comunicado Coordinadora Estatal por la Defensa del
Sistema público de Pensiones (COESPE)
Acabamos de conocer el acuerdo en la comisión
parlamentaria del Pacto de Toledo con las recomendaciones para
reformar el sistema de pensiones. Es el primer paso de un recorrido que ahora
pasará por la negociación entre el ejecutivo, patronal y sindicatos
mayoritarios, que intercambiaran cosas, luego vendrá un proyecto de ley y
parece que otro repaso por la comisión antes de su publicación en el BOE que
marcará su entrada en vigor.
En este proceso se irán acabando de tejer los
cestos, pero los mimbres son estos, a la vista de los cuales, podemos hacer una
valoración muy aproximada de la enésima encerrona, que nos están preparando el
capitalismo y sus representantes políticos. El Pacto de Toledo es el
instrumento que se dio el capitalismo para recortar y deteriorar el modelo
público, de reparto, solidario y redistributivo de nuestro sistema público de
pensiones, con el fin de implantar su estafa negocio de las pensiones privadas,
reduciendo de paso los costes empresariales. El nuevo acuerdo lo reafirma y
por ello se resume en el siguiente titular.
MÁS DE LO MISMO
Mas pensiones privadas, más incentivos
empresariales, más deterioro del sistema público y más recortes a las
pensiones.
Esto aparece claramente en el fondo del
acuerdo, camuflado entre un lenguaje demagógico y a veces florido para que
miremos el dedo en vez de observar la luna, lenguaje amable y guiños de mejora
a algún colectivo concreto para desmovilizarnos generando falsas expectativas.
Aplican la vieja táctica de envolverlo para todos en papel couché con su lacito
a fin de embaucarnos camuflando el fondo, pero no nos van a callar con el
chocolate del loro.
Tampoco nos dolerán prendas en saludar algún
aspecto positivo que se insinúa, sobre todo porque lo conseguimos con nuestra
lucha.
En la filosofía del acuerdo se hace una
exposición puramente declarativa, cínica y panfletaria, sobre derechos acción
protectora y solidaridad que justamente es lo que están destruyendo el PT desde
1995.
Se reafirman en las recomendaciones que dieron base
a la reforma de 2011. Toda una declaración de
intenciones porque el acuerdo de 2011 fue el que dio mayor impulso al cambio de
modelo de S.Social y el que impuso los recortes más drásticos a las
pensiones. El acuerdo se reafirma en la separación de las fuentes de
financiación, que significó desde 1997 la ruptura de la solidaridad y la caja
única de la SS. Recuerda que se siguieron pagando indebidamente los
complementos a mínimos y otros gastos con los recursos de las pensiones
contributivas. Reconoce que los déficits del sistema de pensiones no se
hubieran producido si el dinero de las cotizaciones no se hubiera destinado a
gastos ajenos a las pensiones. Proponen corregir este latrocinio, pero en tanto
que recomendación tiene un tiempo de transición hasta su aplicación. O sea que,
acuerdan que nos sigan robando más tiempo por el mismo método y propone que los
falsos préstamos que en los últimos años le ha dado el estado a la SS para
cubrir el déficit en las pensiones, se salden entregando a otra titularidad el
patrimonio de la SS.
El insulto a la inteligencia de esta
recomendación es espeluznante. Desde COESPE exigimos una
auditoria de las cuentas de la SS que determine los excedentes de las
cotizaciones sociales, que el estado ha venido sustrayendo para destinarlos a
otros gastos y prestaciones distintas al capítulo de pensiones, nos basamos en
diversos estudios de economistas, que muestran como desde 1967, el
estado habría sustraído excedentes, que calculados actuarialmente alcanzarían,
hoy en día, el valor total de 780.000 millones de Euros. Primero la
AIREF, después el Tribunal de Cuentas y finalmente el propio Ministro de
Trabajo han tenido que reconocer, que sólo en los últimos años, los gobiernos
han desviado más de 100.000 millones de euros a otros gastos ajenos a las
pensiones, por eso el acuerdo no tiene más remedio que reconocerlo, si bien
nos propone una solución cínica y esperpéntica, ya que, en resumen nos plantea
lo siguiente:
Reconocemos que el estado les ha estado
sustrayendo su dinero, esa es la causa del déficit de los últimos años, el
gobierno les ha prestado su propio dinero y para completar la estafa nos
proponen: que los gobiernos nos sigan robando unos años más por el mismo
sistema y que el dinero de los préstamos debemos devolverlo con la entrega de
la titularidad de bienes del patrimonio de la S.S, o sea, que nos han robado,
lo seguirán haciendo y nos desahucian, porque el patrimonio de la SS es de la
clase obrera que lo ha levantado con sus cotizaciones. Nos vinieron con el
cuento de la quiebra de la SS. Tres décadas después el tiempo y la lucha
pensionista les ha descubierto las trampas. El relato de las Plataformas está
ganando la batalla de la verdad, ellos se ven obligados a reconocer parte de
sus mentiras, estamos en el buen camino.
¡¡GOBIERNE QUIEN GOBIERNE, LOS SERVICIOS
PÚBLICOS SE DEFIENDEN!!
Los pensionistas desconfían del Pacto de
Toledo: “Va en contra de las pensiones públicas”
12 de noviembre de 2020
- Distintos grupos de pensionistas creen que el
acuerdo del Pacto de Toledo no resolverá los grandes problemas del sistema
de pensiones
- Sospechan que servirá para introducir a nivel
estatal un modelo parecido al vasco de Entidad de Previsión Social Voluntaria
(EPSV) o al británico
- El Ministro de Seguridad Social, José Luis
Escrivá, es partidario de un "fondo de pensiones de empleo de
carácter abierto"
Distintos grupos de pensionistas creen que
el acuerdo alcanzado por la Comisión del Pacto de
Toledo en el Congreso no solo no
resolverá los problemas del sistema de pensiones, sino que además, creen
que le pone la alfombra roja a la entrada de modelos como la famosa 'mochila
austriaca', la 'vasca' o la 'británica'. "Estamos en contra del Pacto
de Toledo. Significa ir en contra de las pensiones públicas",
afirma Conchita Ribera, una de las portavoces de la Coordinadora
Estatal por la Defensa del Sistema Público de Pensiones desde su último congreso.
Desde distintos frentes, los pensionistas
están analizando el acuerdo que alumbró el pacto de Toledo a finales de octubre. El grupo Unidad COESPE tiene su propio documento de análisis, firmado por los pensionistas
Domiciano Sandoval, y Manuel Colinas,
que además organizan charlas estos días. Su análisis también queda muy lejos
del triunfalismo de los partidos políticos. De la Comisión del Congreso tampoco
esperan ya nada: "Ni se creó con el objetivo de salvaguardar el Sistema
Público de Pensiones, ni trabaja para ello, más bien se ha convertido una firme
aliada de todos esos intereses económicos que compiten por privatizar ese
sistema público". En cualquier caso, ahora esas recomendaciones tienen
que pasar al Pleno del Congreso y después dependerá de la acción de Gobierno.
La mochila vasca
En el documento del acuerdo del Pacto de
Toledo hay hasta 20 recomendaciones, pero la que más preocupa a los
pensionistas de Unidad COESPE es la número 16. Los diputados, amparándose
en el artículo 41 de la Constitución, recuerdan que la Carta Magna
"ampara el desarrollo de sistemas complementarios de carácter
voluntario", aunque sin ser sustitutivos de las pensiones
públicas. De hecho, en el punto 0 se rechaza la sustitución del sistema de
reparto por otro de capitalización.
A pesar de que considera que hasta el momento,
estas fórmulas han tenido un recorrido "insuficiente" e "
insatisfactorio", la Comisión "reafirma su apuesta" por la
"implantación efectiva". Además, detalla que las entidades que lo
gestionen deben ser "prioritariamente" sin ánimo de lucro y deben
contener fórmulas específicas de apoyo a los salarios "más bajos o a las
carreras profesionales más vulnerables".
Tampoco hay datos demasiado específicos, pero
los pensionistas consultados interpretan este punto como un intento de introducir
a nivel estatal un modelo parecido al vasco de Entidades de Previsión
Social Voluntaria (EPSV) o al británico (el NEST) con
planes de empresa, donde el trabajador va 'ahorrando' para su pensión.
Pero estos pensionistas, en su documento,
señalan muchos peligros, entre los que están el hecho de que la existencia de
este complemento suponga a medio o largo plazo una merma de las
pensiones públicas o que se creen "dos o más clases
diferenciadas de trabajadores: los que tienen empleo fijo y bien remunerado
que tendrán una buena pensión pública y un buen complemento de la empresa y los
que "tengan solo una pensión pública asistencial", una diferencia
importante en su calidad de vida.
Conchita Ribera recuerda, además, que el
sistema vasco está generando algunos problemas no resueltos, como en el caso de
los 1.500 pensionistas vascos que llevarán su sistema a los tribunales, tal y como informó el 2 de noviembre el
diario La Información.
"Son un desastre", concluye sobre esta experiencia.
Cita:
"El dinero de nuestro fondo de pensiones no es
para pagar la boda de un hijo"
Virginia Oregui, gerente de GEROA Pentsioak
EPSV
23 feb 2017
La gerente de GEROA Pentsioak EPSV,
Virginia Oregui Navarrete, ha defendido ante
la comisión de seguimiento y evaluación de los acuerdos del Pacto de Toledo su
modelo de previsión complementaria para afrontar uno de los principales retos
del Sistema de pensiones, la pérdida de poder adquisitivo de los pensionistas.
https://www.youtube.com/watch?v=-S_JP9UNp5Q
Virginia
Oregui. Licenciada
en Empresariales por CUNEF, inicio mi actividad en 1985 en ADEGI (Asociación de
empresarios de Guipúzcoa), donde desempeño funciones de asesoramiento en
materia fiscal. En 1988 me incorporo a una filial del Banco Guipuzcoano en San
Sebastián, CISA (Consejeros de Inversión) con el mandato de desarrollar y
constituir la Gestora de los Fondos de Inversión de la Entidad, y los dos
primeros fondos de la misma. En 1990 soy nombrada gerente de Guipuzcoano
Sociedad Gestora de Instituciones de Inversión Colectiva y en 1991
administradora única de Guipuzcoano Sociedad Gestora de Fondos de Pensiones.
En 1996 inicio un nuevo reto, la creación y desarrollo de una entidad de empleo
sectorial de pensiones, en Guipúzcoa, pactada de común acuerdo entre patronal y
sindicatos con aportaciones paritarias de empresas y trabajadores de distintos
sectores de actividad. La Entidad se llama Geroa Pentsioak EPSV,
y en la actualidad gestiona 1500 M de €.
El Ministro de Seguridad Social, José
Luis Escrivá, ya ha dicho que es partidario de un "fondo de pensiones de empleo de
carácter abierto", que se desarrollará en "el marco de la negociación
colectiva". Aún así, el Ejecutivo ha dado pocos datos para analizar cuál
será el modelo concreto.
Ribera reconoce que las presiones son muchas.
El gobernador del Banco de España, Pablo Hernández de Cos, incluso
ha llegado a plantear que se usen los fondos europeos para financiar la
transición hacia la mochila austriaca, tal y como publica El Español. Es un debate que vuelve periódicamente a la política, desde que
Zapatero la estudiara en 2010, sin llegar a plantearla por ser su implantación demasiado
cara. También sobrevoló la legislatura anterior, cuando el Gobierno
de Pedro Sánchez era monocolor.
Un acuerdo insuficiente
La veterana pensionista pide que se haga una
"auditoría" pública sobre el sistema de pensiones, ya que cree
que "en la Seguridad Social hay dinero" y quieren ver exactamente
cómo se distribuye para acabar con el mantra de que el sistema público está en
peligro: "Lo que está en crisis son los planes de pensiones
privados", argumenta.
Sí ha habido algunos avances en el documento
del Pacto de Toledo, pero no han sido un regalo, sino fruto de las movilizaciones de los últimos años, como la subida con el IPC. "Nos lo hemos ganado a pulso, que no
nos vengan con que es un logro del Pacto de Toledo. Ya habían dicho que iban
a derogar la subida del 0,25 de Rajoy
y que el factor de sostenibilidad pasaba al 2023 gracias a los
pensionistas", sostiene.
A pesar de que la Comisión del Pacto de Toledo
defiende "el mantenimiento del poder adquisitivo
de los pensionistas" a través de la revalorización anual del
IPC y "su garantía por Ley", no es suficiente para los consultados
que creen que tiene que haber un mayor compromiso con ese blindaje, incluso por
legislación o introduciéndolo en la Constitución. Desde Unidad COESPE creen que
"la revalorización de nuestras pensiones, sigue quedando al libre albedrío
del partido gobernante y de las mayorías del Congreso".
HABLEMOS DE LA COMISIÓN DEL PACTO
DE TOLEDO
Domiciano Sandoval, y Manuel Colinas.
Barcelona – León, noviembre de 2020
https://ametzagaina.org/2020/11/16/hablemos-de-la-comision-del-pacto-de-toledo/
Referencias:
Domiciano Sandoval
16/11/2020
Hoy día 16 de noviembre, en Cervelló
(Barcelona) defendiendo uno de los centros de atención primaria, que nos están
quitando
https://www.youtube.com/watch?v=bxROWGQ9jnE&feature=emb_logo
“Os pediría a quienes leáis este documento,
que escuchéis la estupenda intervención de Jordi Salvador (responsable de
pensiones de ERC en la comisión), para explicar porque su grupo no podía votar
a favor y se abstenía”
Explicando el saqueo de la caja de la
Seguridad Social: Las pensiones sí son sostenibles
https://www.youtube.com/watch?v=Zrs1oBkmzh0&feature=emb_logo
27 oct 2020
Jordi Salvador Duch (responsable de pensiones de ERC en la comisión)
Intervención en el Pacto de Toledo explicando
de forma didáctica el saqueo de la caja de la Seguridad Social: Las pensiones
sí son sostenibles.
https://www.youtube.com/watch?v=0S8Dvn9vSBk
Fuente: Comisión de Seguimiento y Evaluación de los Acuerdos del Pacto de
Toledo (27/10/2020)
https://www.youtube.com/watch?v=RtcA2521naE
Texto de la intervención:
Me reservo los agradecimientos generales para
el turno de réplica al final. Sí quiero decir que evidentemente uno viene a la
política no para hacer amigos, pero en el Pacto de Toledo me llevo unos cuantos
amigos o bastantes amigos. Espero que lo sigan siendo después del discurso y
después de la votación. Sobre todo, quiero dar un abrazo muy fuerte a Aina, ya
que el hecho de que esté hoy entre nosotros para mí es quizá la mejor
satisfacción del día.
Desde Esquerra Republicana de Cataluña no
podemos votar afirmativamente al conjunto de las recomendaciones del Pacto de
Toledo que tenemos sobre la mesa. Nosotros hemos colaborado con aportaciones
que entendíamos que fortalecían la defensa de la Seguridad Social, un sistema
fundamentado en el régimen de reparto, y en función de los resultados finales
nos vemos obligados a votar abstención a las recomendaciones globales del Pacto
de Toledo, a pesar de que Esquerra Republicana ha votado no en otras ediciones
a las recomendaciones del propio Pacto de Toledo, Comisión con la que siempre
se ha mostrado muy crítica, y lo continúa siendo, y vamos a intentar explicar
el porqué de esta crítica. Una previa; nuestro voto, como decía, será de
abstención por dos razones, y es que el texto que hoy se presenta es distinto
al presentado en febrero de 2019. Aquel lo vetamos por muchas razones, mientras
que el presente, el de hoy, incorpora muchos puntos esenciales, pero el
resultado también abre las puertas a continuar debilitando el régimen de
reparto, que, junto a las declaraciones de algunos miembros del Gobierno, nos
inquietan. En segundo lugar, nos abstendremos porque presentaremos votos
particulares que pensamos que son necesarios para el debate.
La deuda de la Seguridad Social superó en agosto los 50.000
millones por primera vez 21/10/2019
Para una Comisión que tiene como objetivo
principal la llamada sostenibilidad del sistema de pensiones, hay que partir de
la realidad. Según el Banco de España, la deuda de la Seguridad Social frente
al Estado supera los 72 000 millones de euros. ¿Y cómo se ha llegado a
aquí? De una manera simple y llana: porque se ha legitimado y perpetuado lo que
consideramos un engaño a los cotizantes y a los pensionistas, es decir, a la
clase trabajadora. Para explicarlo nos referiremos a la recomendación número
uno de las presentadas, seguramente la más importante o por lo menos aquella
que determina el sentido de todas las siguientes, la que trata de la
financiación de la Seguridad Social y el equilibrio financiero. En ella se
constata y se acepta pasivamente el saqueo de la Seguridad Social. Se
explica que el Estado ha metido mano en los ahorros de más de 18 millones de
trabajadores y trabajadoras cotizantes, que hace como si aquí no hubiera
pasado nada. Evidentemente, no van a encontrar a Esquerra Republicana
blanqueando este tipo de actuaciones. Dice el texto actual literalmente: desde
1995 ―ojo, 1995― la Comisión ha venido defendiendo la necesidad de clarificar
la naturaleza de las fuentes de financiación de la Seguridad Social y, a partir
de ella, hacer efectivo el principio de separación de estas. En virtud de dicho
principio ―dice el texto―, las cotizaciones sociales deben ser destinadas
exclusivamente a financiar prestaciones contributivas, sin perjuicio de aportaciones
—aportaciones— que el Estado pueda realizar en su condición de garante del
sistema, mientras que la financiación de las prestaciones no contributivas de
la Seguridad Social ha de efectuarse exclusivamente a través de aportaciones
del Estado al presupuesto de la Seguridad Social. Es decir, durante 25 años
el Pacto de Toledo, en lugar de defender los intereses de más de nueve
millones de jubilados que están cobrando según sus aportaciones, y de más
de dieciocho millones de trabajadores que están generando su derecho a su
futura pensión, a través de sus cotizaciones, ha ignorado el saqueo
perpetrado por el Estado. Ahora, por primera vez después de 25 años, se
reconoce de manera contundente esta realidad que siempre fue nuestro punto de
desencuentro más importante, ayer y hoy, con las recomendaciones del Pacto de
Toledo.
Y, ¿qué se hace? En lugar de reponer y
compensar al Estado indebidamente, se dice que de cara a 2023 se tendrá que ir
acabando. Bien, es una noticia importante, por la cual fundamentamos nuestra
abstención. Pero el asunto es grave, y no solo por los miles de millones
desviados, sino por el relato que se ha venido creando. Sobre la base del
saqueo a la caja de la Seguridad Social se ha construido la mentira de que el
sistema de pensiones es insostenible. El mantra de la insostenibilidad
de crisis permanente ha creado una corriente de opinión ampliamente amplificada
por los medios de comunicación, con una gran mentira, la insostenibilidad del
sistema. Y el mantra ha servido para legitimar durante años recortes en
pensiones y en los derechos de los pensionistas, pero, sobre todo, para crear
un pánico que solo ha favorecido al sistema financiero y su negocio de los
planes de pensiones privados, con un eslogan que podría ser el siguiente: Si
quieres una pensión, hazte un plan de pensión privado. O incluso para crear
la Comisión del Pacto de Toledo sobre la base de una insostenibilidad que no
existía: los déficits fabricados, como se ha demostrado en los últimos 25 años.
Para nosotros, la caja de la Seguridad Social
es dinero de los trabajadores, ya sean asalariados o autónomos; no es de ningún
Gobierno, no es del Estado, es un dinero nuestro, es salario diferido y
tiene unas finalidades muy claras y específicas en la ley: los gastos definidos
como contributivos. Los diferentes Gobiernos no cumplieron las recomendaciones
del propio Pacto de Toledo, pues en la recomendación número uno del año 1995 ya
se instaba al Gobierno —como decía— a adoptar las medidas necesarias para
finalizar la separación de fuentes; y se decía hace 25 años literalmente: en el
menor plazo posible. Repito, en el menor plazo posible, quedando claramente
delimitados el sistema contributivo y no contributivo. Ya en 1995 se habla de
aportaciones, pero jamás de préstamos. 25 años después los préstamos y el
endeudamiento fraudulento de la Seguridad Social continúan; veamos complementos
a mínimos, separación de fuentes, Fondo de Reserva de la Seguridad Social.
Complementos a mínimos. La Ley 24/1997
—repito, la ley— define los complementos a mínimos de pensiones, de manera
expresa, como de naturaleza no contributiva, una ley que reiteraba lo que ya
había quedado acreditado con anterioridad. Ya en los Presupuestos Generales del
año 1989 —1989— se previó una aportación finalista para los conceptos de
complementos a mínimos y deuda sanitaria, y el compromiso de la asunción, por
parte del Estado, de la totalidad del coste de la asistencia sanitaria y de los
complementos a mínimos; un compromiso que se prolongó durante 25 años. Fíjense,
el propio Tribunal de Cuentas ratifica este análisis cuando,
en su informe de agosto de 2020, dice:
Esta demora en la asunción del Estado de sus compromisos de financiación ha
causado un serio perjuicio al sistema, ya que ha tenido que soportar, con cargo
principalmente a los cotizantes, un importe estimado de, al menos, 103 000
millones de euros —eso en complementos a mínimos solo y en deuda
sanitaria—, siendo en parte responsable de la situación de endeudamiento que ha
afectado y afecta notablemente a la Seguridad Social. Es incomprensible que
esto no se cumpla, es ley. Amigos míos, republicanos independentistas, por
mucho menos que esto están en la cárcel, chupando cárcel, durante muchísimos
años.
Separación de fuentes. Esquerra Republicana
presentó al Pacto de Toledo —no hace tanto— un documento en el que
cuantificaba, por valor de unos 23 000 millones de euros anuales, los
gastos impropios que la Seguridad Social estaba pagando con salario
diferido o cotizaciones; en un año solo 23 000 millones. Esquerra Republicana
de Catalunya denunciaba que la caja de la Seguridad Social estaba pagando
partidas presupuestarias de gastos no contributivos que jamás debían de haberse
pagado. El actual ministro ha presentado un informe con importe similar tres
años después. La conclusión que se deduce es que, descontando estos gastos
impropios, no se podría hablar actualmente del déficit de la Seguridad Social.
Dicho de otra manera, si se pagan gastos impropios por valor de 23 000 millones
de euros, y el déficit que se atribuye a la Seguridad Social estructural es de
unos 17 000 millones, resulta que incluso en la peor de las crisis económicas,
¡la Seguridad Social continuaba teniendo superávit!
A los 103 000 millones cuantificados por el Tribunal de Cuentas, ¿cuánto dinero más
hemos de sumar? ¿A cuánto asciende el dinero saqueado a la caja de la Seguridad
Social? Según la comparecencia del secretario general de Comisiones Obreras en
la Comisión del 28 de noviembre de 2016, las cotizaciones han servido en el
pasado para suplir la insuficiencia impositiva y sostener la sanidad y otras
políticas públicas, por vía de la transferencia —en este caso sí— al Estado de
los superávits de la Seguridad Social, que durante décadas no se destinaron a
dotar el Fondo de Reserva.
Si esta utilización indebida se hubiera acumulado, hoy se dispondría de un
Fondo de Reserva de 519 104 millones de euros, y no habría problemas
para financiar el aumento de gastos en pensiones.
Por ello, desde Esquerra Republicana vemos
lógica y razonable la reclamación de la Coordinadora Estatal por la Defensa del
Sistema Público de Pensiones, la llamada Coespe, para exigir a este Parlamento
que haga una auditoría pública para saber a cuánto asciende lo gastado en
gastos impropios a lo largo del tiempo. Lo mismo parece que pide el Tribunal de
Cuentas, que dice literalmente: Se recomienda al Gobierno que proceda a
efectuar la liquidación efectiva de los gastos no contributivos que fueron
asumidos por la Seguridad Social con cargo a sus recursos. Nosotros, junto a
los pensionistas, añadimos que se cumpla la ley, concretamente el artículo 109
de la Ley General de la Seguridad Social, donde en ningún momento prevé la posible
concesión de préstamos por parte del Estado para la financiación de los
posibles déficits del sistema de la Seguridad Social, en la cobertura de las
prestaciones contributivas, sino que hace referencia a la existencia de aportaciones
del Estado a estos efectos. Es decir, cuestionamos la legitimidad de los
préstamos. Lo que se debe hacer no es, como dice el texto actual, modificar el
artículo 109 de la Ley General de la Seguridad Social, sino hacer que se
cumpla, y no hacer lo que se ha hecho hasta ahora, que es eludir o evitar una
obligación de manera reiterada, hacer transferencias directas y jamás préstamos,
que dan una imagen de una Seguridad Social en quiebra, necesitada de grandes
reformas, de grandes recortes, de grandes opiniones de expertos, etcétera; es
bastante más sencillo.
Fondo de Reserva.
En la misma línea podemos citar el uso tramposo que se ha hecho del Fondo de
Reserva. Para que se entienda mejor, el Fondo de Reserva, en la acepción
coloquial, es la hucha de las pensiones, que también ha servido para lo mismo.
Y, ¿por qué creemos que es muy importante lo que decimos, y por eso he dedicado
tanto tiempo? Porque si todos estamos de acuerdo en que la Seguridad Social es
sostenible, si es cierto, si es sostenible, ¿por qué no se exige establecer una
pensión mínima del 60 % del salario medio, como fija la Carta Social Europea,
para el salario mínimo? ¿O por qué no se puede revertir el aumento de la edad
de jubilación obligatoria de los 67 años y bajarla? ¿O por qué se niega el pan
y la sal a los pensionistas con carreras de cotización de 36, 37, 38 o 40 años,
que han sido despedidos o se encuentran brutalmente expulsados del mercado de
trabajo, y son penalizados de por vida? ¿O por qué se está hablando ya de
ampliar el periodo de cálculo de la base reguladora de las pensiones a toda la
vida laboral? ¿O por qué solo ponemos trabas y más trabas a la regularización
de las personas inmigrantes? Las personas que llegan aquí en busca de una vida
mejor vienen a trabajar. Facilitemos el acceso a los permisos de trabajo por
vía del arraigo laboral, y consigamos acabar con la discriminación y, al mismo
tiempo, más contribuciones a la Seguridad Social. Esto es imperativo. ¿O por
qué no se aumentan los recursos humanos y materiales para combatir el enorme
fraude a la Seguridad Social? La lista de los porqués sería enorme, y la dejo
para la próxima intervención o para los votos particulares.
Ahora sí, agradezco a todos los portavoces
que, por su tono y por su contenido, han creado un clima en el cual se hace
política de verdad, en mayúsculas; agradecimientos a la Mesa, a la presidenta,
a todos los funcionarios y trabajadores de la Seguridad Social, que realmente
han tenido siempre un comportamiento exquisito. Es un orgullo estar aquí. A
pesar de las enormes discrepancias ideológicas, pienso que es una Comisión en
la cual ha habido debate, puede haber debate y deberá seguir habiendo debate,
porque si todos piensan igual nadie piensa mucho y, en este sentido, pienso que
no es correcto.
Muchas gracias.
La fuente:
DIARIO DE SESIONES DEL CONGRESO DE LOS
DIPUTADOS
Núm. 188 Comisión de Seguimiento y Evaluación de los Acuerdos del Pacto
de Toledo. Sesión celebrada el martes, 27 de octubre de 2020.
CORTES GENERALES
DIARIO DE SESIONES DEL CONGRESO DE LOS
DIPUTADOS
COMISIONES
XIV LEGISLATURA Núm. 188
DE SEGUIMIENTO Y EVALUACIÓN DE LOS ACUERDOS
DEL PACTO DE TOLEDO
PRESIDENCIA DE LA EXCMA. SRA. D.ª MAGDALENA
VALERIO CORDERO
Sesión núm. 4 Celebrada el martes 27 de octubre de 2020
ORDEN DEL DÍA:
Debate
y, en su caso, aprobación del informe de evaluación y reforma del Pacto de
Toledo
http://www.congreso.es/public_oficiales/L14/CONG/DS/CO/DSCD-14-CO-188.PDF
HABLEMOS DE LA COMISIÓN DEL PACTO
DE TOLEDO
Domiciano Sandoval, y Manuel Colinas. Barcelona
– León, noviembre de 2020
https://ametzagaina.org/2020/11/16/hablemos-de-la-comision-del-pacto-de-toledo/
Hace referencia:
TRES PREGUNTAS QUE ENTIENDO NOS HEMOS DE HACER.
¿Por qué quieren que los trabajadores
hagan aportaciones a los planes de empresa, o privados, cuando esas
aportaciones podrían hacerse a la Seguridad Social y reforzar el sistema
público?
Ahora que Unidas Podemos está en el Gobierno.
¿Por qué no se habla de la Proposición de Ley,
que dicho partido presento en 2.018, y que el PP y Ciudadanos
rechazaron? Cuando era una propuesta que recogía el 90% de nuestras
demandas.
¿Qué ha cambiado para que con las mismas
recomendaciones que ahora, no hubiera acuerdo de la Comisión en febrero de
2.019, y ahora sí haya sido posible?
Incoherencia de Unida Podemos
¿Es coherente plantear proposiciones de ley,
rechazar pactos de Toledo en la oposición y una vez en el gobierno aplica y
permitir todo lo contrario?
BOLETÍN OFICIAL DE LAS CORTES GENERALES
CONGRESO DE LOS DIPUTADOS
XII LEGISLATURA
2 de febrero de 2018 Núm. 201-1
PROPOSICIÓN DE LEY
122/000169 Proposición de Ley sobre la
revalorización de las pensiones y supresión del factor de sostenibilidad.
Presentada por el Grupo Parlamentario
Confederal de Unidos Podemos-En Comú Podem-En Marea.
http://www.congreso.es/public_oficiales/L12/CONG/BOCG/B/BOCG-12-B-201-1.PDF
BOLETÍN OFICIAL DE LAS CORTES GENERALES
CONGRESO DE LOS DIPUTADOS
XII LEGISLATURA
SERIE B: PROPOSICIONES DE LEY
7 DE MAYO DE 2018
Núm. 259-1
PROPOSICIÓN DE LEY
122/000228 Proposición de Ley sobre reforma de las pensiones y otras medidas
del orden social.
Presentada por el Grupo Parlamentario Confederal de Unidos Podemos-En Comú
Podem-En Marea.
Podemos dinamita el acuerdo de pensiones y el
PP se suma a la ruptura
https://cincodias.elpais.com/cincodias/2019/02/19/economia/1550576781_868537.html
Las prisas rompen un Pacto de Toledo con
medidas que consagrarían la era de los recortes
https://www.publico.es/politica/prisas-rompen-pacto-toledo-medidas-consagrarian-recortes.html
Alternativas a las recomendaciones del Pacto
de Toledo. Propuesta del grupo confederal Unidos Podemos-En común-En Marea para
garantizar el sistema público de pensiones.
Febrero de 2019
Copiado:
1.
Preservar y reforzar el principio de
contributividad no se puede hacer a costa de recortar y reducir las
pensiones como ha ocurrido con las reformas de 2011 del PSOE y 2013 del PP y
que ahora el pacto de Toledo refuerza. El esfuerzo de cotización realizado
por cada trabajador ha de tenerse en cuenta pero no debe ser utilizado como
mero instrumento para reducir la cuantía de la pensión, no debe ser una excusa.
Las reformas paramétricas han perseguido tal objetivo: la edad, los años
exigidos, la forma de calcular la pensión (años que se toman para determinar la
base reguladora y los porcentajes aplicables).
2.
La solidaridad no puede ni debe reducirse a
la mejora de las pensiones más bajas cuando las pensiones mínimas encuentran el
límite de la cuantía de las PNC lo que supone cuantías muy bajas por lo que no
se garantiza una pensión suficiente. A eso le llaman algo “equilibrado”
por el temor de que desincentive del deber de cotizar. Es una excusa para no
sacar a muchas pensiones del umbral de pobreza y carece de fundamento pues los
trabajadores por cuenta ajena no deciden la cotización a llevar a cabo.
Además no se corrigen de verdad la brecha de
género con el otorgamiento de periodos ficticios de cotización pues ya existen
y no han conseguido resultados eficaces porque la brecha de género viene
condicionada por la brecha salarial y además por carreras de cotización
discontinuas.
3.
No es admisible la propuesta de ampliar el período
de cálculo para la determinación de la cuantía de la pensión de jubilación a
toda la vida laboral de la persona trabajadora pues, pese a lo que dice una de las Recomendaciones de la Comisión, no
ha sido positiva, al contrario ha sido dirigida a reducir la cuantía de las
pensiones y la relación con el sueldo de activo, ese era su objetivo, sobre
todo la elevación a 25 de los años que llevó a cabo la reforma de 2011. La
Comisión ahonda en esta línea, con la excusa de la “sostenibilidad del
sistema de pensiones”.
De ese modo, pese a lo que dice la Comisión, no se
respeta el principio de suficiencia y además sigue sin proteger adecuadamente a
los trabajadores de mayor edad que vean extinguida su relación laboral a partir de los 55 años incluso
aunque se adopten medidas transitorias oportunas ya que estas han de respetar
la idea de proporcionalidad. La solución a este problema no puede ser el parche
de que, además con carácter excepcional, el beneficiario con carreras largas,
pero cuyos últimos diez o 15 años hayan sido de cotizaciones más bajas o de
paro o de subsidio de desempleo, pueda descartar algún año concreto del periodo
de cálculo ordinario. Creemos que con carácter general se deben poder escoger
los periodos más favorables, sobre todo si tenemos en cuenta que la base
reguladora ya se ha ampliado a 25 años.
Llevarlo más allá de los 25 años o ir a toda la
vida laboral y además sin compensar los periodos sin cotización con un régimen
más favorable de integración de lagunas supondría recortar aún más las
pensiones.
La progresiva ampliación de 15 a 25 años del
periodo de tiempo utilizado para el cálculo de la base reguladora -que
culminará en 2022- implica un reforzamiento de la contributividad del sistema
de pensiones que según todos los estudios económicos y la memoria de la propia
ley de 2011 ha supuesto una reducción de las pensiones.
Resulta hipócrita que la Comisión venga a
decir ahora, que hay que evaluar su aplicación con el fin de determinar su
impacto en función del tipo de carrera profesional del trabajador, a menudo
marcada por periodos de desempleo y de precariedad. Y además ello puede llevar
según la Comisión a que se contemple la posibilidad de efectuar futuras
ampliaciones del periodo de tiempo que se tiene en cuenta para el cálculo de la
base reguladora, alcanzando incluso, en su caso, la totalidad de la vida
laboral, así como la posibilidad de que el pensionista pueda escoger aquellos
años de su carrera de cotización que le sean más favorables. Si se lleva a toda
la vida laboral poca elección tendrá el pensionista. Llevar la base reguladora
a toda la vida laboral supone según todos los estudios claramente une reducción
de la cuantía de la pensión y un fuerte impacto de género por mucho que luego
diga la Comisión que habrá que adoptar medidas para paliar esto. La elección de
bases puede ser un avance pero sin tomar en cuenta para la pensión toda la vida
laboral.
Tampoco compartimos ampliar de 35 a 37 años del
periodo cotizado necesario para alcanzar el cien por cien de la base
reguladora.
4.
La Comisión del Pacto de Toledo no se plantea como
objetivo creíble garantizar la suficiencia de las pensiones del art. 50
de la Constitución
que exige una solidaridad a través de los presupuestos generales del Estado. Ni
a través de las pensiones mínimas, mediante los complementos por mínimos, ni la
suficiencia desarrollada en el tiempo mediante en que consiste una
revalorización garantizada y blindada por ley.
No garantiza de manera efectiva y con clara
voluntad política la suficiencia de las pensiones. La proporcionalidad entre
cotizaciones y pensiones, ha llevado a reducirlas y a tener que acudir a
complementos a mínimos sin que por esta vía se garantice la suficiencia al
estar topados estos complementos y aplicarles principios y criterios propios de
las pensiones no contributivas y su cuantía por el simple hecho de que ahora se
financien por el Estado. La Comisión apuesta por mantener las fórmulas
oportunas que determinen que, en ningún caso, la cuantía de tales complementos
pueda ser superior a la cuantía de las pensiones no contributivas vigentes en
cada momento para no desincentivar la cotización. Pero es que además tampoco
fija unos mínimos para las propias pensiones no contributivas cuya cuantía
sigue siendo muy baja. No hay compromiso alguno en este sentido.
No hay que buscar hacia el futuro como dice la
Comisión de indicadores de suficiencia pues ya contamos con ellos. En
lugar de pronunciarse sobre esto la Comisión echa balones fuera y se limita a
emplazar al Gobierno para que realice un seguimiento continuado de las
estadísticas que delimitan los umbrales de pobreza con arreglo a los criterios
fijados por la Unión Europea (Encuesta de Condiciones de Vida), al objeto de
reorientar en caso de ser necesario, las políticas públicas incluyendo las
pensiones públicas que permitan su erradicación.
Siguiendo esta línea, según la Comisión todas
las reformas que se adopten en el futuro deberán mantener una combinación
equilibrada entre contributividad y solidaridad, sin perjuicio de la
suficiencia, preservando las señas de identidad del modelo. Y eso lleva a
nuestro juicio a que no se garantice la suficiencia, y a que lo
contributivo, que llevará con las reformas de 2011 y 2013 a pensiones más
bajas, no encontrará la contrapartida de los complementos de mínimos necesarios
para conseguir una pensión que cumpla con la suficiencia.
No compartimos la forma en que se aborda el destope
de las cotizaciones haciendo entrar
en juego la necesidad de modificar también la pensión máxima. Es cierto que
debe guardar cierta correlación pero no por ello debe ser automática y
“equilibrada” la correlación para garantizar la contributividad.
5.
En este orden de asumir sin más las reformas
paramétricas e incluso persistir en las mismas la Comisión sigue apostando por
la prolongación de la vida profesional como respuesta al alargamiento de la
esperanza de vida a fin de garantizar la sostenibilidad financiera del sistema
en el largo plazo y no por el relevo generacional.
Que la edad de salida efectiva del mercado de
trabajo se aproxime tanto como sea posible a la edad ordinaria de jubilación
legalmente establecida pasa. Pero no compartimos que ello pase por una modificación
del régimen jurídico de la jubilación que no se concreta y que lleve a conceder
una mayor relevancia a la carrera de cotización del trabajador en la
determinación de la cuantía de su pensión. No se precisa por lo que puede muy
bien penalizar todavía más la jubilación anticipada como si siempre fuera una
decisión del trabajador. No compartimos que la jubilación anticipada deba
reservarse a los trabajadores con largas carreras de cotización cuando los
requisitos actuales ya son tan exigentes que prácticamente la hacen inviable.
Apostamos antes por la parcial con contrato de relevo que no suponga menoscabo
en las cotizaciones que se recauden por el relevista en relación con el
relevado en lugar de fijar una cotización al jubilado como si siguiera trabajando
a tiempo completo lo que desincentiva a las empresas de utilizar esta fórmula.
No se puede equiparar como suele hacer la Seguridad Social la jubilación
parcial como si fuera una jubilación anticipada sin más o incluso privilegiada,
aun cuando pueda concentrarse el trabajo del relevista.
No compartimos el régimen vigente que la
Comisión defiende con una valoración positiva de la compatibilidad de la
percepción de la pensión con los ingresos provenientes de una actividad
profesional por cuenta propia, pues transmite la idea de que la pensión baja
tendrá que complementarse con esta actividad, que incentiva poco a que el
trabajador autónomo cotice más, y además cuestiona la propia idea de que el
autónomo se ha jubilado. Es escandaloso que se alegue la insostenibilidad del
gasto en pensiones y a la vez se abone la pensión a quien continúa llevando a
cabo las mismas funciones, aunque la pensión se perciba en un 50%.
6.
La separación de fuentes de financiación debe
concebirse de manera diferente a como se ha hecho desde 1995. No debe ser la excusa para que si por vía contributiva no se recaudan
suficientes cotizaciones se rebajen las prestaciones y las pensiones para
restaurar el equilibrio financiero en lugar de buscar nuevas fuentes de
financiación tanto a nivel contributivo como fiscales para alcanzar tal
equilibrio.
No compartimos la valoración positiva que
según la Comisión ha tenido la separación de fuentes pues no ha contribuido al
fortalecimiento financiero de sus cuentas y al reforzamiento de su doble lógica
contributiva y solidaria. Al contrario, no se ha trasladado a financiación
fiscal cuestiones y gastos que sigue asumiendo la Seguridad Social y no por la
crisis económica y las tensiones financieras de los últimos años.
En esta línea, la Comisión sostiene que las
siguientes prestaciones, políticas o partidas hoy financiadas con cargo a las
cotizaciones de la Seguridad Social deben contar con una financiación
tributaria. Estamos de acuerdo pero no compartimos en qué aspectos debe
llevarse a cabo ni que tal principio sea sacrosanto o una excusa para reducir
la cuantía de las prestaciones. Así, coincidimos en que la Seguridad Social no
ha de hacerse cargo de las políticas de empleo mediante reducción de las
cotizaciones pero entendemos además que tampoco ha de hacerse cargo el Estado,
ya que éstas no son eficaces y contribuyen igualmente a reducir los ingresos
públicos siendo una rebaja encubierta de las cotizaciones de las empresas o de
los autónomos con cargo a dinero público, aunque se financien por vía fiscal.
No mencionan además que la Seguridad Social se está haciendo cargo del
tratamiento favorable de algunos regímenes como el sistema especial de agrarios
en el RETA y de la cotización de las empresas en el sistema agrario. Y también
de gastos de personal y de administración de las propias entidades gestoras o
colaboradoras.
No
estamos de acuerdo con la argucia de que los déficits se afronten mediante
préstamos a cargo del Estado cuando debe ser el Estado el que lo garantice
directamente por la Ley de presupuestos la financiación por vía fiscal. El
acudir a préstamos refuerza la idea de déficit y de insostenibilidad del
sistema.
7.
No compartimos ni la existencia del Fondo de
Reserva ni que se establezca una dotación mínima del Fondo de Reserva,
equivalente al 7% del gasto anual en pensiones contributivas, sujeta a una regla endurecida de disponibilidad cuando por otro lado no
se garantizan pensiones suficientes o se reduce su cuantía.
El Fondo de reserva no debe recuperarse y destinar
al mismo los excedentes de recaudación de cuotas, y menos aun cuando se hace a
costa de reducir las pensiones. Y además
cuando solo sirve para atender desequilibrios coyunturales que deben ser
asumidos por el Estado.
El Fondo de Reserva promovido por el Pacto de
Toledo con el objeto de que los excedentes financieros procedentes de los
ejercicios presupuestarios de los periodos de bonanza permitiesen dotar a los
órganos rectores del sistema de Seguridad Social con un margen de maniobra
suficiente para reaccionar frente a las fases bajas del ciclo económico y a
tensiones coyunturales, sin necesidad de acudir a reducciones en las
prestaciones o incrementos en las cotizaciones. Este objetivo del pacto de
Toledo no se ha conseguido pues la existencia del Fondo de Reserva no ha
impedido dos reformas de gran calado que suponen recorte de pensiones como la
de 2011 y 2013. Al contrario, más bien ha impedido replantear el papel del
Estado y la búsqueda de otras fuentes de financiación y estar recordando
continuamente mediante un sobredimensionamiento del moldeo contributivo la
necesidad de la llamada “hucha de las pensiones” porque el sistema de
Seguridad Social, como si no formara parte del gasto público, podría entrar en
crisis
Volver a restaurar el Fondo de Reserva y a la idea
de que puede ser una importante ayuda para resolver –durante un mayor o menor
período de tiempo- desequilibrios coyunturales entre los ingresos y los gastos
de la Seguridad Social es persistir en esta separación de la Seguridad Social
del Estado y favorece que la idea de sostenibilidad se haga a costa de reducir
la cuantía de las pensiones, y así
puede hasta que haya excedentes, y no mediante la búsqueda de nuevas fuentes de
financiación que son las que deben buscarse para reaccionar frente a futuros retos
financieros.
8.
En cuanto a la gestión, la Comisión no está
contemplando medidas efectivas para evitar la futura privatización de la
gestión, pues las plantillas están envejecidas
deliberadamente con este objetivo. Tampoco plantea el papel de las Mutuas y en
que prestaciones deben colaborar, limitando el alcance actual de la gestión que
llevan a extenderse a contingencias que nada tienen que ver con los riesgos
profesionales.
9.
No compartimos que se consideren los sistemas
complementarios, especialmente los planes de pensiones privados como un segundo
nivel de la Seguridad Social aunque vengan a complementar el sistema público y
por tanto situarse como dice la Comisión bajo la tutela de los poderes
públicos. Incluso aun cuando no tengan como objetivo
sustituir las pensiones públicas no compartimos la apuesta por impulsar su
implantación efectiva, incluso aunque se recuperen los salarios que siguen
siendo bajos.
No admitimos por ello que deba dotarse a dichas
entidades de un régimen fiscal y jurídico adecuado y diferenciado, mejorando el
existente en la actualidad y entendiendo que en
ningún caso dichos sistemas de ahorro puedan ser considerados como meros
productos financieros.
Programa
electoral de Unidas Podemos
Octubre de 2019
“Garantías de Justicia Laboral y
Pensiones pág. 73 (161- 201)
Programa
de PODEMOS. Las razones siguen intactas
Garantías de Justicia Laboral y Pensiones pág. 71
Garantías de Justicia Laboral (desde el punto 161 hasta el punto 193)
Garantías de Justicia de Pensiones (desde el punto 194 hasta el punto
201)
161. Derogar
la reforma laboral de Zapatero de 2010 y la de Rajoy de 2012. Es obvia la
necesidad de elaborar un nuevo Estatuto de los Trabajadores adaptado a la
realidad laboral, tecnológica y ecológica de 2019, pero el primer paso de este
proceso es la derogación de unas reformas laborales que han impedido que la
gente recuperara los niveles de bienestar previos a la crisis y que fueron
escritas al dictado de la troika y con el beneplácito de la CEOE y el Círculo
de Empresarios. Esta derogación haría efectivas muchas de las medidas que se
proponen en este apartado.
162. Eliminar
la mal llamada «flexibilización» que instalaron las reformas laborales del
PSOE y del PP, y que introduce una gran precariedad a través de la contratación
temporal masiva. De esta manera, dejaremos un único tipo de contrato temporal,
eliminando las demás figuras, y solo podrá realizarse por causas productivas
absolutamente imprevistas (no campañas ni estaciones) y organizativas
estrictas, como sustituciones por bajas (interinidad).
163. Prohibir los contratos temporales de
menos de un mes y el fraude de la concatenación de contratos.
164. Poner
coto a las trampas para mantener una temporalidad fraudulenta.
165. Hacer realmente estables los contratos
indefinidos. Un 40 % de los contratos indefinidos se extinguen antes de un
año. No basta con llamarlos «indefinidos», hay que hacerlos estables y, para
eso, proponemos distintas medidas, que se resumen en la derogación del conjunto
de las dos reformas laborales, de Zapatero y de Rajoy, que precarizaron el
contrato fijo facilitando las distintas modalidades de despido y abaratando su
coste. En particular, estableceremos una regulación clara y adecuada a la coyuntura
de qué circunstancias económicas justifican el despido objetivo.
166. Poner orden en la subcontratación y
proteger los derechos laborales de los y las trabajadoras de subcontratas
167. Convertir el trabajo a tiempo parcial en
una opción digna.
168. Acabar con el fraude de las horas extras.
169. Poner orden en el sistema de prácticas
externas para que sean un trampolín y no una trampa de precariedad.
170. Jornada laboral de 34 horas semanales y
reorganización de los tiempos de trabajo, ocio y cuidados.
171. Permisos por nacimiento y cuidado del
menor iguales e intransferibles.
172. Acabar
con la brecha salarial.
173. Fin del fraude de las y los falsos
autónomos.
174. Establecer cuotas justas para las y los
autónomos
175. Prohibición de que las empresas del IBEX
35 y que cotizan en bolsa paguen a autónomas y pymes a más de 30 días.
176. Una segunda oportunidad para las personas
con deudas.
177. Recuperar el poder de la negociación
colectiva
178. Alcanzar un salario mínimo
interprofesional de 1200 euros en la próxima legislatura. Gracias a la
presión de nuestro grupo parlamentario, en 2019 se ha producido la mayor subida
del salario mínimo interprofesional (SMI) en décadas, hasta los 900 euros
mensuales. A partir de aquí, el objetivo debe ser llegar inmediatamente a los
1000 euros y asegurar que esta cuantía se actualiza al nivel establecido en la
Carta Social Europea en una legislatura: que el SMI sea, al menos, el 60 %
del salario medio.
Anexo: Salario mínimo
en España
https://es.wikipedia.org/wiki/Anexo:Salario_m%C3%ADnimo_en_Espa%C3%B1a
Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples
179. Fortalecer las protecciones por
desempleo.
180. Protección especial por desempleo para
jóvenes.
181. Recuperar los derechos laborales en el
sector público.
182. Recuperar derechos en los empleos más
precarios y feminizados.
183. Reconocer los derechos sindicales y
civiles negados a los y las guardias civiles.
184. Culminar la equiparación salarial de la
Policía y la Guardia Civil
185. Dignificar las retribuciones de nuestros
y nuestras militares sin más excusas ni retrasos y equiparar derechos
186. Frenar el ERE encubierto del
Ministerio de Defensa para las y los militares mayores de cuarenta y cinco años.
A través de una reforma de la Ley 39/2007, de 19 de noviembre, de la carrera
militar, suprimiremos los actuales compromisos temporales (de tropa y
marinería, con cuarenta y cinco años, y de complemento) y estableceremos una carrera
militar integral sin discriminaciones por escala.
187. Dignificar la situación de las
funcionarias y los funcionarios de prisiones.
188. Ley específica para el sector de los
Servicios de Prevención, Extinción de Incendios y Salvamento (SPEIS)
189. Ley específica para bomberos y bomberas
forestales
190. Cuidar
a los y las profesionales del deporte y fomentar el deporte femenino mediante
una ley marco estatal.
191. Aumentar un 50 % la tasa de actividad de
las personas con diversidad funcional y garantizar el empleo con apoyos.
192. Por una nueva representatividad,
interlocución y mayor fortaleza del campo.
193. Protección para los jornaleros y las
jornaleras del campo.
La guerra comercial puede perjudicar todavía
más a la gente más precaria del campo. Como ya propusimos este mismo año con
una nueva ley en el Congreso, estableceremos una única prestación (subsidio
especial agrario) para trabajadores y trabajadoras residentes en Andalucía y
Extremadura, eliminando el requisito de jornadas trabajadas (peonadas) y
subiendo su cuantía al 75 % del SMI. Este suelo de ingresos aumentaría con cada
tramo de 10 nuevas peonadas, para lo que computarían las realizadas en el
extranjero. Al garantizar el subsidio, estamos quitando un mecanismo de poder a
los terratenientes y caciques locales con el fin de aumentar la libertad de la
gente que trabaja en el campo para exigir sus derechos y que se cumpla la ley.
BOLETÍN OFICIAL DE LAS CORTES GENERALES. CONGRESO
DE LOS DIPUTADOS. XII LEGISLATURA. 1 de marzo de 2019 Núm. 375-1
Proposición de Ley de mejora de las condiciones de
trabajo y protección social por desempleo de las personas trabajadoras agrarias
por cuenta ajena y de los eventuales agrarios de Andalucía y Extremadura.
Presentada por el Grupo Parlamentario
Confederal de Unidos Podemos-En Comú Podem-En Marea.
http://www.congreso.es/public_oficiales/L12/CONG/BOCG/B/BOCG-12-B-375-1.PDF
Garantías de Justicia de las Pensiones (desde el punto 194 hasta el punto
201)
194. Garantía de revalorización de las
pensiones por ley. Estableceremos la actualización por ley de las pensiones
al IPC de manera inmediata y buscaremos blindar esta garantía
constitucionalizándola de forma expresa.
195. Derogar el mal llamado factor de
sostenibilidad, que, de no derogarse, supondrá un descenso de la pensión
inicial de entre el 9 % y el 18 % en los próximos años. De no haberse
conseguido un retraso en su aplicación, ya este año hubiera descendido un 0,5 %
la pensión de las personas que se incorporaran. Además, la medida retrasa la
edad de jubilación (en un país con grandes problemas de empleo juvenil y entre
los trabajadores y las trabajadoras mayores). Los y las pensionistas ya
consiguieron que el Gobierno del PP de Rajoy tuviera que suspender la entrada
en vigor de este mecanismo en 2019, pero no se eliminó, sino que se pospuso al
año 2023; por eso, hay que derogarlo de una vez.
196. Incrementar las pensiones mínimas y
las no contributivas.
Al establecer un Ingreso Básico Garantizado
de, al menos, 600 euros por persona sola —que, además, podrá elevarse en
función de la situación y el tamaño del hogar, como señalaremos en el apartado
«Garantías de Justicia Social»—, se habrán elevado de un plumazo más de 200
euros las pensiones no contributivas, que principalmente reciben mujeres.
Subiremos también las pensiones de viudedad y elevaremos de manera inmediata
las pensiones mínimas a partir de un suelo de 750 euros, con lo que
avanzaremos en un calendario de mejora hacia los objetivos de la Carta Social
Europea.
197. Las personas que lleguen a la edad de
jubilación podrán elegir libremente los años de cómputo para el cálculo de sus
pensiones entre todos los de su vida laboral. Tanto la limitación de que
sean los últimos años como la de que sean consecutivos estaban pensadas para un
modelo laboral anterior y, ahora mismo, perjudican especialmente a las personas
cercanas a la edad de jubilación con dificultades para tener buenos empleos.
198. Fortalecer los ingresos del sistema de
Seguridad Social.
Aparte de la creación neta de empleo y, por
tanto, de ingresos de los horizontes verde, morado y digital, revisaremos el
actual sistema de reducciones de cuotas a la Seguridad Social y de bonificaciones,
que ha demostrado ser incapaz de generar empleo y que supone una pérdida de más
de 3000 millones cada año, para invertir ese dinero de manera más
eficaz. Eliminaremos, además, los topes de cotización, de manera que quienes
tengan salarios muy altos coticen más a la Seguridad Social, así como los
beneficios fiscales por las inversiones en planes de pensiones privados.
199. Las personas que hayan cotizado al
menos 35 años podrán jubilarse anticipadamente sin penalización en sus
pensiones.
Con el actual sistema, muchas personas que ya
han cotizado más de 35 años, pero que, sin embargo, no encuentran un empleo
digno en los últimos años de su vida laboral, no pueden acceder a la
jubilación, porque sufrirían una penalización muy alta por cada año que
adelantaran la fecha. Aplicaremos la medida también de forma retroactiva a
quienes se hayan visto perjudicados o perjudicadas al ver reducida su
jubilación por el hecho de hacerlo anticipadamente bajo la regla en vigor.
200. Compensar las lagunas de cotización.
Extenderemos el derecho a completar el periodo mínimo para tener acceso a una
pensión contributiva con las bases de periodos no cotizados que tienen otros
trabajadores y trabajadoras a empleados y empleadas del hogar, autónomos y
autónomas y trabajadoras y trabajadores agrarios, en lo que se conoce como
«lagunas de cotización», que perjudican, principalmente, la trayectoria de las
mujeres. También consideraremos periodo cotizado el empleado en el servicio
militar obligatorio. En todo caso, el sistema de carencia se equiparará para
todas las prestaciones, de forma que todo el tiempo que trabajadores y
trabajadoras estén dados o dadas de alta sea tiempo de cotización.
201. Jubilación anticipada y sin
penalización en sectores especialmente duros. Agilizaremos el
reconocimiento de la posibilidad de jubilarse antes de los 65 años sin
penalización para trabajadores y trabajadoras en sectores especialmente duros y
precarios, como camareras y camareros de piso, extinción de incendios, ayuda a
domicilio, buceo, rederas y rederos, trabajo en astilleros y en la estiba,
trabajos industriales penosos y de transporte en carretera, entre otros.
https://podemos.info/wp-content/uploads/2019/10/Podemos_programa_generales_10N.pdf
Entidad de previsión social voluntaria (EPSV)
Se articula como entidad de mutualidad no integrada en la Seguridad Social.
https://es.wikipedia.org/wiki/Entidad_de_previsi%C3%B3n_social_voluntaria
Desarrollo legislativo
Estatuto de Autonomía del País Vasco de 1979
https://es.wikipedia.org/wiki/Estatuto_de_Autonom%C3%ADa_del_Pa%C3%ADs_Vasco_de_1979
Ley Orgánica 3/1979, de 18 de diciembre, de
Estatuto de Autonomía para el País Vasco.
TÍTULO I.
De las competencias del País Vasco
Artículo 10.
23. Cooperativas, Mutualidades no integradas en la Seguridad Social y Pósitos, conforme a la
legislación general en materia mercantil.
Artículo 11.
2. Es también de competencia de la Comunidad
Autónoma del País Vasco el desarrollo legislativo y la ejecución dentro de su
territorio, de las bases, en los términos que las mismas señalen, en las
siguientes materias:
a) Ordenación del crédito, banca y seguros.
https://www.boe.es/buscar/pdf/1979/BOE-A-1979-30177-consolidado.pdf
Ley 25/1983, de 27 de octubre, sobre Entidades
de Previsión Social Voluntarias.
https://www.boe.es/diario_boe/txt.php?id=BOE-A-2012-5191
DECRETO 87/1984, de 20 de Febrero, del
Departamento de Sanidad y Seguridad Social por el que se aprueba el Reglamento
de la Ley sobre Entidades de Previsión Social Voluntaria
https://www.euskadi.eus/contenidos/informacion/6021/es_2300/adjuntos/REGLAMENTO%20EPSV.pdf
DECRETO 87/1984, de 20 de Febrero, por el que
se aprueba el Reglamento de la Ley sobre Entidades de Previsión Social
Voluntaria (BOPV nº 64, de 16 de abril).
https://www.euskadi.eus/contenidos/informacion/6021/es_2300/adjuntos/DECRETO_87-1984.pdf
DECRETO 92/2007, de 29 de mayo, (Publicado en
BOPV núm. 115 de 15 de Junio de 2007) por el que se regula el ejercicio de
determinadas actividades de las Entidades de Previsión Social Voluntaria.
(ADAPTADO a las modificaciones introducidas por el Decreto 203/2015).
https://www.euskadi.eus/contenidos/informacion/6021/es_2300/adjuntos/DECRETO_92-2007.pdf
https://www.euskadi.eus/contenidos/informacion/6021/es_2300/adjuntos/DECRETO_87-1984.pdf
Ley 5/2012, de 23 de febrero, sobre Entidades
de Previsión Social Voluntaria.
https://www.boe.es/diario_boe/txt.php?id=BOE-A-2012-3754
Pleno. Sentencia 97/2014, de 12 de junio de
2014. Recurso de inconstitucionalidad 6902-2012. Interpuesto por el Presidente
del Gobierno en relación con diferentes preceptos de la Ley del Parlamento
Vasco 5/2012, de 23 de febrero, sobre entidades de previsión social voluntaria.
Competencias sobre legislación mercantil y seguros: nulidad de diversos
preceptos legales autonómicos que contradicen la legislación básica estatal en
materia de seguros.
https://www.boe.es/diario_boe/txt.php?id=BOE-A-2014-7063
Decreto 203/2015, de 27 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento de la
Ley 5/2012, de 23 de febrero, sobre Entidades de Previsión Social Voluntaria
Dossier de prensa:
¿Qué es una EPSV?
16 Noviembre 2011
https://www.elblogsalmon.com/productos-financieros/que-es-una-epsv
Federación de Entidades de Previsión
Social Voluntaria (EPSV) de Euskadi
¿QUÉ SON LAS EPSV O ENTIDADES DE PREVISIÓN SOCIAL
VOLUNTARIA?
13 de mayo de 2014
¿Qué es una Entidad de Previsión Voluntaria
(EPSV)?
https://www.bbva.es/finanzas-vistazo/ef/planes-de-pensiones/epsv.html
Las entidades de previsión social voluntaria
(EPSV): una opción para residentes en el País Vasco
https://www.euskadi.eus/registro-epsv/web01-tramite/es/
QUÉ SON LAS EPSV Y QUÉ VENTAJAS TIENEN
https://www.bestinver.es/que-son-las-epsv-que-ventajas-tienen/
El mismo día que se aprueba el Pacto de Toledo, se
debate los presupuestos generales del Estado
Referencia del Consejo de Ministros
Madrid, martes 27 de octubre de 2020
SUMARIO
Hacienda
Se remite a las Cortes Generales el PROYECTO
DE LEY de Presupuestos Generales del Estado para el año 2021.
https://www.lamoncloa.gob.es/consejodeministros/referencias/Paginas/2020/refc20201027.aspx
Proyecto de Presupuestos Generales del Estado
2020
El 28 de octubre de 2020 ha
sido presentado a las Cortes Generales el Proyecto de Presupuestos Generales
del Estado para 2021. Esta página facilita el acceso a diversa documentación
relativa al mismo. Entre otra, se presenta información sobre: el articulado de
la Ley; los estados de ingresos y gastos; los presupuestos de explotación y
capital; el informe económico financiero; las memorias de objetivos de cada una
de las secciones presupuestarias; los anexos de inversiones reales; la memoria
económico-orgánica y la memoria por programas; el presupuesto consolidado; el
anexo de flujos financieros España-Unión Europea; la liquidación del
Presupuesto de 2019; el avance de la liquidación del Presupuesto de 2020 y los
gastos de funcionamiento e inversiones del Banco de España
Presupuestos Generales del Estado 2021
Proyecto
https://www.sepg.pap.hacienda.gob.es/Presup/PGE2021Proyecto/MaestroTomos/PGE-ROM/Series.htm
Sesión Plenaria (03/12/2020)
https://www.youtube.com/watch?v=e-iJm8vxoNQ&feature=emb_logo
Congreso de los Diputados - Canal Parlamento
El Pleno se reanuda con el debate de las
secciones del Proyecto de Ley de Presupuestos Generales del Estado para el año
2021 relativas a la Casa de su Majestad el Rey, Cortes Generales, Tribunal de
Cuentas, Tribunal Constitucional, Consejo de Estado, Consejo General del Poder
Judicial, Aportaciones al Mutualismo Administrativo, Fondo de Contingencia,
Fondos de Compensación Interterritorial, Otras Relaciones Financieras con Entes
Territoriales, Entidades Sector Público administrativo, empresarial y
fundacional con presupuesto de carácter estimativo, Anexo de inversiones
reales, Ingresos del Estado y Exposición de motivos.
En directo: Sesión Plenaria Sesión n° 66 03/12/2020
Congreso de los diputados
https://www.congreso.es/web/guest
El Pleno envía al Senado el proyecto de
Presupuestos Generales del Estado de 2021
03/12/2020
El Pleno del Congreso ha aprobado el articulado y cada una de las secciones del Proyecto de Ley de Presupuestos Generales del
Estado para el año 2021, con la
incorporación de varias enmiendas al dictamen, elaborado por la Comisión de Presupuestos.
El Proyecto de Ley de Presupuestos Generales del
Estado para el año 2021 se
ha sometido desde el lunes hasta el jueves al debate en Pleno en el que cada
ministro ha presentado las partidas correspondientes a sus departamentos y los
grupos parlamentarios han defendido las enmiendas al articulado y las secciones
no incorporadas durante la tramitación en la Comisión de Presupuestos.
El debate y votación de los Presupuestos en
Pleno se ha realizado, de acuerdo con el Reglamento del Congreso,
diferenciando el conjunto del articulado de la
ley y cada una de las secciones. En esta ocasión, las votaciones de las más de
3.000 enmiendas que mantuvieron vivas los grupos parlamentarios, se han realizado
de forma telemática, de las que han quedado aprobadas más de 70, y que se suman a las ya incorporadas en las fases previas, durante
las sesiones de ponencia y Comisión.
La votación del
articulado, secciones, disposiciones adicionales, transitorias y finales y
anexos se ha realizado de forma mixta, telemática y presencial. En cada una de
las votaciones, el texto con las enmiendas incorporadas ha recibido el respaldo
de la mayoría de la Cámara, más votos a favor que en contra, necesario para
continuar su tramitación en el Senado.
Votaciones del Dictamen
Votaciones de las Enmiendas Vivas
Tramitación en el Senado
Tramitación en el Congreso
Enmiendas Vivas Aprobadas
en Pleno
http://www.congreso.es/backoffice_doc/atp/orden_dia/pleno_062_30112020.pdf
Comisión de Presupuestos (04/11/2020)
https://www.youtube.com/watch?v=WLEOUHedBTE
DIARIO DE SESIONES DEL CONGRESO DE LOS DIPUTADOS
- Núm. 202 Comisión de Presupuestos. Sesión
celebrada el miércoles, 4 de noviembre de 2020.
http://www.congreso.es/public_oficiales/L14/CONG/DS/CO/DSCD-14-CO-202.PDF
DIARIO DE SESIONES DEL CONGRESO DE LOS DIPUTADOS
A-35-3 Proyecto de Ley de Presupuestos Generales del Estado para el año
2021. Enmiendas de totalidad.
11 de noviembre de 2020
http://www.congreso.es/public_oficiales/L14/CONG/BOCG/A/BOCG-14-A-35-3.PDF
El mismo fin de semana que tumba la constitución de
Pinochet en Chile se aprueba el pacto de Toledo
Constitución Política de la República de Chile
de 1980
https://es.wikipedia.org/wiki/Constituci%C3%B3n_Pol%C3%ADtica_de_la_Rep%C3%BAblica_de_Chile_de_1980
Chile inicia la carrera electoral hacia la reforma
de la Constitución de Pinochet
26 AUG 2020
Logran histórico acuerdo para Nueva Constitución:
participación ciudadana será clave
15 de noviembre de 2019
Chile aprueba una reforma constitucional que se
votará en 2020
18 diciembre 2019
https://www.elmundo.es/internacional/2019/12/18/5dfaa8c2fc6c8306088b45ff.html
La reforma constitucional divide a Chile a un mes
del referéndum
/
https://www.larazon.es/internacional/20200929/rvxvpbpmvjhcxbjmdaen3mcpuy.html
Plebiscito nacional de Chile de 2020
https://es.wikipedia.org/wiki/Plebiscito_nacional_de_Chile_de_2020
Anexo: Resultados del plebiscito nacional de
Chile de 2020
El siguiente anexo muestra los resultados
generales por región del plebiscito nacional de
Chile de 2020, el cual se llevó a
cabo el 25 de octubre de dicho año.1
Plebiscito histórico en Chile: 4 claves para
entender la consulta en la que ganó la opción de cambiar la Constitución de
Pinochet
23 octubre 2020
https://www.bbc.com/mundo/noticias-america-latina-54630310
Chile sepulta la Constitución de Pinochet
25 octubre 2020
Chile aprueba redactar una nueva Constitución tras
un plebiscito histórico
25 octubre 2020
Chile aprueba por una aplastante mayoría redactar
una nueva Constitución
26 octubre 2020
https://www.elmundo.es/internacional/2020/10/25/5f95d6dc21efa0056c8b45f7.html
Chile aprueba con un 78 por ciento a favor la
reforma de la Constitución
26/10/2020
Información Plebiscito
A continuación encontrarás información
relativa al Plebiscito Nacional a realizar el día 25 de octubre de 2020
https://www.pucv.cl/uuaa/derechopublico/informacion-plebiscito-octubre-2020/2020-09-11/180443.html
https://www.bcn.cl/leychile/navegar?idNorma=1148743&tipoVersion=0
Últimas Leyes Electorales
https://icde.cl/index.php/ultimas-leyes-electorales/
Constitución
Política. Capítulo I: Bases De La Institucionalidad
Última actualización de la Constitución: Ley
Nº 21.261, del 26 de agosto de 2020
- Constitución Política. Capítulo I: Bases De La Institucionalidad
- Capítulo II: Nacionalidad y Ciudadanía
- Capítulo III: De Los Derechos Y Deberes Constitucionales
- Capítulo IV: Gobierno
- Capítulo V: Congreso Nacional
- Capítulo VI: Poder Judicial
- Capítulo VII: Ministerio Público
- Capítulo VIII: Tribunal Constitucional
- Capítulo IX: Servicio Electoral y Justicia Electoral
- Capítulo X: Contraloría General De La República
- Capítulo XI: Fuerzas Armadas, De Orden Y Seguridad Pública
- Capítulo XII: Consejo De Seguridad Nacional
- Capítulo XIII: Banco Central
- Capítulo XIV: Gobierno Y Administración Interior Del Estado
- Capítulo XV: Reforma de la Constitución y del Procedimiento para
Elaborar una Nueva Constitución de la República
- Disposiciones Transitorias
Felipe González, abrió las puertas de España a
las políticas neoliberales,
igual que en EE.UU. hizo Ronald
Reagan, en Chile durante
la dictadura
de Augusto Pinochet y en RU Margaret Thatcher.
El sistema de pensiones en Chile
José Piñera Echenique
Fue el creador del sistema privado de pensiones (AFP)
basado en la capitalización individual y del «plan laboral»
https://es.wikipedia.org/wiki/Jos%C3%A9_Pi%C3%B1era_Echenique
Administradoras de Fondos de Pensiones de
Chile
https://es.wikipedia.org/wiki/Administradoras_de_fondos_de_pensiones_de_Chile
Chile, la cuna de los fondos privados de
pensiones (las AFP), se rebela contra un invento que se extendió por toda
América Latina
26 julio 2016
https://www.bbc.com/mundo/noticias-36890288
Los chilenos se rebelan contra el sistema de
pensiones de Pinochet
27 JUL 2016
https://elpais.com/internacional/2016/07/26/america/1469555773_400978.html
El sistema de pensiones chileno enriquece a
las grandes empresas a costa de los jubilados
EL FIASCO CHILENO
El modelo de pensiones que era un ejemplo y
hoy camina al fracaso
17/12/2019
Reforma del sistema de pensiones de la era
Pinochet dará otro paso en Senado
2 de julio de 2020
https://www.elcomercio.com/actualidad/reforma-pensiones-pinochet-chile-senado.html
Las polémicas AFP
Creado por Pinochet, el sistema privado de
jubilaciones de Chile se tambalea por un proyecto para retirar fondos de manera
anticipada
09/07/2020
La discusión en Chile por las pensiones privadas
destapa los lazos de la familia Piñera con Pinochet
16/07/2020
¿Por qué Pinochet impuso el modelo de
pensiones AFP a todos los chilenos menos a las FF.AA?
21 jul 2020
https://www.youtube.com/watch?v=S8PUWoINXvs
Reforma al sistema de pensiones de Pinochet
sigue avanzando en Chile
22 Jul 2020
El Senado chileno fulmina un legado económico
de la dictadura de Pinochet
23 de julio de 2020
Chile permite retirar el 10% de los fondos de
pensiones por la crisis de covid-19
24-07-2020
https://www.larazon.es/internacional/20200724/eq5igbno3nfc3fqyr6gse5d4nu.html
En Chile, avanza autorización para retirar
hasta 10 % de fondos de pensiones
7/8/2020
https://www.semana.com/economia/articulo/retiro-anticipado-de-ahorros-pensionales-en-chile/685097/
40 años del sistema de pensiones chileno:
aciertos y perjuicios
4/11/2020
Congreso chileno aprueba el segundo retiro
anticipado del 10% del fondo de pensiones
4/12/2020
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