Por Antonio Maestre Lunes, 30 de diciembre
de 2013
Mercadona, El Corte Inglés, Coca Cola, Caprabo, Fnac,
Carrefour y Mango son algunas de las 30 grandes empresas que, a través del
Comité de Prevención de Pérdida, tienen como una de sus finalidades presionar a
las administraciones y hacer lobby para que sus exigencias empresariales se
hagan ley.
La Asociación Española de Codificación Comercial (AECOC) se
fundó en 1977 y sus empresas asociadas representan aproximadamente el 20% del
Producto Interior Bruto nacional. Mercadona, El Corte Inglés, Coca
Cola, Caprabo, Fnac, Carrefour y Mango son algunas de las 30 grandes
empresas de AECOC que, a través del Comité de Prevención de Pérdida, tienen
como una de sus finalidades presionar a las administraciones y hacer
lobby para que sus exigencias empresariales se hagan ley. En lo que
llevamos de año, varias reformas legales han seguido el camino señalado por las
empresas de Juan Roig (Mercadona) o Isidoro Álvarez (El Corte Inglés): la reforma del Código Penal, que ha convertido el hurto en
delito; la Ley de Seguridad Privada, que ha atribuido mayores
poderes a los vigilantes y les concede estatus de autoridad; la Ley de Seguridad Ciudadana, que penaliza desobedecer a
dicha autoridad; y la ordenanza municipal de Madrid, que prohíbe la mendicidad
junto a los supermercados.
Las empresas de distribución sufren unos 130.000 hurtos al
año, según fuentes del sector. De ellos, sólo se denuncia un 18%, ya que se
considera que con la ley actual no compensa interponer una denuncia por la
escasez de resultados. Es por ello que las modificaciones de la Ley de
Seguridad Privada y la inclusión del hurto como delito en el Código
Penal ayudarán a paliar uno de los problemas del sector.
Las declaraciones del secretario de Estado de Seguridad,
Francisco Martínez, el pasado 11 de diciembre, –en las que reconocía que la Ley
de Seguridad Privada pretendía ayudar al sector de la seguridad privada,
abriendo nuevos mercados y posibilidades de negocio– dejaban fuera de duda que
habían prestado atención a las exigencias que el lobby de las distribuidoras
realiza desde hace muchos años. AECOC ha tenido un papel muy activo en
la concesión del rango de autoridad a los vigilantes privados, lo que les
permite detener e identificar, así como en la atribución de nuevas competencias
en materia de orden público para los vigilantes de polígonos y áreas
comerciales. Durante 2012, AECOC mantuvo reuniones con las direcciones
generales de los Mossos d’Esquadra, Guardia Civil y Cuerpo Nacional de Policía
para explicar la labor que se está desarrollando a través del Comité de Prevención
de Pérdida y establecer vínculos de participación entre la esfera pública y la
privada en materia de seguridad.
Ferran Masip, miembro del Comité de Prevención de Pérdida de
AECOC y del Comité de Seguridad de la Asociación Española de Distribuidoras,
Autoservicios y Supermercados (ASEDAS), en la que figuran como miembros
importantes Mercadona y Día, ya expresaba en junio de 2012 la necesidad de
otorgar mayores poderes a los vigilantes de seguridad. “Permitamos que
los vigilantes de seguridad sean ‘agentes de la autoridad’, como lo fueron
antes de la modificación de la Ley en 1995, en las empresas, organismos y
entidades en los que por su quehacer diario se considere necesario”.
Finalmente, la medida ha sido recogida en el proyecto de Ley de Seguridad
Privada: el artículo 31 dice que “se considerarán agresiones y desobediencias a
agentes de la autoridad las que se cometan contra el personal de seguridad
privada debidamente identificado con ocasión o como consecuencia del ejercicio
de sus funciones”.
En el seminario de AECOC sobre la prevención de pérdida que
se celebró en Madrid en noviembre y que contó con la presencia del secretario
de Estado de Justicia, se abordaron las nuevas reformas y su incidencia en el
sector. El catedrático de Derecho de la UCM Jesús Zarzalejos declaró que el
interés de AECOC “no se agota con la reforma del Código Procesal Penal, sino
que se busca un procedimiento más ágil y eficiente. Por ello, para lograr el
sistema integral de seguridad en el comercio, se necesita la reforma procesal
junto a la modificación de la Ley de Vigilancia, y realizar enmiendas al
proyecto de Ley de Seguridad Privada”. Esta reforma legal, aprobada con
los votos de PP, PNV y CiU, recoge todas las exigencias relativas al modo
de actuación de los vigilantes de seguridad, ya que les permitirá detener a
quienes cometan un hurto al estar ya considerado un delito.
El hurto como delito
Uno de los preceptos de la asociación empresarial es
detectar oportunidades de mejora a través de comités, que funcionan como verdaderos
lobbys. Uno de estos es el Comité de la Prevención de Pérdida Desconocida. Este
grupo de presión tiene, entre otros muchos cometidos, el de intentar
trasladar a la opinión pública y al Gobierno sus exigencias en lo relativo a la
penalización del hurto, ya que, en 2009, el 93% de las empresas de AECOC
consideraba que el Código Penal era muy laxo con el hurto. Uno de los puntos
referidos al hurto dice así: “Al igual que en el hurto interno, en el caso de
los hurtos ocasionados por los clientes debemos extremar las precauciones a la
hora de establecer conexiones entre éstos y determinadas etnias, clases
sociales, etc… A pesar de que existan datos fiables que revelen la existencia
de grupos poblacionales de mayor riesgo, es fácil que alguna declaración o
comentario pueda ser malinterpretado adquiriendo carácter xenófobo o clasista”.
El lobby empresarial lleva muchos años pidiendo a la
administración la inclusión del hurto como un delito, tal y como reconoce en su
memoria de 2012. En ella, AECOC indica que desde el Comité de Prevención de
Pérdida se han mantenido reuniones con el Ministerio de Justicia, la
Fiscalía General del Estado y el Consejo General del Poder Judicial para
que se incluyesen sus peticiones en el Anteproyecto de Reforma del Código Penal.
AECOC recoge en su memoria como un logro del año la
inclusión del hurto como delito en el código penal: “AECOC consigue trasladar
sus propuestas para que sean recogidas en el Anteproyecto de Reforma con el fin
de conseguir un endurecimiento de las penas por este tipo de acciones y de
frenar la reincidencia”.
La estrecha colaboración con el Ministerio de Justicia quedó
patente cuando, en el XV Seminario AECOC de Prevención de Pérdida celebrado en
2012, el secretario de Estado de Seguridad, Ignacio Ulloa, se expresó en los
términos exigidos por la asociación empresarial. Ulloa transmitió ante los
empresarios la convicción del Gobierno para que el hurto dejara de figurar como
una falta y fuera incluido en el Código Penal como delito,
independientemente del valor del producto sustraído. Ulloa defendió que el
hurto era una “acción criminal” que estaba siendo abordada desde una concepción
garantista.
En su proyecto de Ley Orgánica, el Gobierno incluyó la
supresión de las faltas por infracciones contra el patrimonio. Así pues, todos
los supuestos, incluido el hurto, pasan a ser delitos y a estar castigados con
penas de entre 6 y 18 meses de cárcel, incluyendo como atenuante la
situación económica cuando el valor de lo sustraído no supere los 1.000 euros.
Mendicidad y prostitución en la puerta del súper
No sólo en lo relativo a la seguridad privada y a la
modificación del Código Penal han sido sensibles las administraciones públicas
con estas grandes empresas. El borrador de la ordenanza de convivencia del
Ayuntamiento de Madrid recoge en su artículo 10.2 que “no se permite ejercer
la mendicidad en las entradas y salidas de centros educativos, de
atención social, hospitales, establecimientos comerciales y empresariales”.
Según una información de Quico Alsedo en El Mundo, un abogado de
Mercadona agradeció en una reunión celebrada en Madrid con Carlos Martínez
Serrano, coordinador de Asuntos Sociales del Ayuntamiento, la inclusión de este
punto, debido al supuesto perjuicio que la mendicidad ocasiona en sus
establecimientos, dada la existencia de una mendicidad organizada muy dolosa.
El representante de Mercadona llegó a pedir al Ayuntamiento un cambio en la
ley en lo relativo a la prostitución: “Querríamos que en la norma que lo
persigue se dijera no sólo centros comerciales, sino establecimientos, porque
los centros son un tipo de establecimiento comercial, un tipo muy definido, y
no queremos que se excluya al pequeño ni mediano comercio”.
El modelo de seguridad que se ha instaurado con estas
modificaciones es el que lleva persiguiendo AECOC desde hace años. Gracias a la
nueva Ley de Seguridad Privada, el Código Penal y la Ley de Seguridad
Ciudadana, un vigilante privado podrá detener, cachear e identificar a
un sospechoso de haber sustraído una barra de pan. El ciudadano que lo
desobedezca por saberse inocente podría ser sancionado con una multa de 1.000 a
30.000 euros, según la nueva Ley de Seguridad Ciudadana.
La labor del lobby de AECOC se rige por un decálogo de
comunicación que recomienda, entre otras cosas, no ir a tertulias
televisivas de máxima audiencia.
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