Por Marat
-¿Estamos
solo ante un recorte a la libertad de expresión o la represión tiene un
contenido más profundo? ¿Cabe hablar de una "represión política de
clase"? ¿Cómo definirla?
Es indudable
que el PP es un partido con vocación censora, de origen y pulsiones
franquistas, que a lo largo de su historia ha mostrado en sobradas ocasiones
una auténtica falta de voluntad para aceptar la crítica política, por lo que su
comportamiento de recortar la libertad de expresión, de opinión y de
manifestación forman parte de su concepto del orden social y la de seguridad
ciudadana.
Pero, si no
contextualizamos el momento histórico en el que vivimos y en el que se producen
dichos ataques, si no abrimos el foco para entender causas más profundas que
explican lo que sucede, estaremos hablando de represión en genérico, sin
comprender lo que realmente está ocurriendo.
Hay una
tendencia pequeñoburguesa, de apariencia pseudoradical que alude a la represión
sin más, tratando de articular todas las represiones bajo un mismo concepto en
una apelación a la libertad que recuerda demasiado al liberalismo político. Por
ese camino podríamos acabar debatiendo solo de libertad de prensa y de
información y de libertad de expresión en redes sociales.
Lo cierto es
que los ataques a la libertad de expresión, de opinión, de manifestación, de
reunión, se vienen sucediendo de forma generalizada en la mayoría de los países
del mundo. Estas agresiones se han incrementado de forma exponencial desde el
inicio de la crisis capitalista que, en lo social, se ha plasmado en un
incremento del desempleo, en la precarización de gran parte del existente, en
recortes en derechos sociales y prestaciones y en salarios, así como en el
empobrecimiento de amplias capas de la población trabajadora.
Frente a
ello, la clase trabajadora reaccionó con manifestaciones populares, protestas,
huelgas, etc. para impedir lo que David Harvey denominó como acumulación por
desposesión que ha producido una brutal transferencia de las rentas del trabajo
a las del capital.
Para lograr
la recuperación de su tasa de ganancia, que ya se está produciendo, en gran
parte del mundo capitalista y en España en concreto, el capital necesitaba
quebrar las resistencias de los asalariados y el medio más útil que ha
encontrado es la criminalización de la protesta social, a través de una
represión política de clase, de una clase, la capitalista sobre otra, la
trabajadora.
Cabe hablar
de represión política porque, para cumplir los objetivos de incremento de la
tasa de beneficio del capital existe por parte de éste, de su Estado, y de
determinados instrumentos de poder social de la burguesía, existe una
estrategia punitiva, coactiva y disuasoria que responde a un planteamiento
político. Y, sin lugar a dudas, es de clase porque se ejerce por parte de la
clase dominante sobre las subalternas, principalmente la trabajadora.
Creo que
éste sería el punto de arranque desde el que situar lo que es represión
política de clase, antes de expresar en qué dimensiones se manifiesta y de qué
modo se despliega.
-¿En qué
aspectos concretos se plasma la represión política de clase? ¿Solo en
cuestiones de legislación como el nuevo Código Penal y la Ley de Seguridad
Ciudadana o va mucho más allá de lo jurídico?
En primer
lugar quisiera hacer una observación en relación a la Ley Orgánica de
Protección de la Seguridad Ciudadana, la llamada Ley Mordaza, aprobada en 2015
y ahora en debate parlamentario, para su supuesta derogación por parte de
algunos grupos parlamentarios.
Me resulta
cuando menos sospechoso que progres y progreliberales hayan insistido tanto en
hablar solo de esta ley y callar respecto al nuevo Código Penal, en primer
lugar porque aunque la Ley Mordaza se haya concentrado mucho en castigar con
multas, algunas de ellas brutales (hasta 600.000 €), las libertades de
expresión, manifestación, reunión y opinión, lo cierto es que el Código Penal
reprime también dichos derechos en un número importante de sus artículos y lo
hace con penas de prisión.
Sospecho
que, en la medida en que el mundo de los juristas progres, los ciudadanistas y
los universitarios pequeñoburgueses concentraron sus críticas sobre la Ley
Orgánica de Protección de la Seguridad Ciudadana y que el movimiento sindical y
eso que algunos se empeñan en llamar aún la “izquierda”, y que no deja de ser
colaboracionismo de clase con mentalidad de monja oenegera, asumieron ese
discurso, todas las leyes desde las dos citadas a las reformadas de
Enjuiciamiento Criminal y la de Seguridad Privada, todo de se ha teñido de ley
mordaza, como si en el fondo la represión política de clase no existiera y el
problema se limitase a un recorte de libertades que más bien, por el
sobrenombre de Mordaza, fueran ante todo de expresión. Puro liberalismo
político que podría suscribir perfectamente un partido como Ciudadanos.
Pero lo
cierto es que a la tuitera Casandra le han aplicado el artículo 578 del Código
Penal, que condena con penas de prisión de 1 a 3 años por enaltecimiento del
terrorismo.
Continúo. El
artículo 315.3 del Código Penal está pensado directamente para criminalizar a
los piquetes en una huelga. Dice así:
“315.3
Quienes actuando en grupo o individualmente, pero de acuerdo con otros,
coaccionen a otras personas a iniciar o continuar una huelga, serán castigados
con la pena de prisión de un año y nueve meses hasta tres años o con la pena de
multa de dieciocho meses a veinticuatro meses”.
Este es el
artículo por el que se juzgó a los 8 sindicalistas de Airbus por su
participación en piquetes informativos durante la Huelga General de 2010. Hay
que decir que no fueron declarados inocentes sino absueltos por falta de
pruebas, lo que no es sino un modo indirecto de mantener la criminalización de
la acción de los piquetes.
Ni que decir
tiene que los piquetes empresariales que amenazan con despidos ante una huelga
de sus empleados jamás han sido condenados. Es su Estado, sus leyes y su
justicia porque el Estado y el conjunto de sus aparatos tienen un carácter de
clase en cuanto a los intereses de la burguesía a la que defienden
A Alfon se
le condenó a 4 años de cárcel, en régimen FIES. con el artículo 568 del antiguo
Código Penal, ratificado en el reformado del 2015, por tenencia de explosivos,
cuando su abogado dio datos más que suficientes de que aquellas pruebas habían
sido fabricadas por los policías que le detuvieron. Razón real de su condena:
ejemplarizar en carne joven e inocente el compromiso de un joven comunista con
la lucha de la clase trabajadora en la Huelga General del 14N de 2012 cuando se
dirigía a un piquete.
Andrés
Bódalo fue condenado a penas de prisión en base a los artículos 550 y 551.2 del
nuevo Código Penal
Art. 550.1: “Son
reos de atentado los que agredieren o, con intimidación grave o violencia,
opusieren resistencia grave a la autoridad, a sus agentes o funcionarios
públicos, o los acometieren, cuando se hallen en el ejercicio de las funciones
de sus cargos o con ocasión de ellas.”
Art. 551.2: “Cuando
el acto de violencia ejecutado resulte potencialmente peligroso para la vida de
las personas o pueda causar lesiones graves. En particular, están incluidos los
supuestos de lanzamiento de objetos contundentes o líquidos inflamables, el
incendio y la utilización de explosivos.”
En el caso,
de la supuesta agresión de Bódalo al teniente de alcalde de Jodar, del PSOE, no
pasó nada de esto y además no hubo agresión, tal y como señalan vídeos en los
que se puede ver la protesta a las puertas del Ayuntamiento.
Podríamos
continuar hablando de artículos del nuevo Código Penal que reprimen y
criminalizan la lucha social, tales como el 553, el 554, el 556, el 557, el
557, el 557 tercero, el 558, el 559 y el 560, pero creo que sería bueno que
ustedes mismos se tomen el esfuerzo de buscarlos y saquen conclusiones por sí
mismos
En estos
días se han producido ya las peticiones fiscales contra varios sindicalistas de
la CNT en Cataluña. Uno es el caso de una protesta a las puertas del Casino de
Poble Nou, en un debate electoral durante la campaña de las elecciones
municipales del 2015. El piquete que participaba en la protesta fue atacado por
agentes provocadores, que eran Guardias Urbanos vestidos de paisano. Por el
corte del suministro eléctrico de la televisión catalana durante ese debate se
pide a un sindicalista penas de 2 y 4 meses de cárcel y al otro 6 meses de
prisión. La Guardia Urbana, junto con el Ayuntamiento de los progres de Ada
Colau se presentarán como acusación particular. A la hora de reprimir,
reaccionarios, liberales y progres sirven a los intereses de clase de su Estado
capitalista.
Otro de los
casos es el del Corte Inglés, en el que varios sindicalistas de CNT serán
juzgados por una campaña de boicot contra esta cadena de establecimientos por
su participación en procesos penales contra sindicalistas en el contexto de la
huelga general del 29M del 2012 y por su represión antisindical contra sus
empleados, En esa campaña fueron detenidos 3 sindicalistas a los que se pide
penas de 5 años de cárcel.
A partir de
las huelgas generales, que arrancan del 2011, cerca de 660 sindicalistas de las
más diversas organizaciones pueden ser encausados y se les pide penas de
prisión y multas elevadas. Desde los nombrados, hasta sindicatos de la minería,
pasando por trabajadores de Coca-Cola, de la Universidad Autónoma de Barcelona,
de Arcelor, jornaleros andaluces, etc. etc. están conociendo una persecución
brutal, de la que no se habla desde los medios de comunicación del capital y
muy poco desde los alternativos porque, la gran mayoría de estos, o se han
apuntado al ciudadanismo o al identitarismo posmoderno.
La represión
política de la clase burguesa contra los trabajadores se lleva a cabo mediante
una legislación absolutamente restrictiva que impida y recorte al máximo su
derecho a la protesta, pero también la ejercen esos jueces y fiscales a los que
no les tiembla la mano pidiendo penas de cárcel o condenando a ellas. Del mismo
modo que se ejerce desde unos cuerpos y fuerzas de seguridad del Estado que
actúan con completa impunidad al golpear, detener y cumplir con fiero celo con
la legislación del Estado capitalista y algo más que celo. Para ser
antidisturbios hay que estar hecho de una pasta especial.
Pero cuando
hablamos de represión política de clase, no debemos detenernos en los aparatos
del Estado, sea éste central, autonómico o local, ni en sus leyes. Hay más.
La prensa
del sistema criminaliza a los trabajadores que luchan en defensa de sus
derechos, llama privilegiados a mineros, conductores del metro o del AVE, o a
los estibadores, como si sus salarios no los ganasen por la peligrosidad o
responsabilidad de sus empleos o porque resultan enormemente rentables para sus
empresas. Los hace parecer insolidarios frente a otros trabajadores, callando
la auténtica insolidaridad de los empresarios que están volviendo a elevar sus
tasas de ganancia a costa de salarios de miseria (el 47% gana menos de 1.000
euros al mes, casi 6 millones de ellos, el 32% se encuentra en riesgo de
pobreza), con empleos precarios y despidos casi gratuitos.
No solo la
prensa del capital reprime a los trabajadores. Los propios empresarios lo hacen
también ante cualquier atisbo de descontento o de querer cambiar las
situaciones injustas dentro de la empresa. Es frecuente en muchas empresas que
Recursos Humanos se encargue de aclarar al nuevo empleado qué sindicatos cuentan
con la aceptación de la empresa y cuáles no, que se ejerzan represalias,
mobbing e incluso despidos contra trabajadores que quieren presentarse en
candidaturas a las elecciones sindicales, o que defienden la estrategia de la
acción directa a partir de la base organizada de sus secciones sindicales y sus
afiliados, por sindicatos de clase auténticamente combativos, en lugar de
hacerlo en las listas de los burócratas y pactistas. Obligar a realizar horas
extraordinarias no pagadas por parte de los pequeños y medianos empresarios,
esos patrióticos que tanto le gustan a Podemos, es también una forma de
represión política de clase. En los últimos días hemos tenido el ejemplo del
telecocinero Jordi Cruz sobreexplotando a sus trabajadores casi por la cara o
del canalla del Presidente de la CEOE que afirma que se aprende más trabajando
gratis que en la Universidad. A ellos se ha unido una caterva de malnacidos
darwinistas sociales que han llegado a sugerir que habría que pagar por
aprender trabajando para un empresario. A estos sí que habría que aplicarles la
ley antiterrorista.
Pero la
mayor represión política de clase que existe es no tener trabajo porque te
obliga a aceptar las condiciones que puedan ofrecerte, por miserables que éstas
sean, porque te obliga a venderte como un trabajador sumiso y obediente, a
callar ante los atropellos de tus derechos laborales. El trabajador en paro es
jurídicamente libre de vender su fuerza de trabajo pero, una vez que lo ha
hecho, ya no es dueño ni de las condiciones en las que desempeña éste ni de su
propio trabajo. Las reglas le vienen impuestas porque la empresa no es un
órgano democrático sino un lugar en el que se ejerce la dictadura de una clase
sobre otra.
Y es que no
es cierto esa tontería que dice la Constitución de que tenemos derecho al
trabajo. Es un derecho meramente enunciativo y potestativo. A lo que tenemos
derechos, según indica el artículo 5 del Estatuto de los Trabajadores,
auténtica ley de relaciones laborales, o de explotación del capital al trabajo,
es a la ocupación efectiva del puesto de trabajo, una vez, que existe un
contrato; es decir, el trabajador contratado tiene derecho al desempeño de unas
funciones acordes a su puesto de trabajo y a la categoría laboral contratada,
siempre dentro de la máxima de resultar rentable al empresario. Si no hay
contrato de trabajo, no hay derecho a ocupación efectiva alguna.
La represión
política de clase es el modo intenso y violento, porque la violencia no es solo
física, de ejercer la lucha de clases desde el capital y sus instrumentos
políticos, policiales, mediáticos, empresariales, jurídicos, legales e
ideológicos -un aspecto sobre el que algún día deberé concentrarme- contra la
clase trabajadora.
Y, por
supuesto, es represión política de clase impedir al trabajador dar la respuesta
contundente, merecida y acorde con el ejercicio de la violencia que supone por
parte del capital, sus partidos, todos los que aceptan el juego
democrático-burgués, su legalidad y su Estado, ante su acción de arrebatar
conquistas sociales, derechos por los que se ha peleado durante generaciones y
formas de salario indirecto como la sanidad pública, los subsidios de desempleo
o las pensiones, hoy amenazadas.
-¿A qué
se debe la persecución, encarcelamiento, represión de un creciente número de
personas? ¿Es sólo cuestión de la que la derecha del PP es muy franquista o hay
motivos más profundos? ¿Cuál es el contexto?
Como
señalaba al principio, la persecución, la represión, el encarcelamiento de un
creciente número de personas en España, que son presos políticos, por mucho que
se pretenda negar, no se debe solo a que el PP sea un partido reaccionario y
temeroso de la libertad. Como decía Marx "Nadie combate la
libertad; a lo sumo combate la libertad de los demás. La libertad ha existido siempre,
pero unas veces como privilegio de algunos, otras veces como derecho de
todos". Y éste es el privilegio que hoy defiende el capital, su
libertad de empresa, su libertad para sobreexplotar al trabajador. Persigue y
reprime al trabajador que se moviliza para dar escarmiento a toda la clase en
carne ajena, vaciar las calles, lograr el acatamiento, imponer su ley. Solo de
ese modo puede reproducirse económicamente porque es un mito indemostrable que
la tarta tenga un reparto equitativo y que crezca para todos. Crece para
quienes pueden imponer su poder organizado de oprimir a los demás.
Y esa es una
posición de clase contra clase. Lo contrario es caer en un democratismo
pequeñoburgués que defiende las libertades en genérico, sin concretar para qué
han de servir y quienes necesitan de ellas por encima de todos los demás grupos
sociales.
-¿Cómo
enfrentarse a estas políticas represivas?
-Si la clase
dominante se organiza para defender con leyes, policías, miedo y represión, sus
privilegios, es obvio que la dominada necesita hacerlo también articularse para
contraatacar y defender sus derechos, las conquistas que le han sido
arrebatadas y pasar a la ofensiva. Porque las ideas no viven sin organización.
Y necesita hacerlo al margen y de modo independiente de todas las demás clases,
sobre todo de las intermedias, o autopercibidas como tales, que solo buscan
salvarse de la quema y reacomodarse para mantener el máximo de sus intereses,
siempre ligados a la pervivencia del capitalismo, aunque éste, por la dinámica
de su desarrollo y de la concentración del capital tienda, finalmente, a
hacerla desaparecer y proletarizarla.
Y necesita
hacerlo de modo combativo, sin ilusiones democráticas de cambios mediante los
instrumentos del parlamentarismo burgués. Quizá deba hacerlo, eso está por ver
-y ésta es una idea que lanzo como reflexión particular que desarrollaré en un
futuro- rearticulando nuevas formas de organización que ya no sean ni las
puramente partidarias ni las puramente sindicales, sino un híbrido superador de
ambas. Las transformaciones sociales que están trayendo la descomposición de
las tradicionales formas organizativas y las que se están produciendo en el
mundo de la producción requieren de respuestas adecuadas a los tiempos que nos
está tocando vivir. Pero, mientras esas formas organizativas no cambien,
necesitamos sindicatos auténticamente combativos y fuertes, que sean lo opuesto
a esos burócratas del pacto y la concertación sociales. Lo mismo cabe pedir las
organizaciones políticas de nuestra clase, las cuáles es más que obvio que no
están en absoluto a la altura de las circunstancias sino envueltas en una caquexia
terminal, casi siempre investida de una arrogancia falsamente vanguardista que
solo se corresponde con su indigencia teórica y su alejamiento absoluto de las
necesidades y la realidad de los trabajadores.
Y, desde
luego, es necesario hacerlo de un modo unitario desde dentro de la clase,
superando la atomización en múltiples plataformas de solidaridad, una por
preso, y haciendo converger las luchas antirrepresivas de manera conjunta y
desde una perspectiva de clase, justo la que tienen nuestros enemigos.
Y para
acabar, algo que sé que va a ser polémico porque tiene esa intención. Es hora
de superar cierto estilo sindical de un cristianismo cuasi gandhiano que
permite que a sus afiliados se les abrase a multas y a peticiones de cárcel,
llevándoles por unas vías que constituyen la estrategia de ponerles a los píes
de los caballos, cuando algunos de sus dirigentes se protegen como aforados
parlamentarios y limitándose a ponerse la camiseta con el rostro de alguno de
sus presos. A los militantes se les cuida y protege. Pero si eliges el camino
del sacrificio ponte a la cabeza de él, asegurándote de que tú serás el primer
represaliado. Lo contrario es suicida y golfo.
Represión
política de clase, algo de lo que los partidos no hablarán en esta campaña
¿Quién es Jorge Bergoglio? hoy Papa Francisco I, dossier de prensa y
textos sobre la Iglesia católica.
Pablo Iglesias alaba el discurso del Papa en Bruselas, mientras IU
abandona el hemiciclo
¿Quiénes son
los burgueses que maneja el negocio de los puertos en el Estado español?
Campaña de desprestigio y calumnias hacia el colectivo de trabajadores/as de
estibadores/as, como "privilegiados" que se juegan la vida.
La patronal
y su Gobierno, sufren una derrota histórica por el decretazo de la estiba.
¡Viva la lucha de la clase obrera! Solidaridad con los estibadores. ¡Ni un paso
atrás!
Ley Orgánica
10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal.
Ley Orgánica
1/2015, de 30 de marzo, por la que se modifica la Ley Orgánica 10/1995, de 23
de noviembre, del Código Penal.
El
Gobierno mantiene el artículo del Código Penal que castiga a los piquetes
03/02/2015
Artículo
315
Redacción
vigente:
1. Serán
castigados con las penas de prisión de seis meses a tres años y multa de seis a
doce meses los que, mediante engaño o abuso de situación de necesidad,
impidieren o limitaren el ejercicio de la libertad sindical o el derecho de
huelga.
2. Si las conductas
reseñadas en el apartado anterior se llevaren a cabo con fuerza, violencia o
intimidación se impondrán las penas superiores en grado (prisión de treinta y
seis a cincuenta y cuatro meses y multa)
3. Las
mismas penas del apartado segundo se impondrán a los que actuando en grupo o
individualmente, pero de acuerdo con otros, coaccionen a otras personas a
iniciar o continuar una huelga.
Redacción
nueva
1. Serán
castigados con las penas de prisión de seis meses a dos años o multa de seis a
doce meses los que, mediante engaño o abuso de situación de necesidad,
impidieren o limitaren el ejercicio de la libertad sindical o el derecho de
huelga.
2. Si las
conductas reseñadas en el apartado anterior se llevaren a cabo con coacciones
serán castigadas con la pena de prisión de un año y nueve meses hasta tres años
o con la pena de multa de dieciocho meses a veinticuatro meses.
3. Quienes
actuando en grupo o individualmente, pero de acuerdo con otros, coaccionen a
otras personas a iniciar o continuar una huelga, serán castigados con la pena
de prisión de un año y nueve meses hasta tres años o con la pena de multa de
dieciocho meses a veinticuatro meses.
Proposición
de Ley Orgánica de derogación del artículo 315, apartado 3, del Código Penal.
Presentada por el Grupo Parlamentario Socialista.
9 de
septiembre de 2016