lunes, 1 de marzo de 2021

25 años del Pacto de Toledo, obsolescencia programada de las pensiones públicas. (Las contrarreformas laborales y de las pensiones públicas en España desde 1900 a 2020). Tercera parte

 

 

 



Puede leer la primera parte aquí y la segunda parte aquí

 

 

 

José María Gay de Liébana

 

https://es.wikipedia.org/wiki/Jos%C3%A9_Mar%C3%ADa_Gay_de_Li%C3%A9bana

 

 

JOSÉ MARÍA GAY DE LIÉBANA.  Las cuentas de las pensiones sufrirán grandes cambios     28/10/2020 

 

 

El Gobierno estudiará una pensión de viudedad modulada según el nivel de renta                28/10/2020

 

 

La dependencia recibe su mayor partida desde 2012, pero lejos de recuperar los 6.000 millones en recortes        28/10/2020

 

Referencias legislativa.

 

Ley de dependencia

 

Ley 39/2006, de 14 de diciembre, de Promoción de la Autonomía Personal y Atención a las personas en situación de dependencia.

 

https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2006-21990

 

Índice: https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2006-21990&p=20180704&tn=2

 

Comienza los recortes con el

Real Decreto-ley 20/2012, de 13 de julio, de medidas para garantizar la estabilidad presupuestaria y de fomento de la competitividad.

 

https://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-2012-9364

 

 

La nueva revista especializada en Pensiones de elEconomista.es

 

Revista mensual | 28 de octubre de 2020 | Nº27

ASÍ SERÁN LAS JUBILACIONES EN ESPAÑA TRAS LA REFORMA DEL SISTEMA PÚBLICO DE PENSIONES

https://s03.s3c.es/pdf/e/d/ed2d5dc239632f4215be1e8b6af1af6a_pensiones.pdf

 

Escrivá asegura que el Pacto de Toledo no realizará cambios en las pensiones de viudedad             28/10/2020

 

 

El Gobierno estudiará una pensión de viudedad modulada según el nivel de renta                28/10/2020

 

 

CCOO valora la aprobación en la Comisión parlamentaria del Pacto de Toledo de las primeras recomendaciones, con un amplio consenso, después de 10 años    28/10/2020

 

http://www.feccoo-madrid.org/

 

 

PRESUPUESTOS GENERALES ESTADO

 

 

El Gobierno prevé recaudar 4.000 millones más en dos años sin subidas de impuestos a las clases medias   28/10/2020

 

 

Iglesias limitará los alquileres y logra asestar un 'golpe' a las socimis    28/10/202

 

Sánchez firma el alza en Patrimonio y a las rentas altas pese a su escaso impacto recaudatorio    28/10/2020

 

 

La subida de las pensiones eleva el coste un 3,2%, hasta 163.000 millones   28/10/2020

 

 

 

El Estado asumirá 12.000 millones de gastos 'impropios' de la Seguridad Social en los PGE de 2021    28/10/2020

 

 

Escrivá asegura que el Gobierno estudia distintas vías para incentivar la prolongación de la vida laboral   28/10/2020

 

 

Pacto de Toledo: Los mayores critican que no se haya contado con ellos para las recomendaciones     28/10/2020


PENSIONES

 

Un Pacto de Toledo perjudicial para l@s trabajador@s. YAYOFLAUTAS CARTAGENA.

 

 

El Gobierno reduce incentivos a los planes de pensiones individuales para impulsar los de empleo   28/10/2020

 

En concreto, se recortará hasta 2.000 euros la aportación máxima de los planes de pensiones individuales con derecho a deducción en el IRPF, desde los 8.000 euros actuales, mientras que en el caso de los planes de empresa se eleva la aportación máxima de 8.000 a 10.000 euros. Una medida con la que el Ejecutivo prevé ahorrar 580 millones de euros en 2022, según ha cuantificado la ministra de Hacienda, María Jesús Montero.

 

La intención del Gobierno es reformar por completo el tratamiento fiscal del que gozan actualmente los planes de pensiones, por una parte, mediante la disminución de la desgravación a los planes individuales, y por otra parte, impulsando los planes de pensiones de empleo, vinvulados a la negociación colectiva, y que hasta la fecha solo ofrecen las grandes empresas y en ciertos sectores, como banca, seguros, telecomunicaciones, o multinacionales.

 

Precisamente, la última noticia sobre esta reforma integral de los planes de pensiones se conocía este mismo lunes, cuando el Ministerio de Inclusión y Seguridad Social confimaba que su titular, José Luis Escrivá, ha incluido en el proyecto de Presupuestos Generales del Estado "la creación desde la Administración de un fondo de pensiones de empleo público de carácter abierto"; una medida que había anunciado durante su intervención en el Pacto de Toledo.

 

De aprobarse finalmente, este nuevo instrumento de previsión social complementaria (con supervisón y garantía pública) podría ser de gestión privada (modelo NEST británico). En España, el único sistema parecido que existe es el de las Entidades de Previsión Social Voluntaria (EPSV), que funcionan con éxito en el País Vasco desde hace años. En las EPSV, los planes de empresa están vinculados a los convenios colectivos sectoriales, gozan de ventajas fiscales y el trabajador aporta el 1% y la empresa otro 1% al plan de pensione

 

 

 

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PGE: Así será la subida de las pensiones contributivas en 2021   28/10/2020

 

 

El acuerdo del Pacto de Toledo no resuelve la sostenibilidad de las pensiones, según los expertos   28/10/2020

 

 

Los planes de pensiones pierden 3.147 millones en lo que va de año    28/10/2020

 

El gasto en pensiones sube hasta 163.297 millones de euros, el 3,2% más que en 2020       29/10/2020

 

Pagar las pensiones en España en 2021 supondrá para las arcas públicas un desembolso de 163.297 millones de euros, frente a los 158.212 millones que van a ser necesarios en 2020. Esto significa un aumento del 3,2% (en cifras redondas, más de 5.000 millones respecto a este año), con lo cual el gasto en pensiones pasa a representar el 38% del total del gasto del presupuesto consolidado, según refleja el proyecto de Ley de Presupuestos Generales del Estado (PGE) para 2021, entregado este miércoles en el Congreso por María Jesús Montero, ministra de Hacienda.

 

 

Según consta en el documento, los PGE “garantizan a los mayores unos recursos dignos y suficientes, ya que se revalorizan las pensiones a través de la revalorización del importe de las pensiones contributivas con la previsión del IPC del 0,9% y la cuantía de las pensiones no contributivas se incrementa al 1,8%”. Para ello, el gasto de la política de pensiones se incrementa en 5.085 millones de euros. 

 

Junto con las pensiones del Sistema de la Seguridad Social, en esta dotación presupuestaria se incluyen las pensiones del Régimen de Clases Pasivas del Estado y las prestaciones derivadas de la guerra civil.

El gasto en pensiones sube hasta 163.297 millones de euros, el 3,2% más que en 2020       29/10/2020

 

 

El Gobierno escogerá la gestora para el fondo de pensiones público de empleo por un concurso abierto   29/10/2020

 

 

El presupuesto de Seguridad Social sube un 4,3% por la subida de las pensiones y por el IMV    29/10/2020

 

 

El Gobierno estudia distintas vías para incentivar el retraso de la jubilación     29/10/2020

 

Además, es importante considerar las cantidades máximas y mínimas, que no se podrán sobrepasar independientemente de los años cotizados o del importe de las aportaciones a la Seguridad Social (@TGSS). En España, la pensión máxima establecida para 2020 es de 2.683,34 euros, lo que hace un total anual de 37.566,76; y la mínima dependerá de la situación personal del jubilado: si vive solo es de 683,50 euros, si tiene un cónyuge a su cargo, serán 843,32 euros, y si tiene cónyuge, pero no a su cargo, cobrará 648,70 euros

 

 

Paga extra de las pensiones 2020: cómo calcular cuánto te corresponde     29/10/2020

 

 

Así es el macrofondo de pensiones de empleo de promoción pública que prepara Escrivá    30/10/2020

 

BOLETÍN OFICIAL DE LAS CORTES GENERALES

CONGRESO DE LOS DIPUTADOS

XIV LEGISLATURA

30 de octubre de 2020     Núm. 35-1

 

121/000035 Proyecto de Ley de Presupuestos Generales del Estado para el año 2021.

 

 

https://www.congreso.es/public_oficiales/L14/CONG/BOCG/A/BOCG-14-A-35-1.PDF

 

 

 

 


Unespa      https://es.wikipedia.org/wiki/Unespa

 

 

 

Pilar González de Frutos (Unespa): "Hay que apostar por planes de pensiones semiobligatorios"       30/10/2020

 

 

Unespa reclama un sistema de ahorro-previsión para la jubilación e incentivar el pilar empresarial

 

 


Pilar González de Frutos  

 

https://www.endesa.com/es/accionistas-e-inversores/gobierno-corporativo/pilar-gonzalez-de-frutos

 

https://es.linkedin.com/in/pilar-gonz%C3%A1lez-de-frutos-97216935

 

http://www.ub.edu/pai/Images/CV_Gonzalez.pdf

 

https://www.ceoe.es/es/sobre-ceoe/quienes-somos/equipo/vice_pgfr

 

Pilar González de Frutos

 

https://cincodias.elpais.com/tag/pilar_gonzalez_de_frutos/a

 

https://www.unespa.es/quienes-somos/

 

https://www.unespa.es/quienes-somos/pilar-gonzalez-defrutos/

 

 

Pensiones: ¿Qué son los gastos impropios de la Seguridad Social? 30/10/2020

 

 

La pensión máxima sube a 2.707 euros mensuales tras la revalorización del 0,9% para 2021    30/10/2020

 

 

Escrivá anuncia que trabajan en un mecanismo permanente para revalorizar las pensiones   30/10/2020

 

 

La Seguridad Social registra un déficit de 7.677 millones hasta septiembre, el 0,69% del PIB     30/10/2020

 

 

El PSOE apela al "patriotismo" para apoyar los Presupuestos: "Si no se aprueban, tampoco habrá acceso a los fondos europeos. 31/10/2020

 

 

Tomás Cabezón: "Tenemos que dar certeza a los pensionistas de que el sistema no está quebrado"   30/10/2020

 

 

La pensión subirá con el IPC, pero... ¿qué pasa si es negativo?  30/10/2020

 

Calviño tendrá la última palabra sobre el fondo de pensiones estrella de Escrivá     31.10.2020

 

https://www.lainformacion.com/tags/pacto-de-toledo/

 

Planes de pensiones con retorno para diversificar  31/10/2020

 

 

Los Presupuestos de 2021, paso a paso: así se distribuye el gasto del Estado     31-10-2020

 

 

PRESUPUESTOS GENERALES DEL ESTADO


La compra de armamento acapara el grueso de las inversiones del Estado en el presupuesto de 2021    1/11/2020

 

 

España gastará en armas 3.000 millones de euros este año, lo mismo que en el Ingreso Mínimo Vital

 

 

El gasto militar 2021. Presupuestos envenenados

 

https://www.grupotortuga.com/El-gasto-militar-2021

 

 

Jubilación demorada, una opción que te permite trabajar para cobrar más pensión        1/11/2020

 

 

Referencia:

Real Decreto-ley 5/2013, de 15 de marzo, de medidas para favorecer la continuidad de la vida laboral de los trabajadores de mayor edad y promover el envejecimiento activo.

 

https://www.boe.es/diario_boe/txt.php?id=BOE-A-2013-2874

 

 

Opciones de ahorro para complementar la pensión pública  1/11/2020

 

  



 

La Seguridad Social precisará 31.177 millones de inyección aparte de cotizaciones

En 2021 salen de la Seguridad Social los primeros 13.929 millones de gastos impropios


Ayudas a la familia, dependencia, renta mínima y pensiones no contributivas se pagarán con impuestos    1/11/2020

 

 

¿Puedo solicitar la jubilación anticipada si ya he accedido al retiro parcial?      1/11/2020

 

 

Los PGE preasignan 5.373 millones del fondo UE en vivienda y medio ambiente      1/11/2020

 

 

El Gobierno preasigna 5.373 millones de fondos europeos y habilita un mecanismo de liquidez para las CC.AA.   1/11/2020

 

 

La crisis lleva a caídas del precio del alquiler en las zonas más tensionadas   1/11/2020

 

 

Entrevista a Ione Belarra  La secretaria de Estado para la Agenda 2030 detalla algunas de las claves de la futura Ley de Vivienda que permitirá limitar los precios. La norma irá dirigida, especialmente, a entidades financieras y grandes fondos.

 

 

"Barajamos un impuesto a pisos vacíos o forzar a bancos a sacarlos al alquiler"    1/11/2020

 

 

Acuerdo PSOE-Unidas Podemos en materia de vivienda [PDF]

 

El PNV arrancó la medida a escasas horas del Consejo de Ministros y Hacienda tuvo que ajustar el gasto porque se ingresarán 1.600 millones menos de lo previsto.

 

En la negociación de los Presupuestos. El Gobierno retiró in extremis el alza del IVA al 21% a las universidades privadas     1/11/2020

 

 

A partir del 1 de enero

Díaz quitará el mes de espera para que el pago de subsidios de paro sea inmediato    1/11/2020

 

PSOE y UP rechazan la bajada del IVA de mascarillas y geles que proponía Cs       01.07.2020 

 

 

María Jesús Montero: "El reglamento europeo impide la bajada del IVA de la mascarilla"    1/11/2020

 

 

Montero asegura que el Gobierno intentará bajar el precio de las mascarillas "si es posible”   1/11/2020

 

 

 

El Gobierno preasigna 5.373 millones de fondos europeos y habilita un mecanismo de liquidez para las CCAA   1/11/2020

 

 

Las novedades fiscales en patrimonio, sociedades y socimis 1/11/2020

 

 

JUBILACIÓN

 

Así me afecta la nueva fiscalidad si tengo un plan de pensiones 1/11/2020

 

Los planes de empleo pierden 10 puntos de cuota en 20 años   1/11/2020

 

El Pacto de Toledo es el problema para el Sistema Público de Pensiones y la solución para el capital y los empresarios 1/11/2020

 

La rebelión de 1.500 pensionistas vascos que llevarán su sistema a los tribunales    2.11.2020 

 

 

Los planes de pensiones de empleo del País Vasco (EPSV), ¿un “euskocorralito?  2/11/2020

 

La Entidad de Previsión Social Voluntaria (EPSV), es la mochila austriaca vasca.

 

El seguro de empresas es otra forma de capitalización de las pensiones privadas

 

La Entidad de Previsión Social Voluntaria o (EPSV), se articula como entidad de mutualidad no integrada en la Seguridad Social.

 

 

Ley 5/2012, de 23 de febrero, sobre Entidades de Previsión Social Voluntaria.

 

https://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-2012-3754

 

 

 Decreto 203/2015, de 27 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 5/2012, de 23 de febrero, sobre Entidades de Previsión Social Voluntaria.

 

https://www.legegunea.euskadi.eus/decreto/decreto-2032015-de-27-de-octubre-por-el-que-se-aprueba-el-reglamento-de-la-ley-52012-de-23-de-febrero-sobre-entidades-de-prevision-social-voluntaria/x59-contfich/es/

 

Índice EPSV Normativa

 

https://www.euskadi.eus/indice-epsv-normativa/web01-a2finan/es/

 

¿Qué es una EPSV?

16 Noviembre 2011

 

Existe una Federación de EPSVS que vendría a ser el equivalente a Inverco, la patronal española de  Fondos de Inversión y de Pensiones

 

https://www.elblogsalmon.com/productos-financieros/que-es-una-epsv

 

Registro de entidades de previsión social voluntaria de Euskadi (EPSV)

 

https://www.euskadi.eus/registro-epsv/web01-a2ogafin/es/

 

 

Los planes de pensiones de empleo del País Vasco (EPSV), ¿un “euskocorralito?  2/11/2020



“Ya hemos tomado la decisión y vamos a llevar a Geroa Pentsioak [sistema vasco complementario de pensiones] a los tribunales. Queremos cobrar el dinero como nosotros decidamos porque es nuestro. ¿Por qué no nos deja Geroa cobrar el dinero que hemos aportado durante nuestra vida laboral en forma de capital y todo de una vez y solo tenemos la posibilidad de cobrar 180 euros mensuales como renta durante 25 años? ¿Qué esconde Geroa? ¿Falta de liquidez? Si no es un corralito, el ‘Euskorralito’, se le parece mucho. Ya estamos buscando abogados que nos lleven el caso”. 

 

Las palabras de José Mari Lazkano, jubilado guipuzcoano y uno de los socios de la Entidad de Previsión Social Voluntaria (EPSV), que fundó hace ya más de un año la ‘Plataforma de Agraviados por Geroa’ y que aglutina a más de 1.500 personas, no dejan lugar a dudas y, curiosamente, se producen la misma semana que el Pacto de Toledo, en una de sus 20 recomendaciones, y el propio ministro de Seguridad Social, José Luis Escrivá, ‘adoptan’ el modelo vasco para toda España. 

 

Ahora precisamente que en Euskadi, y entre los propios trabajadores, el modelo está más discutido que nunca. ‘Agraviados por Geroa’ nació para dar a conocer a socios trabajadores afiliados en Guipuzcoa la “discriminación existente de Geroa EPSV, que impide hacer el rescate en forma de capital, si el ahorro supera 45.120 euros”, explica la plataforma, desde la que esta misma semana, al conocerse las recomendaciones del Pacto de Toledo, acordadas por todos los partidos con representación parlamentaria con el solo voto en contra de Vox, dicen que “los trabajadores de este país serán engañados nuevamente por el modelo Geroa con la connivencia de empresarios y centrales sindicales.

 

El modelo Geroa es obligatorio en Guipúzcoa, nada de voluntario, y no permite el rescate a la jubilación en forma de capital si el ahorrador supera la cifra de 45.120 euros. Estaría bien que el ministro Escrivá y la presidenta de la Comisión del Pacto de Toledo, Magdalena Valerio, se informaran sobre las demandas que los socios, viudos, viudas, herederos, representados por la plataforma Agraviados por Geroa, hacen a Geroa EPSV”, aseguran estos jubilados y trabajadores guipuzcoanos.

 

Las EPSV de empleo son entidades que solo existen en el País Vasco. En su día fueron impulsadas por el Ejecutivo autonómico, al que corresponde su supervisión y control, como complemento para la pensión pública del trabajador. En la actualidad existen cuatro que engloban a más de 450.000 trabajadores: la citada Geroa, creada por la patronal guipuzcoana Adegi y los sindicatos LAB, ELA, UGT y CCOO, que la gobiernan de forma paritaria; Lagun Aro, donde están incluidos los cerca de 45.000 trabajadores del Grupo Mondragón; Hazia Elkarkidetza, que agrupa a los funcionarios y trabajadores de las tres diputaciones vascas y los ayuntamientos; e Itzarri, para trabajadores del Gobierno vasco, donde están incluidos por ejemplo la Ertzaintza y los trabajadores del Servicio Vasco de Salud, Osakidetza.

 

Una de sus singularidades es que el trabajador y su empresa abonan a partes iguales una cantidad mensual que va engordando la ‘bolsa’ para cuando este empleado se jubile. En el caso de Geroa, creada en 1996, cuenta con 113.000 socios de 20 sectores de actividad (de la construcción al textil, pasando por el metal, el comercio o incluso el deporte) y no son voluntarias: si el trabajador realiza su actividad en alguno de los veinte sectores adheridos queda incluido de forma obligatoria en este ‘sui generis’ plan de pensiones privado. Según datos del Gobierno vasco de 2018, en Euskadi hay un total de 77 EPSV, de las que 44 son de empleo y el resto, individuales, con un patrimonio total de casi 13.500 millones, el 32,3% del PIB vasco (casi el cuádruple de lo que representa el sistema complementario en el conjunto de España, en torno al 9% del PIB). En total, 282.965 trabajadores del País Vasco, el 31% del total, son socios de una EPSV, aunque el porcentaje llega en Guipúzcoa al 61%. 

 

Los trabajadores afectados, que organizaron una asamblea el pasado 9 de febrero, han llevado a cabo numerosas concentraciones, enviado cartas a la propia Geroa e incluso se han reunido con su presidenta, Nerea Zamacola, representante de la patronal guipuzcoana Adegui, o su vicepresidente, Joseba Villareal, de ELA. Y siempre la respuesta ha sido la misma: si se tienen más de 45.120 euros de capital no se puede cobrar todo el dinero de una vez. Incluso, la gerente de la entidad, Virginia Oregui, declaraba recientemente que ellos “no” son un producto financiero, al no tener ánimo de lucro y son un complemento de la pensión. “El dinero de Geroa, de nuestro fondo de pensiones, no es para pagar la boda de un hijo”, sentenciaba. 

 

“El dinero que tenemos en Geroa será para pagar lo que nosotros queramos porque es nuestro”, aseguran los socios de la EPSV. “Está a punto de destaparse la mayor estafa o fraude piramidal realizada en el País Vasco… El caso Fórum Filatélico se va a quedar pequeño en comparación con la envergadura de este caso….. Ya solo el nombre de la entidad da lugar a confusión. EPSV, plan de previsión social voluntario… Y resulta que es de obligado cumplimiento… Les he pedido en numerosas ocasiones, que me entreguen la cantidad, que tengo para que pueda gestionarla yo…. Lo único que hacen es especular con nuestro dinero en los mercados financieros”, asegura el socio de Geroa, Ernesto González.

 

“Lo que ha hecho Geroa es instaurar un ‘corralito’ porque durante 25 años después de jubilarnos nos limitan a una pequeña pensión”, ha explicado a La Información otro de los fundadores de la Plataforma Agraviados por Geroa, Mitxel Piedrafita. “Exigimos a los órganos de gobierno de Geroa (Adegi, ELA, LAB, UGT y CCOO) la modificación urgente de sus estatutos para que cada trabajador pueda elegir libremente la forma de rescatar sus aportaciones, en forma de renta o capital, según le interese, tal y como lo vienen haciendo los trabajadores con una aportación inferior a los 45.120 euros. Hay que acabar con la discriminación que supone para los trabajadores que, con las mismas obligaciones contractuales, les son negados los mismos derechos prestacionales. Por idéntica razón deben de reconducirse situaciones generadas por trabajadores jubilados, incapacitados y viudas que se vieron forzados al rescate en forma de renta sin otra opción posible”, dicen desde la Plataforma.

 

Mientras, desde Geroa se exhibe músculo financiero cuando hablan de un patrimonio gestionado de más de 2.000 millones de euros y una rentabilidad media anual desde su creación en 1996 del 6,21% anual, aunque este año de la pandemia creada por la SARS-CoV-2 las cosas no van tan bien y la rentabilidad de su fondo el pasado 20 de octubre era del -3,93% en lo que va de año. Incluso, algunas grandes empresas, como ArcelorMittal, ya han ‘amagado’ con suspender las aportaciones a Geroa tal y como refleja la propuesta que realizó la multinacional a los trabajadores en las negociaciones del convenio colectivo de sus plantas de Olaberria y Bergara, el pasado 5 de noviembre de 2019, aunque finalmente la ‘sangre no llegó al río’. 

 

Para finalizar, un dato: ¿saben cuál es una de las firmas de abogados que ha llamado a la Plataforma de Agraviados por Geroa para interesarse por su situación y se ha ofrecido para llevarles el caso? Martínez-Echevarría & Rivera Abogados. Sí, el mismo, el bufete del que es presidente ejecutivo Albert Rivera, el que fuera líder y fundador de Ciudadanos.

 

 

https://laboralpensiones.com/los-planes-de-pensiones-de-empleo-del-pais-vasco-epsv-un-euskocorralito/

 

El bufete Martínez-Echevarría cambia de nombre, ahora se llama Martínez-Echevarría & Rivera     17/09/2020

 

 

Plataforma de Agraviados por Geroa

 

https://www.facebook.com/agraviadosporgeroa/

 

Euskorralito Agraviados Por Geroa E.P.S.V

 

https://www.youtube.com/watch?v=V8_uNpPojnA

 

 

 

Incluso, la gerente de la entidad, Virginia Oregui, declaraba recientemente que ellos "no" son un producto financiero, al no tener ánimo de lucro y son un complemento de la pensión. "El dinero de Geroa, de nuestro fondo de pensiones, no es para pagar la boda de un hijo", sentenciaba

 

 

Virginia Oregui"El dinero de nuestro fondo de pensiones no es para pagar la boda de un hijo"

 

La gerente de GEROA Pentsioak EPSV, Virginia Oregui Navarrete, ha defendido ante la comisión de seguimiento y evaluación de los acuerdos del Pacto de Toledo su modelo de previsión complementaria para afrontar uno de los principales retos del Sistema de pensiones, la pérdida de poder adquisitivo de los pensionistas.  23/2/2017

 

 

Virginia Oregui. Licenciada en Empresariales por CUNEF, inicio mi actividad en 1985 en ADEGI (Asociación de empresarios de Guipúzcoa), donde desempeño funciones de asesoramiento en materia fiscal. En 1988 me incorporo a una filial del Banco Guipuzcoano en San Sebastián, CISA (Consejeros de Inversión) con el mandato de desarrollar y constituir la Gestora de los Fondos de Inversión de la Entidad, y los dos primeros fondos de la misma. En 1990 soy nombrada gerente de Guipuzcoano Sociedad Gestora de Instituciones de Inversión Colectiva y en 1991 administradora única de Guipuzcoano Sociedad Gestora de Fondos de Pensiones.


En 1996 inicio un nuevo reto, la creación y desarrollo de una entidad de empleo sectorial de pensiones, en Guipúzcoa, pactada de común acuerdo entre patronal y sindicatos con aportaciones paritarias de empresas y trabajadores de distintos sectores de actividad. La Entidad se llama Geroa Pentsioak 
EPSVy en la actualidad gestiona 1500 M de €.

 

 

Conferencia telemática: Pacto de Toledo, ¿Avance o más de lo mismo? Documentos complementarios.

 

https://eljanoandaluz.blogspot.com/2020/12/conferencia-telematica-pacto-de-toledo.html

 

La reforma de las pensiones en otros países europeos: cuentas nocionales y planes de empleo   2/11/2020

 

 

Máximo histórico de ocupados mayores de 65 años, que ya superan los 200.000   2/11/2020


En la actualidad, España cuenta con un máximo histórico de ocupados mayores de 65 años que ya superaban los 200.000, un 40% más que hace solo una década, a finales de 2019.

 

De este modo, si en el año 2002, había unos 100.000 ocupados mayores de 65 años, a cierre de 2019, ya alcanzaban los 218.300 entre trabajadores por cuenta propia y asalariados, según los datos de la Encuesta de Población Activ a.

 

Sin embargo, la proporción de quienes continúan en actividad laboral tras cumplir los 65 años es baja, comparada con otros países europeos y de la OCDE: solo el 6,5%, en 2019, entre la población de 65-69 años, tal y como indica el CSICUna información a la que se sumun estudio de Credit Suisse que detalla que España es el segundo país de la OCDE con menor porcentaje de trabajadores mayores de 65 años aún en activo.

 

Un perfil de las personas mayores en España, 2020 Indicadores estadísticos básicos

 

http://envejecimiento.csic.es/documentos/documentos/enred-indicadoresbasicos2020.pdf

 

 

El Instituto de Investigación Credit Suisse publica un estudio que insta a repensar la jubilación

 

https://www.credit-suisse.com/about-us-news/en/articles/media-releases/credit-suisse-research-institute-publishes-study-urging-rethink--202001.html

 

TOMO I. INFORME 2008.

Las Personas Mayores en España

Datos Estadísticos Estatales y por Comunidades Autónomas

https://www.imserso.es/InterPresent2/groups/imserso/documents/binario/infppmm2008v1.pdf

 

 

¿Qué es y cómo se calcula la pensión por gran invalidez?  2/11/2020

 

http://www.seg-social.es/wps/portal/wss/internet/Trabajadores/PrestacionesPensionesTrabajadores/10960/28750/28680/28729/28732/28733#28733

 

 

http://www.seg-social.es/wps/portal/wss/internet/Trabajadores/PrestacionesPensionesTrabajadores/10963/28393/28396/28472

 

Se aplican una serie de penalizaciones a las personas que se jubilan de forma anticipada

 

Cómo jubilarse anticipadamente sin que afecte a la pensión  3/11/2020

 


Diferencias entre planes de pensiones, de previsión asegurado y de previsión social empresarial   3/11/2020

 

Real Decreto 1588/1999, de 15 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento sobre la instrumentación de los compromisos por pensiones de las empresas con los trabajadores y beneficiarios.

 

Artículo 29. Derecho de rescate.

 

 

https://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-1999-20936

 

 

¿Cómo funcionará el fondo público de pensiones? Los trabajadores podrán ahorrar en la declaración de la renta 3/11/2020 

 

 

Nueva subida del 0,9%

Las pensiones mínimas de los jubilados se quedan, en su mayoría, por debajo de los 700 euros, con la nueva subida en línea con el IPC.

Actualmente, la pensión máxima de la Seguridad Social tiene un límite que se fija en los 2.683,34 euros mensuales

 

¿Cuánto cobrarás de pensión mínima y máxima en 2021? Hasta 2.700 euros   3/11/2020

 

 

¿Quién debe pagar el nuevo Pacto de Toledo?   3/11/2020

 

Albino Prada, miembro de ECOBAS y del comité científico de Attac España, es autor de los ensayos “Crítica del hipercapitalismo digital” (2019) y “Caminos de incertidumbre (2020)

 

Tiempo de trabajo, digitalización y nuevo contrato social

 

https://attac.es/tiempo-de-trabajo-digitalizacion-y-nuevo-contrato-social/

 

 

¿Cómo funcionará el fondo público de pensiones? Los trabajadores podrán ahorrar en la declaración de la renta  3/11/2020

 

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Los expertos piden copiar el modelo de pensiones británico de forma gradual     26/11/2019

 

Robots, automatización y trabajo asalariado (parte I, II y III) por Duval para el blog Crónica de Clase

 

¿Teletrabajo o digitalización del mercado laboral?, por Duval para el blog Crónica de Clase

 

 

¿Está garantizado el futuro de las pensiones? Deberíamos estar más cerca con el acuerdo del Pacto de Toledo y con los robots que cotizan... y no lo estamos   3/11/2020

 

 

La robotización de la economía y la sostenibilidad de las pensiones pueden ser compatibles   10/62016

 

 

Proponen que los robots autónomos sean 'personas electrónicas' para que paguen impuestos  22/06/2016

 

 

 

REPORTE.   27.1.2017

Con recomendaciones a la Comisión de Normas de Derecho Civil sobre Robótica

(2015/2103 (INL)

 

https://www.europarl.europa.eu/doceo/document/A-8-2017-0005_EN.html?redirect

 

https://www.europarl.europa.eu/doceo/document/JURI-PR-582443_EN.pdf?redirect

 

Robótica y responsabilidad civil

 

https://repositorio.comillas.edu/xmlui/handle/11531/38597

 

 

40 años del sistema de pensiones chileno: aciertos y perjuicios     4/11/2020

 

 

Diferencias entre pensiones contributivas y no contributivas  4/11/2020 

 

 

Comisión de Presupuestos (04/11/2020)

 

https://www.youtube.com/watch?v=WLEOUHedBTE

 

 

                   CORTES GENERALES

 DIARIO DE SESIONES DEL CONGRESO DE LOS DIPUTADOS

                              COMISIONES

XIV LEGISLATURA      Núm. 202

 

Sesión núm. 2 celebrada el miércoles 4 de noviembre de 2020

 

Comparecencias de personalidades y funcionarios de la Administración del Estado, al objeto de informar sobre temas relativos al proyecto de ley de Presupuestos Generales del Estado para el año 2021. (Número de expediente 121/000035):

 

https://www.congreso.es/public_oficiales/L14/CONG/DS/CO/DSCD-14-CO-202.PDF

 

 

 

 

Trabajo planteará a los agentes sociales una subida del salario mínimo antes de que acabe el año      4/11/2020 

 

 

La doble cara de los fondos de pensiones de Escrivá: garantía pública para los que puedan ahorrar y más desigualdad para las rentas bajas             4/11/2020 

 

 

 

Hernández de Cos aconseja a Sánchez que ahora no se suba impuestos y que elabore un plan de ajuste creíble   4/11/2020 

 

 

Según Pablo Hernández de Cos

 

BdE cuestiona la subida a funcionarios y pensionistas y avisa del gasto excesivo   4/11/2020 

 

 

Las pensiones mínimas contributivas subirán entre 2 y 11 euros al mes en 2021   4/11/2020 

 

En concreto, con la subida del 0,9%, el importe de la pensión mínima para los jubilados de 65 años con cónyuge a cargo quedará en 851 euros al mes en 14 pagas (frente a los 843,4 euros al mes actuales); la de sin cónyuge (unidad económica unipersonal) en 689,7 euros (683,5 euros actualmente), y la de con cónyuge no a cargo en 654,6 euros mensuales (frente a los 648,7 euros actuales).

 

Para los jubilados con menos de 65 años, la pensión mínima con cónyuge a cargo se fija en 2021 en 797,9 euros al mes (790,7 euros actualmente); sin cónyuge en 645,3 euros mensuales (639,5 euros ahora), y con cónyuge no a cargo en 609,9 euros mensuales (604,4 euros actualmente).

 

Por su parte, la pensión máxima de jubilación se situará el próximo año en 2.707,49 euros mensuales por catorce pagas, frente a los 2.683,34 euros al mes de este año.

 

https://www.epdata.es/pensiones-minimas-mensuales-jubilacion-viudedad-incapacidad-permanente-orfandad-favor-familiar-2021/b6cb4424-5f11-4c5d-8804-b0fb2385f2aa

 

 

LA SILENCIOSA CONTRARREFORMA DE LAS PENSIONES IDEADA POR EL GOBIERNO

 

Hacia la privatización del sistema incorporando el modelo británico

 

El sistema de pensiones de empleo en el Reino Unido, reformado por el conservador David Cameron, se basa en un modelo de inscripción automática que, desde su implantación en 2012, ha reducido la caja de la Seguridad Social, pasando a ser las empresas empleadoras las administradoras de los fondos. El sistema público queda así reducido a una suerte de beneficencia para pobres, mediante un modelo genuinamente neoliberal que pretende introducir en el Estado español el Gobierno "progresista" del PSOE y Unidas Podemos (...).

 

El ministro de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, José Luis Escrivá, ha anunciado que tiene la intención de impulsar los llamados «planes de pensiones de empleo (también llamado de empresas)» para fomentar el ahorro a largo plazo, basándose en el modelo británico.

 

LA SILENCIOSA CONTRARREFORMA DE LAS PENSIONES IDEADA POR EL GOBIERNO   4.11.2020

 

Pensiones en el Reino Unido a partir de 2012 [1]

 

Pensiones en el Reino Unido

 

https://en.wikipedia.org/wiki/Pensions_in_the_United_Kingdom

 

Preguntas y respuestas: inscripción automática a la pensión   8/8/2013

Fideicomiso Nacional de Ahorros para el Empleo. National Employment Savings Trust (NEST

 

https://en.wikipedia.org/wiki/National_Employment_Savings_Trust

 

¿Quién puede acogerse a una pensión flexible?   5/11/2020 

 

 

Escrivá: "El problema del déficit público no está en las pensiones  5/11/2020 

 

 

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¿Por qué el Gobierno considera que ya no es tan importante tener un plan de pensiones privado?  6/11/2020 

 

 

Jubilación                    BlackRock

 

 

BlackRock avisa de la 'crisis silenciosa' de Europa: "No nos planteamos cómo vamos a mantenernos en nuestra vejez"  6/11/2020 

 

 

Sánchez salva el primer 'match ball' de PGE y acaricia completar la legislatura   6.11.2020 

 

 

El Pacto de Toledo, lobby de los intereses privados, hace oídos sordos a la calle   6.11.2020  x Juanjo Basterra

 

 

Saquearon el Fondo de Reserva de la Seguridad Social y los bancos siguen sin devolver 42.000 millones

 

 

 El acuerdo amplio del Pacto de Toledo continuará dejando a la mitad de las y los pensionistas de Hego Euskal Herria bajo el umbral de la pobreza y potenciará el sistema privado desde la negociación colectiva, siguiendo los pasos de las EPSV vascas. La realidad es que han saqueado el Fondo de Reserva, que en 2011 alcanzó los 65.830 millones, pero el año pasado a penas tenía 2.153 millones, insuficientes para atender las necesidades de los pagos necesarios, que han tenido que transferirse desde otros capítulos de las cuentas públicas. 

 

Sin embargo, los bancos todavía no han devuelto los más de 42.000 millones que recibieron de ayudas desde las arcas públicas tras la crisis de 2008. Organizaciones de pensionistas están impulsando una auditoria real de lo que ha pasado, porque entienden que esos fondos se detrajeron para otros usos, nada que ver con el pago de las pensiones para lo que estaba previsto.

 

 

La lucha semanal prolongada de los pensionistas ha llevado a las calles la reivindicación de pensiones dignas. Solo se pierde aquella lucha que se abandona. En este caso, siguen en pie, pero el problema de las pensiones no se circunscribe solo a las personas mayores, sino que apela a toda la sociedad. Junto a las pensiones dignas, por tanto, hay que reivindicar empleos de calidad con salarios adecuados para sostener el sistema público. Hoy se ve que el mercado laboral se está resquebrajando, se está convirtiendo en un sistema de relación mercantil donde el empresario se desliga de responsabilidades.

 

En agua de borrajas

 

 

Las principales reivindicaciones de los pensionistas han quedado en agua de borrajas en el reciente acuerdo de Pacto de Toledo, negociado por los partidos políticos del Congreso español. No establece una pensión mínima de 1.080 euros ni el Salario Mínimo Interprofesional (SMI) en 1.200 euros al mes, con el objetivo de cumplir los compromisos de la Carta Social Europea.

 

Sí consolida la edad de jubilación a los 67 años, al contrario de lo que piden los pensionistas para mantenerla en 65 años; eleva los años de cotización para el cálculo de la pensión, ni tampoco elimina los coeficientes reductores de la jubilación anticipada con 40 años cotizados.

 

Tampoco termina con la brecha de género en salarios y pensiones, ni reconoce el derecho subjetivo de las mujeres a una pensión digna y que se complemente la pensión de viudedad hasta el 100% de la base reguladora.

 

El acuerdo del Pacto de Toledo de octubre de 2020 no contempla la derogación de las dos últimas reformas del PSOE y el PP, que elevan la edad de jubilación y recortan con distintos mecanismos el cobro del 100% de la pensión y aunque, sí contempla una revalorización de las pensiones de acuerdo al incremento de la vida, en la letra pequeña se mantiene la posibilidad de la vuelta al pacto de sostenibilidad de las últimas reformas antisociales.

 

Y, entre otros defectos, este acuerdo no habla para nada de la desregulación creciente del mercado laboral, que está provocando una caída de las cotizaciones y un futuro bastante incierto para los más jóvenes en el ámbito de las pensiones públicas. Es decir, el Pacto de Toledo, verdadero lobby de los intereses privados, se ha tapado los oídos en cuanto a las reivindicaciones de la calle y ha atendido los intereses de la élite económica. No garantiza un sistema público, sólido y suficiente de las pensiones.

 

 

Fondos de pensiones en convenio

 

 

Tras cinco años de reuniones, la revisión del Pacto de Toledo ahonda en el modelo neoliberal y bajo la excusa del modelo vasco de previsión social voluntaria (EPSV) pretende privatizar las mismas desde las empresas con apoyo público con desgravaciones o reducciones en el IRPF que pagaremos todos en beneficio de unos pocos, no de todos. Ya anticipó esta posibilidad el presidente de la Federación de Entidades de Previsión Social Voluntaria (EPSV) y miembro del PNV, Ina Etxebarria, quien hace a penas dos años pidió al Pacto de Toledo que “hay que imponer que los fondos de pensiones de empleo sean obligatorios en la negociación colectiva”.

 

Por lo tanto, no ahonda en un sistema público, sólido y universal, aunque el celofán en que envuelven las recomendaciones pretende que nos creamos esa historia. En realidad, el Pacto de Toledo desde su creación en 1995 ha ejercido de lobby de las pensiones privadas en manos de aseguradoras y bancos.

 

La realidad es tozuda. De hecho, en 1995 los fondos de pensiones controlaban 12.822 millones, sin embargo se han multiplicado casi por nueve veces y en junio de 2020 superan ya los 111.828 millones en 49 fondos. Ese patrimonio está en manos de bancos y aseguradoras. Caixabank (29.059 millones), BBVA (21.646 millones) Santander (12.998 millones), Bankia (7.980 millones) e Ibercaja (6.604 millones) son los principales. Kutxabank posee un patrimonio de 1.409 millones y Laboral Kutxa, 258 millones, por citar a los más cercanos.

 

 

Desde 1985 las reformas y modificaciones de la Ley de la Seguridad Social han sido intensas. Han aumentado los años mínimos de cotización para ceder a una pensión, se ha ampliado el período de cómputo, los años de cotización y se ha elevado hasta los 67 años la edad de jubilación, poniendo ya más trabas para la jubilación anticipada. Todo con el objetivo de que pensemos en entrar en los sistemas privados, aunque con la calidad del empleo y los salarios existentes es una operación harto difícil para una parte muy importante de las personas que integran el mercado laboral.

 

 

Por lo que han decidido seguir los pasos de la previsión social voluntaria de la CAV y aplicarla desde las empresas. Significará detraer salario, por lo que se producirán, entre otras, dos situaciones: bajarán los salarios o no subirán lo que podrían y te impedirán hacer con tu dinero lo que quieras, porque tendrás que cotizar al sistema público y al privado. En las actuales EPSV es voluntaria la entrada, pero el Pacto Toledo avanza en ese terreno y lo extiende. Así lo explicó el ministro español de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, José Luis Escrivá, en la presentación reciente de los presupuestos de su departamento para el próximo año.

 

Fondo de pensiones de empleo de gestión privada

 

Las cuentas de 2021 contemplan “una revisión del sistema de previsión social complementaria. El actual, con gran peso de los planes de pensiones individuales y un bajo porcentaje de población cubierta, no cumple con su principal objetivo: incentivar el ahorro”, según Escrivá, quien indica que da “dos pasos de gran calado para revisar este modelo”. En primer lugar, “existe un desplazamiento de las ventajas fiscales hacia los planes colectivos” y, en segundo lugar, “contempla la creación, por parte del Ministerio de Inclusión, de un fondo de pensiones de empleo de carácter abierto, que se desarrollará en el marco de la negociación colectiva”.

 

El fondo promovido por el ministerio será gestionado por una entidad seleccionada por concurso abierto y custodiado por una depositaria independiente. Por lo tanto, es un fondo privado de pensiones de titularidad pública y gestión privada. “Una de sus principales ventajas -según explicó Escrivá- es que en ese concurso público se limitará la comisión que puede cobrar la entidad, “lo que lo abaratará respecto a los estándares actuales del mercado”. Por ello, el ministro espera que pueda extender la cobertura a sectores como los trabajadores autónomos o de pymes, que “habitualmente quedaban fuera de estos productos”.

 

 

Geroa: 185 €uros 

 

 

 El caso más cercano en el que podernos mirar es Geroa Pentsioak EPSV, que se creó en Gipuzkoa en 1999 con la colaboración empresarial y sindical. Como indica, “es un sistema en el que los trabajadores, mediante pequeños esfuerzos compartidos con sus empresas durante toda la vida laboral, construyen su propia pensión complementaria”.

 

La memoria de Geroa de 2019, última disponible, indica que “el importe de las aportaciones y el número de trabajadores continúa su senda alcista, lo que demuestra la consolidación de la recuperación económica” y advierte que en lo relativo a las prestaciones a quienes ya se han jubilado y que en ese momento son los que más han cotizado a la entidad, “las nuevas prestaciones de jubilación abonadas en forma de renta ha alcanzado en 2019 un importe medio de 185,60 euros”. Ese es el modelo que quieren extender. Si falla la pensión pública, ¿se podría vivir con ese complemento? La respuesta es fácil.

 

 

En la Comunidad Autonómica Vasca existe, además, otra entidad similar que agrupa a los funcionarios públicos como es Itzarri. 

 

El patrimonio de la Previsión Social (EPSV) se acerca a los 26.000 millones en la CAV y representa más del 32,72% de su PIB, porcentaje muy superior a los sistemas del Estado español (8,8%) y algo inferior a la media de la eurozona, del 35%. 

 

 

Tienen implantación porque esas pensiones también las pagado tú, mediante desgravaciones o reducciones en la declaración de la renta. Tienen una desgravación fiscal que no tienen en todo el Estado español. A la gente que invierte en una EPSV de la declaración de la renta el primer año están devolviéndole casi el 40% de lo que han metido hasta un máximo de 14.000 euros, por distintas vías.

 

Pero, ¿quien tiene para invertir esa cantidad? Si casi un tercio de las personas que realizan la declaración de la renta en la CAV declara ingresos para poder vivir inferiores a esa cuantía.

 

Se esfuman 980 millones 

 

Las deducciones por EPSVs son, por otra parte, muy superiores a lo que se destina para pagar la Renta de Garantía de Ingresos (RGI), para quienes se encuentran en la pobreza y exclusión social, o lo que se destina en política de vivienda . Es decir, recibe menos la gente que no tiene nada que la gente que tiene mucho y mete dinero en estos sistemas privados de pensiones para su jubilación. 

 

Con datos del último informe público de las haciendas vascas, el volumen de las aportaciones a EPSV superó los 670 millones y fueron realizadas por el 30,8% de los contribuyentes. “La aportación media fue de 1.949,8 euros, aumentando respecto del año anterior; variando entre los 1.315 euros como aportación media de los niveles bajos de renta hasta 30.000 euros de base liquidable, donde sólo el 23,8% de los contribuyentes realizan aportaciones, pasando por los 2.630 euros de aportación media de contribuyentes con bases entre 30.000 y 90.000 euros, donde el 49,4% de los contribuyentes realizan aportaciones y hasta los 4.997 euros de aportación media en los niveles altos de renta, donde el porcentaje de contribuyentes que realizan aportaciones es el 61,5%”. La reducción por tributación conjunta alcanzó los 980 millones por invertir en una EPSV o un fondo de pensiones y que se esfumaron de las arcas públicas. 

 

 

En 2019 operaban en Euskadi (CAV) 115 EPSV. De ellas, 73 otorgan prestaciones complementarias a las de la Seguridad Social a través de Planes de Previsión y las 42 restantes, sin Planes de Previsión, cubren diferentes tipos de riesgos como son: decesos, incendios y otros.

 

Déficit por ventajas fiscales

 

 

Como explica el Ejecutivo de Gasteiz, en 2019 el número de rescates (totales y parciales) alcanza una cifra de 20.083 y su cuantía media, en el mismo año, fue de 7.085,73 euros. “A este respecto, se puede considerar que el número de personas que disponen anticipadamente de sus derechos económicos sin incurrir en ninguna de las contingencias que cubren las EPSV es un buen indicador del grado en el que el sistema no cumple su finalidad previsora y es utilizado con otros fines ajenos, como pueden ser los motivos financiero-fiscales, motivado, en parte, por el ventajoso tratamiento tributario otorgado a las percepciones obtenidas en forma de capital frente a las percibidas en forma de renta periódica”.

 

Sin embargo, si se analizan conjuntamente las aportaciones, prestaciones y rescates, debe señalarse que la diferencia entre lo recaudado por aportaciones y la suma de las prestaciones abonadas y los rescates realizados en los Planes de Previsión presenta un saldo negativo en el periodo 2013-2019 de 850,5 millones. De déficit. De ahí que Ina Etxebarria, presidente de la Federación de EPSV de Euskadi, pidiera que se obligue a invertir en una EPSV de Empleo por negociación colectiva, puesto que hasta la jubilación no se detraerían recursos.

 

 

Riqueza suficiente para pensión pública

 

Hay que garantizar unas pensiones públicas, sólidas y de calidad. A partir de ahí, cada cual podría invertir en el modelo complementario o en las pensiones privadas. Pero la base debe ser la pensión pública, siempre garantizando empleos de calidad y salarios adecuados, que fortalecerían el sistema público, que no quiebra, aunque sí lo pueden hacer los sistemas privados.

 

 

La pregunta que siempre desde quienes impulsan los sistemas privados es si hay recursos públicos suficientes para garantizar unas pensiones públicas adecuadas. La respuesta es tajante y sencilla: sí. Siempre es sostenible porque depende de la riqueza del país.

 

 

La riqueza en el Estado español, según los datos del INE, ha crecido en lo que llevamos de siglo un 92,14% y, sin embargo, el incremento de la población lo ha hecho a un 15,98%. En Hego Euskal Herria, la riqueza desde el año 2000 al 2019 creció un 85% y la población, tan solo un 8,48%. Es decir, recursos económicos existen, sin embargo su distribución es el auténtico problema al que nos enfrentamos.

 

Así en Hego Euskal Herria con datos a setiembre existen 697.372 pensionistas, pero el 50,32% recibe pensiones por debajo del umbral de la pobreza, que se sitúa en 1.080 euros. De hecho, la Renta de Garantía de Ingresos (RGI), que gestiona Lanbide, tiene que complementar a casi 13.000 (datos de setiembre) porque sus pensiones no alcanzan los 796 euros mensuales.

 

En Hego Euskal Herria una de cada cuatro personas es pensionista. La cuantía de la pensión media es baja. En setiembre se situó en 1.260 euros en Araba, Bizkaia y Gipuzkoa y en 1.167 euros en Navarra.

 

 

La brecha de género está muy marcada. La pensión media de las mujeres es de tan solo 964 euros en la CAV (Euskadi) y de 896 en Navarra, casi un 40% menos que la de los hombres (1.575 euros en Euskadi y 1.439 euros en Navarra).

 

En el Estado español, el porcentaje de pensionistas por debajo del umbral de la pobreza se sitúa en torno al 40%.

 

Por cierto, desde febrero a setiembre se han producido 1.862 bajas de pensionistas en Araba, Bizkaia y Gipuzkoa y 379, en Navarra, una parte muy importante derivada por las consecuencias trágicas de la pandemia del COVID-19.

 

 

Subida desigual

 

Con la anunciada subida de las pensiones en 2021 de 0,9%, que es el incremento previsto del IPC, se cumple esa demanda de los pensionistas, pero ante la injusta distribución de las pensiones a las más bajas no les supondrá ni 0,35 céntimos de incremento diario, lejos de lo que subirán los alimentos de primera necesidad, por ejemplo. Así, la pensión media en Araba, Bizkaia y Gipuzkoa crecerá 11,34 euros y 10,5 euros en Nafarroa. En el caso de la pensión media de viudedad, el incremento será de 8,13 euros en Euskadi (CAV) y 7,37€, en Nafarroa.

 

En realidad, el propio sistema de las pensiones es ya un inconveniente. Se limita la financiación de las pensiones a las cotizaciones sociales, lo que en tiempos de crisis o por las reformas laborales no derogadas, perjudica seriamente esa entrada de ingresos.

 

 

Cuando se ha producido superávit en las pensiones nunca se ha planteado un aumento de las mismas y, por el contrario, cuando hay déficit se plantea que hay que recortar. 

 

Los diferentes servicios públicos se financian con los ingresos públicos mediante los impuestos y esto también debería ocurrir con las pensiones porque existe suficiente riqueza, aunque está mal repartida. Tampoco en las nuevas recomendaciones del Pacto de Toledo se soluciona esta situación y lo que es peor el ministro español Escrivá ha indicado que las prioridades del ministerio estarán “alineadas con las recomendaciones del Pacto de Toledo”.

 

De reforma en reforma

 

 

En la década de los 80 se produjeron varias reformas que tuvieron por objeto el “reajuste” del sistema de Seguridad Social. En el Estado español se crearon la Ley Básica de Empleo 51/1980 de 8 de octubre, y la Ley 31/1984 de 2 de agosto que justificaron que se extrajera la regulación del desempleo de la Ley General de Seguridad Social y fuera regulado de forma separada. Con la Ley 26/1985, se aumentó el periodo mínimo de cotización de diez a quince años y el número de años inmediatamente anteriores a la jubilación para calcular la cuantía de la base reguladora, paso de dos a ocho. En 1989 se modificó la regulación de la protección por maternidad. 

 

En los años 90, la Ley 26/1990 de 20 de diciembre de pensiones no contributivas que se extiende a todo ciudadano residente en Estado español que carezca de rentas y que subsista en el umbral de la pobreza y que por características determinadas y objetivas de edad, minusvalía o tener hijos a cargo no pueda o no haya podido acceder a un trabajo y cotizar a la Seguridad Social y tenga una situación de necesidad.

 

Con la Ley 24/1997 de 15 de julio de Consolidación y Racionalización de los Recursos del Sistema de Seguridad Social, se profundizó en los cambios realizados en 1985. Además, con esta ley se pretende satisfacer y legislar sobre todo lo propuesto en el Pacto de Toledo, aprobado en el congreso de los diputados el 6 de abril de 1995. La presión de las entidades financieras motivó esa posición.

 

 

En el año 2001, y como renovación del Pacto de Toledo, se inscribe el Acuerdo para el desarrollo y la mejora del sistema de protección social de 9 de abril de 2001. Algunos de los pilares más importantes de dicho acuerdo fueron: separación de fuentes de financiación del sistema de protección social, crear un fondo de reserva, jubilación flexible, mejora de prestaciones y lucha contra el fraude, entre otras.

De ahí surgieron leyes como la Ley 24/2001 de 27 de Diciembre sobre medidas fiscales, administrativas y de orden social; el Real Decreto 1795/2003 de 26 de diciembre, de modificación parcial de régimen jurídico de las prestaciones de muerte y supervivencia, que mejoró la prestación por viudedad, insuficiente todavía; el Real Decreto 1251/2001 de 16 de noviembre que mejora la prestación por maternidad y atendiendo al principio de igualdad de género así como a una necesidad creciente de protección en la sociedad de esta situación, se redactó la Ley Orgánica 1/2004 de 28 de diciembre, de medidas de protección integral contra la violencia de género.

 

 

En el año 2006 de nuevo, los interlocutores sociales y el gobierno, firmaron un nuevo acuerdo sobre medidas en materia de Seguridad Social, de 13 de julio de 2006. En este Acuerdo se concretan medidas referidas a “la garantía de la adecuada relación entre ingresos y gastos del sistema; mejora de la acción protectora no contributiva; medidas en el ámbito de la acción protectora derivadas de las prestaciones económicas contributivas; medidas en torno a la edad de jubilación y a la prolongación de la vida laboral; reformas en la estructura del sistema de la Seguridad Social; sostenibilidad y adaptación del sistema, entre otras”

 

Con la reforma de 2006 se modificó el computó de los días efectivos para el cálculo de la prestación con el fin de aumentar el número de años efectivos de cotización hasta quince para el cálculo de la pensión. También se aumentó la edad límite para la jubilación parcial hasta los 61 años, siempre que el trabajador cumpliera con otros requisitos; y se racionalizaron los criterios para acceder a las pensiones de incapacidad.

 

 

El remate final

 

 

Así, con la Ley 27/2011 de 1 de agosto se aumenta el número de años para el cómputo de la base reguladora de quince a veinticinco. También se aumenta la edad legal de jubilación de 65 a 67 años. Los años de cotización que se exigirán para cobrar el 100% de la base reguladora serán de 37 años. Igualmente se introducen cambios sustanciales para acceder a la jubilación anticipada. Aumenta el porcentaje a aplicar sobre la base reguladora en la pensión de viudedad del 52% al 60%. Introduce el denominado factor de sostenibilidad del sistema de seguridad social, de modo que, a partir del año 2027, los parámetros fundamentales del sistema se revisarán en base a las diferencias que traerá al aumento de la esperanza de vida de la población. Dichas revisiones se efectuarán cada cinco años.

 

 

Y llegó la Ley 23/2013 de 23 de noviembre reguladora del Factor de Sostenibilidad y del Índice de Revalorización del Sistema de Pensiones de la Seguridad Social. En esta ley se modifica la fecha para la revisión del factor de sostenibilidad y adelanta su primera revisión de 2027 a 2019. Además, legisla que la revalorización de las pensiones que hasta ahora se vinculaba al IPC, dejará de hacerlo a partir de enero de 2014 y pasarán a hacerlo a un nuevo índice vinculado, sobre todo, a la evolución de los ingresos y gastos del sistema. Este índice de revalorización se recogerá en la Ley de los Presupuestos Generales del Estado correspondiente a cada ejercicio económico.

 

Estas dos últimas han rematado a los y las pensionistas, pero en la renovación del Pacto de Toledo aprobada en octubre de 2020, a falta de ratificarse por medio de una legislación específica, no se derogan ambas, incluso en algunas recomendaciones se hace referencia a las mismas, que desarrollaron el PSOE y el PP, en la letra pequeña.

Juanjo Basterra, kazetaria eta militante soziala * E.H

 

 

 

 

IVA (Impuesto al Valor Agregado)

 

 

https://es.wikipedia.org/wiki/Impuesto_al_valor_agregado

 

En este momento, según la ley 37/1992 de 28 de diciembre del Impuesto sobre el Valor Añadido, están exentas de pagar IVA "las prestaciones de servicios de hospitalización o asistencia sanitaria y las demás relacionadas directamente con las mismas realizadas por entidades de derecho público o por entidades o establecimientos privados en régimen de precios autorizados o comunicados". Tampoco deben pagar el impuesto quienes se dediquen "a asistencia a personas físicas por profesionales médicos o sanitarios, cualquiera que sea la persona destinataria de dichos servicios".

Principio del formulario

Final del formulario

Artículo 7. Operaciones no sujetas al impuesto.

 

 

Ciudadanos saca pecho: frenó la subida fiscal a las clases medias de Podemos

 

07.11.2020

Inés Arrimadas tiene claro que el papel de Ciudadanos es ser útil a los españoles mientras otros partidos parece que actúan con la calculadora electoral: "Me importan un pimiento las encuestas, me importa cuánta gente va a estar viva las próximas elecciones o cuánta gente va a tener trabajo". Y, como ejemplo del trabajo que está haciendo su formación ante el Gobierno de coalición destaca cómo han sido capaces de frenar la supuesta subida de impuestos a la clase media y el alza del IVA a la educación y sanidad privadas

 

https://www.lainformacion.com/espana/ciudadanos-saca-pecho-freno-subida-fiscal-clases-medias-podemos/2820365/

 

  

Ley 37/1992, de 28 de diciembre, del Impuesto sobre el Valor Añadido.

 

https://boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-1992-28740

 

 

Paca Tricio, sobre el Pacto de Toledo y las pensiones: "Otra vez no se ha contado con los mayores  7/11/2020 

 

Ha sido empresaria y actualmente es presidenta de la Unión Democrática de Pensionistas y Jubilados de España (@MayoresUDP) y del Comité Asesor de 65Ymás.

 

Debate profundo y enriquecedoras ideas, en la primera reunión del Comité Asesor de 65Ymás   8/2/2019

 

Pacto de Toledo

 

Las recomendaciones de la Comisión para reformar el sistema de pensiones afrontarán 16 votos particulares en el debate que habrá en el Congreso.

De la jubilación anticipada a los planes privados: recta final del Pacto de Toledo    07.11.2020

 

 

Presupuestos Generales

La pensión de viudedad máxima: hasta 797 euros al mes con la subida de 2021      07.11.2020

 

 

Así se calcula la base reguladora de la pensión si se cotizan menos de 23 años    7.11.2020

 

Santiago Niño Becerra

 

https://es.wikipedia.org/wiki/Santiago_Ni%C3%B1o_Becerra

 

Niño-Becerra: "Los políticos dicen que las pensiones son sostenibles, cuando no es verdad"  8/11/2020 

 

 

No tengo 15 años cotizados, ¿puedo acceder a la pensión no contributiva?    9/11/2020 

 

 

Porque la ministra de Unidas Podemos habla poco, pero cuando lo hace es de una claridad prístina: "No es no". Y de hecho, Díaz niega que el dificilísimo acuerdo del Pacto de Toledo -alcanzado el pasado 10 de noviembre en el Congreso por todos los grupos [consúltelo completo aquí]- ampare la subida a 35 años del periodo de cotización.

 

 

BOLETÍN OFICIAL DE LAS CORTES GENERALES.  CONGRESO DE LOS DIPUTADOS.   XIV LEGISLATURA

                      10 de noviembre de 2020    Núm. 175

 

COMISIONES, SUBCOMISIONES Y PONENCIAS

 

 

151/000004   Informe de evaluación y reforma del Pacto de Toledo 

 

 

http://www.congreso.es/public_oficiales/L14/CONG/BOCG/D/BOCG-14-D-175.PDF   desde la página 14-127

 

Copia del boletín:

 

 

La Comisión de Seguimiento y Evaluación de los Acuerdos del Pacto de Toledo, en su sesión del día 27 de octubre de 2020, ha aprobado el Informe de evaluación y reforma del Pacto de Toledo de dicha Comisión, con el texto que se inserta a continuación.

 

Lo que se publica en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 97 del Reglamento de la Cámara.

 

Palacio del Congreso de los Diputados, 28 de octubre de 2020. —P.D. El Secretario General del Congreso de los Diputados, Carlos Gutiérrez Vicén.

 

INFORME DE EVALUACIÓN Y REFORMA DEL PACTO DE TOLEDO

 

                                                  ÍNDICE

 

I. ANTECEDENTES                 Página 15

 

A) Creación de la Comisión             15

 

B) Composición                                 16

 

C) Sesiones celebradas                     22

 

D) Documentación recibida           28

 

II. INTRODUCCIÓN                           37

 

A. Presentación del Informe         37

 

B. Evolución legislativa del sistema de pensiones de la Seguridad Social                                             39

 

1. º Primeras reformas financieras de contenido paramétrico  39

 

2. º Desde 1995 hasta 2010      40

 

3. º Desde 2011 hasta 2020       42

 

C. El sistema español de pensiones: situación actual   48

 

a) Pensiones contributivas    48

 

b) Pensiones no contributivas    50

 

 III. ORIENTACIONES COMUNITARIAS     50

 

IV. EVOLUCIÓN DEMOGRÁFICA PREVISTA PARA ESPAÑA   55

 

A. Proyección de la población española para los próximos quince años (INE, 2020-2035)                    56

 

B. Proyección de la población española para los próximos 50 años (INE, 2020-2070)                          57

 

C. Otras proyecciones demográficas (Eurostat y AIReF)   58

 

D. Efecto de la COVID-19 en las proyecciones de población   59

 

 

V. RECOMENDACIONES           59

 

Consideración preliminar   59

 

Recomendaciones               60

 

0. Defensa del mantenimiento y mejora del sistema público de pensiones                                    60

 

1. Consolidación de la separación de fuentes y restablecimiento del equilibrio financiero         61

 

2. Mantenimiento del poder adquisitivo y mejora de las pensiones                                  62

 

3. Fondo de reserva                63

 

4. Integración y convergencia de regímenes      63

 

5. Adecuación de las bases y períodos de cotización    64

 

6. Incentivos al empleo     65

 

7. Modernización e información al ciudadano       65

 

8. Gestión del sistema                       65

 

9. Mutuas colaboradoras con la Seguridad Social      66

 

10. Lucha contra el fraude                 66

 

11. Contributividad                             67

 

 12. Edad de jubilación                       67

 

13. Prestaciones de viudedad y orfandad    68

 

14 (suprimida)                                   69

 

 15. Solidaridad y garantía de suficiencia     69

 

16. Sistemas complementarios                      70

 

17. Mujeres y Seguridad Social                      71

 

17 bis. Juventud y Seguridad Social             72

 

18. Personas con discapacidad                     72

 

9. Trabajadores migrantes                             73

 

19 bis. Seguridad Social y Economía Digitalizada    74

 

20. Control parlamentario, seguimiento, evaluación y reforma del Pacto de Toledo                                       75

 

VI. RESUMEN                                                 75

 

VII. ANEXO ESTADÍSTICO                              79-126

 

 

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                                                  ÍNDICE

 

 

I. ANTECEDENTES                 Página 15

Los trabajos parlamentarios para la elaboración del Informe y las Recomendaciones del Pacto de Toledo se han prolongado durante varias legislaturas (XI, XII, XIII y XIV que abarcan desde el año 2016 hasta la actualidad). Han sido sobre todo circunstancias de carácter coyuntural (con sucesivas e intermitentes convocatorias electorales) las que han interrumpido y retrasado los trabajos parlamentarios más de lo previsible. Ello ha dado lugar, así mismo, a las diferentes composiciones que ha tenido la Comisión, como se refleja seguidamente.

 

 

 

A) Creación de la Comisión             15

 

B) Composición                                 16

 

C) Sesiones celebradas                     22

 

D) Documentación recibida           28

 

II. INTRODUCCIÓN                           37

 

A. Presentación del Informe         37

 

B. Evolución legislativa del sistema de pensiones de la Seguridad Social                                             39

 

1. º Primeras reformas financieras de contenido paramétrico  39

 

2. º Desde 1995 hasta 2010      40

 

3. º Desde 2011 hasta 2020       42

 

 

Referencias: B. Evolución legislativa del sistema de pensiones de la Seguridad Social                                            

 

 

Se ha prolongado demasiado el tiempo transcurrido hasta la actualización de las Recomendaciones que en 2011 aprobó el Pleno del Congreso de los Diputados; circunstancias de carácter coyuntural (con sucesivas e intermitentes convocatorias electorales) han interrumpido y retrasado los trabajos parlamentarios más de lo previsible.

 

Han pasado más de 25 años desde que el Congreso de los Diputados aprobara, en 1995, el catálogo de quince recomendaciones que pronto sería conocido como «Pacto de Toledo»; recomendaciones cuyo seguimiento y actualización se efectuó, por primera vez, a finales del año 2003; y, más tarde, por segunda vez, a comienzos de 2011. Es, por tanto, la tercera vez que la Comisión de seguimiento y evaluación de los acuerdos del Pacto de Toledo se enfrenta a la tarea de actualizar el Informe y las Recomendaciones que desde 1995 tienen por objeto «el análisis de los problemas estructurales del sistema de la Seguridad Social y de las principales reformas que deberán acometerse».

 

La primera concreción del  Pacto de Toledo

 

Ley 24/1997, de 15 de julio, de Consolidación y Racionalización del Sistema de Seguridad Social.

 

Una de las concreciones del  Informe de evaluación y reforma del Pacto de Toledo 2011, es esta Ley introdujo cambios significativos en las condiciones de acceso a la jubilación; en particular el incremento paulatino de la edad legal de jubilación (hasta alcanzar los 67 años de edad en el año 2027) si bien, una vez se complete el mencionado periodo transitorio, todavía será posible jubilarse a los 65 años de edad, sin que se apliquen coeficientes reductores, siempre y cuando se hayan cotizado 38 años y seis meses 10. También se restringieron las condiciones de acceso a la jubilación anticipada; concretamente, se amplió de manera progresiva, desde los quince hasta los veinticinco años, el periodo que se tiene en cuenta para calcular la base reguladora de la pensión de jubilación (previsión que desarrollará plenamente sus efectos en 2022). Otro aspecto destacado de las numerosas modificaciones introducidas por esta Ley reside en la obligación de acreditar al menos 37 años cotizados para acceder al cien por cien de la pensión de jubilación.

 

Ley 27/2011, de 1 de agosto, sobre actualización, adecuación y modernización del sistema de Seguridad Social.

 

https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2011-13242

 

Concreción de la recomendación 10 del Pacto de Toledo de 12 de abril de 1995

 

Perseguía incentivar la jubilación más allá de los 65 años, a la par que se permitía la jubilación anticipada, a partir de los 61 años, a los trabajadores afiliados a la seguridad social con posterioridad al 1 de enero de 1967, siempre que se reunieran una serie de requisitos de cotización y antigüedad

 

Ley 35/2002, de 12 de julio, de medidas para el establecimiento de un sistema de jubilación gradual y flexible.

 

https://www.boe.es/buscar/pdf/2002/BOE-A-2002-13972-consolidado.pdf

 

La Ley 28/2003, de 29 de septiembre, reguladora del Fondo de Reserva de la Seguridad Social.

 

https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2003-18089

 

En su más reciente comparecencia ante la Comisión del Pacto de Toledo (celebrada el 9 de octubre de 2018) para presentar el Informe sobre el Fondo de Reserva de la Seguridad Social a cierre de 31 de diciembre de 2017, el Secretario de Estado de la Seguridad Social puso de relieve que el Fondo de Reserva cerró 2017 con 8.085 millones de euros a precio de mercado y que tenía en ese momento un valor de 8.061 millones de euros 7 .

 

 

Está claro, por tanto, que la aspiración de mantener el equilibrio financiero de las cuentas de la Seguridad Social no es nueva, sino que por el contrario tiene ya muchos años y ha estado siempre plagada de dificultades que ninguna reforma ha logrado resolver de manera definitiva. En línea con lo anterior, desde comienzos de los años 80, el sistema español de pensiones ha experimentado distintas reformas paramétricas; a este respecto, cabe mencionar, en primer lugar, la que se realizó mediante la Ley 26/1985, de 31 de julio, de medidas urgentes para la racionalización de la estructura y de la acción protectora de la Seguridad Social, ampliando de 10 a 15 años el periodo mínimo de cotización para causar derecho a las pensiones de jubilación y de invalidez permanente y, también, implementando de 2 a 8 años el periodo utilizado para el cálculo de la base reguladora.

 

Renovación del Pacto de Toledo en 2003. El 2 de octubre de 2003 fue aprobada por el Congreso de los Diputados la segunda renovación del Pacto de Toledo 8 . Dentro del marco diseñado por aquellas recomendaciones, se produjo la elaboración de la Ley 40/2007, de 4 de diciembre, de medidas en materia de Seguridad Social.

 

 

 

Real Decreto-ley 5/2013, de 15 de marzo, de medidas para favorecer la continuidad de la vida laboral de los trabajadores de mayor edad y promover el envejecimiento activo.

 

https://www.boe.es/diario_boe/txt.php?id=BOE-A-2013-2874

 

Referencia:

 

Ley 27/2011, de 1 de agosto, sobre actualización, adecuación y modernización del sistema de Seguridad Social.

 

 

https://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-2011-13242

 

Ley 23/2013, de 23 de diciembre, reguladora del Factor de Sostenibilidad y del Índice de Revalorización del Sistema de Pensiones de la Seguridad Social.

 

https://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-2013-13617

 

 

Real Decreto Legislativo 8/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social.

 

https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2015-11724

 

Informe sobre el Desarrollo del Pacto de Toledo (2011-2015), elaborado para la Comisión por la Secretaría de Estado de la Seguridad Social

 

http://portal.ugt.org/actualidad/2016/NEG_COL_NUM_26/otros_03.pdf

 

 

Real Decreto-ley 28/2018, de 28 de diciembre, para la revalorización de las pensiones públicas y otras medidas urgentes en materia social, laboral y de empleo

 

https://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-2018-17992

 

 

El Tribunal de Cuentas aprueba el Informe de fiscalización sobre la evolución económico-financiera, patrimonial y presupuestaria del sistema de la Seguridad Social y su situación a 31 de diciembre de 2018. 7/08/20

 

El contenido del presente Informe (nº. 1.381)

 

https://www.tcu.es/tribunal-de-cuentas/es/sala-de-prensa/noticias/El-Tribunal-de-Cuentas-aprueba-el-Informe-de-fiscalizacion-sobre-la-evolucion-economico-financiera-patrimonial-y-presupuestaria-del-sistema-de-la-Seguridad-Social-y-su-situacion-a-31-de-diciembre-de-2018/

 

El contenido del presente Informe (nº. 1.381)

 

                         TRIBUNAL DE CUENTAS

Nº 1.381

 

INFORME DE FISCALIZACIÓN SOBRE LA EVOLUCIÓN ECONÓMICOFINANCIERA, PATRIMONIAL Y PRESUPUESTARIA DEL SISTEMA DE LA SEGURIDAD SOCIAL Y SU SITUACIÓN A 31 DE DICIEMBRE DE 2018

 

https://www.tcu.es/repositorio/de226696-6741-4ff2-ba7a-5a334e86e7f6/I1381.pdf

 

 

 

Real Decreto-ley 1/2020, de 14 de enero, por el que se establece la revalorización y mantenimiento de las pensiones y prestaciones públicas del sistema de Seguridad Social.

 

 

https://boe.es/diario_boe/txt.php?id=BOE-A-2020-501

 

Página 44

 

En los últimos dos años se ha dictado una veintena de decretos leyes que modifican diferentes aspectos del sistema de Seguridad Social, que son:

 

 

C. El sistema español de pensiones: situación actual   48

 

 De conformidad con lo establecido en el artículo 41 de la Constitución y en las leyes que han venido a desarrollarla (de manera sustancial la Ley General de la Seguridad Social, junto con sus sucesivas modificaciones) nuestro sistema de pensiones se extiende en dos grandes grupos de prestaciones económicas, que son las pensiones contributivas y las pensiones no contributivas.

 

De forma resumida cabe recordar que las pensiones no contributivas son financiadas (en aplicación del principio de separación de fuentes) con cargo al sistema impositivo general, de tal manera que sus prestaciones se conceden a aquellas personas que carecen de recursos suficientes para su subsistencia; esto es, se asignan a aquellas personas con niveles de renta o riqueza inferiores a unos determinados umbrales determinados en la Ley, aun cuando no hayan cotizado nunca o no hayan cotizado el tiempo suficiente para generar el derecho a una pensión contributiva.

 

Por su parte, las pensiones contributivas se financian mayoritariamente con cargo a las cotizaciones sociales (con arreglo al principio de reparto); asimismo, al tratarse de prestaciones de cuantía definida, ésta se calcula atendiendo a la carrera de cotización del pensionista, computando el número de años cotizados y la cuantía de las bases por las que se cotizó (con arreglo al principio de contributividad).

 

Los principales datos financieros relativos a las pensiones de la Seguridad Social se pueden resumir del siguiente modo:

 

a) Pensiones contributivas    48

 

b) Pensiones no contributivas    50

 

 III. ORIENTACIONES COMUNITARIAS     50

 

IV. EVOLUCIÓN DEMOGRÁFICA PREVISTA PARA ESPAÑA   55

 

A. Proyección de la población española para los próximos quince años (INE, 2020-2035)                    56

 

B. Proyección de la población española para los próximos 50 años (INE, 2020-2070)                          57

 

C. Otras proyecciones demográficas (Eurostat y AIReF)   58

 

D. Efecto de la COVID-19 en las proyecciones de población   59

 

  

V.RECOMENDACIONES           59

 

Consideración preliminar   59

 

Recomendaciones               60

 

0. Defensa del mantenimiento y mejora del sistema público de pensiones                                    60

 

1. Consolidación de la separación de fuentes y restablecimiento del equilibrio financiero         61

 

2. Mantenimiento del poder adquisitivo y mejora de las pensiones                                  62

 

3. Fondo de reserva                63

 

4. Integración y convergencia de regímenes      63

 

5. Adecuación de las bases y períodos de cotización    64

 

6. Incentivos al empleo     65

 

7. Modernización e información al ciudadano       65

 

8. Gestión del sistema                       65

 

9. Mutuas colaboradoras con la Seguridad Social      66

 

10. Lucha contra el fraude                 66

 

11. Contributividad                             67

 

 12. Edad de jubilación                       67

 

13. Prestaciones de viudedad y orfandad    68

 

14 (suprimida)                                   69

 

 15. Solidaridad y garantía de suficiencia     69

 

16. Sistemas complementarios                      70

 

17. Mujeres y Seguridad Social                      71

 

17 bis. Juventud y Seguridad Social             72

 

18. Personas con discapacidad                     72

 

9. Trabajadores migrantes                             73

 

19 bis. Seguridad Social y Economía Digitalizada    74

 

20. Control parlamentario, seguimiento, evaluación y reforma del Pacto de Toledo                                       75

 

VI. RESUMEN                                                 75

 

VII. ANEXO ESTADÍSTICO                              79-126

 

 

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V.  RECOMENDACIONES           59

 

Consideración preliminar   59

 

El respeto y el cuidado de los más débiles es el mejor índice para medir la calidad humana de una sociedad. El Pacto de Toledo nació para que no sufran incertidumbre alguna, sobre el mantenimiento de los medios económicos dignos que merecen, los integrantes de un colectivo tan sensible como el de los pensionistas, un colectivo del que forman parte nuestros ancianos, nuestros enfermos, nuestras viudas o nuestros huérfanos; un colectivo que —antes o después— acabará acogiéndonos a todos, porque los riesgos económicos vinculados a la enfermedad, la vejez o la muerte jamás dejarán de presentarse por óptima que sea la situación de nuestra sociedad.

 

El Pacto de Toledo persigue establecer las bases para que los poderes públicos tomen sus decisiones en materia de pensiones, sabiendo que están abocados a respetar un equilibrio preciso entre la austeridad y la generosidad, un equilibrio que nos asegure a todos que el sistema no va a quebrar y, a la vez, nos aleje de aquellos antiguos modelos de sociedad tan tacaños que —como justo castigo a su avaricia— padecían, a la vez, todas las mezquinas preocupaciones del rico y todas las miserias y penalidades del pobre.

 

El consenso es el elemento político indispensable para adoptar los criterios necesarios para asegurar un equilibrio razonable entre sostenibilidad financiera y adecuación de las pensiones. Es más que centenaria la idea de unas medidas públicas de seguridad social que, a finales del siglo XIX, auspiciara la Comisión de Reformas Sociales. Entre los frutos de aquella iniciativa estuvieron la vieja Ley de Accidentes de trabajo de 1900, la creación del Instituto Nacional de Previsión en 1908, o el Seguro de Retiro Obrero Obligatoria en 1919.

 

Desde entonces, la Seguridad Social ha formado parte de la historia de España. España no es hoy —ni mucho menos— el país atrasado que era entonces, es una de las grandes economías del mundo y su seguridad social figura entre las mejores. Nuestra seguridad social, es, debe ser y seguirá siendo el instrumento esencial de vertebración, integración y cohesión social que da cumplimiento adecuado al espíritu de diversos mandatos constitucionales, mandatos que obligan a los poderes públicos a mantener un sistema de medidas que garanticen a todos los ciudadanos una asistencia y unas prestaciones sociales suficientes ante situaciones de necesidad. Con ello, la Constitución exige un sistema público que gestione unas prestaciones básicas que, siendo universales, deben concentrarse, además, en la protección de sectores de población potencialmente más sensibles, como son la familia, los niños, los desempleados, los enfermos, las personas con discapacidades físicas, sensoriales o psíquicas o quienes alcancen la tercera edad.

 

Nuestra Constitución incluye estas orientaciones entre los principios rectores de la política social y económica, lo cual determina que el reconocimiento, el respeto y la protección de estos principios informen la legislación positiva y la actuación de los poderes públicos.

 

Si no somos capaces de asegurar que sigan vivos y plenamente vigentes estos principios, entonces sería vana la voluntad de establecer una sociedad democrática avanzada y de garantizar la convivencia conforme a un orden económico y social justo, que la Nación española proclama como preámbulo de su Constitución.

 

El Pacto de Toledo se fundamenta en el compromiso firme y duradero de velar por que no se vean mermados los derechos que dimanan de la formulación social del Estado; derechos que son posibles gracias a la solidaridad intergeneracional e intrageneracional, propia del sistema de reparto, que nos vincula unos a otros por encima de la mera justicia contable que es propia de los sistemas de capitalización; y derechos, en suma, que son el patrimonio común que han heredado todas las mujeres y hombres de bien que, con su esfuerzo, contribuyen a la riqueza nacional, aumentan el bienestar público y reafirman cada nuevo día la fe cierta en el progreso humano.

 

 

 

 

Recomendaciones               60

 

0. Defensa del mantenimiento y mejora del sistema público de pensiones                                    60

 

El sistema español de Seguridad Social, fruto de la acción y el esfuerzo de cinco generaciones, constituye la columna vertebral del Estado del Bienestar, el estandarte y la seña de identidad de una sociedad moderna y cohesionada.

 

El derecho de los españoles a la Seguridad Social viene configurado por la acción protectora en sus modalidades contributiva y no contributiva y se basa en los principios de universalidad, unidad, solidaridad, igualdad y suficiencia.

 

La ciudadanía ha de ser partícipe de estos principios, que se traducen en un adecuado y necesario modelo de protección social; en esta línea es muy importante que la juventud sea sensible a esta situación, y que disponga de un mejor conocimiento de los citados principios, de los derechos de los que dispone desde el momento en que queda incluida en el sistema de Seguridad Social, así como de las obligaciones que deberá cumplir. Las personas jóvenes son protagonistas esenciales en el fortalecimiento del sistema de Seguridad Social; que recuperen la confianza perdida en el mismo exige la adopción de cuantas medidas sean necesarias para hacerlas partícipes de la necesidad de su recomposición y de sus bondades.

 

Por todo ello, reiterando y actualizando la Recomendación 0 del Pacto de Toledo de 2011 (La Comisión defiende el mantenimiento y mejora del sistema público de pensiones, basado en el reparto y en la solidaridad.), el Congreso de los Diputados:

 

— Reafirma su compromiso en el mantenimiento, mejora y adaptación del sistema público de Seguridad Social y, especialmente, del sistema de pensiones, basado en la solidaridad intergeneracional y en el seno de cada generación, y a través del reparto equitativo de las cargas.

 

 — Se opone a cualquier transformación radical del sistema que suponga una ruptura de los principios en que se asienta el actual, en especial los de solidaridad intergeneracional e intrageneracional, suficiencia de prestaciones, equidad en el reparto de las cargas y responsabilidad pública en la dirección y gestión del sistema.

 

— Considera que el actual sistema de pensiones, en su modalidad contributiva, da una respuesta protectora frente a las situaciones de necesidad en que pueden encontrarse trabajadores, pensionistas, y sus familiares, por lo que no parece adecuado parcelar el mismo, en función del origen de la necesidad a proteger, modificando su naturaleza en orden a su financiación, puesto que ese cambio afectaría de igual modo a la propia regulación de las pensiones afectadas.

 

— Por último, reitera que la financiación de la Seguridad Social ha de adecuarse a la naturaleza de las prestaciones, de modo que las no contributivas y los servicios de carácter universal se financien a través de aportaciones del Estado a la Seguridad Social, al tiempo que las cotizaciones sociales sean la fuente básica de la cobertura financiera de las prestaciones contributivas, sin perjuicio de los apoyos y recursos económicos adicionales, basados en la imposición general, que pudieran necesitarse para asegurar la sostenibilidad del sistema y la suficiencia de sus prestaciones.

 

 

1. Consolidación de la separación de fuentes y restablecimiento del equilibrio financiero         61

 

Desde 1995 la Comisión ha venido defendiendo la necesidad de clarificar la naturaleza de las fuentes de financiación de la Seguridad Social y, a partir de ella, hacer efectivo el principio de separación de éstas. En virtud de dicho principio, las cotizaciones sociales deben ser destinadas exclusivamente a financiar prestaciones contributivas —sin perjuicio de aportaciones que el Estado pudiera realizar en su condición de garante del sistema—, mientras que la financiación de las prestaciones no contributivas de la Seguridad Social y la de aquellas otras prestaciones universales, vinculadas a otros pilares del sistema de protección social en su conjunto, ha de efectuarse exclusivamente a través de aportaciones del Estado al presupuesto de la Seguridad Social.

 

En 2011 la Comisión constató los avances que se habían producido en esta materia, concluyendo que la culminación de este proceso únicamente estaba pendiente de la asunción plena de la financiación de los complementos de mínimos por parte de los Presupuestos Generales del Estado. En tal sentido, instaba a completar esta tarea urgentemente y de forma prioritaria, mandato al que se dio cumplimiento en 2013, un año antes del plazo legal inicialmente previsto.

 

No obstante, la Comisión también constata que las cotizaciones sociales continúan sufragando gastos de naturaleza no contributiva que, en sentido estricto, deberían ser asumidos por el Estado a través de aportaciones a los presupuestos de la Seguridad Social. No es un asunto menor; el hecho de que las cuotas de empresas y trabajadores sean utilizadas para financiar políticas estatales con entidad propia, más allá de la Seguridad Social, explicaría en buena medida el déficit actualmente existente. Por eso, esta nueva fase del proceso de separación de las fuentes de financiación de la Seguridad Social ha de constituir un paso decisivo para recuperar el equilibrio financiero en el corto plazo y una contribución relevante a efectos de garantizar la sostenibilidad del modelo en el largo plazo.

 

En esta línea, la Comisión sostiene que las siguientes prestaciones, políticas o partidas —hoy financiadas con cargo a las cotizaciones de la Seguridad Social– deben contar con una financiación tributaria.

 

Cabe comenzar por las reducciones en la cotización, las cuales pueden constituir un valioso instrumento para incentivar el acceso o el mantenimiento en el empleo de determinados colectivos, pero cuya financiación no debe hacerse con cargo a recursos propios de la Seguridad Social. Por su parte, la otra cara de las políticas de empleo también debe ser objeto de ajuste, de forma que el Estado sufrague las prestaciones «asistenciales» (no contributivas) dentro del sistema de protección por desempleo.

 

Igualmente pueden considerarse cargas financieramente impropias del sistema contributivo las ayudas a sectores productivos concretos a través de la anticipación de la edad de jubilación en determinadas actividades, el tratamiento favorable de la cotización en algunos regímenes o sistemas especiales o en actividades desarrolladas por jóvenes en formación. Todas ellas son medidas que, en puridad, no pertenecen al ámbito contributivo de la Seguridad Social y que, por tal razón, deberían ser objeto de financiación por la fiscalidad general.

 

Mención especial merece la financiación de las políticas vinculadas a la protección de la familia y a la conciliación de la vida personal, familiar y laboral. Una parte de las prestaciones familiares ya son hoy financiadas mediante aportaciones del Estado al presupuesto de la Seguridad Social. Sin embargo, toda la acción protectora relacionada con el nacimiento y cuidado del menor y las situaciones asimiladas al alta por cuidado de familiares sigue siendo sufragada con cargo a cotizaciones sociales. Dado el interés público en la configuración de esas prestaciones, parece razonable exigir que al menos una parte de las mismas sea sufragada por el Estado, singularmente las prestaciones relacionadas con el nacimiento y cuidado del menor, así como el complemento de pensión regulado en el artículo 60 de la Ley General de la Seguridad Social. La misma solución debería aplicarse a los incrementos en la base reguladora de la pensión que perciben las personas viudas con menos recursos o mayores de 65 años sin trabajo ni rentas, dada su naturaleza asistencial no contributiva.

 

La asunción progresiva por el Estado de esta relación de gastos —que impropiamente financian las cotizaciones sociales— ha de implicar la modificación del artículo 109 de la Ley General de la Seguridad Social y debe ajustarse a un calendario que permita acabar con el déficit financiero de la Seguridad Social y con la política de préstamos del sistema en un plazo breve de tiempo que no podrá exceder del año 2023. De este modo, se obtendrá un diagnóstico preciso de la situación financiera del sistema y con ello se contribuirá de forma decisiva a rebajar la alarma que las actuales dificultades financieras han generado y, en el largo plazo, a reforzar su sostenibilidad.

 

La Comisión considera fundamental que la ciudadanía tenga una imagen fidedigna de la situación de la Seguridad Social a partir del conocimiento preciso del decisivo papel que ha desempeñado en la construcción de las instituciones de nuestro Estado de bienestar. Para ello ha de elaborarse un estudio que refleje en qué medida las cotizaciones sociales asumieron durante años el peso de la financiación de otras políticas del Estado. A los efectos de cuantificar esa formidable aportación hemos de remitirnos a los datos que ofrece el Tribunal de Cuentas en su Informe de fiscalización sobre la evolución económico-financiera, patrimonial y presupuestaria del sistema de la Seguridad Social  y situación a 31 de diciembre de 2018.

 

https://www.tcu.es/repositorio/de226696-6741-4ff2-ba7a-5a334e86e7f6/I1381.pdf

 

Si las cotizaciones se hubieran limitado a financiar prestaciones de naturaleza estrictamente contributiva, se habrían evitado dos problemas:

 

En primer lugar, las tensiones generadas por la sobrecarga de las cotizaciones han alentado un falso conflicto intergeneracional que oculta que, durante años, los excedentes del sistema se utilizaron para financiar otras políticas sociales y el desarrollo del propio sistema del Estado del Bienestar.

 

En segundo lugar, el desequilibrio presupuestario ha derivado en la concesión de préstamos del Estado a la Seguridad Social, cuando las reservas financieras del sistema habrían sido suficientes para cubrir las prestaciones contributivas. Ello ha generado una imagen distorsionada de desequilibrio del sistema, generando alarmismo e incertidumbre a los pensionistas y al conjunto de la población.

 

 

Por último, la Comisión reitera, como hizo en 2011, que: «La resolución de los problemas de contabilidad derivados de los préstamos, concedidos en su día por el Estado a la Seguridad Social para hacer frente a las insuficiencias financieras derivadas del ejercicio de sus competencias, podría resolverse, —si conviene a las Administraciones afectadas y por el procedimiento que legalmente corresponda— permitiendo a las Administraciones titulares de la gestión adquirir la plena titularidad dominical de los establecimientos donde se ubican los servicios de referencia». Dicha transferencia habría de efectuarse, en su caso, sin ocasionar menoscabo alguno en los derechos económico-patrimoniales de la Seguridad Social.

 

 

 

2. Mantenimiento del poder adquisitivo y mejora de las pensiones                                  62

 

Como ha venido haciendo en el pasado, la Comisión defiende el mantenimiento del poder adquisitivo de los pensionistas, su garantía por Ley y su preservación mediante la adopción de medidas encaminadas a asegurar el equilibrio social y financiero del sistema de pensiones en el futuro.

 

Los pensionistas son, sin duda, uno de los sectores de población más perjudicados por las variaciones crónicas —generalmente al alza— que la inflación ocasiona sobre el coste de la vida; por esa razón la revalorización anual de las pensiones en base al IPC real se presenta como el mecanismo que ha de servir para conservar el poder adquisitivo de las pensiones; en este sentido, la revalorización debe ser diferenciada de cualquier otra acción de mejora encaminada no a conservar, sino a aumentar dicho poder adquisitivo —cuando lo permita la situación económica y con la oportuna cobertura legal-

 

La Comisión constata que el vigente mecanismo de revalorización de las pensiones no goza del suficiente consenso político y social.

 

En este sentido la Comisión considera esencial, a los efectos de generar confianza en la ciudadanía, recuperar el consenso de la Recomendación «Mantenimiento del poder adquisitivo y mejora de las pensiones», aprobada en el año 2011 en el marco de las Recomendaciones del Pacto de Toledo.

 

Asimismo, la Comisión considera que el desarrollo de lo establecido en esta recomendación deberá ser consultado y debatido en el seno de esta Comisión.

 

En este orden de cuestiones la Comisión considera que la sostenibilidad del sistema exige que sólo se financien con cargo a los recursos de la Seguridad Social los gastos correspondientes al estricto mantenimiento del poder adquisitivo de las pensiones y que toda subida por encima del IPC sea sufragada con cargo a otros recursos financieros, con pleno respeto a los distintos modelos de financiación existentes en el Estado.

 

 

3. Fondo de reserva                63

 

La creación del Fondo de Reserva fue promovida por el Pacto de Toledo con el fin de que los excedentes financieros de los ejercicios presupuestarios en periodos de bonanza ofreciesen a los órganos rectores de la Seguridad Social un margen de maniobra para reaccionar frente a las fases bajas del ciclo económico y a tensiones coyunturales, sin necesidad de acudir a reducciones en las prestaciones o incrementos en las cotizaciones.

 

La gestión del Fondo de Reserva, y cualquier modificación de la normativa reguladora, ha de estar presidida por criterios de seguridad y solvencia. Asimismo, la disposición y uso del Fondo debe constreñirse estrictamente al pago de las prestaciones contributivas de la Seguridad Social. En esa línea, la Comisión constata que la disminución del Fondo obedece al persistente desequilibrio financiero que ha deteriorado las cuentas de la Seguridad Social durante demasiados ejercicios presupuestarios.

 

Por ello, una vez se recupere el equilibrio de las cuentas de la Seguridad Social, debe retomarse la regla según la cual los excedentes de las cotizaciones, sin límite alguno, han de incorporarse al Fondo de Reserva.

 

La Comisión entiende que el Fondo de Reserva puede ser una importante ayuda para resolver desequilibrios coyunturales entre los ingresos y los gastos de la Seguridad Social. En este sentido, la Comisión manifiesta su preocupación ante la reducción del montante de activos del Fondo y la pérdida de capacidad para hacer frente a futuros retos financieros. Por tal razón, la Comisión considera que la caída de activos del Fondo en ningún caso se utilizará para justificar la reducción de la cuantía de las prestaciones y plantea la conveniencia de establecer un remanente mínimo del Fondo de Reserva, sujeto a una regla endurecida de disponibilidad.

 

Por último, la Comisión considera que el Fondo de Reserva no es el mecanismo adecuado para resolver desequilibrios financieros de naturaleza estructural. Tales desafíos solamente podrán atajarse con reformas igualmente estructurales, pero no con la mera constitución de unas reservas que serán siempre escasas frente a la magnitud de ese tipo de fenómenos.

 

 

 

4. Integración y convergencia de regímenes      63

 

La Comisión insta a profundizar en el proceso de ordenación de los regímenes del sistema que permita llegar a dos únicos encuadramientos, uno para los trabajadores por cuenta ajena y otro para los trabajadores por cuenta propia. El objetivo es alcanzar una protección social equiparable entre estos dos regímenes, a partir de una cotización también similar de los respectivos colectivos.

 

En esta línea, resulta conveniente finalizar la plena integración de los regímenes especiales, aplicando periodos transitorios que atiendan a las especialidades de los sectores de población acogidos a los mismos.

 

En relación con los sistemas especiales, la Comisión considera que, si existen motivos de utilidad colectiva que justifiquen un trato favorable en la cotización, deben contar con recursos financieros adicionales y específicos para asumir de manera diferenciada las obligaciones de pago. No obstante, debe analizarse la regulación actual de estos sistemas especiales para verificar si siguen manteniéndose las razones y circunstancias que motivaron su establecimiento y, en su caso, proceder a su paulatina reordenación y simplificación, dando cuenta previamente a la Comisión del Pacto de Toledo.

 

Todas las medidas que desarrollen los acuerdos del Pacto de Toledo deben tener en cuenta la gran diversidad de trabajadores autónomos y facilitar mecanismos de participación de este colectivo en los procesos que les afecten. En este terreno, la Comisión recomienda continuar avanzando en la plena equiparación de los derechos y obligaciones de los autónomos con los del Régimen General, junto a medidas que contemplen la jubilación anticipada y el trabajo a tiempo parcial, pero que a la vez permitan aplicar los controles necesarios para evitar un uso inadecuado de tales opciones.

 

A juicio de la Comisión, la sostenibilidad financiera del sistema de pensiones exige que, de manera gradual y acomodándose a la gran variedad de situaciones del colectivo, se promuevan, en el marco del diálogo social, medidas para aproximar las bases de cotización de los trabajadores autónomos a sus ingresos reales, de manera que no se vean perjudicados los elementales principios de contributividad y de solidaridad en los que se fundamenta el sistema. Dado que la baja cotización, característica de un colectivo que mayoritariamente cotiza por la base mínima, es la causa principal de sus reducidas pensiones, este nuevo sistema ha de repercutir en la mejora del grado de suficiencia de sus prestaciones futuras.

 

En esta misma línea, aunque se observan avances en los últimos años, la Comisión apuesta por mantener y reforzar los controles para que la cotización a la Seguridad Social, en todos sus regímenes, refleje la remuneración obtenida de cualquiera de los trabajos realizados en todos los sectores de actividad económica.

 

Finalmente, pese a que el régimen de clases pasivas es un régimen especial a extinguir desde 2011, resulta necesario avanzar en su convergencia con las condiciones del Régimen General, evitando la existencia de discriminaciones, pero sin provocar repercusión alguna sobre los derechos adquiridos por los beneficiarios de dicho régimen.

 

 

5. Adecuación de las bases y períodos de cotización    64

 

El sistema público de pensiones español responde a una lógica esencialmente contributiva combinada con un marcado componente de solidaridad que se evidencia en la existencia de pensiones mínimas o en la relación no lineal entre la base de cotización y la pensión máxima, entre otros ejemplos. Siguiendo esta línea, todas las reformas que se adopten en el futuro deberán mantener una combinación equilibrada entre contributividad, solidaridad y suficiencia, como señas de identidad del modelo.

 

La Comisión considera adecuado mantener en quince años el periodo mínimo de cotización necesario para acceder a una pensión contributiva de la Seguridad Social, al igual que la preservación y mejora de las pensiones mínimas con una estructura y cuantías que no supongan un desincentivo a la cotización. En cualquier caso, la existencia de periodos mínimos de cotización y su posterior aplicación para el cálculo de la base reguladora debe adaptarse a las especificidades de cada modalidad de pensión.

 

La progresiva ampliación de 15 a 25 años del periodo de tiempo utilizado para el cálculo de la base reguladora —que culminará en 2022— implica un reforzamiento de la contributividad del sistema de pensiones. No obstante, la Comisión considera importante evaluar, a la mayor brevedad posible, su impacto en función del tipo de carrera profesional del trabajador, a menudo marcada por periodos de desempleo y de precariedad. Dicha evaluación debe contemplar, también, otras medidas como la facultad de elección de los años más favorables en la determinación de la base reguladora de la pensión. En particular, esta solución puede resultar interesante en supuestos como el de personas que, a partir de una determinada edad y durante un largo periodo de tiempo, hayan experimentado una reducción significativa de las bases de cotización. Igualmente se evaluará la progresiva ampliación del periodo cotizado necesario para alcanzar el cien por cien de la base reguladora, prevista en la Ley. Por último, dentro de este proceso de evaluación se pondrá especial cuidado en contemplar y paliar las consecuencias negativas que dichas ampliaciones podrían tener para la brecha de género en materia de pensiones.

 

Por otra parte, la Comisión considera indispensable que, con carácter general, las bases de cotización se adecúen a los rendimientos efectivamente obtenidos por la persona trabajadora, ya sea por cuenta ajena o propia. En este sentido, cabe valorar positivamente los avances realizados en los últimos años al incluir en la base de cotización del Régimen General conceptos anteriormente exentos; en coherencia con ello, se insta a los poderes públicos a adecuar, en el marco del diálogo social, la cotización del Régimen Especial de Trabajadores Autónomos, vinculando la cuantía de las cuotas a los ingresos reales. Con este fin se ha de seguir mejorando los instrumentos de verificación de esos rendimientos y así evitar supuestos de elusión de cotizaciones.

 

La relación entre las bases máximas de cotización y la pensión máxima debe guardar el necesario equilibrio entre aportaciones realizadas y prestaciones percibidas para garantizar la contributividad, pero sin menoscabo de la dimensión solidaria del sistema. La Comisión considera que la relación entre ambas variables debe establecerse legalmente de forma clara y estable, siendo objeto del oportuno seguimiento.

 

Referencias:

 

Ley 27/2011, de 1 de agosto, sobre actualización, adecuación y modernización del sistema de Seguridad Social. Es la concreción del Informe de evaluación y reforma del Pacto de Toledo de 31 de enero de 2011

 

 

Documento sobre Revisión del Pacto de Toledo  6/6/2011

 

 

Informe de Evaluación y Reforma del Pacto de Toledo- Colección Seguridad Social nº 35                      

 

 

Real Decreto-ley 5/2013, de 15 de marzo, de medidas para favorecer la continuidad de la vida laboral de los trabajadores de mayor edad y promover el envejecimiento activo.

 

6. Incentivos al empleo     65

 

El empleo es un elemento clave del sistema de Seguridad Social; por ello, alcanzar el pleno empleo y su mayor estabilidad y calidad deben ser objetivos centrales de la sociedad española y, por ende, de la Seguridad Social. Sin perjuicio de lo anterior, y de acuerdo con el principio de separación de fuentes, la financiación de los incentivos al empleo no podrá hacerse con cargo a las cotizaciones sociales.

 

La experiencia y la doctrina han demostrado que una política de incentivos generalizados anula su eficacia en la generación de nuevo empleo o en su mantenimiento. En este sentido, el sistema de incentivos debe concebirse como una herramienta excepcional y concentrarse en las situaciones y colectivos cuyo empleo se persigue favorecer de forma singular. A este respecto, la Comisión considera que debe priorizarse a los colectivos de personas con discapacidad o en riesgo de exclusión social y a las víctimas de violencia de género.

 

La Comisión insta a los poderes públicos a adoptar medidas de fomento de la contratación laboral de los parados de larga duración y, singularmente, de muy larga duración para que puedan acceder a una pensión digna en el futuro. Asimismo, dentro del marco del diálogo social, debe incentivarse el mantenimiento del empleo de los trabajadores ya contratados que tengan 55 o más años de edad.

 

La Comisión considera que la promoción del empleo de los jóvenes exige un examen diferenciado que se efectúa en una recomendación específica, bajo la rúbrica «Juventud y Seguridad Social».

 

 

7. Modernización e información al ciudadano       65

Como ya hizo en 2011, la Comisión reitera la necesidad de concienciar a los ciudadanos de la importancia de sus carreras de cotización para sus futuras pensiones de jubilación; con ese fin, debe facilitarse de forma permanente información, tanto de los periodos cotizados a lo largo de su vida laboral, como del importe de las cotizaciones efectivamente realizadas.

 

La Comisión constata que la Administración de la Seguridad Social ha potenciado el uso de las nuevas tecnologías para la difusión de su información y ha posibilitado que las relaciones con los trabajadores, pensionistas y demás usuarios también se lleven a cabo a través de Internet.

 

Las nuevas tecnologías también han favorecido el cumplimiento de las obligaciones de empresas y trabajadores autónomos con la Seguridad Social, a través del desarrollo de servicios electrónicos de consulta de información y de gestión de trámites para los actos de inscripción de empresas y afiliación de trabajadores. En materia de cotizaciones se ha establecido un sistema ágil, sencillo y seguro (el sistema de liquidación directa) basado en la facturación de las cuotas a las empresas por la Administración de la Seguridad Social a través de medios electrónicos.

 

La Comisión insta al Gobierno a dar cumplimiento a las obligaciones de información contenidas en el artículo 17 de la Ley General de la Seguridad Social, de modo que cada ciudadano pueda disponer de información periódica individualizada sobre sus futuros derechos de pensión.

 

 

8. Gestión del sistema                       65

 

La legitimidad del sistema de Seguridad Social también está relacionada con una gestión eficaz y eficiente que responda, adecuadamente, con agilidad y de forma comprensible a las demandas de los ciudadanos.

 

Por ello, la Comisión mantiene la conveniencia de potenciar la mejora del sistema de Seguridad Social, incluida la correspondiente a su régimen económico, a través de una regulación integradora del modelo y las funciones propias del mismo, y de una gestión acorde a la Constitución y los diferentes Estatutos de Autonomía.

 

A tal fin, la Comisión considera conveniente la creación de una agencia de Seguridad Social que garantice, no solo la oportuna simplificación, racionalización, economía de costes y eficacia, sino la mejor aplicación de los principios de solidaridad, igualdad en el trato y equidad entre generaciones que informan el sistema español de Seguridad Social.

 

Asimismo, para contribuir a la mejora de las funciones que desarrollan las distintas entidades gestoras y los servicios comunes de la Seguridad Social y garantizar el carácter público de la gestión del sistema, la Comisión plantea la urgente necesidad de reforzar la dotación de las plantillas. En este sentido, resulta inaplazable abordar un plan integral de recuperación y renovación de la plantilla de personal al servicio de la Seguridad Social; a tal efecto, debe programarse la cobertura ordenada, paulatina e ininterrumpida del desmesurado número de plazas que han ido quedando vacantes durante las últimas décadas en los diferentes niveles de gestión del sistema de Seguridad Social, a fin de evitar que la pérdida de recursos humanos pueda afectar a la atención eficiente, adecuada y ágil que la ciudadanía demanda de la Seguridad Social. Igualmente debe mantenerse la inversión en recursos electrónicos, así como en formación de las plantillas, dado que siguen constituyendo herramientas esenciales.

 

La Comisión defiende una más estrecha y adecuada coordinación entre el sistema de prestaciones de la Seguridad Social y los sistemas asistenciales autonómicos, apostando por el desarrollo de políticas cooperativas que permitan conocer con detalle el destino de las prestaciones y reforzar las mejores prácticas con el propósito de mejorar el grado de cumplimiento de los objetivos perseguidos.

 

Por último, la Comisión constata que, en supuestos de dificultades, las políticas de aplazamiento y fraccionamiento en el pago de las deudas con la Seguridad Social, han tenido unos efectos favorables para el mantenimiento del empleo y de la actividad de las empresas. Por ello, insta a analizar posibles mejoras en su aplicación, con criterios adecuados y claros para proceder a la correspondiente autorización administrativa que salvaguarden el equilibrio presupuestario del sistema.

 

 

9. Mutuas colaboradoras con la Seguridad Social      66

 

Las Mutuas Colaboradoras con la Seguridad Social cumplen un destacado papel dentro del sistema asumiendo la cobertura de las prestaciones correspondientes a las contingencias profesionales y colaborando en la gestión de otras prestaciones, como la incapacidad temporal.

 

En aras de reforzar su eficiencia es necesario completar el proceso de modernización y transparencia en su funcionamiento, incluyendo la regla de paridad en la composición de sus órganos de gobierno, así como dotarlas de cierto margen de flexibilidad en el uso de sus recursos que resulte compatible con un estricto control por la Seguridad Social, en idénticas condiciones al resto de los servicios que la componen.

 

Con el mismo objetivo de mejorar la eficacia y eficiencia del sistema, se ha de avanzar en una mejor utilización de los recursos y experiencia de las Mutuas, en especial en los servicios traumatológicos, logrando un punto óptimo que ofrezca mejores servicios a los afiliados y un nivel de gasto adecuado en prestaciones.

 

Las Mutuas colaboradoras deben disponer de un presupuesto de ingresos acorde con las funciones que les son encomendadas, el cual debe ser fijado con los mismos criterios que el presupuesto de las entidades gestoras de la Seguridad Social.

 

 

La Entidad de Previsión Social Voluntaria (EPSV), se articula como entidad de mutualidad no integrada en la Seguridad Social.

 

 

 

Ley 35/2014, de 26 de diciembre, por la que se modifica el texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social en relación con el régimen jurídico de las Mutuas de Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales de la Seguridad Social.

 

https://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-2014-13568

 

10. Lucha contra el fraude                 66

 

Como ya afirmó la Comisión en 2011: «El acceso indebido a la protección social y las conductas fraudulentas para poder percibirla, además de sus implicaciones en el coste para el sistema, constituyen un elemento grave de deslegitimación social. Por ello, la Comisión insiste en la necesidad de seguir avanzando en la adopción de medidas destinadas a mejorar el control de la correcta percepción de las prestaciones.

 

A su vez, la lucha contra la economía irregular, además de su incidencia en la competencia de las empresas, es una necesidad para que siga preservándose la estabilidad económica del sistema y para que se salvaguarden los futuros derechos de Seguridad Social de los trabajadores; por esa razón, se insta a combatir los efectos negativos que el empleo no declarado ocasiona a la Seguridad Social».

 

La lucha contra el fraude debe seguir comportando la aprobación de planes conjuntos entre Tesorería General de la Seguridad Social, Instituto Nacional de la Seguridad Social, Servicios Públicos de Empleo, Inspección de Trabajo y Seguridad Social, Agencia Estatal de Administración Tributaria, Instituciones Tributarias Forales, organismos autonómicos competentes y Ministerio del Interior, de modo que, en la medida de lo posible, todas estas administraciones puedan cruzar y compartir la información existente en sus bases de datos para la consecución de los siguientes objetivos:

 

Primero. El desarrollo de mecanismos que permitan un mayor control de la recaudación de los ingresos del sistema, gracias al afloramiento de economía sumergida, la reducción de la morosidad, la erradicación de empresas ficticias y, en general, de los comportamientos fraudulentos que afectan a las cotizaciones sociales.

 

Segundo. La persecución de las altas fraudulentas que simulan relaciones laborales; así como la clarificación de las lagunas legislativas bajo las que se ocultan abusos en la determinación del concreto régimen de afiliación en el que se debe cotizar (evitando el que correspondería utilizar, con arreglo al trabajo efectivamente realizado). En esta línea, deben reforzarse las acciones dirigidas a aflorar empleos sumergidos en ámbitos específicos, como el de los servicios a las personas y a las familias, siguiendo con experiencias de países de nuestro entorno que han conseguido normalizar la creación regular de puestos de trabajo en este sector y facilitar la formalización laboral de empleos ocultos preexistentes.

 

Tercero. La protección de los derechos de los colectivos más vulnerables, como los becarios, trabajadores sin afiliación o trabajadores autónomos dependientes.

 

Cuarto. La actualización de los mecanismos de control y seguimiento de las prestaciones, especialmente las de incapacidad temporal, al objeto de garantizar tanto el control del fraude, como la protección de la salud de las personas trabajadoras.

 

Quinto. El refuerzo de los instrumentos y medios, materiales y humanos, de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social para luchar contra las infracciones laborales, así como el endurecimiento del régimen de sanciones a las empresas que no cumplan con sus obligaciones frente a la Seguridad Social.

 

 

11. Contributividad                             67

 

En línea con contenidos anteriores del Pacto de Toledo y con experiencias del entorno europeo, la Comisión constata la necesidad de preservar y reforzar el principio de contributividad, entendido como la existencia de una relación equilibrada entre el importe de la prestación reconocida y el esfuerzo de cotización previamente realizado por cada trabajador.

 

Paralelamente, la consecución de este objetivo debe, primero, combinarse con el principio de solidaridad en su triple dimensión generacional, sectorial y territorial, permitiendo una mejora de las pensiones más bajas que no desincentive el deber de cotizar; y, segundo, debe evitar las consecuencias negativas sobre la brecha de género en materia de pensiones a través de las fórmulas recogidas en la Recomendación «Mujer y Seguridad Social». Este tipo de medidas debe financiarse mediante la consignación presupuestaria correspondiente, con cargo a la tributación general y sin afectar, en modo alguno, a las cotizaciones propias de la Seguridad Social.

 

Asimismo, respecto al concreto período de cálculo que esté vigente en cada momento, la Comisión ya puso de relieve en 2011 que el principio de contributividad también ampara que los trabajadores de mayor edad que vean extinguida su relación laboral no vean mermados sus futuros derechos de Seguridad Social, como consecuencia del reparto desigual de sus cotizaciones en el tiempo. Sin perjuicio del objetivo de mantener una proporcionalidad adecuada entre el esfuerzo contributivo como cotizante y la pensión como jubilado, la Comisión insiste en la recomendación de arbitrar en cada momento las medidas transitorias oportunas que salvaguarden esa proporcionalidad, mediante el pertinente diálogo social y respetando el principio de suficiencia.

 

Singularmente, en los casos de vidas laborales muy prolongadas, y siempre que ello no ocasione un quebranto grave sobre la sostenibilidad financiera del sistema, cabría valorar la posibilidad de la inclusión de medidas que, con carácter excepcional, reconozcan la capacidad del beneficiario para descartar algún año concreto del periodo de cálculo ordinario o para escoger el específico tramo de la carrera de cotización sobre el que va a aplicarse la fórmula de cálculo para la determinación de su pensión.

 

 

 

 12. Edad de jubilación                       67

 

La Comisión considera que la edad de salida efectiva del mercado de trabajo debe aproximarse tanto como sea posible a la edad ordinaria de jubilación legalmente establecida, respetando los casos de jubilaciones anticipadas por actividad penosa y de personas con carreras de cotización precarias. Para ello es necesario reforzar dos líneas básicas de actuación.

 

En primer lugar, debe fomentarse la permanencia de los trabajadores en activo a través de la adaptación y mejora de los incentivos sociales, fiscales y laborales existentes. Así, se valoran positivamente los avances derivados de la modificación del régimen jurídico de la jubilación para conceder una mayor relevancia a la carrera de cotización del trabajador en la determinación de la cuantía de su pensión.

 

Igualmente, es necesario profundizar en la prolongación voluntaria de la vida laboral más allá de la edad ordinaria de jubilación, siempre que dicha prolongación no esté motivada por una pensión insuficiente. Merece así una valoración positiva la mejora del régimen de compatibilidad de la pensión con los ingresos provenientes de una actividad profesional, si bien son necesarias nuevas medidas que favorezcan esta compatibilidad, sin que ello produzca menoscabo de las cuentas del sistema.

 

En el mismo sentido, debe reforzarse la coordinación entre la legislación laboral y la de Seguridad Social respecto al objetivo de ocupación de los mayores; en particular, cabe llamar la atención sobre las pensiones de incapacidad permanente y su conexión con el empleo, sobre la regulación del contrato de relevo y la jubilación parcial, sobre la cotización del empleo a tiempo parcial o sobre las entradas y salidas del empleo de los pensionistas, entre otros extremos.

 

También debe combatirse la discriminación por edad en nuestro mercado de trabajo, restringiendo al máximo el abandono prematuro de la vida laboral y la protección ante los despidos colectivos, como orientación de futuro en las políticas de igualdad, de acuerdo con las iniciativas de la Unión Europea. Para ello resulta clave que una de las prioridades de las políticas activas de empleo sea la recolocación de las personas de más edad y su mantenimiento en activo.

 

Como segunda gran línea de actuación en esta materia, la Comisión insta a los poderes públicos a atender las situaciones de vulnerabilidad que esta tendencia a la prolongación de la vida laboral puede generar en determinados colectivos.

 

Asimismo, la jubilación anticipada sigue utilizándose a menudo como una fórmula de regulación del empleo. A juicio de la Comisión, esta práctica debe modificarse reservándose esta modalidad de jubilación a aquellos trabajadores que cuenten con largas carreras de cotización y que opten por acogerse a ella. En este punto, la Comisión considera esencial, previa identificación del colectivo, analizar los costes financieros y la equidad actuarial de los coeficientes reductores que se aplican en los casos de jubilación anticipada, poniendo especial atención en la forma de acceso a la misma —voluntaria o forzada por las circunstancias-, los supuestos de carreras de cotización prolongadas y el sector de actividad en que se produzca la jubilación. A la vista de dicho análisis —una vez determinada la situación de aquellas jubilaciones anticipadas en las que la aplicación de coeficientes reductores pueda producir un efecto inequitativo— el Gobierno propondrá una respuesta, en el plazo máximo de 3 meses, a la Comisión del Pacto de Toledo.

 

Por otro lado, cabe recordar que, siguiendo la recomendación de esta Comisión en 2011, el ordenamiento vigente contempla la posibilidad de adelantar la edad de jubilación a algunos colectivos de trabajadores y trabajadoras que realizan actividades caracterizadas por la especial penosidad, peligrosidad o insalubridad, y que acusen elevados índices de morbilidad o mortalidad, con la contrapartida de asumir una cotización adicional a lo largo de su carrera profesional. La experiencia acumulada desde su aprobación, pone de manifiesto la necesidad de mejorar el marco normativo para favorecer la identificación de estos colectivos, de forma que se cumpla con la función de proteger a quienes sufran por tales circunstancias consecuencias negativas en su salud y/o vean reducida su esperanza de vida.

 

Referencias:

 

Ley 27/2011, de 1 de agosto, sobre actualización, adecuación y modernización del sistema de Seguridad Social. Es la concreción del Informe de evaluación y reforma del Pacto de Toledo de 31 de enero de 2011

 

 

Documento sobre Revisión del Pacto de Toledo  6/6/2011

 

 

Informe de Evaluación y Reforma del Pacto de Toledo- Colección Seguridad Social nº 35                      

 

 

Real Decreto-ley 5/2013, de 15 de marzo, de medidas para favorecer la continuidad de la vida laboral de los trabajadores de mayor edad y promover el envejecimiento activo.

 

 

 

13. Prestaciones de viudedad y orfandad    68

 

La Comisión propone llevar a cabo de manera gradual la reformulación integral de las prestaciones por muerte y supervivencia —en especial la de viudedad— en línea con lo ya demandado por el Pacto de Toledo en 2003 y que, pese a los avances, no fue llevado a término en su totalidad en la reforma de 2007.

 

Esta Comisión defiende el mantenimiento del carácter contributivo de estas prestaciones, y entiende que esta naturaleza básica no puede ser modificada por la adopción de medidas que introduzcan criterios basados en condiciones específicas para el acceso a ellas (edad, renta, hijos, compatibilidades…).

 

La reforma integral de la viudedad pasa por acomodar la configuración de la pensión a las nuevas realidades sociales y familiares, así como a las circunstancias socioeconómicas de los beneficiarios, a fin de mejorar la protección de los pensionistas sin otros recursos, y de adecuar la protección de los colectivos menos vulnerables. En este sentido, la Comisión es consciente de que la baja proporción de mujeres que acceden a la pensión de jubilación, la brecha existente en la cuantía y la elevada edad de acceso a la pensión de viudedad son circunstancias que deben tenerse muy presentes a la hora de impulsar las reformas en esta materia.

 

La Comisión considera que la acción protectora debe concentrarse en las personas beneficiarias de la pensión de viudedad con 65 o más años, cuya pensión constituye su principal fuente de ingresos, al objeto de garantizar una situación de renta equiparable a la existente antes del fallecimiento del cónyuge o conviviente. A tal efecto, el mecanismo más adecuado es, en línea con actuaciones previas, la elevación del porcentaje de la base reguladora de la pensión.

 

La Comisión recomienda al Gobierno estudiar los efectos que tendría en la cuantía de la pensión de viudedad tomar en consideración para su fórmula de cálculo los periodos de cotización acreditados por el causante, con una fórmula similar a la que se utiliza para el cálculo de la pensión de jubilación.

 

Por otra parte, la Comisión considera que debe profundizarse en reformas de la pensión de viudedad encaminadas a suprimir toda discriminación injustificada que afecte a la persona beneficiaria de la pensión por no existir vínculo matrimonial previo, como singularmente ocurre con el requisito legal que, en último término, viene a determinar que los ingresos del eventual beneficiario/a durante el último año hayan sido inferiores a los ingresos del causante.

 

En relación con la orfandad, la Comisión constata el cumplimiento de la recomendación de 2011 de ampliar hasta 25 años el límite de edad de la pensión. También entiende que la progresiva reformulación de la pensión de viudedad debería llevar aparejada una mejora de las pensiones de orfandad, especialmente en la cuantía.

 

La Comisión recomienda homogeneizar y ordenar los límites de edad para el acceso y el mantenimiento de los diferentes derechos ligados a la cobertura familiar dentro del sistema de protección social.

 

Por último, debe analizarse la eficacia protectora de aquellas manifestaciones de las prestaciones de muerte y supervivencia establecidas cuando no existían prestaciones no contributivas, de modo que se libere al sistema contributivo de coberturas que deben tener su acomodo en los niveles no contributivos o asistenciales.

 

Referencias:

 

Informe de la Comisión no permanente para la valoración de los resultados obtenidos por la aplicación de las recomendaciones del Pacto de Toledo. Texto del Informe y votos particulares

 

2 de octubre de 2003

 

https://epsv.org/src/uploads/2016/08/Pacto-de-Toledo.pdf

 

Renovación del Pacto de Toledo  de 2 de octubre de 2003

 

22 recomendaciones

 

http://www2.fsc.ccoo.es/comunes/recursos/17466/pub27660_Boletin_Informativo_n8.pdf

 

 

 

Informe elaborado por la Comisión no permanente para la valoración de los resultados obtenidos por la aplicación de las Recomendaciones del Pacto de Toledo (Núm. Expre. 153/000001)                    Pág. 14948

 

2 de octubre de 2003

 

https://sid.usal.es/idocs/F3/LYN5860/3-5860.2.pdf

 

Referencias

COMISIÓN DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS

 

Bruselas, 17.12.2002 COM (2002) 737 final

 

COMUNICACIÓN DE LA COMISIÓN AL CONSEJO, AL PARLAMENTO EUROPEO, AL COMITÉ ECONÓMICO Y SOCIAL DE LAS COMUNIDADES EUROPEAS Y AL COMITÉ DE LAS REGIONES DE LA UNIÓN EUROPEA

Proyecto de

 

Informe conjunto de la Comisión y del Consejo sobre la adecuación y la viabilidad de las pensiones

 

España pág. 135- 138

 

https://eur-lex.europa.eu/LexUriServ/LexUriServ.do?uri=COM:2002:0737:FIN:ES:PDF

 

El Congreso aprueba la renovación del pacto de Toledo

 

02/10/2003

 

https://www.lavanguardia.com/politica/20031002/51262782064/el-congreso-aprueba-la-renovacion-del-pacto-de-toledo.html

 

El Congreso aprueba renovar el Pacto de Toledo pero rechaza todos los votos particulares  4/10/2003


 

El gobierno Zapatero eliminó los dos meses correspondientes a las pagas extraordinarias para el cómputo de los años de cotización, lo que supuso la supresión de uno de cada seis cotizados.

José Luis Rodríguez Zapatero   (17 de abril de 2004-21 de diciembre de 2011)

 

 

Ley 40/2007, de 4 de diciembre, de medidas en materia de Seguridad Social.

 

Por lo que se refiere a la jubilación, y con el fin de incrementar la correlación entre cotizaciones y prestaciones, se establece que, para acreditar el período mínimo de cotización actualmente exigido para acceder al derecho a la pensión, se computarán únicamente los días efectivos de cotización y no los correspondientes a las pagas extraordinarias.

 

“Tomando como referencia las prioridades marcadas por el Pacto de Toledo en su renovación parlamentaria de 2003”

 

“Asimismo, se progresa en el camino ya iniciado de favorecer la prolongación voluntaria de la vida laboral más allá de la edad legal de jubilación”

 

Artículo 3. Jubilación.

«Artículo 161 bis Jubilación anticipada.

Artículo 4. Jubilación parcial.

 

https://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-2007-20910

 

La concreción del Informe de evaluación y reforma del Pacto de Toledo de 31 de enero de 2011  es la Ley 27/2011, de 1 de agosto, sobre actualización, adecuación y modernización del sistema de Seguridad Social.

 

 

 

14 (suprimida)                                   69

 

 15. Solidaridad y garantía de suficiencia     69

Con arreglo a los artículos 41 (Los poderes públicos mantendrán un régimen público de Seguridad Social para todos los ciudadanos, que garantice la asistencia y prestaciones sociales suficientes ante situaciones de necesidad, especialmente en caso de desempleo. La asistencia y prestaciones complementarias serán libres.), y 50 (Los poderes públicos garantizarán, mediante pensiones adecuadas y periódicamente actualizadas, la suficiencia económica a los ciudadanos durante la tercera edad. Asimismo, y con independencia de las obligaciones familiares, promoverán su bienestar mediante un sistema de servicios sociales que atenderán sus problemas específicos de salud, vivienda, cultura y ocio) de nuestra Constitución, la Comisión considera que la solidaridad y la garantía de suficiencia son valores fundamentales del sistema de pensiones que, como tales, han de seguir reforzándose.

 

Como tal principio básico, la solidaridad se articula en las dos esferas, contributiva y no contributiva, de nuestra Seguridad Social. En el nivel contributivo, los mecanismos de solidaridad sirven para modular el principio de adecuación, vinculado a la proporcionalidad entre cotizaciones y pensiones, en la relación entre base máxima y pensión máxima y en la garantía de suficiencia. Por eso, puede afirmarse que el modo más coherente y equilibrado de reforzar la contributividad del sistema es el que, en paralelo, fortalece el componente solidario de la acción protectora como condición necesaria para garantizar en todo caso la suficiencia de las prestaciones. Por su parte, el nivel no contributivo es, por definición, un ámbito de protección basado en la solidaridad, pues las personas beneficiarias carecen de una carrera de cotización y de recursos económicos para hacer frente a una situación de necesidad. Sólo a través de prestaciones suficientes se evita el riesgo de pobreza.

 

En este sentido, la suficiencia actúa como garantía de la dignidad de la persona a la que se refiere el artículo 10 (1. La dignidad de la persona, los derechos inviolables que le son inherentes, el libre desarrollo de la personalidad, el respeto a la ley y a los derechos de los demás son fundamento del orden político y de la paz social.

2. Las normas relativas a los derechos fundamentales y a las libertades que la Constitución reconoce se interpretarán de conformidad con la Declaración Universal de Derechos Humanos y los tratados y acuerdos internacionales sobre las mismas materias ratificados por España)  de nuestra Constitución, asegurando el nivel mínimo de recursos establecido en el Protocolo Adicional de la Carta Social Europea. De ahí la importancia de contar con indicadores de suficiencia que a través de la delimitación de umbrales de referencia sirva para reforzar la efectividad de la lucha contra la pobreza.

 

Por ello, la Comisión considera necesario establecer alguna referencia adecuada (como puede ser la tasa de sustitución que relaciona la pensión media del sistema con el salario medio de los trabajadores ocupados) y un ámbito territorial de medición comparada (países más avanzados de la Unión Europea), que permita realizar un seguimiento continuo de su evolución y, en caso de desviación, adoptar las medidas oportunas. Así, del mismo modo que la Carta Social Europea establece una fórmula para considerar que un salario es digno, resulta necesario establecer un objetivo que defina la suficiencia de las pensiones.

 

El Gobierno debe realizar un seguimiento continuado de las estadísticas que delimitan los umbrales de pobreza con arreglo a los criterios fijados por la Unión Europea (Encuesta de Condiciones de Vida), al objeto de reorientar en caso de ser necesario, las políticas públicas incluyendo las pensiones.

 

La Comisión reitera su apoyo al mantenimiento de las cuantías mínimas para las diferentes modalidades de pensión de nuestro sistema, con objeto de asegurar un umbral mínimo de rentas a todos los pensionistas que no dispongan de rentas alternativas. No obstante, la cuantía de tales complementos no debe ser superior a la cuantía de las pensiones no contributivas vigentes en cada momento para no desincentivar la cotización.

 

Las mejoras para hacer efectivo este nivel de solidaridad deberán financiarse con cargo a la imposición general, como expresión de la solidaridad de la sociedad española y del principio de equidad intergeneracional. Las decisiones sobre los complementos por mínimos se deberán adoptar respetando la máxima coordinación posible con el ámbito no contributivo, con los sistemas asistenciales autonómicos y sin poner en cuestión el principio de proporcionalidad entre cotizaciones y prestaciones.

 

Asimismo, es necesario continuar con el proceso de reordenación de las prestaciones no contributivas de la Seguridad Social en coherencia con la distribución de competencias con las comunidades autónomas y corporaciones locales, para mejorar la cobertura, establecer con más claridad el ámbito de sus prestaciones e introducir nuevos ámbitos de protección en orden a colmar lagunas de cobertura que se detectan en el sistema; a tales efectos la tarjeta social digital deberá servir para recoger, de manera fiable y con independencia de su origen, la totalidad de las prestaciones asignadas a cada beneficiario. Un ejemplo claro, relacionado con dichas lagunas, sería la creación de una prestación no contributiva de orfandad (hoy inexistente con carácter general) o una más adecuada regulación de las prestaciones familiares.


 

Referencias:

 

 

Instrumento de Ratificación de 29 de abril de 1980, de la Carta Social Europea, hecha en Turín de 18 de octubre de 1961.

 

https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-1980-13567

 

Carta Social Europea, hecha en Turín el 18 de octubre de 1961. Instrumento de Ratificación de 29 de abril de 1980

 

https://noticias.juridicas.com/base_datos/Admin/cse.html

 

 

Carta Social Europea, hecha en Turín el 18 de octubre de 1961.

 

https://www.bienestaryproteccioninfantil.es/fuentes1.asp?sec=13&subs=15&cod=3478&page=

 

Carta Social Europea (revisada)

Estrasburgo, 3.V. 1996

 

https://www.bienestaryproteccioninfantil.es/imagenes/tablaContenidos03SubSec/Carta%20Social%20Europea.pdf

 

Carta social europea (revisada), CDE, 1996

 

https://www.whatconvention.org/es/convention/175

 

Carta Social Europea (revisada)

Viernes 1 de febrero de 2019

 

https://www.lamoncloa.gob.es/consejodeministros/Paginas/enlaces/010219-enlacecartasocial.aspx

 

 

BOLETÍN OFICIAL DE LAS CORTES GENERALES

 

SECCIÓN CORTES GENERALES

 XII LEGISLATURA

 

5 de febrero de 2019                    Núm. 267

 

110/000104 (CD) Carta Social Europea revisada, hecha en Estrasburgo el 3 de mayo de 1996, y Declaración que España desea formular.

http://www.congreso.es/public_oficiales/L12/CORT/BOCG/A/BOCG-12-CG-A-267.PDF

 

Remisión a las Cortes Generales de la Carta Social Europea

Martes 10 de noviembre de 2020

 

https://www.lamoncloa.gob.es/consejodeministros/Paginas/enlaces/101120-enlace-carta-ue.aspx

 

El Gobierno remite a las Cortes Generales la Carta Social Europea Revisada para su autorización

Martes 10 de noviembre de 2020

 

https://www.europapress.es/epsocial/igualdad/noticia-gobierno-remite-cortes-generales-carta-social-europea-revisada-autorizacion-20201110152637.html

 

 

 

16. Sistemas complementarios                      70

 

Sin cuestionar la centralidad del sistema público de pensiones basado en un régimen financiero de reparto, el artículo 41 (Los poderes públicos mantendrán un régimen público de Seguridad Social para todos los ciudadanos, que garantice la asistencia y prestaciones sociales suficientes ante situaciones de necesidad, especialmente en caso de desempleo. La asistencia y prestaciones complementarias serán libres) de la Constitución ampara el desarrollo de sistemas complementarios de carácter voluntario que, en línea con los países de nuestro entorno europeo, se articulan como mecanismos de naturaleza mixta. En su dimensión económico-financiera, son instrumentos de ahorro a medio y largo plazo para los trabajadores y herramienta de inversión bajo tutela de los poderes públicos. Pero también tienen como objetivo complementar —en ningún caso sustituir— las pensiones públicas.

 

Consciente del insuficiente e insatisfactorio recorrido que estas fórmulas han tenido hasta la fecha, la Comisión reafirma su apuesta por impulsar su implantación efectiva, atendiendo a la recuperación de los salarios y al fortalecimiento de la negociación colectiva, para lo que mantiene la recomendación de dotar de estabilidad al actual modelo de previsión social complementaria. En esta línea, la Comisión subraya la necesidad de impulsar, de forma preferente, los sistemas sustentados en el marco de la negociación colectiva, de empleo, que integran el denominado segundo pilar del modelo de pensiones, y que prioritariamente habrán de ser sin ánimo de lucro. Estas entidades deben permitir desarrollar un sistema de aportaciones suficiente, eficaz y duradero, en un porcentaje de la base de contingencias comunes u otros criterios objetivos, y con fórmulas específicas de apoyo a los salarios más bajos o a las carreras profesionales más vulnerables, incorporando la solidaridad en determinadas contingencias. En dicho sentido, el esfuerzo de trabajadores y de empresas debe ser adecuado, proporcional y sostenido en el tiempo; debe cubrir al menos las contingencias de jubilación, invalidez y fallecimiento; y debería materializarse en entidades que preferentemente abonen complementos en forma de renta. En línea con lo planteado por la AIReF en su evaluación de los beneficios fiscales (julio de 2020) deberá dotarse a dichas entidades de un régimen fiscal y jurídico adecuado y diferenciado, mejorando el existente en la actualidad y entendiendo que en ningún caso dichos sistemas de ahorro puedan ser considerados como meros productos financieros.

 

Asimismo, esta Comisión llama la atención sobre dos aspectos sustanciales para el funcionamiento de los sistemas complementarios: El establecimiento de un sistema de comunicación veraz y adecuado con los socios o titulares, cuya participación deberá ser periódica; y la necesaria evaluación de los gestores, respecto de sus competencias y de su desempeño en el proceso de generación de los complementos.

 

El tercer pilar estará integrado por los mecanismos de ahorro individual. La gestión de estos mecanismos debe ser más transparente de lo que ha sido hasta ahora, de manera que los costes de administración por las entidades promotoras no comporten rendimientos negativos para los ahorradores; de ello se desprende la necesidad de regular fórmulas más intensas de protección de los ahorros invertidos en este tipo de sistemas complementarios.

 

http://www.congreso.es/public_oficiales/L14/CONG/BOCG/D/BOCG-14-D-175.PDF

 

 

17. Mujeres y Seguridad Social                      71

 

Las modificaciones normativas que se han operado en el ámbito de la Seguridad Social en los últimos años con el objetivo de reducir la brecha de pensiones entre hombres y mujeres han tenido una dimensión más reactiva o coyuntural que preventiva o estructural. Así, se han basado principalmente en el establecimiento de medidas puntuales correctoras de las disfunciones del propio sistema. Lo cierto es que, a pesar de que algunas de estas medidas tienen ya un largo recorrido, no han logrado una equiparación efectiva en la cobertura de mujeres y hombres. Ello evidencia la necesidad de medidas estructurales, tanto en materia laboral como en el ámbito específico de Seguridad Social, referidas a la propia configuración del sistema y a la forma de acceso a las prestaciones.

 

Con carácter general, y como presupuesto condicionante del acceso a las prestaciones de Seguridad Social, es necesario garantizar la igualdad efectiva en el ámbito laboral, tanto en el acceso al empleo como en las condiciones de trabajo, evitando que sean las mujeres las que tengan carreras profesionales más cortas, irregulares e inestables dada la repercusión negativa que tales circunstancias tienen en sus prestaciones.

 

En primer lugar, esto incluye acometer de modo enérgico la cuestión de los cuidados con el objetivo de que las carreras profesionales de quienes tengan personas dependientes a cargo no generen vacíos de cotización por esta causa. En este sentido, se ha de contribuir a potenciar la corresponsabilidad entre hombres y mujeres, particularmente en relación con los permisos parentales, y evitar la perpetuación de roles de cuidado. Adicionalmente, la Comisión insta a reformar la regulación de las prestaciones de riesgo durante el embarazo y la lactancia para asegurar que cumplen con su finalidad primando la adaptación del puesto y del tiempo de trabajo.

 

En segundo término, la igualdad retributiva resulta igualmente clave para la equiparación de las pensiones. Esta igualdad no solo ha de reflejarse en la cuantía de la base reguladora utilizada para el cálculo de la pensión, sino también en las carreras de cotización, pues al promover el reparto de responsabilidades se evita que sea la renta más baja la que asuma los sacrificios en los periodos cotizados. Por eso se requieren medidas que permitan identificar las discriminaciones retributivas y, sobre todo, garantizar que la remuneración es la misma por trabajo de igual valor.

 

En tercer lugar, deben introducirse las correcciones necesarias para evitar los perjuicios derivados de los vacíos involuntarios de cotización por la irregularidad de las carreras profesionales. Se trata de que las lagunas de cotización no causen un efecto desproporcionado en el cálculo de las pensiones y de favorecer el acceso pleno de las mujeres a pensiones propias. También el trabajo al servicio del hogar familiar requiere la eliminación de los elementos diferenciales respecto al régimen general ordinario, así como la ratificación Convenio de la OIT 189 de 2011, favoreciendo que el trabajo doméstico aflore. Y, además, debe reformarse la prestación por desempleo que sirve de enlace con la jubilación, teniendo presente su particular relevancia para las carreras profesionales cortas o irregulares y otras circunstancias que afectan, de manera particular, a las mujeres.

 

El cuarto ámbito de actuación atañe a los trabajadores/as a tiempo parcial, un colectivo que está integrado principalmente por mujeres, en un alto porcentaje no por libre elección. Siguiendo la doctrina del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (STJUE, Sala Tercera, de 8 de mayo de 2019, Asunto Villar Láiz C-161/18) y (aquí) y del Tribunal Constitucional (en la misma línea, la STC 91/2019) se han de impulsar reformas que corrijan posibles tratamientos discriminatorios, con particular atención al cálculo de los periodos de carencia y la eliminación de las reducciones proporcionales en las cuantías aseguradas de rentas mínimas.

 

En quinto lugar, la Comisión llama la atención sobre la importancia de asegurar rentas mínimas suficientes, tanto en el ámbito contributivo como en el no contributivo, que permitan una subsistencia digna. Las mujeres son mayoría en la percepción de las pensiones más bajas y, por ello, una política igualitaria requiere una revisión del sistema de pensiones no contributivas, de los complementos por mínimos y de la pensión de viudedad, para garantizar progresivamente un umbral de garantía universal, suficiente y digno.

 

Finalmente, debe hacerse efectivo el principio de transversalidad en la elaboración de cualquier normativa o en la adopción de cualquier política, de modo que el impacto de género sea objeto de un análisis específico y destacado, reforzando la intervención técnica de los organismos públicos independientes.

 

Convenio sobre trabajadores domésticos

 

https://es.wikipedia.org/wiki/Convenio_sobre_trabajadores_dom%C3%A9sticos

 

España ratificará el convenio sobre trabajo digno de las empleadas del hogar  24/02/2020

 

CONVENIO SOBRE EL TRABAJO DECENTE PARA LAS TRABAJADORAS Y LOS TRABAJADORES DOMÉSTICOS*

Convenio 189

https://www.ilo.org/legacy/spanish/buenos-aires/trabajo-infantil/resource/docs/sabermas/normativa/c189.pdf

 

 

17 bis. Juventud y Seguridad Social             72

 

Los datos de ocupación por tramos de edad ponen de relieve las crecientes dificultades que las personas jóvenes encuentran para ocupar y conservar un puesto de trabajo. La Comisión es consciente de las negativas consecuencias que ello comporta para las futuras pensiones que corresponderán a quienes hoy son jóvenes.

 

En línea con lo anterior, la Comisión advierte de las dificultades de los jóvenes para acceder a un empleo y de su escasa protección social, como consecuencia de unas condiciones de trabajo precarias. El fracaso escolar, el abandono prematuro del sistema educativo y el alargamiento excesivo de los períodos formativos, dificultan o retrasan la incorporación de los jóvenes al mercado de trabajo y disminuyen, también, sus años de cotización. Por ello, se requiere el impulso de políticas que faciliten la transición del sistema educativo al mercado de trabajo, especialmente con el impulso de la formación profesional y de la interrelación universidad-empresa, así como una mejora del marco de las relaciones laborales que permita combatir las condiciones de precariedad que las mujeres y los hombres jóvenes soportan en la actualidad. En concreto, las altas tasas de temporalidad, parcialidad y elevados índices de rotación, así como los contratos de escasa duración, situaciones de subempleo o exceso de horas extraordinarias de realización obligatoria —en ocasiones sin remuneración— suponen un impedimento para la acumulación de carreras de cotización mínimamente prolongadas, perjudicando sus cotizaciones y, en consecuencia, sus futuras pensiones.

 

Dentro del marco descrito, la Comisión advierte también del descrédito que sufre nuestro sistema de Seguridad Social entre la juventud: Muchos jóvenes están convencidos de que no accederán a una pensión pública o de que ésta no será suficiente para poder vivir dignamente. Por eso, ellos deben ser protagonistas esenciales del fortalecimiento del sistema de pensiones y del principio de solidaridad intergeneracional, como elemento clave del contrato social. Es imprescindible que recuperen la confianza perdida en aquél, lo cual exige la adopción de medidas que les hagan partícipes de la necesidad de la preservación del sistema y de sus virtudes. Debe reforzarse la confianza de este colectivo en el Estado de Bienestar.

 

Por otro lado, la Comisión considera que se deben seguir adoptando medidas legislativas definitivas encaminadas a garantizar y a mejorar la protección social del colectivo de becarios; sin perjuicio de lo anterior, la Comisión es consciente de la débil posición de los becarios, por lo que exige una legislación que mejore su protección social y garantice el derecho constitucional a una carrera profesional adecuada y justa, junto a una programación de las actividades inspectoras encaminada a evitar abusos que oculten relaciones laborales fraudulentas.

 

18. Personas con discapacidad                     72

 

La Comisión reafirma su convencimiento de que el sistema de Seguridad Social, como instrumento esencial de la política social, debe contribuir a que las personas con discapacidad puedan ejercer de forma efectiva sus derechos de ciudadanía y, de esta forma, garantizar su plena inclusión y participación sociales.

 

En línea con la recomendación de 2011, nuestro ordenamiento jurídico dio pasos significativos en esta materia a través de la adaptación de la normativa española a la Convención internacional sobre los derechos de las personas con discapacidad de 2006, así como de la aprobación del Texto Refundido de la Ley General de derechos de las personas con discapacidad y de su inclusión social (Real Decreto Legislativo 1/2013).

 

A este respecto, la Comisión valora de forma positiva la articulación de medidas que refuerzan la cobertura social de estas personas, tales como el establecimiento de mecanismos de anticipación de la edad de jubilación de trabajadores con grados de discapacidad que comporten menor esperanza de vida, la configuración de convenios especiales que posibilitan la inclusión en la Seguridad Social de personas que, en razón de su discapacidad, encuentran mayores dificultades para su inserción socio-laboral o la flexibilización de los umbrales de compatibilidad entre actividad lucrativa y pensiones no contributivas de incapacidad.

 

En esta línea, la Comisión reafirma que las personas con discapacidad constituyen un colectivo prioritario para los poderes públicos, tanto en términos de cobertura social, como de incorporación al mercado de trabajo en coordinación eficaz con las políticas activas de empleo.

 

En relación con este último aspecto, deben intensificarse las medidas dirigidas a eliminar los obstáculos a la activación de dichas personas, favoreciendo su acceso a un empleo digno, suficiente y de calidad. Para ello, la Comisión reitera que la legislación debe facilitar la incorporación inclusiva al mercado de trabajo de este colectivo y, también, propiciar su mantenimiento en su actividad profesional originaria en casos de discapacidad sobrevenida, coadyuvando a su plena autonomía y a su participación social efectiva.

 

Por otro lado, la Comisión subraya la necesidad de que el sistema de protección social considere a las personas con discapacidad —y, por extensión, a las familias que tienen en su seno a una persona con discapacidad– como una situación merecedora de especial protección, reforzando la cobertura en todas las contingencias en las que la discapacidad sea un hecho relevante.

 

En particular, la Comisión estima necesario seguir introduciendo modificaciones en la normativa de Seguridad Social que afecten, entre otras cuestiones, al régimen jurídico de la percepción de las pensiones por incapacidad permanente y a su compatibilidad con la realización de un trabajo, evitando la litigiosidad existente en este ámbito.

 

Asimismo, deben mejorarse los niveles de protección de las personas con discapacidad en las prestaciones familiares de Seguridad Social (asignación económica por hijo e hija a cargo y pensión de orfandad), al tiempo que se corrigen los desajustes normativos que se hayan producido en las medidas de anticipación de la edad de jubilación, flexibilizando las regulaciones que se han revelado rígidas y que excluyen situaciones materialmente dignas de protección; en este sentido, también se analizará la problemática en el acceso anticipado a la pensión de jubilación de las personas trabajadoras con discapacidad, en relación con las exigencias en el tiempo de cotización requerido, así como para resolver las dificultades que se presentan respecto a la acreditación del mismo. Además, las particularidades de este colectivo deben tenerse en cuenta en la ordenación de la prestación por nacimiento y cuidados de menor, y en la atención a las dificultades y los más intensos apoyos que las mujeres con discapacidad pueden necesitar durante el embarazo y en las primeras semanas tras el alumbramiento.

 

Finalmente, respecto del régimen legal de Seguridad Social de los funcionarios públicos (clases pasivas), las situaciones de discapacidad están lejos de haber alcanzado el grado de relevancia y protección del Régimen General. Se hace necesario trasladar al régimen de clases pasivas los avances producidos en aquél evitando así asimetrías injustificadas

 

 

Referencias:

 

31 de enero de 2011

ÍNDICE

Páginas Otros textos Comisiones, Subcomisiones y Ponencias

 153/000001 Informe de evaluación y reforma del Pacto de Toledo. Aprobación por el Pleno   2

Votos particulares   64

Recomendaciones:

 

18. Discapacidad.

 

http://www.congreso.es/public_oficiales/L9/CONG/BOCG/D/D_513.PDF

 

 

Real Decreto Legislativo 1/2013, de 29 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley General de derechos de las personas con discapacidad y de su inclusión social.

 

https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2013-12632

 

Derogada

Ley 13/1982, de 7 de abril, de integración social de los minusválidos.

 

https://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-1982-9983

 

Derogada

 

Ley 51/2003, de 2 de diciembre, de igualdad de oportunidades, no discriminación y accesibilidad universal de las personas con discapacidad.

 

https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2003-22066

 

Derogada

 

Ley 49/2007, de 26 de diciembre, por la que se establece el régimen de infracciones y sanciones en materia de igualdad de oportunidades, no discriminación y accesibilidad universal de las personas con discapacidad

 

https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2007-22293

 

Ley 27/2007, de 23 de octubre, por la que se reconocen las lenguas de signos españolas y se regulan los medios de apoyo a la comunicación oral de las personas sordas, con discapacidad auditiva y sordociegas.

 

 

https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2007-18476&p=20110802&tn=2

 

 

9. Trabajadores migrantes                             73

 

Los desafíos del sistema van a convertir la política migratoria en una pieza fundamental para el equilibrio demográfico, para el desarrollo y consolidación del mercado laboral y, como proyección de lo anterior, para el crecimiento económico y el fortalecimiento del sistema de pensiones. A la vista de la experiencia vivida en los primeros años del presente siglo, la Comisión considera que la llegada de trabajadores de otros países a lo largo de las próximas décadas ha de servir para hacer frente al reto demográfico, contribuyendo decisivamente al bienestar colectivo de una sociedad abierta, madura y moderna como la española.

 

Para ello, el flujo de migraciones debe canalizarse a través de mecanismos que garanticen la incorporación de personas migrantes al mercado de trabajo, así como el acceso a la protección social, con plenitud de derechos y obligaciones. En este sentido, la Comisión valora positivamente la articulación de canales para facilitar la inmigración legal, incluyendo cauces para la inmigración de carácter circular y/o estable. Construir esos puentes de inmigración legal permitiría mejorar el mercado de trabajo a partir de un adecuado diagnóstico de sus necesidades; además, ofrecería alternativas a la presión migratoria en países de origen, canalizándola legalmente, dentro de un enfoque global de la política migratoria, capaz de crear sinergias entre los países de origen y los países de destino.

 

La Comisión considera que la Seguridad Social deberá adecuar esos procesos a través de mecanismos que faciliten la gestión de los trámites de contratación, afiliación e integración en el sistema, sin menoscabo de garantía alguna para las personas migrantes. En particular, requieren atención los procesos de gestión de autorizaciones de residencia y trabajo de las personas extranjeras menores de edad que llegan a España sin acompañamiento, con el fin de favorecer su incorporación plena al mercado laboral.

 

La Comisión es favorable a que se mantenga una supervisión constante sobre el adecuado cumplimiento de los convenios internacionales en materia de seguridad social, suscritos por España.

 

Asimismo, la Comisión defiende el refuerzo de los instrumentos de inspección y control para evitar situaciones que puedan conducir esa necesaria inmigración legal hacia la economía sumergida, la marginación o la explotación. Asimismo, la Administración intensificará su deber de cuidado para evitar el racismo o la discriminación en el ámbito laboral, dada la mayor vulnerabilidad de las personas migrantes.

 

Por otro lado, se ha de favorecer la integración social de los trabajadores migrantes y la de sus familiares, cuya llegada debe ser facilitada. Los apoyos a la acogida e integración social de todos ellos resultan un todo, un binomio imprescindible para que la migración sea un fenómeno beneficioso y sea percibido como tal por la sociedad de acogida.

 

 

 

19 bis. Seguridad Social y Economía Digitalizada    74

 

El acelerado e imparable proceso de digitalización de la economía está transformando profundamente el entorno productivo con la intensificación de la robotización, el desarrollo de la inteligencia artificial y el surgimiento de la economía de plataformas digitales. Estos fenómenos económicos afectan de forma directa a la organización del trabajo y a la ordenación de las relaciones laborales. Se trata de cambios trascendentales en su configuración que no deben poner en riesgo la centralidad de la actividad laboral. Pero conviene no olvidar que, más allá del mundo del trabajo, tales transformaciones también se proyectan sobre nuestro sistema de Seguridad Social.

 

Las novedosas formas de economía digitalizada abren grandes posibilidades y oportunidades para empresas y trabajadores que han de redundar en el conjunto de la sociedad. Sin embargo, no deben pasarse por alto las consecuencias que esta transformación productiva podría tener en términos de desigualdad y de debilitamiento de la cohesión social ante el surgimiento de nuevas formas de empleo atípico y de autoempleo. Será necesario, por tanto, llevar a cabo las adaptaciones normativas que permitan la identificación y atención de nuevas necesidades sociales y colectivos vulnerables, al tiempo que se preservan las señas de identidad de nuestro modelo de protección social.

 

Como aproximación inicial a este importante desafío para la Seguridad Social, la Comisión quiere llamar la atención sobre los siguientes aspectos:

 

En primer lugar, el nuevo entorno digital afecta directamente al encuadramiento de los trabajadores y trabajadoras dentro de la Seguridad Social en varios sentidos. Muchas actividades desarrolladas a través de plataformas digitales se caracterizan por ser esporádicas o marginales en función del tiempo de trabajo; resulta clave favorecer su inclusión dentro del sistema, como fórmula para combatir la economía informal y garantizar la protección ante situaciones de necesidad. Igualmente, en línea con la doctrina del Tribunal Supremo (STS 805/2020, de 25 de septiembre, Sala de lo Social) es imprescindible luchar contra el recurso a la figura del falso autónomo, y una reflexión específica acerca del trabajo autónomo económicamente dependiente (TRADE). Por otro lado, se hace necesario analizar y, en su caso, revisar el tratamiento que merecen las situaciones de pluriempleo y pluriactividad.

 

En segundo término, las características de las actividades desarrolladas a través de plataformas digitales pueden generar tensiones en la aplicación del tradicional esquema protector basado en el empleo estable y a tiempo completo. En concreto, la trazabilidad de la actividad desarrollada en el entorno digital —el ajuste del tiempo de prestación de servicios–, la intermitencia o incluso el carácter esporádico de esta modalidad de trabajo atípico pueden plantear un problema serio de ‘infra cotización’ y, como consecuencia de ello, de insuficiencia protectora. En el plano individual, este anómalo funcionamiento del sistema podría traducirse en prestaciones incapaces de garantizar suficiencia y adecuación; en el plano colectivo, tal insuficiencia amenaza con socavar las bases de la legitimidad del sistema de reparto, con sus efectos inmediatos en la solidaridad en que se basa ese mismo sistema.

 

Por ello, la Comisión subraya la importancia de impulsar actuaciones normativas en un doble sentido. Ante todo, se trata de redefinir la centralidad del trabajo —asalariado o autónomo– garantizando unas condiciones, laborales o de actividad, dignas y suficientes, que eviten la precariedad. Y, como segundo paso, hay que reforzar los mecanismos no contributivos, típicamente solidarios, del sistema: Sin cuestionar la lógica que subyace en la obligación de cotizar, se trata de compensar el riesgo de inestabilidad de las carreras profesionales mediante mecanismos que preserven la adecuación de las prestaciones, una necesidad más acuciante, si cabe, ante la tendencia al reforzamiento de la contributividad.

 

Por último, es cierto que en este contexto de digitalización la previsible pérdida de peso del trabajo en la actividad productiva no parece anticipar una caída de los niveles de riqueza. Sin embargo, podría afectar a los ingresos por cotizaciones de la Seguridad Social. El compromiso de esta Comisión con el sistema de reparto basado en la solidaridad intergeneracional nos lleva a alertar, en línea con recomendaciones anteriores, sobre la necesidad de corregir una excesiva dependencia de las cotizaciones sociales en un contexto productivo y demográfico muy distinto al de las últimas décadas del siglo XX. Si la revolución tecnológica implica un incremento de la productividad, pero no necesariamente un aumento del empleo, el reto pasa por encontrar mecanismos innovadores que complementen la financiación de la Seguridad Social, más allá de las cotizaciones sociales. Se reforzaría así la estructura financiera del sistema a través de la diversificación de las fuentes de ingresos del sistema, como un aspecto clave para garantizar su sostenibilidad económica y social.

 

¿Teletrabajo o digitalización del mercado laboral?, por Duval para el blog Crónica de Clase

 

Robots, automatización y trabajo asalariado (parte I, II y III) por Duval para el blog Crónica de Clase

 

Riders X Derechos: nota de prensa covid-19

 


Por la vida y el trabajo, unifiquemos las luchas. Por Espacio de Encuentro Comunista (EEC)

 

Coronavirus: estampas de la clase trabajadora global

 

20. Control parlamentario, seguimiento, evaluación y reforma del Pacto de Toledo                                       75

 

La Comisión sigue considerando que la importancia social y económica y la complejidad jurídica de la Seguridad Social aconsejan que ésta siga siendo objeto de un tratamiento presupuestario propio, mediante una sección diferenciada en la ley de presupuestos generales del Estado, así como que se siga acomodando su tramitación presupuestaria a esa diferenciación, mediante un debate parlamentario específico de dicha sección.

 

En materia de seguimiento y evaluación del cumplimiento del Pacto de Toledo la Comisión es consciente de que las proyecciones a largo plazo tienen un elevado margen de incertidumbre, por lo que resulta indispensable una colaboración fluida y continuada (como la que innegablemente ha existido siempre) con diferentes instituciones públicas, como es el caso de las Entidades Gestoras y los Servicios Comunes de la Seguridad Social, el Instituto Nacional de Estadística, el Banco de España o la Autoridad Independiente de Responsabilidad Fiscal, entre otras. No obstante, en relación con esta última institución debe especificarse en su ley reguladora el deber de colaboración y asistencia a la Comisión del Pacto de Toledo cuando ésta lo precise para el desempeño de sus tareas de seguimiento, evaluación y reforma, dadas las connotaciones inequívocamente financieras que dichas tareas tienen.

 

Además, resulta necesario, a juicio de la Comisión, intensificar el seguimiento periódico de la suficiencia de las pensiones, del equilibrio financiero del sistema y de los resultados que se obtienen en materia de lucha contra el fraude a la Seguridad Social. En esta línea, dada la continuidad inherente a las tareas de seguimiento, se valora positivamente que la Comisión de Seguimiento y Evaluación de los Acuerdos del Pacto de Toledo tenga naturaleza de comisión permanente. El Gobierno comparecerá anualmente ante la Comisión para informar de la situación de la Seguridad Social, en relación con el cumplimiento de las recomendaciones del Pacto de Toledo. Asimismo, como tarea a medio plazo y, a la vista del Informe de la AIReF, de 9 de enero de 2019, «Opinión sobre la sostenibilidad de la Seguridad Social» (y aquí), el Gobierno informará a la Comisión de medidas posibles para hacer frente a los escenarios demográficos que se proyectan para el futuro.

 

Tampoco debe olvidarse que —sin perjuicio del protagonismo que ha correspondido al Congreso de los Diputados tanto en su redacción inicial, como en sus sucesivas reformas— el Pacto de Toledo es, también, un pacto de contenido eminentemente laboral en el que, por lógica, deben participar los interlocutores sociales. De hecho, así ha ocurrido siempre durante sus más de 25 años de vida. Por consiguiente, resulta indispensable que, tras su aprobación por la cámara, la Presidencia del Congreso de los Diputados traslade formalmente estas recomendaciones a las organizaciones sindicales y empresariales que actúan como interlocutores sociales.

 

Por último, transcurridos al menos cinco años desde su aprobación, el Congreso de los Diputados habrá de proceder a una revisión general de las recomendaciones del Pacto de Toledo, así como a una evaluación de su grado de cumplimiento, mediante los instrumentos parlamentarios específicos para ello.

 

Referencias:

 

 

 

Opinión sobre la sostenibilidad del Sistema de la Seguridad Social

9 enero 2019

 

La Autoridad Independiente de Responsabilidad Fiscal (AIReF) nace con la misión de velar por el estricto cumplimiento de los principios de estabilidad presupuestaria y sostenibilidad financiera recogidos en el artículo 135 de la Constitución Española.

José Luis Escrivá

 

https://www.airef.es/wp-content/uploads/2019/01/opinion-pensiones/190109_Opinion_SS.pdf

 

Reforma constitucional española de 2011

 

https://www.airef.es/es/

 

INFORMES POR ORDEN CRONOLÓGICO

 

https://www.airef.es/es/informes-orden/

 

La autoridad fiscal plantea que el Estado asuma el déficit de la Seguridad Social           09/01/2019

 

 

VI. RESUMEN                                                 75

 

El presente Resumen no sustituye al texto auténtico de las recomendaciones originales.

 

Recomendación 0: Defensa del mantenimiento y mejora del sistema público de pensiones.

 

— Rechaza la sustitución del sistema de reparto por otro de capitalización.

 

— La financiación del sistema de la Seguridad Social debe adecuarse a la naturaleza de la protección, de modo que las prestaciones no contributivas se financien mediante aportaciones del Estado.

 

Recomendación 1: Consolidación de la separación de fuentes y restablecimiento del equilibrio financiero.

 

Separación de fuentes:

— Las cotizaciones sociales deben ser destinadas exclusivamente a financiar prestaciones contributivas.

 

— La financiación de las prestaciones no contributivas de la Seguridad Social ha de efectuarse exclusivamente a través de aportaciones del Estado.

 

Existen gastos hasta ahora sufragados por la Seguridad Social que deben ser asumidos por el Estado con financiación tributaria (con cargo a sus Presupuestos Generales), según un calendario que permita superar el déficit financiero de la Seguridad Social no más tarde de 2023.

 

Recomendación 2: Mantenimiento del poder adquisitivo y mejora de las pensiones.

 

La Comisión defiende el mantenimiento del poder adquisitivo de los pensionistas mediante la revalorización anual de sus pensiones en base al IPC real, así como su garantía por Ley y su preservación mediante la adopción de medidas para asegurar el futuro equilibrio social y financiero del sistema.

 

Recomendación 3: Fondo de reserva.

 

— La disminución del Fondo obedece al persistente desequilibrio financiero que ha deteriorado las cuentas de la Seguridad Social durante sucesivos ejercicios presupuestarios, siendo conveniente establecer un remanente mínimo sujeto a una regla endurecida de disponibilidad.

 

— Una vez que se recupere el equilibrio de las cuentas de la Seguridad Social, debe retomarse la regla según la cual los excedentes de las cotizaciones, sin límite alguno, han de incorporarse al Fondo de Reserva, así como que la disposición de sus activos debe ajustarse estrictamente al pago de prestaciones de naturaleza contributiva.

 

 — El Fondo de Reserva puede ser una importante ayuda para resolver desequilibrios coyunturales entre los ingresos y los gastos de la Seguridad Social, pero no es el mecanismo adecuado para resolver desequilibrios financieros de naturaleza estructural.

 

Recomendación 4: Integración y convergencia de regímenes

 

Se requiere un análisis de convergencia de los diferentes regímenes hasta reducirlos a dos: trabajadores por cuenta ajena y trabajadores por cuenta propia. Se debe continuar avanzando hacia la plena equiparación de los derechos y obligaciones de los trabajadores autónomos con los del Régimen General. Deben promoverse, en el marco del diálogo social, las medidas necesarias para aproximar las bases de cotización de los autónomos a sus ingresos reales.

 

Recomendación 5: Adecuación de las bases y periodos de cotización

 

— Evaluación de la ampliación de la progresiva del período de cálculo de la base reguladora de las pensiones.

 

— Evaluación de la ampliación del periodo cotizado exigible, por Ley, para alcanzar una pensión del cien por cien de la base reguladora.

 

 — Resulta adecuado el mantenimiento y mejora de las pensiones mínimas, con una estructura y cuantías que no desincentiven la cotización.

 

Recomendación 6: Incentivos al empleo.

El sistema de incentivos debe concentrarse en las situaciones y colectivos cuyo empleo se persigue favorecer de forma especial. A este respecto, solamente debe priorizarse con este tratamiento preferente a los colectivos de personas con discapacidad o en riesgo de exclusión social y a las víctimas de violencia de género; asimismo, deben adoptarse medidas de fomento de la contratación de los parados de larga duración, y de los jóvenes, así como incentivarse el mantenimiento del empleo de las personas contratadas que tengan 55 o más años.

 

 

Recomendación 7: Modernización e información al ciudadano

 

Debe darse cumplimiento a las obligaciones de información de modo que cada ciudadano pueda disponer de información periódica individualizada sobre sus futuros derechos de pensión.

 

Recomendación 8: Gestión del sistema.

 

Potenciar la mejora de la gestión, a través de la creación de una agencia de la Seguridad Social que permita la gestión integrada de las funciones de afiliación, recaudatorias y de gestión de prestaciones, con arreglo al marco competencial establecido en la Constitución y los diferentes Estatutos de Autonomía.

 

Abordar de manera inmediata un plan integral de recuperación y renovación de la plantilla de personal al servicio de la Seguridad Social.

Recomendación 9: Mutuas colaboradoras con la Seguridad Social.

 

Es necesario completar el proceso de modernización y transparencia en el funcionamiento de las Mutuas, así como dotarlas de un cierto margen de flexibilidad en el uso de sus recursos, compatible con un estricto control por la Seguridad Social.

 

Recomendación 10: Lucha contra el fraude.

 

— Debe favorecerse que todas las Administraciones implicadas puedan cruzar la información existente en sus bases de datos.

 

— Deben reforzarse los medios de la Inspección de Trabajo y el régimen sancionador a las empresas que no cumplan con sus obligaciones frente a la Seguridad Social.

 

Recomendación 11: Contributividad.

 

Es necesario preservar y reforzar el principio de contributividad sin menoscabo de la solidaridad del sistema.

 

Recomendación 12: Edad de jubilación

 

Es necesario reforzar dos líneas básicas de actuación:

 

— Fomentar la permanencia de los trabajadores en activo.

 

— Atender a las situaciones de vulnerabilidad que la prolongación de la vida laboral pueda generar en determinados colectivos.

 

Recomendación 13: Prestaciones de Viudedad y Orfandad.

 

Debe llevarse a cabo de manera gradual la reformulación integral de las prestaciones por muerte y supervivencia —en especial la de viudedad— manteniendo su carácter contributivo.

 

Recomendación 14 Suprimida.

 

Recomendación 15: Solidaridad y garantía de suficiencia.

 

En relación con el concepto de suficiencia, es preciso:

 

— Fijar una referencia adecuada, que podría ser la tasa de sustitución (porcentaje de la pensión media sobre el salario medio de los trabajadores ocupados)

 

— Establecer un ámbito territorial de medición comparada, en concreto el de los países más avanzados de la Unión Europea.

 

Recomendación 16: Sistemas Complementarios.

 

Es necesario impulsar los planes de pensiones de empleo, sustentados en el marco de la negociación colectiva. En cuanto al tercer pilar, su gestión debe ser más transparente.

 

Recomendación 17: Mujeres y Seguridad Social.

 

Se deben adoptar medidas de carácter estructural para conseguir la equiparación de la cobertura por pensiones entre mujeres y hombres, y potenciar la corresponsabilidad entre géneros.

 

Recomendación 17 bis: Juventud y Seguridad Social.

 

Los jóvenes se ven especialmente perjudicados por la precariedad y el subempleo, lo que dificulta generar amplias carreras continuas de cotizaciones. Estas circunstancias determinan el descrédito de nuestro sistema de seguridad social entre la juventud. Un objetivo básico es que los jóvenes recuperen la confianza en el sistema.

 

Recomendación 18: Personas con discapacidad.

 

Deben intensificarse las medidas dirigidas a su activación, favoreciendo su acceso al empleo. En particular, se propone la compatibilidad de la percepción de las pensiones por incapacidad permanente con la realización de un trabajo.

Recomendación 19: Trabajadores migrantes.

 

Deben apoyarse los puentes de inmigración legal para satisfacer la demanda del mercado laboral español. A tal fin, la Seguridad Social debe adecuar los procesos con medidas que faciliten la gestión de los trámites de contratación, afiliación e integración en el sistema.

 

Recomendación 19 bis: Seguridad Social y economía digitalizada.

 

 

Debe actuarse frente a realidades relacionadas con las características de las actividades que se desarrollan a través de plataformas digitales, como son la economía informal, los falsos autónomos y la infracotización.

 

Recomendación 20: Control parlamentario, seguimiento, evaluación y reforma del Pacto de Toledo.

 

El Gobierno debe comparecer anualmente ante la Comisión para informar de la situación puntual de la Seguridad Social en relación con el cumplimiento de las recomendaciones efectuadas. Transcurridos cinco años, el Congreso de los Diputados habrá de proceder a una revisión general de las recomendaciones, así como evaluar a su grado de cumplimiento.

 

 

VII. ANEXO ESTADÍSTICO                              79-126

 

 

http://www.congreso.es/public_oficiales/L14/CONG/BOCG/D/BOCG-14-D-175.PDF

 

 

 

 

Lovotos particulares presentados al mismo por los grupos parlamentarios Popular; Republicano; Más País, Bloque Nacionalista Gallego (BNG) y Compromís, integrado en el G.P. Plural; Ciudadanos; y EH Bildu.

6/11/2020

Propuestas conjuntan  de Esquerra Republicana de Catalunya y Euskal Herria Bildu sobre 13 recomendaciones.

 

Propuestas del Bloque Nacionalista Gallego (BNG)   

 

Partido Popular   recomendación 16 Sistemas complementarios                     

 

Ciudadanos   recomendación 12 Edad de jubilación, recomendación 16

 

Más País  recomendación 12 Edad de jubilación

 

http://www.congreso.es/backoffice_doc/prensa/notas_prensa/78195_1605687200342.pdf

 

 

El Congreso rechaza todos los votos particulares al Pacto de Toledo   19/11/2020

 

 

¿Se puede cobrar el paro y la pensión de jubilación a la vez?  10/11/2020 

 

En el año 2018, el último del que existen datos estadísticos disponibles, en nuestro país se resolvieron 168.197 expedientes de solicitud de pensiones de incapacidad permanente. De ellos, el 46,53 % fueron favorables a la concesión de la pensión, lo que supone que se denegaron más de la mitad de solicitudes de incapacidad presentadas, concretamente el 53,47 %. Así se desprende de los datos históricos sobre el INSS que se publican en la web del Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones dentro del Informe Estadístico del INSS de 2018.

 

"Venimos aludiendo al término de 'Cifras de la vergüenza' para referirnos a los datos sobre incapacidades permanentes rechazadas anualmente, de los que ni el INSS ni ninguna administración dan datos oficiales", denuncian desde Jóvenes Pensionistas por la Defensa del Sistema Públlico de Pensiones.

 

 

"Nos tienen abandonados": El duro proceso de quien solicita una pensión de incapacidad permanente   10/11/2020 

 

Relacionado

 

Más de la mitad de las solicitudes de pensiones por incapacidad permanente son denegadas

 

 

EPSV de empleo GEROA: un caso de éxito en Guipúzcoa   11/11/2020

 

 

Vídeo | Siga en directo el debate de las enmiendas a los próximos presupuestos      11.11.2020

El Pleno celebra el debate de totalidad del Proyecto de Ley de Presupuestos Generales del Estado para el año 2021

Sesión Plenaria (11/11/2020) 12:00 horas

 

https://www.youtube.com/watch?v=fANWSwPEiso&feature=emb_title

 

 

Sesión Plenaria    Sesión n° 57   11/11/2020

 

 

https://app.congreso.es/AudiovisualCongreso/audiovisualEmisionSemiDirecto?&idLegislaturaElegida=14&codOrgano=400&codSesion=57

 

 

                              CORTES GENERALES

 DIARIO DE SESIONES DEL CONGRESO DE LOS DIPUTADOS

              PLENO Y DIPUTACIÓN PERMANENTE

XIV LEGISLATURA              Núm. 60

 

Sesión plenaria núm. 57 celebrada el miércoles 11 de noviembre de 2020

ORDEN DEL DÍA:

Debates de totalidad de iniciativas legislativas:

Proyecto de Ley de Presupuestos Generales del Estado para el año 2021. «BOCG. Congreso de los Diputados», serie A, número 35-1, de 30 de octubre de 2020. (Número de expediente 121/000035)

 

https://www.congreso.es/public_oficiales/L14/CONG/DS/PL/DSCD-14-PL-60.PDF

 

   

¿Qué es una EPSV?

 

 

¿Quién puede cobrar una pensión SOVI?   11/11/2020 

 

Magdalena Valerio: "España no tiene un problema de gasto excesivo en pensiones"   11/11/2020 



Prepara la reforma de las pensiones

Escrivá encarga una encuesta para saber por qué los españoles se jubilan antes     11.11.2020

 

Los millennials, partidarios de reformar las pensiones y que se cobre según lo cotizado  12/11/2020 

 

 

El IEE critica que las pensiones aceleran su ganancia de poder adquisitivo en un contexto de crisis   12/11/2020 

 

Instituto de Estudios Económicos 

 

 

El IEE cree que son unos presupuestos de gasto expansivo en un escenario económico poco realista

 

https://www.ieemadrid.es/wp-content/uploads/IEE_Informe-de-Opinion-Nov.-2020.-Los-Presupuestos-Generales-del-Estado-para-2021.pdf

 

 

Colapso administrativo: problemas con la Seguridad Social a la hora de reconocer prestaciones  12/11/2020 

 

Los fraudes en los ERTE se desatan de nuevo como ya ocurrió en la primera ola  14/11/2020

 

¿Qué parte de mi sueldo se destina a la pensión de jubilación?  14/11/2020 

 

PENSIONES

 

 Asegura que no se opone a los planes de pensiones de empleo, siempre y cuando estén dentro de la negociación colectiva, pero sí advierte de que “imponer planes de pensiones de empresa significaría más cargas y perder competitividad”

 

Garamendi: "Imponer planes de pensiones de empresa significaría más cargas y perder competitividad"  15/11/2020 

 

¿Cuántas pensiones de otros países puedo cobrar?

15/11/2020 

 

 

El impacto de las lagunas de cotización en tu pensión de jubilación   16/11/2020 

 

Cómo ahorrar para la jubilación y no depender 100% de la pensión   16/11/2020 

 

 

El Gobierno compensará la pensión por los periodos sin cotizar tras tener un hijo   16/11/2020 

 

Asciende a 74.855 millones de euros, aproximadamente un 6% del Producto Interior Bruto (PIB)

La deuda de la Seguridad Social supera los 74.000 millones y obliga a reformar las pensiones    17/11/2020

 

 

El 87% de las empresas, dispuestas a realizar aportaciones a los planes de pensiones de empleados    17/11/2020

 

Relacionados

 

 

 

Lo que debes saber si tienes 60 años y quieres jubilarte parcialmente  17/11/2020

 

 

Paga extra de las pensiones de noviembre 2020: ¿Cuál es la fecha de cobro en cada banco?   17/11/2020

 

 

El Gobierno transferirá otros 6.000 millones para equilibrar las cuentas de la Seguridad Social   17/11/2020

 

 

El Estado presta otros 6.000 millones a la Seguridad Social para la extra de Navidad de los pensionistas y ya suma 51.000 millones este año     17/11/2020

 

 

El Gobierno baja el IVA de las mascarillas del 21 al 4% pero solo hasta diciembre de 2021     17.11.2020 

 

 

Entra en vigor la bajada del IVA de las mascarillas: este es el nuevo precio máximo    17.11.2020 

 

 

El Gobierno baja el IVA de las mascarillas del tipo general del 21 % al superreducido del 4 %      17.11.2020 

 

 

PSOE y UP rechazan la bajada del IVA de mascarillas y geles que proponía Cs             01.07.2020 

 

 

El nuevo Pacto de Toledo y su reforma de las pensiones llegan al Pleno del Congreso    17/11/2020

 

El Pleno del Congreso votará este jueves las nuevas recomendaciones aprobadas por la Comisión de seguimiento y evaluación de los acuerdos del Pacto de Toledo, que servirán de orientación para la reforma del sistema público de pensiones, así como los votos particulares presentados por los grupos y que hasta ahora no cuentan con suficiente mayoría para ser incluidos.

 

 

El nuevo Pacto de Toledo, guía para la reforma de las pensiones, llega al Pleno del Congreso    18/11/2020 

 

 

Así es la indemnización por muerte en accidente de tráfico o enfermedad profesional   18/11/2020



Pensiones: El Gobierno garantiza el pago de la extra de Navidad con una nueva transferencia     18/11/2020

 

 

"El Pacto de Toledo apenas aporta cambios significativos sobre la sostenibilidad de las pensiones"    18/11/2020

 

Los expertos proponen una jubilación flexible entre los 60 años y los 75 años... y que el trabajador elija    18/11/2020 

 

 

Pacto de Toledo

https://www.eleconomista.es/tags/Pacto-de-Toledo

 

 

 

El Congreso aprueba este jueves el Pacto de Toledo... y arranca la reforma legal de las pensiones  19/11/2020

 

 

El Pleno del Congreso ratifica el informe del Pacto de Toledo 19.11.2020 

 

 

DIRECTO. CONGRESO DE LOS DIPUTADOS: El Pleno del Congreso vota hoy el nuevo Pacto de Toledo   19.11.2020 

 

 

Sesión Plenaria (19/11/2020)

 

https://www.youtube.com/watch?v=w0_lYT66uwE&feature=emb_logo&app=desktop

 

 

El Pleno debate y vota dos RDL (01:40:03​), el informe de evaluación y reforma del Pacto de Toledo (04:39:27​), el dictamen de la Comisión de Educación y Formación Profesional sobre el Proyecto de Ley Orgánica de modificación de la Ley de Educación (00:03:24​) y los dictámenes de la Comisión Mixta para las Relaciones con el Tribunal de Cuentas en relación con la Declaración sobre la Cuenta General del Estado de los ejercicios 2017 y 2018 (06:19:54​).

 

 

En directo: Sesión Plenaria  Sesión nº 61    19/11/2020

 

http://www.congreso.es/wc/wc/audiovisualdetalledisponible?codSesion=61&codOrgano=400&fechaSesion=19/11/2020&mp4=mp4&idLegislaturaElegida=14

 

 

 

 

El Pleno envía al Senado el dictamen de la Comisión sobre la reforma de la Ley de Educación y aprueba el informe para la reforma del Pacto de Toledo     19/11/2020

 

http://www.congreso.es/portal/page/portal/Congreso/Congreso/SalaPrensa/NotPre?_piref73_7706063_73_1337373_1337373.next_page=/wc/detalleNotaSalaPrensa&idNotaSalaPrensa=38051&anyo=2020&mes=11&pagina=1&mostrarvolver=S&movil=null

 

 

             PLENO DEL CONGRESO DE LOS DIPUTADOS

                                ORDEN DEL DÍA

Sesión nº59

Martes, 17 de noviembre de 2020

Jueves, 19 de noviembre de 2020

VIII. Informes de Comisiones Permanentes 28.

 

 Informe de evaluación y reforma del Pacto de Toledo, aprobado por la Comisión Permanente de Seguimiento y Evaluación de los Acuerdos del Pacto de Toledo. "BOCG. Congreso de los Diputados", serie D, número 175, de 10 de noviembre de 2020. (Núm. expte 151/000004)

 

 

http://www.congreso.es/backoffice_doc/atp/orden_dia/pleno_059_17112020.pdf

 

 

El Pleno debate y vota dos RDL, el informe de evaluación y reforma del Pacto de Toledo, el dictamen de la Comisión de Educación y Formación Profesional sobre el Proyecto de Ley Orgánica de modificación de la Ley de Educación y los dictámenes de la Comisión Mixta para las Relaciones con el Tribunal de Cuentas en relación con la Declaración sobre la Cuenta General del Estado de los ejercicios 2017 y 2018

 

Sesión Plenaria    Sesión nº 61     19/11/2020

 

 

Intervención  a las 4:45 horas de comenzar. Exposición sobre el informe de evaluación y reforma del Pacto de Toledo

 

Sesión Plenaria (19/11/2020

 

https://www.youtube.com/watch?v=w0_lYT66uwE&feature=emb_logo

 

 

   Valerio Cordero, Magdalena (GS) (Presidenta de la Comisión de Seguimiento y Evaluación de los Acuerdos del Pacto de Toledo)

 

http://www.congreso.es/wc/wc/audiovisualEmisionSemiDirecto?idLegislaturaElegida=14&codOrgano=400&codSesion=61

 

Creación de la Comisión de Seguimiento y Evaluación de los Acuerdos del Pacto de Toledo. (151/000004)

 

 

El Pleno debate el dictamen de la Comisión sobre la reforma de la Ley de Educación y el informe para la reforma del Pacto de Toledo. 19/11/2020

 

También se debaten y votan en la sesión de hoy las recomendaciones para la reforma del Pacto de Toledo acordadas por la Comisión Permanente de Seguimiento y Evaluación de los Acuerdos del Pacto de Toledo  (10 de noviembre de 2020), entre otros asuntos. 


 

Pacto de Toledo 

La sesión plenaria continuará con el informe de evaluación y reforma del Pacto de Toledo, aprobado por la Comisión Permanente de Seguimiento y Evaluación de los Acuerdos del Pacto de Toledo el pasado 27 de octubre, así como los votos particulares presentados al mismo por los grupos parlamentarios Popular; Republicano; Más País, Bloque Nacionalista Gallego (BNG) y Compromís, integrado en el G.P. Plural; Ciudadanos; y EH Bildu.

 

Tras más de una treintena de sesiones, desde la XII Legislatura, en las que los miembros de la Comisión han escuchado la comparecencia de autoridades y expertos, se ha elaborado el informe que contiene las recomendaciones para la reforma del acuerdo sobre las pensiones. 

 

El Congreso reafirma su compromiso en el mantenimiento, mejora y adaptación del sistema público de Seguridad Social y, especialmente, del sistema de pensiones, basado en la solidaridad intergeneracional y en el seno de cada generación, y a través del reparto equitativo de las cargas; se opone a cualquier transformación radical del sistema, considera que el actual sistema de pensiones, en su modalidad contributiva, da una respuesta protectora frente a las situaciones de necesidad en que pueden encontrarse trabajadores, pensionistas, y sus familiares, y reitera que la financiación de la Seguridad Social ha de adecuarse a la naturaleza de las prestaciones.

 

 

http://www.congreso.es/portal/page/portal/Congreso/Congreso/SalaPrensa/NotPre?_piref73_7706063_73_1337373_1337373.next_page=/wc/detalleNotaSalaPrensa&idNotaSalaPrensa=38051&anyo=2020&mes=11&pagina=1&mostrarvolver=S&movil=null

 

 

 

Congreso de los diputados

 

http://www.congreso.es/portal/page/portal/Congreso/Congreso

 

 

El Pleno envía al Senado el dictamen de la Comisión sobre la reforma de la Ley de Educación y aprueba el informe para la reforma del Pacto de Toledo.   19/11/2020

 

Portal de publicaciones

 

http://www.congreso.es/portal/page/portal/Congreso/Congreso/Publicaciones/PubliOfiUltDias


DIARIO DE SESIONES DEL CONGRESO DE LOS DIPUTADOS

 

Núm. 64 Pleno y Diputación Permanente. Sesión celebrada el jueves, 19 de noviembre de 2020.

 

Informes de comisiones permanentes:

— Informe de evaluación y reforma del Pacto de Toledo, aprobado por la Comisión Permanente de Seguimiento y Evaluación de los Acuerdos del Pacto de Toledo. «BOCG. Congreso de los Diputados», serie D, número 175, de 10 de noviembre de 2020. (Número de expediente 151/000004)

 

Desde la página 53-71

 

Página 82

INFORMES DE COMISIONES PERMANENTES. (VOTACIÓN):

 

— INFORME DE EVALUACIÓN Y REFORMA DEL PACTO DE TOLEDO, APROBADO POR LA COMISIÓN PERMANENTE DE SEGUIMIENTO Y EVALUACIÓN DE LOS ACUERDOS DEL PACTO DE TOLEDO. (Número de expediente 151/000004).

 

La señora PRESIDENTA: Informes de Comisiones permanentes. Votación del informe de evaluación y reforma del Pacto de Toledo, aprobado por la Comisión de Seguimiento y Evaluación de los Acuerdos del Pacto de Toledo. Votamos el informe de la Comisión.

 

Efectuada la votación, dio el siguiente resultado: votos emitidos, 102 más 240 votos telemáticos, 342; a favor, 102 más 160 votos telemáticos, 262; en contra, 2 votos telemáticos; abstenciones, 78 votos telemáticos.

 

http://www.congreso.es/public_oficiales/L14/CONG/DS/PL/DSCD-14-PL-64.PDF

 

 

Congreso de los Diputados

 

Informes de Comisiones Permanentes

Sesión: 61         Votación: 210          Fecha: 19/11/2020

-Votación del Informe de evaluación y reforma del Pacto de Toledo, aprobado por la Comisión de Seguimiento y Evaluación de los Acuerdos del Pacto de Toledo. 19 de noviembre de 2020

 

https://app.congreso.es/votacionesWeb/InvocaReport?sesion=61&votacion=210&legislatura=14

 

 

 

Votaciones plenarias (registradas con sistema electrónico o por asentimiento):

VOTACIÓN PLENARIA del día 19/11/2020 enlace >>
Informe de evaluación y reforma del Pacto de Toledo, aprobado por la Comisión Permanente de Seguimiento y Evaluación de los Acuerdos del Pacto de Toledo.

 

 

http://www.congreso.es/portal/page/portal/Congreso/Congreso/Iniciativas?_piref73_2148295_73_1335437_1335437.next_page=/wc/servidorCGI&CMD=VERLST&BASE=IW14&FMT=INITXDSS.fmt&DOCORDER=FIFO&OPDEF=ADJ&QUERY=%28151%2F000004*.NDOC.%29&DOCS=1-1

 

 

 

Congreso de los diputados  https://www.congreso.es/web/guest

 

Pacto Toledo https://www.congreso.es/web/guest/busqueda?p_p_id=buscador&p_p_lifecycle=0

 

 

Revista de prensa:

 

El Congreso rechaza todos los votos particulares al Pacto de Toledo     19/11/2020

 

 

El Congreso aprueba por amplia mayoría el Pacto de Toledo y empieza la reforma de las pensiones    19/11/2020

 

Congreso aprueba por mayoría las nuevas recomendaciones del Pacto de Toledo   19/11/2020

 

 

El Pleno aprueba el informe de Evaluación y Reforma del Pacto de Toledo    19/11/2020

 

 

El Congreso respalda las recomendaciones del Pacto de Toledo para reformar las pensiones   19/11/2020

 

 

¿Qué es el Pacto de Toledo?    19/11/2020

 

 

El Congreso vota el acuerdo del Pacto de Toledo que permitirá la subida de las pensiones con el IPC     19/11/2020

 

 

El Congreso vota las recomendaciones del Pacto de Toledo para la reforma de las pensiones      19.11.2020 

 

 

Votación de la Ley Celaá en el Congreso de los Diputados hoy jueves 19 de noviembre, streaming en directo

 

 

En la comisión, las nuevas recomendaciones salieron adelante con los votos del PSOE, el PP, Unidas Podemos, Ciudadanos, Junts, el PNV y Coalición Canaria, mientras que Esquerra Republicana y EH-Bildu optaron por abstenerse. Únicamente Vox votó en contra.

 

 

El Pleno del Congreso vota el nuevo Pacto de Toledo, guía para la futura reforma de pensiones     19.11.2020 

 

PSOE y PP celebran el acuerdo en el Pacto de Toledo   19.11.2020 

 

https://www.rtve.es/alacarta/audios/las-mananas-de-rne-con-inigo-alfonso/psoe-pp-amplio-acuerdo-pensiones-pacto-toledo/5719411/

 

 

El Congreso renueva este jueves el Pacto de Toledo   19.11.2020 

 

 

https://elpais.com/noticias/pacto-toledo/

 

 

El Congreso aprueba hoy la reforma de pensiones: estos serán los cambios en la jubilación a partir de 2021     19/11/2020

 

 

https://www.eleconomista.es/tags/Pacto-de-Toledo

El Congreso renueva este jueves por tercera vez en 25 años el Pacto de Toledo    19.11.2020 

 

Guía para tomar decisiones antes de final de año y ahorrar en la próxima declaración de la Renta    19/11/2020

 

 

Antonio Garamendi es un empresario español, presidente de la CEOE.

 

 

Antonio Garamendi: "Si queremos que las pensiones funcionen, necesitamos empleo de calidad   19/11/2020

 

 

El Congreso envía al Senado la reforma de la Ley Orgánica de Educación       20/11/2020

 

 

Auditoría, mochila austriaca o destope de bases máximas quedan fuera de la reforma de las pensiones   20/11/2020

 

 

El Congreso valida la reforma de las pensiones del Pacto de Toledo... ¿Y ahora qué?  20/11/2020

 

 

Juanma del Olmo, director de Estrategia del vicepresidente e imputado por administración desleal de Podemos, trata de desvincularse del dinero desviado por la consultora a empresas mexicanas.

 

El director de campaña de Iglesias admite ante el juez que no controlaba los trabajos de Neurona   20/11/2020

 

 

Juan Manuel del Olmo, empresario en el consejo ciudadano, elegido a dedo, por el macho alfa   4/12/2014

 

Moncloa se harta de la deslealtad de Podemos: "Tras los Presupuestos se romperán los platos"  21/11/2020

 

 

NOTA DE LA REDACCIÓN: Esta nota de prensa está basada en un comunicado remitido a nuestra redacción con la firma de COESPE. Tras recibir varios comentarios de nuestros lectores que nos  alertaron sobre la posibilidad de que el comunicado recibido no procediera de COESPE, sino de UNIDAD Coespe, colectivo escindido de esta Coordinadora, consultamos a ambos colectivos que confirmaron que, efectivamente, correspondía al segundo de ellos. La aclaración al respecto de esta confusión se encuentra en la entrevista adjunta a la portavoz de COESPE, Conchita Ribera.

LA COORDINADORA ESTATAL DE PENSIONISTAS ATÓNITA ANTE LA TRAICIÓN DE PODEMOS (VÍDEO 20/11/2020

 

 

Portavoz de COESPE denuncia los planes gubernamentales para la contrarreforma de las pensiones

 

https://www.youtube.com/watch?v=elcFsqbnpyY&feature=emb_logo

 

 


                      La incoherencia de Unidas Podemos

 

 

Referencias:

 

Podemos propone pensiones más altas y desde los 61 años   5/7/2017  

 

 

Podemos propone jubilarse a los 61 años si se tiene derecho al 100% de la pensión     5/7/2017  

 

 

Unidos Podemos pide facilitar la jubilación desde los 61 y estudiar nuevos impuestos para financiar la Seguridad Social  5/7/2017  

 

 

Podemos propone subir todos los grandes impuestos y disparar las cotizaciones para financiar su reforma de las pensiones  5/7/2017  

 

 

Jubilación desde los 61 y no bonificar las cotizaciones a la Seguridad Social: Podemos pide “pensiones dignas”  5/7/2017  

 

 

 

MEMORIA ECONÓMICA.

Proposición de Ley sobre la revalorización de las pensiones y supresión del factor de sostenibilidad.    25 de enero de 2018

 

https://podemos.info/memoria-economica-proposicion-de-ley-sobre-la-revalorizacion-de-las-pensiones-y-supresion-del-factor-de-sostenibilidad/

 

 

Proposición de Ley sobre la revalorización de las pensiones y supresión del factor de sostenibilidad.

 

Presentada por el Grupo Parlamentario Confederal de Unidos Podemos-En Comú Podem-En Marea.

 

2 de febrero de 2018               Núm. 201-1

 

https://www.congreso.es/public_oficiales/L12/CONG/BOCG/B/BOCG-12-B-201-1.PDF

 

 

 

El Gobierno veta la propuesta de Podemos para subir las pensiones con el IPC     10.03.2018 

 

 

Proposición de Ley sobre reforma de las pensiones y otras medidas del orden social.

 

Presentada por el Grupo Parlamentario Confederal de Unidos Podemos-En Comú Podem-En Marea.

 

7 de mayo de 2018                     Núm. 259-1

 

https://www.congreso.es/public_oficiales/L12/CONG/BOCG/B/BOCG-12-B-259-1.PDF

 

Alternativas a las recomendaciones del Pacto de Toledo. Propuesta del grupo confederal Unidos Podemos-En común-En Marea para garantizar el sistema público de pensiones.

 

Febrero de 2019

 

http://congreso.enmarea.gal/wp-content/uploads/2019/02/ALTERNATIVAS-A-LAS-RECOMENDACIONES-DEL-PACTO-DE-TOLEDO.pdf

 

 

 

Proposición de Ley de modificación del Real Decreto Legislativo 8/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social, con objeto de mejorar la garantía de suficiencia de ingresos de la población.

 

Presentada por el Grupo Parlamentario Confederal de Unidos Podemos-En Comú Podem-En Marea.

 

8 de marzo de 2019      Núm. 377-1

 

https://www.congreso.es/public_oficiales/L12/CONG/BOCG/B/BOCG-12-B-377-1.PDF

 

 

Programa electoral de Unidas Podemos para las elecciones generales de 2019,   celebrada el 10 de noviembre

 

 “Garantías de Justicia Laboral y Pensiones   pág. 73 (161- 201)

 

 

Elecciones generales de España de noviembre de 2019

 

https://es.wikipedia.org/wiki/Elecciones_generales_de_Espa%C3%B1a_de_noviembre_de_2019

 

Resultado de las elecciones generales 2019  de 10 de noviembre

 

 

https://resultados.elpais.com/elecciones/generales.html

 

 

 

Texto íntegro: acuerdo de coalición PSOE-Unidas Podemos  30 de diciembre de 2019.

 

 

 

 

 

El ahorro fiscal de hasta 3.600 euros en planes de pensiones se quedará en solo 900 tras las campanadas       21/11/2020

 

 

Las nuevas pensiones ya son un 16% más altas que el salario más frecuente        23/11/2020

 

 

Guía para entender cómo quedarán las pensiones en 2021

23 noviembre 2020

 

Al menos ocho ministros del Gobierno tienen planes de pensiones privados, pero ninguno es de Unidas Podemos 23/11/2020

 

 

Oliu y Guardiola se irán del Sabadell con 33 millones para su jubilación       23/11/2020

 

 

Posponer la edad de jubilación puede ser perjudicial para la salud  25/11/2020

 

 

Pacto de Toledo: contener el gasto público, favorecer el sistema privado   28/11/2020 por MIKEL DE LA FUENTE

 

 




 

Los Pactos de Toledo se crearon para privatizar el sistema público de pensiones entregar los cientos de miles de millones que mueven las pensiones a la banca, en un modelo similar al que aplicó Pinochet en Chile, que ha sido terrible para ese país.

 

 

«Este gobierno, que se dice progresista, no está cumpliendo ninguna de las promesas que hizo a los pensionistas»  28/11/2020

 

 

Fuente: https://canarias-semanal.org/art/29162/este-gobierno-que-se-dice-progresista-no-esta-cumpliendo-ninguna-de-las-promesas-que-hizo-a-los-pensionistas

 

 

Referencia:

LA COORDINADORA ESTATAL DE PENSIONISTAS ATÓNITA ANTE LA TRAICIÓN DE PODEMOS (VÍDEO)   20/11/2020

 

 

El Pleno comienza a debatir el dictamen de la Comisión de Presupuestos sobre el Proyecto de Ley de Presupuestos Generales del Estado para el año 2021

Sesión Plenaria (30/11/2020)

 

https://www.youtube.com/watch?v=cWTaFfnSrck

 

Sesión Plenaria    Sesión n° 62   30/11/2020

 

 

https://app.congreso.es/AudiovisualCongreso/audiovisualEmisionSemiDirecto?&idLegislaturaElegida=14&codOrgano=400&codSesion=62

 

 

CORTES GENERALES. DIARIO DE SESIONES DEL CONGRESO DE LOS DIPUTADOS. PLENO Y DIPUTACIÓN PERMANENTE.

XIV LEGISLATURA     Núm. 65

Sesión plenaria núm. 62 celebrada el lunes 30 de noviembre de 2020

Orden del día.

Dictámenes de Comisiones sobre iniciativas legislativas: — Proyecto de ley de Presupuestos Generales del Estado para el año 2021. «BOCG. Congreso de los Diputados», serie A, número 35-1, de 30 de octubre de 2020. (Correcciones de error en «BOCG. Congreso de los Diputados», serie A, número 35-4, de 13 de noviembre de 2020 y «BOCG. Congreso de los Diputados», serie A, número35-5, de 19 de noviembre de 2020). (Número de expediente 121/000035) ..

 

 

https://www.congreso.es/public_oficiales/L14/CONG/DS/PL/DSCD-14-PL-65.PDF

 

 

Proyecto de Ley de Presupuestos Generales del Estado para el año 2021. (121/000035)

 

https://www.congreso.es/web/guest/busqueda-de-iniciativas?p_p_id=iniciativas&p_p_lifecycle=0&p_p_state=normal&p_p_mode=view&_iniciativas_mode=mostrarDetalle&_iniciativas_legislatura=XIV&_iniciativas_id=121/000035

 

 

Vídeo: unifiquemos las luchas  1/12/2020

 

https://encuentrocomunista.org/articles/video-unifiquemos-las-luchas/

 

 

Los salarios bajan a consecuencia de la COVID-19, concluye un nuevo informe de la OIT   2/12/2020

 

 

Presupuestos Generales del Estado de 2021

 

Sesión Plenaria (01/12/2020)

 

https://www.youtube.com/watch?v=0xAaemgX4vM

 

La ministra de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación; el ministro de Justicia; la ministra de Defensa; el ministro del Interior; el ministro de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana; la ministra de Educación y Formación Profesional; la ministra de Trabajo y Economía Social; la ministra de Industria, Comercio y Turismo; el ministro de Agricultura, Pesca y Alimentación; la ministra de Política Territorial y Función Pública; y la ministra de Hacienda, defienden ante el Pleno las partidas de sus respectivos Departamentos en el Proyecto de Ley de Presupuestos Generales del Estado para el año 2021

 

Sesión Plenaria     Sesión n° 63     01/12/2020

 

https://app.congreso.es/AudiovisualCongreso/audiovisualEmisionSemiDirecto?&idLegislaturaElegida=14&codOrgano=400&codSesion=63

 

PLENO DEL CONGRESO DE LOS DIPUTADO. ORDEN DEL DÍA. Sesión nº62

 

LUNES, 30 DE NOVIEMBRE, MARTES, 1 DE DICIEMBRE, MIÉRCOLES, 2 DE DICIEMBRE, JUEVES, 3 DE DICIEMBRE

 

https://www.congreso.es/backoffice_doc/atp/orden_dia/pleno_062_30112020.pdf

 

 

El Pleno envía al Senado el proyecto de Presupuestos Generales del Estado de 2021

03/12/2020

https://www.congreso.es/web/guest/notas-de-prensa?p_p_id=notasprensa&p_p_lifecycle=0&p_p_state=normal&p_p_mode=view&_notasprensa_mvcPath=detalle&_notasprensa_notaId=38229

 

PLENO DEL CONGRESO DE LOS DIPUTADO. ORDEN DEL DÍA. Sesión nº62

 

LUNES, 30 DE NOVIEMBRE, MARTES, 1 DE DICIEMBRE, MIÉRCOLES, 2 DE DICIEMBRE, JUEVES, 3 DE DICIEMBRE

 

https://www.congreso.es/backoffice_doc/atp/orden_dia/pleno_062_30112020.pdf

 

 

Los Presupuestos Generales de 2021 superan el trámite del Congreso por amplia mayoría

Jueves 3 de diciembre de 2020

 

 

https://www.lamoncloa.gob.es/serviciosdeprensa/notasprensa/hacienda/Paginas/2020/031220-pge2021.aspx

 

 

El Pleno envía al Senado el proyecto de Presupuestos Generales del Estado de 2021

03/12/2020

https://www.congreso.es/web/guest/notas-de-prensa?p_p_id=notasprensa&p_p_lifecycle=0&p_p_state=normal&p_p_mode=view&_notasprensa_mvcPath=detalle&_notasprensa_notaId=38229

 

Las empresas temen que Escrivá les pida una derrama para pagar bajas por Covid      03.12.2020

 

 

Congreso chileno aprueba el segundo retiro anticipado del 10% del fondo de pensiones   4/12/2020

 

Chile aprueba un segundo retiro anticipado del 10% de las pensiones  4/12/2020

 

Congreso chileno aprueba el segundo retiro anticipado del 10% del fondo de pensiones  4/12/2020

 

 

Un recorrido por las colas del hambre en los barrios de Madrid  6/12/2020

 

  



 

Pacto de Toledo: El sistema público de pensiones en venta    6/12/2020

 

PINCHA AQUÍ PARA IR AL DOCUMENTO ÍNTEGRO

 

[1]https://datosmacro.expansion.com/pib/espana

.

[2]El mayor fondo de pensiones del mundo Black Rock destina anualmente (reconocido oficialmente) más de un millón y medio de euros para “convencer” a numerosos europarlamentarios que votaran a favor del PePP (Plan paneuropeo de pensiones privadas) hace dos años. Al margen se destinaron grandes sumas que están siendo estudiadas via judicial en el caso de varios parlamentarios laboristas y conservadores ingleses que incluían viajes a hoteles de lujo en Riad sin compañía femenina (al menos la legítima) Ver: El PEPP: el austericidio de las pensiones públicas. Los nuevos adivinos

(I)https://www.cronicapopular.es/2019/03/el-pepp-el-austericidio-de-las-pensiones-publicas-los-nuevos-adivinos-i/

 

El pacto de Toledo no es fruto de la especificidad de nuestro país, forma parte de un contexto más amplio. Fue el Banco Mundial quién en 1994 marcaba en sus análisis las directrices. El documento base se tituló: “Averting Teh Old Age Crisis”[3] (Envejecimiento sin crisis, en la versión española).[4] Los organismos internacionales de la Gobernanza mundial actuaron al unísono. Son aves de mal agüero, pretenden hacernos creer en la inevitabilidad de los recortes.

 

Averting the Old Age Crisis

 

[3]http://documents1.worldbank.org/curated/en/973571468174557899/pdf/multi-page.pdf

 

 

Versión española

Envejecimiento sin crisis

 

http://documents1.worldbank.org/curated/es/204101468190731858/pdf/135840PUB00SPANISH00Box074505B0PUBLIC0.pdf

 

[4]http://documents1.worldbank.org/curated/en/973571468174557899/pdf/multi-page.pdf

 

                              TRIBUNAL DE CUENTAS

Nº 1.381 INFORME DE FISCALIZACIÓN SOBRE LA EVOLUCIÓN ECONÓMICOFINANCIERA, PATRIMONIAL Y PRESUPUESTARIA DEL SISTEMA DE LA SEGURIDAD SOCIAL Y SU SITUACIÓN A 31 DE DICIEMBRE DE 2018

 

[5]https://www.tcu.es/repositorio/de226696-6741-4ff2-ba7a-5a334e86e7f6/I1381.pdf

 

SALDO DE LA SEGURIDAD SOCIAL Y FONDO DE RESERVA

[6] https://www.uv.es/pensiones/docs/pensiones-jubilacion/Fondo_reserva.pdf

 

[7]El factor de sostenibilidad es un mecanismo previsto por la ley actualmente vigente, que interviene en el cálculo de la pensión inicial de jubilación, reduciéndola en función de lo que haya aumentando la esperanza de vida y otras variables, desde el momento de la jubilación. Tenía prevista su entrada en vigor en España el 1 de enero de 2019, pero tras la presión social, en abril de 2018 el gobierno suspendió esta cláusula hasta 2023.

[8]Pag 43.

file:///C:/Users/usuario/Documents/video%20pacto%20de%20toledo/documentos%20definitivos%20pacto%20de%20Toledo/16.11.2020%20v.%203%20definitiva%20

 

 

 

El Pacto de Toledo de 2020: El sistema público de pensiones en venta.

 

Luque Guerrero, E. y Franquesa Artés, R. 2020. “El Pacto de Toledo. El sistema público de pensiones en venta”. El Viejo Topo, 3 de diciembre. En https://www.elviejotopo.com/topoexpress/sistema-publico-de-pensiones-en-venta

 

 

Pacto de estabilidad y crecimiento

 

https://es.wikipedia.org/wiki/Pacto_de_estabilidad_y_crecimiento

 

https://ec.europa.eu/info/business-economy-euro/economic-and-fiscal-policy-coordination/eu-economic-governance-monitoring-prevention-correction/european-semester/framework/stability-and-growth-pact_es

 

 

Diario Oficial de la Unión Europea     17.12.2007

 

                             TRATADO DE LISBOA

 

POR EL QUE SE MODIFICAN EL TRATADO DE LA UNIÓN EUROPEA Y EL TRATADO CONSTITUTIVO DE LA COMUNIDAD EUROPEA

 

https://www.boe.es/doue/2007/306/Z00001-00271.pdf

 

 

 

Pedro Sánchez, la mochila austriaca o el arte del engaño

 

El PEPP: el austericidio de las pensiones públicas. Los nuevos adivinos (I)   30/3/ 2019 

 

 


(Plan paneuropeo de pensiones privadas)

 

Pensión paneuropea (Producto Paneuropeo de Pensiones (PEPP) o Producto Paneuropeo de Pensiones Personales

 

https://en.wikipedia.org/wiki/Pan-European_Pension

 

Está regulado por el

Reglamento (UE) 2019/1238 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 20 de junio de 2019, sobre un Producto de Pensiones Personales paneuropeo (PEPP) (Texto pertinente a efectos del EEE)

https://eur-lex.europa.eu/eli/reg/2019/1238/oj

 

Reglamento (UE) 2019/1238 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 20 de junio de 2019 relativo a un producto paneuropeo de pensiones individuales (PEPP)

https://eur-lex.europa.eu/legal-content/ES/TXT/PDF/?uri=CELEX:32019R1238&from=EN

 

Llegan los primeros planes de pensiones paneuropeos ¿En qué consisten?   29/6/2017

 

Bruselas quiere revolucionar el mercado europeo de pensiones personales con un nuevo producto sencillo, de costes y riesgos controlados y adaptado a las necesidades de las personas que a lo largo de su vida laboral vivan o trabajen en varios países de la Unión Europea.

 

La nueva etiqueta PEPP (Pan-European Personal Pension Product) identificará a esos planes de pensiones privados, que deberán ser autorizados por la Autoridad Europea de Seguros y Pensiones de Jubilación (EIOPA) y podrán ser comercializados por bancos, aseguradoras, fondos o gestores de inversión.

Bruselas quiere revolucionar el mercado europeo de pensiones personales con un nuevo producto sencillo, de costes y riesgos controlados y adaptado a las necesidades de las personas que a lo largo de su vida laboral vivan o trabajen en varios países de la Unión Europea.

La CE calcula que pueden captar 700.000 millones de euros hasta 2030

 

Llegan los primeros planes de pensiones paneuropeos ¿En qué consisten?   29/6/2017

 

La Comisión pone en marcha un nuevo producto paneuropeo de pensiones individuales destinado a ayudar a los consumidores a ahorrar para la jubilación     29/6/2017

 

La Unión Europea impulsa los planes de pensiones privados con un nuevo "producto paneuropeo"   13/2/2019

 

Planes de pensiones paneuropeos: ¿en qué consisten?  18/3/2019

 

En qué consiste el plan aprobado por el Parlamento Europeo para favorecer a la banca y los planes privados de pensiones 05/04/2019

 

Producto Paneuropeo de Pensiones Individuales (infografía): la Eurocámara da luz verde   23/4/2019

 

 

El Producto Paneuropeo de Pensiones Individuales (PEPP): Reglamento (UE) 2019/1238 (1). Aspectos generales y estructura  30/7/2019

 

 

Bruselas apremia a España a reformar las pensiones y el mercado laboral  7/12/2020

 

 

El Pacto de Toledo. El sistema público de pensiones*   7/12/2020

 

 

Bruselas, sobre las reformas de las pensiones y del mercado laboral: "Cada país debe elegir cómo abordar sus desafíos" 8/12/2020

 

 

 

España es la peor economía desarrollada en 2020, ¿qué hemos hecho mal?    10/12/2020

 

El Congreso da luz verde a ligar las pensiones al IPC y penalizar la jubilación anticipada             10/12/2020

 

 

Las reformas que pide Bruselas para España    11/12/2020

 

 

La mayor preocupación de la CE con España: somos incapaces de atajar el déficit estructural, el más alto de la Eurozona  11/12/2020

 

 

https://www.eleconomista.es/tags/Pacto-de-Toledo

 

 

El 87% de los fallecidos por Covid-19 hasta mayo tenían más de 70 años, según el INE    11/12/2020

 

Los mayores, la gran fuerza de consumo ignorada y desaprovechada    11/12/2020

 

 

Las 10 preguntas que más hacemos en Internet sobre pensiones, jubilación y ahorro   11/12/2020

 

 

https://www.65ymas.com/economia/pensiones

 

 

 

Escrivá plantea subir a 35 años el plazo de cotización para calcular la pensión y Podemos se opone    13/12/2020



Las pensiones 'deben' bajar casi 400 euros en 2021 para sostener el Sistema    13/12/2020

 

 

 
Escrivá plantea alargar de 25 a 35 años el periodo para calcular la pensión 
 14/12/2020

 

 

 Los Presupuestos Generales de 2021 superan con holgura su primer trámite en el Senado

Lunes 14 de diciembre de 2020

 

https://www.lamoncloa.gob.es/serviciosdeprensa/notasprensa/hacienda/Paginas/2020/141220-senadopge.aspx

 

 

Seguridad Social reabre el debate de calcular la pensión con toda la vida laboral    14/12/2020

 

 

Podemos rechaza el borrador de Escrivá que contempla aumentar a 35 años el periodo para calcular la pensión 14/12/2020 

 

 

La edad legal de jubilación subirá a 66 años desde enero y la pensión se calculará con 24 años cotizados    14/12/2020

 

 


Escrivá plantea alargar de 25 a 35 años el periodo para calcular la pensión 
 14/12/2020

 

 

 

Seguridad Social reabre el debate de calcular la pensión con toda la vida laboral    14/12/2020

 

 

Podemos rechaza el borrador de Escrivá que contempla aumentar a 35 años el periodo para calcular la pensión 14/12/2020 


 

Ampliar a 35 años cotizados el cálculo de la pensión traerá recortes del 5%      15 diciembre 2020

 

 

Escrivá propone elevar a 35 años el cálculo de la pensión y abre otro frente con Unidas Podemos   15 diciembre 2020

 

 

Escrivá plantea subir a 35 años el periodo para calcular la pensión inicial      15 diciembre 2020

 

 

El Ingreso Mínimo Vital alcanza en diciembre a 160.000 hogares, unas 460.000 personas   16/12/2020

 

 

Aumentar los años de cotización para calcular la pensión mientras se desmonta la reforma de Rajoy: la negociación del Gobierno en Bruselas       16 de diciembre de 2020 

 

 

El diálogo sobre la reforma de las pensiones arranca con el veto sindical a los 35 años para el cálculo de la prestación  16.12.2020

 

Ampliar a 35 años el cálculo de las pensiones: bueno para el sistema, peor para el pensionista     16/12/2020 

 

 

 El aumento de gasto en pensiones obligará a elevar el tipo de IRPF en un 50% hasta 2050       16/12/2020 

 

El Gobierno asumirá el pago de pensiones y otras prestaciones no contributivas "vía impuestos"     16/12/2020 

 

Escrivá quiere plantear otro sistema para revalorizar las pensiones y los sindicatos le recuerdan que la referencia es el IPC

17.12.2020

El Ministerio de Seguridad Social no mencionó en la reunión con los agentes sociales elevar a 35 años el periodo de cotizaciones para calcular la pensión. El encuentro fijó sólo el marco de negociación y volverán a reunirse el lunes.

 

https://www.publico.es/politica/dialogo-social-escriva-quiere-plantear-sistema-revalorizar-pensiones-sindicatos-le-recuerdan-referencia-ipc.html

 

 

 Yolanda Díaz llega a Bruselas para defender su contrarreforma laboral     17.12.2020

 

Últimas noticias: de la nueva edad de jubilación a la reforma de las pensiones    18.12.2020

 

Menor alcance de la reforma de pensiones     18/12/2020

 

 

La UE acuerda los detalles del fondo de recuperación: los países deben mandar sus proyectos de reforma a Bruselas  18/12/2020

 

 

Nueva protesta en Madrid contra la reforma de las pensiones  19/12/2020

 

La reforma de pensiones desatará una cascada de prejubilaciones en 2021       19/12/2020

 

 

 

Eduardo luque: "El gobierno pretende implantar el mismo modelo de pensiones que Pinochet impuso en chile"

20/12/2020

https://www.youtube.com/watch?v=2nORGfFCptg&feature=emb_logo

 

 

Escrivá llevará a la UE una reforma de las pensiones que ahorre 25.000 millones al año  20/12/2020

 

EDUARDO LUQUE: "EL GOBIERNO PRETENDE IMPLANTAR EL MISMO MODELO DE PENSIONES QUE PINOCHET IMPUSO EN CHILE" (VÍDEO)    21/12/2020

 

 

 

 

Pacto de Toledo      https://www.elplural.com/tag/pacto-toledo

 

Las nuevas pensiones bajarán un 5,5% con la propuesta de Escrivá                21/12/2020

 

 

 

La propuesta de reforma de Escrivá bajaría una media del 5,5% las nuevas pensiones

El texto que trabaja el Ejecutivo promete a Bruselas contener el gasto futuro de la Seguridad Social al pasar de 25 a 35 años el periodo de cómputo de las prestaciones futuras

 

21 DIC 2020 - 09:09 CET

 

El Gobierno está ultimando un documento sobre la próxima reforma de pensiones que tiene que enviar a Bruselas. El informe ya circula internamente en el Ejecutivo y contiene una promesa estrella y muy polémica, sobre todo para Unidas Podemos y los sindicatos, que la rechazan de planoel aumento del periodo de cómputo de las nuevas pensiones de 25 a 35 años. Fuentes del Ejecutivo explican que en este texto no solo se explica la reforma. También se realiza un cálculo del impacto de esta medida en las nuevas pensiones: una rebaja media del 5,45% de las pensiones, aunque no de forma homogénea. Esta cifra implica que el Gobierno reconoce que la reforma supondría una importante bajada de las pensiones futuras con respecto a lo que cobrarían los pensionistas si no se aplicara esa reforma, algo que ha generado un importante conflicto político entre las dos almas del Gobierno. La reforma de las pensiones es uno de los asuntos más destacados en la agenda del Gobierno.

 

El sistema de la Seguridad Social acumula déficits desde 2011 y en los últimos años esos números rojos superan los 15.000 millones de euros al año por la insuficiencia de ingresos por cotizaciones, provocada por la destrucción de empleo de la crisis anterior y la tardanza en recuperarlo, y por la incorporación de pensionistas con prestaciones más altas. Y las autoridades comunitarias exigen una reforma para contener este agujero antes de que empiece a jubilarse la generación del baby boom, a partir de 2023, que podría empeorar el cuadro clínico de las pensiones.

 

Para abordar la reforma, el sector socialista del Gobierno ha colocado encima de la mesa un debate que divide las dos almas del Gobierno y que supone un cambio sustancial para las pensiones del futuro: el aumento del llamado periodo de cómputo para calcular las pensiones. Esto se ha plasmado en un documento que, por ahora, circula de forma interna entre los ministros. Pero en breve irá al diálogo social y se enviará a Bruselas, por lo que pronto será público.

 

Este incremento de uno de los parámetros que determinan la pensión de jubilación supondría dar continuidad a lo iniciado en la reforma de 2011: el aumento del número de años que se toma para calcular la pensión de 15 años a 25, punto que se alcanzará en 2022. Ahora se plantea una aplicación paulatina, es decir, afecta a las pensiones futuras (por ejemplo, a las de quienes ahora tienen 50 0 55 años), no a las actuales, uno de los principios habituales de estas reformas que se ha quebrado en pocas ocasiones (se rompió en la que hizo el PP en 2013 cuando introdujo el índice de revalorización y el factor de sostenibilidad).

 

 

La medida no aparece entre las recientes recomendaciones del Pacto de Toledo. La comisión parlamentaria para reformar las pensiones sí aconsejó evaluar el impacto que tiene el incremento paulatino del cómputo actual (el aprobado en 2011) o de la posibilidad de que los trabajadores escojan sus mejores años de cotización. También plantea el retraso de la edad real de jubilación, el elemento del que más se ha hablado hasta ahora. El ministro José Luis Escrivá, apoyado por Nadia Calviño, la vicepresidenta económica, ha explicado en las reuniones internas del Ejecutivo que Bruselas reclama, a cambio de ejecutar el gran fondo de reconstrucción que salvará la economía española, algunas reformas estructurales, en especial la de las pensiones.

 

Revalorización con el IPC

 

El Ejecutivo ha decidido mantener a toda costa la revaloración con el IPC de las pensiones actuales, un asunto muy sensible —en 2021 subirán un 0,9%, en línea con la inflación prevista para el próximo año— y eso supone que el gasto sigue aumentando. Al incremento propio de la revalorización hay que añadir el hecho de que cada vez hay más pensionistas —aunque el coronavirus ha frenado la tendencia, esta se recuperará pronto— y que en estos momentos los nuevos jubilados suelen tener mejores carreras de cotización que quienes ya están retirados.

 

El Gobierno necesita, explican Escrivá y Calviño, ofrecerle a Bruselas una garantía de que se va a contener en el futuro el gasto en pensiones. Y la fórmula elegida es esta ampliación de 25 a 35 años de los años para el cálculo de la pensión. Esto, en la mayoría de los casos, pero en especial en las personas con peores historias laborales, implica una reducción inmediata porque en los primeros años de vida laboral casi siempre se cotiza peor y se gana menos que en los últimos. Hay una salvedad importante, que está cobrando protagonismo últimamente por el impacto de la crisis anterior: a quienes pierden su empleo en los últimos años de la vida laboral y pasan ese tiempo en el paro les conviene tomar más años de cotización.

 

El texto que ha enviado Escrivá a todos los ministros implicados en el área económica del Gobierno es muy claro, según diversas fuentes del Ejecutivo. Señala, según estas fuentes, que se estima que el efecto de pasar de 25 a 35 años el periodo de cálculo para la pensión supondrá, para las pensiones entre la mínima y la máxima, una reducción media de la pensión inicial del 5,45%. Este porcentaje está dentro del rango de otros estudios similares, que los cifran entre el 3% y el 7%. Fuentes del Ejecutivo aclaran que esta bajada de las nuevas pensiones no será en ningún caso homogénea. Esto se debe a que el periodo de cómputo es solo uno de los parámetros de la jubilación. Hay otros como las bases de cotización (ligadas a los sueldos) o la edad que también influyen.

 

Y, además, hay que tener en cuenta que ese es un escenario que puede variar. Por ejemplo, un aumento importante de sueldos podría traducirse en un aumento de la pensión pese al incremento del periodo de cómputo, aunque llegado el caso sería menor que si se mantuviera la regulación actual. Este último supuesto es el que ha provocado un aumento de la pensión medida inicial en las últimas décadas pese a que el número de años con que se calcula la prestación ha subido bastante (en 1985 eran dos años)

 

Bruselas presiona para la reforma

 

Fuentes del Ministerio de Seguridad Social aclaran que este tipo de cuestiones están en revisión y, en cualquier caso, se hablarán con los agentes sociales. Existe una posibilidad de que este impacto pueda ser corregido con la opción de que el trabajador pueda descartar del cálculo algunos años especialmente malos de cotización o incluso agujeros que ha podido tener por un periodo de desempleo o de situación de precariedad máxima.

 

El documento final que se enviará a Bruselas no está, por tanto, cerrado, según estas fuentes, y será discutido seguramente en la comisión delegada de asuntos económicos de esta semana. En el ministerio de Escrivá insisten en que no van a hablar oficialmente de textos que se puedan manejar hasta que no esté el definitivo y se hable con los agentes sociales.

 

Sin embargo, la Unión Europea exige que se envíen con claridad tanto las reformas previstas como su impacto real, por eso el documento que se ha trabajado internamente en el Gobierno tiene ese cálculo explícito de la bajada del 5,45% de la pensión media.

 

Esta propuesta de reforma ya ha generado una tensión importante dentro del Ejecutivo. Pablo Iglesias, líder de Unidas Podemos, ha trasladado con claridad el mensaje al PSOE de que no podrá contar con los votos de este grupo para aprobar una ampliación a 35 años del periodo de cálculo para las pensiones porque este grupo no va a aceptar una decisión que suponga bajar las pensiones, como se admite en el documento.

 

Desde Unidas Podemos proponen otras fórmulas para solucionar el problema del aumento del gasto en pensiones, en particular el aumento de los ingresos para que cuadren las cifras, vía impuestos, y, sobre todo, quitando el tope de las cotizaciones máximas (ahora en 4.070 euros mensuales).

 

Los sindicatos también han trasladado ya al Gobierno que no podrán contar con su apoyo para una cuestión que ni estaba en el acuerdo de Gobierno PSOE-Unidas Podemos ni se ha planteado dentro del Pacto de Toledo. Lo han hecho de manera informal porque no se ha discutido oficialmente esta nueva reforma.

 

Sin embargo, en el sector socialista del Gobierno, y en especial en el equipo económico liderado por Nadia Calviño, que tiene todo el apoyo del presidente en este momento, tienen muy claro que hay que dar garantías a Bruselas para lograr que llegue sin problemas el dinero esperado del fondo de recuperación. España ya ha presupuestado ese dinero, y de hecho el Gobierno está avanzando 27.000 millones de euros este año a cuenta de esa ayuda de 72.000 en tres años que llegará de Bruselas. Por tanto, reformas de este tipo, como la de las pensiones, cuentan con el respaldo de La Moncloa y lo más probable es que la semana que viene se envíe a Bruselas un documento que contenga estas polémicas novedades.

 

A partir de ahí, lo difícil será llegar a un acuerdo en España para llevar adelante una reforma así. Sin apoyo de los sindicatos no es fácil seguir adelante y lograrlo no será sencillo. Primero está su punto de partida, pero también está presente lo sucedido en 2011. Entonces CC OO y UGT pactaron con un Gobierno socialista de José Luis Rodríguez Zapatero el retraso de la edad de jubilación de 65 a 67 años y el aumento del periodo de cómputo, y eso les pasó una factura interna importante. Y todavía lo complica más no tener el respaldo de los 35 diputados de Unidas Podemos. La opción de sacarla adelante con el PP es ahora inviable.

 

https://elpais.com/economia/2020-12-21/la-propuesta-de-reforma-de-escriva-bajaria-una-media-del-55-las-nuevas-pensiones.html

 

 

Calviño reconoce que se estudia ampliar los años cotizados para calcular la pensión, pero excluyendo los más negativos     21/12/2020

 

 

El plan (no tan oculto) de la reforma de las pensiones   22/12/2020

 

 

Así serán las nuevas pensiones tras ampliar el cálculo de 25 a 35 años de cotización    22/12/2020 

 

 

¿35 años para calcular la pensión? Eliminar la base máxima de cotización permitiría recaudar 8.000 millones más   22/12/2020

 

 

Endesa acuerda con los sindicatos la salida de 1.200 trabajadores hasta 2024   22/12/2020

 

 

Endesa acuerda con los sindicatos un plan de salidas voluntarias para hasta un máximo de 1.200 empleados    22/12/2020

 

 

El Gobierno plantea limitar las jubilaciones forzosas en las empresas    22/12/2020

 

 

 

El Gobierno propone incrementar un 4% la pensión por cada año completo cotizado más allá de la edad ordinaria de jubilación 24/12/2020

 

 

Escrivá prepara un fuerte endurecimiento de la jubilación anticipada y de la parcial    24/12/2020

 

 

En contra de aumentar a 35 los años cotizados para el cálculo de la pensión    24/12/2020


 

 

¿Por qué se opone a que suba el salario mínimo el partido de la Ministra de Economía?   25/12/2020 por JUAN TORRES LÓPEZ

 

Más de 1.500 millones de sobregasto, como regalo militarista navideño    25/12/2020

 

Fuente: https://www.grupotortuga.com/Mas-de-1-500-millones-de

 

 

LA CONTRARREFORMA DE LAS PENSIONES DEJARÍA DESPROTEGIDAS A 295.000 MUJERES VIUDAS  28/12/2020

 

 

Los pensionistas se manifiestan contra la reforma de Escrivá  29/12/2020

 

 

 

Organizaciones feministas denuncian que 20 de las 21 recomendaciones del Pacto de Toledo dan la espalda a las mujeres           29/12/2020

 

 

El Gobierno prorroga otro año la cláusula de salvaguarda de las pensiones, mientras que los sindicatos exigen mantenerla  29/12/2020

El Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones ha anunciado que prorrogará un año más, con efectos desde el 1 de enero de 2021, la Ley que recoge la cláusula de salvaguarda de las pensiones –caducaba el próximo 31 de diciembre–, según ha informado en un comunicado.

https://www.publico.es/politica/gobierno-prorroga-ano-clausula-salvaguarda-pensiones-sindicatos-exigen-mantenerla.html

 

Referencias:

Primera medida del Gobierno de coalición: sube las pensiones un 0,9%, “provisionalmente” con el Real Decreto-ley 1/2020, de 14 de enero, por el que se establece la revalorización y mantenimiento de las pensiones y prestaciones públicas del sistema de Seguridad Social. 

 

Sánchez cumple con lo mínimo y pasa la pelota de las pensiones al Pacto de Toledo  15/01/2020

 

“El mismo presidente, Pedro Sánchez, reconoció este lunes, sigue vigente el índice de actualización del 0,25% ya que lo que de momento se ha hecho es "orillar" el cumplimiento de la ley en vigor, que es la que aprobó el Gobierno de Mariano Rajoy en 2013.       

Sigue vigente

 

Ley 23/2013, de 23 de diciembre, reguladora del Factor de Sostenibilidad y del Índice de Revalorización del Sistema de Pensiones de la Seguridad Social.

 

https://www.boe.es/buscar/doc.php?id=BOE-A-2013-13617

 

 

Anexo: Salario mínimo en España

 

https://es.wikipedia.org/wiki/Anexo:Salario_m%C3%ADnimo_en_Espa%C3%B1a

 

Real Decreto 231/2020, de 4 de febrero, por el que se fija el salario mínimo interprofesional para 2020.

 

https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-2020-1652

 

 

El Gobierno prorroga el SMI de 950 euros hasta que haya acuerdo en el diálogo social     29/12/2020

 

 

El movimiento pensionista vuelve a la calle para denunciar las recomendaciones del Pacto de Toledo    29/12/2020

 

Esta es la lista de compañías cotizadas a las que se aplicará la tasa Tobin en la compra de acciones    29/12/2020 

 

https://www.agenciatributaria.es/static_files/AEAT/Contenidos_Comunes/La_Agencia_Tributaria/Modelos_y_formularios/Declaraciones/Resto_de_modelos/604/Relacion_Sociedades_web.pdf

 

 

 

 

Real Decreto-ley 36/2020, de 30 de diciembre, por el que se aprueban medidas urgentes para la modernización de la Administración Pública y para la ejecución del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia. (130/000040)

 

https://www.congreso.es/web/guest/busqueda-de-iniciativas?p_p_id=iniciativas&p_p_lifecycle=0&p_p_state=normal&p_p_mode=view&_iniciativas_mode=mostrarDetalle&_iniciativas_legislatura=XIV&_iniciativas_id=130/000040

 

 

 

Real Decreto-ley 36/2020, de 30 de diciembre, por el que se aprueban medidas urgentes para la modernización de la Administración Pública y para la ejecución del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.

 

https://www.congreso.es/constitucion/ficheros/leyes_espa/rdl_036_2020.pdf

 

Real Decreto-ley 36/2020, de 30 de diciembre, por el que se aprueban medidas urgentes para la modernización de la Administración Pública y para la ejecución del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.

 

https://www.boe.es/diario_boe/txt.php?id=BOE-A-2020-17340

 

MINISTERIO DE PRESIDENCIA RELACIONES CON LAS CORTES Y MEMORIA DEMOCRÁTICA

REAL DECRETO-LEY POR EL QUE SE APRUEBAN MEDIDAS URGENTES PARA LA MODERNIZACIÓN DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA Y PARA LA EJECUCIÓN DEL PLAN DE RECUPERACIÓN, TRANSFORMACIÓN Y RESILIENCIA.

 

https://contratodeobras.com/images/Borrador-RDL.pdf

 

Ley 11/2020, de 30 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2021

 

https://www.boe.es/diario_boe/txt.php?id=BOE-A-2020-17339

 

https://www.boe.es/boe/dias/2020/12/31/pdfs/BOE-A-2020-17339.pdf

 

https://www.congreso.es/constitucion/ficheros/leyes_espa/l_011_2020.pdf

 

 

Reformas del sistema de pensiones en Chile (1952-2008)

 

http://www2.congreso.gob.pe/sicr/cendocbib/con5_uibd.nsf/1F85D4B06459A6F30525823B007696B5/$FILE/S1701268_es.pdf

 

 

El sistema de pensiones en Chile

 

NUSO Nº 217 / SEPTIEMBRE - OCTUBRE 2008

 

https://nuso.org/articulo/el-sistema-de-pensiones-en-chile/

 

 

El nuevo año llega con un aumento de los impuestos de hasta 6.100 millones       1/01/2021

 

 

 

IRPF, Patrimonio, planes de pensiones, IVA de refrescos o seguros, principales subidas fiscales de 2021      1/1/2021

 

Las pensiones y el sueldo de los funcionarios suben un 0,9% desde hoy, mientras el SMI se mantiene     1/01/2021 

 

Maldita Hemeroteca: El Gobierno no cumple su promesa de «reforma fiscal» para que la Iglesia pague el IBI  2/1/2021

 

 

Simplificación de contratos, refuerzo de la negociación colectiva y digitalización: la reforma laboral que se abordará en 2021 02/01/2021

 

 

El despido por faltas de asistencia al trabajo, aun justificadas, como las bajas médicas, lleva 40 años aplicándose  desde  se aprobó la ley del Estatuto de los Trabajadores en el 1980 y no como dice el nuevo decreto ley de 18 de febrero de 2020 a la reforma laboral del PP.

 

 

 Yolanda Díaz Pérez. Donde dije digo digo Diego. ¿Derogación de la reforma laboral?:”de entrada, no”. (Vídeo)

 

 

El papel lo aguanta todo. El Gobierno pacta con EH Bildu la ''derogación íntegra'' de la reforma laboral del año 2012, luego el PSOE rectifica a medianoche. Donde dije digo digo Diego.

 

La edad legal de jubilación sube a 66 años y la pensión se calculará con 24 años cotizados     2/01/2021

 

 

 ATA (Asociación de Trabajadores Autónomos)

 

Trabajo recorta el 78 por ciento la subvención a ATA, la principal organización de autónomos y más crítica con el Gobierno 2/01/2021

 

Fondo público de pensiones: ¿una oportunidad para los trabajadores o un modo de desincentivar el ahorro individual? 02.01.2021 

 

Podemos dará por roto el Gobierno si Pedro Sánchez pacta con Pablo Casado la reforma de las pensiones  3/1/2021

 

 

Montero avanza que el déficit público cerró 2020 en torno al 11,3% del PIB    3/1/2021

 

 

 

Sánchez bate todos los récords al publicar 39 decretos "de urgente necesidad" en un año    3/1/2021

 

 

 

Ochenta empresas españolas compraron derechos de emisión fraudulentos a compañías rusas que simularon reducir sus gases de efecto invernadero   3/01/2021 

 

 

Mario Rodríguez, director de Greenpeace España: "Los temas ambientales sin justicia social tienen poco recorrido, la historia lo demuestra"   3/01/2021 

 

"Con la pandemia hay tecnologías que han llegado para quedarse": 2021 será más digital, más móvil y… ¿más seguro? 3/01/2021 

 

 

El Pacto de Toledo. Estrategia de la confusión    5/1/2021




 

El pacto de Toledo no es fruto específico de nuestro país; forma parte de un contexto más amplio. Fue el Banco Mundial quién, en 1994, marcaba en sus análisis las directrices. El documento base se tituló: Averting The Old Age Crisis” (Envejecimiento sin crisis). Los organismos internacionales de la Gobernanza mundial lo replicaron.

 

Los gobiernos europeos asumieron los dictados del BM y adoptaron en 1997 el llamado Pacto de Estabilidad y Crecimiento de la Unión Europea. Este documento se ha convertido en un instrumento clave que los diferentes Estados aplican a sus sistemas públicos de pensiones. Posteriormente el Tratado de Lisboa (2007) y (aquí, a aquí) profundizó en esos criterios y marcó como objetivo (en el objetivo nº 2“Remover los obstáculos a la movilidad de los trabajadores que puedan derivar de las regulaciones internas de los sistemas de pensiones, incluidos los planes complementarios de pensiones”.

https://www.congreso.es/public_oficiales/L14/CONG/BOCG/D/BOCG-14-D-175.PDF

 

El debate sobre las pensiones está enormemente sesgado no sólo en nuestro país. Los “sesudos estudios” sobre las diversas crisis recurrentes del del BM y la OCDE han pronosticado la quiebra de las pensiones 10 veces en los últimos 14 años. El importe de lo que estamos hablando es de más de 2,1 billones de euros a nivel europeo y en nuestro país equivale a más de 140.000 millones anuales.

 

Aunque formalmente las pensiones dependen de cada país (“Las pensiones son una competencia nacional de los Estados miembros”, se dice en el Tratado de la Unión), la UE delimita el marco legal y hace “recomendaciones”. Es por ello que el FMI llegó a decir sobre la Comisión del Pacto de Toledo: la Comisión del Pacto de Toledo es un foro muy adecuado para consensuar las reformas que deben irse adoptando en orden a garantizar la viabilidad del sistema de pensiones”.

 

En los PGE de 2021 ya se ha introducido algunas de las “recomendaciones” últimas del Pacto de Toledo y entre otros puntos ya figura la creación de Planes privados de empresa. En 2019 el Gobierno de Pedro Sánchez envió a la Comisión Europea la propuesta de “mochila austríaca” pero la falta de acuerdo parlamentario en España obligó al actual presidente a realizar una finta política descartándola y proponiendo el denominado modelo inglés” en el que de algún modo se basa lo incorporado en los PGE 2021.

 

 

La Comisión Europea reconoce que, con las reformas impuestas por el Pacto de Estabilidad, se va a reducir la “generosidad” con los pensionistas, pero advierten que se debe: “asegurar que estas reformas no se enfrenten a una resistencia política y social con el riesgo consiguiente de ser derogadas en el momento mismo en el que deberían comenzar a ser plenamente aplicadas, es probable que sean necesarias otras medidas políticas de acompañamiento”, y en el mismo documento plantean: “Las reformas deben prepararse e implementarse cuidadosamente, esforzándose por lograr una amplia aceptación política y social del fundamento de la reforma”.

 

 

Han pasado 25 años desde que en 1995 se establecieran las primeras 15 recomendaciones sobre las pensiones en la primera comisión del Pacto de Toledo. Desde entonces se han actualizado en 2003 y 2011; esta será la tercera.

 

Las recomendaciones son aplicadas a voluntad de las fuerzas políticas. Por ejemplo, en 1995 se propuso aumentar los años para calcular la base reguladora que pasó de 8 a 15, lo que implicaba endurecer el acceso a las pensiones y en pocos meses se tramitó y se aplicó esa recomendación. Se pretende que estas nuevas propuestas sean vistas por la ciudadanía como una mera cuestión técnica e incluso el ministro Escrivá presume de su independencia. Pero las recomendaciones son en realidad el resultado del posicionamiento político de cada partido y de la correlación de fuerzas existentes, como por otra parte no podría ser de otra forma: son fruto de la ideología y de la confrontación política.

 

En los debates parlamentarios en los que se deberán confirmar, modificar o incluso rechazar los acuerdos previos del Gobierno con los Agentes Sociales (empresarios y “algunos” sindicaros) basados en las recomendaciones del Pacto de Toledo que, como ya se está viendo anticipadamente, tienen muchas lecturas e interpretaciones diferentes incluso entre los propios miembros del actual Gobierno.

 

En definitiva, parece que las alabadas “recomendaciones” del Pacto de Toledo han sido simplemente un canto al sol sin la posibilidad de concitar ni un consenso sobre su interpretación ni, mucho menos, sobre su cumplimiento ni en la letra ni en el espíritu (si es que en realidad tienen alguno)

 

 

 

El Pacto de Toledo. Estrategia de la confusión en PDF

 

 

Reforma de las pensiones: El desatino de un ministro que ha perdido el norte   5/1/2021

 

 

Los pensionistas reclaman la dimisión del ministro de “inseguridad social” Escrivá (vídeo)  5/1/2021

 

 

Eduardo luque: "El gobierno pretende implantar el mismo modelo de pensiones que Pinochet impuso en chile"

 

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PENSIONES

 

Escrivá tendrá complicado limitar la jubilación anticipada: el 38% la elige  6/1/2021

 

 

 

División en el Gobierno por la reforma de pensiones: Podemos rechaza subir a 35 años cotizados para el cálculo   7/01/2021 

 

 

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"LA UE ESTÁ EN GUERRA CONTRA LOS PENSIONISTAS Y EL RESTO DE LA CLASE TRABAJADORA"   10/1/2021

 

 

El movimiento pensionista sigue defendiendo en la calle las pensiones públicas y los derechos sociales   12/1/2021

 

 

Hacienda renuncia a 1.500 millones del IVA de las mascarillas para allanar la aprobación de sus cuentas  12/11/2020

 

 

Las recomendaciones del Pacto de Toledo van en la línea de implementar en España el fallido modelo chileno de pensiones

 

Una mentira interesada: la crisis del sistema público de pensiones  12/1/2021

 

 

https://www.accionenredmadrid.org/

 

La pandemia deja un exceso de muertes en España de más de 80.000 personas en 2020     13.01.2021

 

 

El futuro de las pensiones, el Pacto de Toledo y el modelo neoliberal.   13/1/2021

 

Fernando Cerezal.

 

1. Antecedentes y modelo neoliberal

 

La reforma de las pensiones se viene discutiendo desde hace décadas por parte de organismos internacionales y financieros (FMI, Banco Mundial, Deutsche Bank, BBVA…), por la UE en el Pacto por la Estabilidad y el Crecimiento de la UE (1997) y el Pacto de Lisboa (2007), en el que se plantea como objetivo “remover los obstáculos a la movilidad de los trabajadores que puedan derivar de los sistemas de pensiones”. La UE, incluso, aprobó el Plan Paneuropeo de Pensiones Privadas (PePP) en 2019. Todos ellos buscando el recorte del gasto social, así como la recapitalización de las entidades financieras a través del acceso a unos 140.000 millones de euros en España y unos 2,1 billones anuales en la UE de los sistemas de pensiones. Las reformas del Sistema Público de Pensiones (SPP) de 2011 (Zapatero) y 2013 (Rajoy) siguieron ese enfoque neoliberal. El Gobierno de Sánchez ya envió a Bruselas en 2019 una propuesta de “mochila austriaca” (posteriormente relegada). Los organismos internacionales y españoles han venido pronosticando la quiebra del SPP desde hace años. La OMC seguía afirmando en 2015, refiriéndose a nuestro país, que era necesario:  “retrasar la edad de jubilación más allá de los 67 años e incentivar las pensiones privadas, incluso con carácter obligatorio, porque prevé que en el futuro se reducirán los beneficios de los sistemas públicos”   i

 

Las reformas laborales y de pensiones del PSOE y PP (2010–2013) se han enmarcado en esos enfoques neoliberales de reducir el gasto social y la recapitalización financiera. Esta valoración de la reforma de 2011 señala claramente ese enfoque liberal; reforma que el Pacto de Toledo (PT) no propone derogar y del que incluso se recogen algunas de las medidas:

 

“En conclusión, es una reforma regresiva, injusta socialmente y no justificada económicamente, que recorta las pensiones futuras, respecto de los derechos actuales, en una media del 20%. La consecuencia es la reducción de la intensidad protectora y la segmentación de la protección social con una privatización parcial. No hay una rectificación de la política socio–económica, laboral y fiscal. Persiste el alto paro y nuevas brechas sociales, con incremento de la desprotección pública, y una perspectiva de empobrecimiento de las personas mayores. No disminuye significativamente el carácter regresivo de la reforma, y se avala el retroceso sustantivo decidido por el Gobierno (…) El resultado, con menor cohesión social, es una protección social menos intensa para la mayoría de la sociedad (…) junto con el desarrollo de fondos privados de pensiones como salida parcial para las capas acomodadas”.   ii

 

Esos organismos internacionales y españoles temen una reacción popular, por lo que consideran que se debe “asegurar que estas reformas no se enfrenten a una resistencia política y social (…) es probable que sean necesarias otras medidas políticas de acompañamiento (…) Las reformas deben prepararse e implementarse cuidadosamente, esforzándose por lograr una amplia aceptación política y social  iii. Por ello esbozan ideas de la inevitabilidad de los recortes e incluso generan ideas de enfrentamiento intergeneracional de que el movimiento pensionista (MP) sólo lucha por sus intereses, cuando la cuestión es la situación de las y los trabajadores, con menores aportaciones a la Seguridad Social (SS) y en definitiva peores pensiones futuras. Tal como ocurrió en 2011 y 2013, las reformas supusieron un alejamiento de las bases sindicales y de las y los pensionistas hacia el Gobierno de Zapatero y el de Rajoy. Aspecto que deberían considerar actualmente la dirección de los sindicatos mayoritarios y el Gobierno de coalición ante la reforma que se avecina.

 

 

En ese contexto sociopolítico comenzó su andadura organizada el MP, alcanzando un enorme avance con las marchas de 2019, así como con las amplias manifestaciones de los “lunes al sol” en todo el país. El MP ha estado fundamentalmente organizado en torno a la Coordinadora Estatal por la Defensa del Sistema Público de Pensiones (COESPE). Luchas que pusieron en cuestión las reformas de las pensiones de 2011 y 2013 y que, en la actualidad, han evidenciado la indefinición y las insuficiencias de las recomendaciones del PT que acaban de ser aprobadas en el Parlamento (19–11–2020), cuya mayoría las votó, después de haber rechazado enmiendas parciales, con la abstención de ERC, BILDU, BNG y la negativa de Vox y CUP por diversas razones.

 

2. Aspectos de las recomendaciones del Pacto de Toledo 2020

 

Hay que comenzar diciendo que el informe del PT tiene una cierta retórica y ampulosidad y se plantea una especie de sociedad corporativa y solidaria orgánica de clases: el esfuerzo combinado que en cada jornada laboral desarrollan los trabajadores y los empresarios es lo que posibilita el funcionamiento de España… Nuestra Seguridad Social, cuya acción protectora sirve para dar cobertura a las coyunturas adversas que inevitablemente va a acompañar siempre el devenir de la humanidad…” .iv O cuando afirma con tono moralista que “nos alejaremos de aquellos antiguos modelos de sociedad tacaños que como justo castigo a su avaricia padecían a la vez todas las mezquinas preocupaciones del rico y todas las miserias y penalidades del pobre  v.

 

 

Veamos en concreto los avances, ambigüedades e insuficiencias en algunas de las 22 recomendaciones del PT aprobadas por el Congreso y que deberán ser convertidas en medidas legislativas. El PT es, por tanto, un marco de orientaciones para esa futura legislación, por lo que no son baladíes y se merecen una valoración crítica, que fortalezca las acciones del MP durante el proceso legislativo próximo. Si bien es cierto que las recomendaciones no afectan en general a los actuales pensionistas por el momento, sí afectan al conjunto de las y los trabajadores, a las pensiones futuras y, por extensión, acabarán afectando también a las actuales.

 

A. Se reconoce la sostenibilidad del Sistema Público de Pensiones. Es importante que el PT reconozca la sostenibilidad del Sistema Público de Pensiones (SPP), después de haberse puesto en cuestión en muchos foros, incluido el PSOE y por supuesto la derecha. Las movilizaciones del MP y los análisis de expertos han dejado clara la sostenibilidad del SPP, aunque el PT no plantea la necesaria devolución del capital detraído de la Caja de las Pensiones (un saqueo de la “hucha de las pensiones”) que durante decenios se ha dedicado a diversos gastos impropios: bonificaciones a empresas por contratación, pensiones no contributivas   vi, complementos a mínimos, préstamos no reembolsables a CC. Autónomas, al rescate bancario y actualmente al Ingreso Mínimo Vital. Por el contrario, el Gobierno de turno ha realizado préstamos a la Caja de Pensiones para cubrir el déficit   vii, préstamos que la SS podría devolver –sugiere el PT, recomendación 5– con el patrimonio en las CC. Autónomas, obviando que ese es un patrimonio de las y los trabajadores.

 

 

De hecho, el propio Tribunal de Cuentas acaba de reconocer la deuda del Estado a la Caja de Pensiones de 103.000 millones de euros, aunque algunos autores calculan la deuda histórica en torno a 500.000 millones de euros detraídos a la Caja en los últimos decenios. Es decir, se reconoce la sostenibilidad, pero se sigue sin recuperar la Caja de las Pensiones e, incluso, se juega con el patrimonio de la SS al proponer donarlo a cambio de unos préstamos irregulares.

 

 

Este reconocimiento de la sostenibilidad del SPP se ha debido en gran parte a la movilización del movimiento pensionista y a los análisis de expertos. Por ello COESPE está reivindicando una auditoría de las cuentas de la Caja de Pensiones  viii, la recuperación del fondo de la Caja de Pensiones y la negativa a ceder el patrimonio de la SS, propiedad histórica de las y los trabajadores, así como la aplicación de la Ley General de la SS y su artículo 109.2, que ha sido incumplida, al no haberse aplicado la obligación del Estado de hacer las aportaciones necesarias para cubrir las carencias de las cotizaciones en la financiación de las pensiones contributivas.

 

B. Acerca de los índices de revalorización (Recomendación 2). El Pacto recomienda la revalorización de las pensiones acorde al IPC. En la tercera versión de las recomendaciones, no obstante, introduce la posibilidad de posibles cambios con otros indicadores (de acuerdo con lo que ya se planteaba en la reforma de 2011): “resulta conveniente estudiar (…) la posibilidad de utilizar otros índices de revalorización basados, entre otros, en el crecimiento de los salarios, la evolución de la economía o el comportamiento de las cotizaciones a la SS, siendo recomendable que se tengan en cuenta los efectos que dichos índices han tenido sobre la sostenibilidad del sistema de pensiones en los países de nuestro entorno. ix El Gobierno, en consonancia, introduce un aumento a pensionistas y funcionarios de un 0,9% y las pensiones no contributivas en un mísero 1,8% en 2021 x.

 

Las Recomendaciones 13 y 17 sugieren el aumento del poder adquisitivo de las pensiones mínimas, no contributivas, de orfandad y por discapacidad, todas con muy bajas pensiones xi, así como atajar la brecha de género en las pensiones de viudedad. No hay, sin embargo, propuestas concretas para resolver esa grave situación. La AIREF y el Banco de España proponen, en lugar de una mayor revalorización, que las pensiones de viudedad salgan del SPP y pasen a la beneficencia, desconsiderando la relación de las y los viudos con el cónyuge trabajador (cuidados, hijos, maternidad…

 

COESPE propone la revalorización automática por IPC y consolidada por ley, alcanzar el salario mínimo para todas las pensiones e ir hacia el 60% del salario medio de acuerdo con la Carta Social Europea (1.084 €)   xii.

 

C. Edad de jubilación y factor de sostenibilidad (Recomendación 5). El Pacto de Toledo mantiene la edad de jubilación y la base reguladora de las pensiones de la reforma de 2011, que ya se vienen aplicando progresivamente y que el PT no recomienda derogar:

 

–la jubilación ordinaria a los 67 años, con el período de cotización aumentado de 35 a 37 años;

–la base reguladora de la pensión eleva el cálculo de 15 a 25 años cotizados (con posibilidad de escoger los mejores meses); el ministro Escrivá está defendiendo la extensión a los 35 años;

–recortes a las jubilaciones anticipadas, aunque ya tengan los 37 años cotizados y promoción del alargamiento de la edad de jubilación

La ampliación de la edad de jubilación y la base reguladora entra en contradicción con la situación laboral de precariedad y subempleo que reducen las cotizaciones, ante lo que el PT no entra a valorar ni proponer mejoras en las cuestiones laborales. Si bien el Gobierno de coalición considera una línea roja el factor de sostenibilidad, no parece que se haya considerado su eliminación. “El Factor de Sostenibilidad pretende ajustar la cuantía de las pensiones a la evolución de la esperanza de vida, en la medida en que los pensionistas percibirán su prestación durante un período más prolongado”  xiiiEn base a la longevidad (un éxito social), los trabajadores van perdiendo su poder adquisitivo desde el primer día de la jubilación.

COESPE rechaza las reformas de pensiones de 2011 y 2013 y defiende:

–la jubilación ordinaria a los 65 años con el 100% y 35 años cotizados;

–jubilación anticipada sin penalizar antes de los 65 años con 40 años cotizados;

–la abolición del factor de sostenibilidad.

 

COESPE, conocedores de las condiciones sociales y laborales, defiende los derechos de las y los trabajadores activos. En este sentido, no puede decirse que el movimiento sólo defienda sus intereses, sea victimista y no tenga carácter intergeneracional y solidario.

 

D. Recomendación 16 de planes privados de empresa o “mochila austriaca”

 

Esta cuestión es quizás la de mayor calado estratégico en las propuestas del PT, junto a la modificación de la ley de la SS, pues introduce cambios importantes orientados a debilitar la situación de los trabajadores respecto a las indemnizaciones por despido y a facilitar la privatización de las pensiones.  xiv

 

La “mochila austriaca” se basa en la experiencia desarrollada en Austria (a partir de 2003) en la que a cada trabajador se le detrae del salario una cantidad mensual (en torno al 1,5%) que se acumula en su “mochila” para que en caso de despido sirva como parte de la indemnización, se la lleva si cesa en la empresa, decide utilizarla como subsidio de desempleo o mantenerla para su jubilación.

 

El Gobierno Zapatero, en la reforma laboral de 2010 ya planteaba “un proyecto de Ley por el que, sin incremento de las cotizaciones empresariales [cursiva mía], se regule la constitución de un Fondo de capitalización para los trabajadores, mantenido a lo largo de su vida laboral, por una cantidad equivalente a un número de días de salario por año de servicio a determinar (…) Las indemnizaciones a abonar por el empresario en caso de despido se reducirán en un número de días por año de servicio equivalente al que se determine para la constitución del Fondo” (Real Decreto Ley 10/2010)  xv. Es decir, “mochila austriaca” con los objetivos de reducir las indemnizaciones por despido, favorecer la movilidad de los trabajadores, reducir las pensiones futuras y recapitalizar los sistemas financieros.

 

 

Este modelo, con el eufemístico nombre de Fondo de Capitalización, ha sido defendido ampliamente –como no podía ser menos– por la patronal y las financieras, que ya lanzan propuestas concretas de esa “mochila”. Entre estas, la reducción de las aportaciones de la empresa a la SS y, por supuesto, las indemnizaciones por despido.

 

Las consecuencias para el SPP serían claramente negativas pues significarían una reducción de las cuotas a la SS y la segmentación entre trabajadores activos y de estos con los pensionistas. Para las y los trabajadores supone la reducción de las indemnizaciones por despido, una mayor facilidad de despido y un dudoso complemento para la futura jubilación. El MP y especialmente COESPE se oponen a esta “mochila austriaca que afecta muy especialmente a las y los trabajadores actuales en activo.

 

Algunas conclusiones

 

COESPE critica las recomendaciones del PT por su ambigüedad e insuficiencia, por no recomendar la derogación de la reforma de pensiones de 2011, lo que posibilita el recorte de las pensiones futuras sin garantizar de forma nítida las actuales, y defiende un programa reivindicativo en el que incorpora la derogación de la reformas laborales de 2010 y 2012 y las leyes de pensiones de la SS de 2011 y 2013, la revalorización según IPC por ley, la eliminación del factor de sostenibilidad, la denuncia de la brecha de género, la subida de la pensión mínima, y critica especialmente los fondos privados de pensiones y de empresa o “mochila austriaca”. Por ello son incomprensibles algunas opiniones de insolidaridad intergeneracional del MP y especialmente de COESPE.

 

COESPE y el MP continuarán exigiendo esas demandas y denunciando las eventuales agresiones a trabajadores y pensionistas a lo largo del desarrollo legislativo que se avecina, con la esperanza de que los sindicatos y la izquierda las defiendan y se frenen los intentos neoliberales.

 

Fernando Cerezal, Miembro de la Plataforma por la Defensa de las Pensiones Aluche–Latina, Madrid

11 enero 2021

 

Agradecimientos por sus aportaciones a Antonio Antón (UAM), Damián Rodríguez (representante de COORPEN–Madrid en COESPE) y Raúl Garay (coord. Plataforma de por la Defensa de Pensiones Aluche–Latina, Madrid)

 

 

i Cit. Luque Guerrero, E. y Franquesa Artés, R. 2020. “El Pacto de Toledo. El sistema público de pensiones en venta”. El Viejo Topo, 3 de diciembre. En https://www.elviejotopo.com/topoexpress/sistema-publico-de-pensiones-en-venta

.

ii Antón, A. 2020. “Las reformas de las pensiones (2011 y 2013)”. Rebelión. https://rebelion.org/wp-content/uploads/2020/11/Las-reformas-de-las-pensiones-REB.pdf

 

iii Cit. Luque y Franquesa, op. cit.

iv Ibid.

v Cit. Franquesa, R. 2020. “Pacto de Toledo. ¿Avance o más de lo mismo?”. COESPE, 30 octubre, en https://www.youtube.com/watch?v=eHVWSXeeeYo

 

Conferencia telemática: Pacto de Toledo, ¿Avance o más de lo mismo? Documentos complementarios.

 

http://eljanoandaluz.blogspot.com/2020/12/conferencia-telematica-pacto-de-toledo.html

 

 

vi Se viene recomendando la inclusión de las pensiones no contributivas en los Presupuestos Generales del Estado desde 1995, 2003 y 2011.

vii Préstamos que incumplen el Artº 109, p. 2 de la Ley de la Seguridad Social, por el que el Estado debe compensar el déficit del SPP (deuda ficticia)con cargo a los presupuestos generales.

viii Véase Fernández, J.M. 2000. “Los gastos impropios de la Seguridad Social: la necesidad de una auditoría”. Nueva Tribuna, 21 de diciembre.

ix Cit. Luque y Franquesa, op. cit.

x Las pensiones no contributivas reciben en 2020 5.538,40 € al año, más un complemento de vivienda de 525 €.

xi En 2020 las pensiones de viudedad van desde los 7.249 € a menores de 60 años a 11.060 € con cargas familiares. En 2018 había 2.377.952 personas con complementos a mínimos de sus pensiones para compensar los bajos ingresos.

xii Por sexos, la pensión media de los hombres en noviembre de 2020 fue de 1.236,01 euros; en el caso de las mujeres, ascendió a la cifra de 814,82 euros, lo que muestra una significativa brecha de género. https://www.epdata.es/datos/pensiones-graficos-datos/20/espana/106

 

xiii Cit. Luque y Franquesa.

xiv Véase para este aspecto Miren Etxezarreta y José Iglesias. 2020. La mochila austriaca. Qué supone el modelo de pensiones e indemnizaciones de la derecha europea. Madrid: Icaria.

xv Cit. Etxezarreta, pág. 17

 

 

Fuente:

https://www.accionenredmadrid.org/el-futuro-de-las-pensiones-el-pacto-de-toledo-y-el-modelo-neoliberal/

 

 

 

¡Cuidado con la Mochila Austriaca! kaosenlared 27/11/2020

 

 

La mochila austriaca, nuevo libro de Miren Etxezarreta y José Iglesias. Rebelión. 17/11/2020

 

Miren Etxezarreta: “La mochila austriaca tiene piedras dentro, no la merienda para la excursión”

25/1/2021

https://www.elsaltodiario.com/precariedad/miren-etxezarreta-mochila-austriaca-tiene-piedras-dentro-no-merienda-excursion

 

https://rebelion.org/la-mochila-austriaca-tiene-piedras-dentro-no-la-merienda-para-la-excursion/

 

 

https://www.accionenredmadrid.org/el-futuro-de-las-pensiones-el-pacto-de-toledo-y-el-modelo-neoliberal/

 

 

Ingreso mínimo vital y mochila austriaca, asistencialismo envenenado

 

La mochila austriaca es una apuesta por privatizar las pensiones públicas

 

¿Pero cómo es posible que todavía no sepa usted que es "la Mochila Austríaca" que tanto gusta a la burguesía financiera internacional, a la banca, a la patronal española y casi todos los partidos políticos en España?

 

 

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Referencias:

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17/10/2012

https://www.lavanguardia.com/economia/20121017/54352660435/huelga-general-14-noviembre.html

 

 

 

Los sindicatos empiezan a tocar tambores de guerra contra el Gobierno

18/12/2020 

https://www.elconfidencial.com/economia/2020-12-18/sindicatos-tocar-tambores-guerra-contra-gobierno_2877296/

 

Moncloa envía a Bruselas las líneas generales de la reforma laboral y de pensiones     18/01/2021 

 

EL MINISTRO ESCRIVÁ OFRECE UN "REGALO ENVENENADO" A LOS FUTUROS PENSIONISTAS (VÍDEO)   18/1/2021

 

 

E. luque: "El gobierno pretende implantar el mismo modelo de pensiones que Pinochet impuso en chile"

 

https://www.youtube.com/watch?v=2nORGfFCptg&feature=emb_logo

 

 

LA UNIÓN EUROPEA NO "AFLOJARÁ" UN EURO DE LA "AYUDA" DE LOS 140 MIL MILLONES, HASTA QUE ESPAÑA NO EJECUTE LAS "REFORMAS PACTADAS"  18/1/2021

 

 

 

Pensiones y reforma laboral: los ajustes que exigen los fondos europeos      19/01/2021

 

Fuente: Izquierda Diario

 

El Gobierno no incluye en la propuesta enviada a Bruselas la ampliación a 35 años del periodo para calcular la pensión 19/01/2021

 

 

El Gobierno retrasa el envío de la reforma laboral y de pensiones a Bruselas para negociarlo en el diálogo social   19/1/2021

 

 

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Miles de jubilados se concentran de nuevo en numerosas ciudades del Estado en defensa de las pensiones públicas 19/01/2021

 

 

CCOO y UGT se manifestarán el 11 de febrero para pedir la subida del SMI y derogar reforma laboral y pensiones  19/1/2021

 

 

Los sindicatos anuncian movilizaciones para lograr la subida del SMI y derogar la reforma laboral y de pensiones    19/1/2021

 

Pacto de Toledo    https://www.elplural.com/tag/pacto-toledo

 

 

Iglesias se impone a Escrivá y el Gobierno aparca la ampliación a 35 años del plazo para calcular las pensiones   19/1/2021

 

 

Nuestros políticos no tienen mucha prisa por parar el trasvase fiscal de las multinacionales desde España hacia otros países  19/1/2021

 

 

 

https://www.eleconomista.es/tags/Pacto-de-Toledo

 

 

Comisión Mixta para la Unión Europea (20/01/2021)

 

https://www.youtube.com/watch?v=vlsxEXYc02A

 

El Pacto de Toledo inicia la privatización del sistema de pensiones    20/01/2021

 

 

Así es la reforma fiscal que prepara Hacienda  20/1/2021

 

Sánchez niega que el Gobierno quisiera cambiar el tiempo de cotización de las pensiones     20/01/2021 

 


 


Extracto del borrador Plan nacional de recuperación, transformación y resiliencia del PSOE.

 

El PSOE que planteaba alargar el periodo de cotización a los 35 años   20/1/2021

 

 

Escrivá desmiente la propuesta de ampliar los años para calcular la pensión pese a que la incluyó en un borrador  20/1/2021

 

 

El impulso a los planes privados de empresa que incluye la reforma del ministro Escrivá fuerza la movilización de pensionistas en todo el Estado

Los pensionistas se rebelan contra la reforma de Escrivá  20/1/2021

 

 

El Círculo de Empresarios  y la Fundación Transforma España  propone ampliar años del cálculo de pensiones y revalorizarlas con la productividad   21/01/2021 

 

 

Documento que hace referencia.

 

El Talento Sénior y el Valor de la Experiencia

 

https://circulodeempresarios.org/publicaciones/talento-senior-valor-la-experiencia/

 

El documento:




https://circulodeempresarios.org/app/uploads/2021/01/CdE-y-Transforma-ESpa%C3%B1a-El-Talento-S%C3%A9nior-y-El-Valor-de-la-Experiencia-VFF.pdf

 

 

 


 

El Círculo de Empresarios y Fundación Transforma España apuestan por aprovechar el talento sénior y la experiencia

21 de Enero de 2021

 

https://ftransformaespana.es/milo-portfolio/talento-senior/

 

 

El Talento Sénior y el Valor de la Experiencia

 

21 de Enero de 2021

 

https://www.youtube.com/watch?v=0i1-igC9TBU

 

 

El Talento Sénior y el Valor de la Experiencia

 

24 de Enero de 2021

 

https://www.youtube.com/watch?v=STkdzSDTGok

 

 

“La revolución de las canas”. El talento senior y el valor de la experiencia   26/1/2021

 

El Talento Sénior y el Valor de la Experiencia (en google)

 

Eduardo Serra Rexach

 

https://es.wikipedia.org/wiki/Eduardo_Serra_Rexach

 

Eduardo Serra Rexach

 

http://www.transicion.org/10fundadores/EduardoSerra.php

 

El Consejo de Administración de Everis nombra a Eduardo Serra como presidente y Fritz Hoderlein como consejero delegado 9/5/2018

 

Eduardo Serra, nuevo presidente de Everis   11/5/2018

 

Eduardo Serra: "Everis debe pensar en comprar empresas para seguir creciendo"  28/8/2018

 

 

Eduardo Serra renueva como presidente de la consultora Everis  20/6/2020

 

https://www.eleconomista.es/tags/Pacto-de-Toledo

 

 

El acuerdo de coalición se impone y el Gobierno se prepara para derogar la reforma laboral y modificar las pensiones  21/01/2021 

 

 

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25-N: Concentración en Úbeda contra la privatización del Sistema Público de Pensiones    22/01/2021

 

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VÍDEO | LA PLATAFORMA EN DEFENSA DE LAS PENSIONES PÚBLICAS DE LINARES TAMBIÉN SALE A LA CALLE  25/1/2021

 

 

Movimiento Andaluz en Defensa de las Pensiones Públicas

 

https://movimientoandaluz.org/

 

Movimiento Andaluz en Defensa de las Pensiones Públicas

 

https://www.facebook.com/MOANDPP/

 

El Movimiento Andaluz en Defensa de las Pensiones Públicas planifica en Córdoba sus acciones para 2020

 

Medio centenar de personas se concentraron hoy en Los Cristianos para defender las pensiones    25/01/2021

 

 

 

Pensionistas defienden un sistema público "digno y suficiente" frente a "planes privados de empresa"   25/01/2021

 

 

Las mascarillas irrumpen como un gasto anual de más de 9.000 millones para las familias    25/1/2021

 

 

 

Miren Etxezarreta: “La mochila austriaca tiene piedras dentro, no la merienda para la excursión”  25/1/2021

 

 

Real Decreto 46/2021, de 26 de enero, sobre revalorización de las pensiones del sistema de la Seguridad Social, de las pensiones de Clases Pasivas y de otras prestaciones sociales públicas para el ejercicio 2021.

 

https://www.boe.es/diario_boe/txt.php?id=BOE-A-2021-1135

 

 

UGT y CCOO denuncian "la sobrecarga" del personal sanitario ante la "imparable" tercera ola   26/1/2021

 

 

El PSOE entra en una ciénaga con su reforma de las pensiones y se arriesga a romper con sus aliados    26/1/2021

 

 

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Escrivá abre la puerta a "ajustes puntuales" en las pensiones en la futura reforma    27/01/2021

 

 

 

El gran cambio que se plantea al sistema de pensiones en España explicado: de contributivas a asistenciales  27/01/2021

 

 

Cuando se enmascara la verdad sobre las pensiones y se defiende al capital en lugar de a los trabajadores  27/01/2021

 

Manifiesto leído en la Concentración del día 25 de enero de 2021 en defensa de las pensiones públicas, Asociación para la Defensa de las Pensiones Públicas de Canarias     27/01/2021

 

https://www.facebook.com/COESPE/

 

Carmiacu Núñez: “no vamos a permitir que conviertan las pensiones públicas en otro negocio” (vídeo)  28/01/2021

 

 

(Vídeo) Carmiacu Núñez, de la Asociación para la Defensa de las Pensiones Públicas de Canarias

 

 

 

Rojo y Negro TV: Pensiones   28/01/2021

https://kaosenlared.net/rojo-y-negro-tv-pensiones/

 

 

Calviño lleva a Bruselas la ampliación del periodo de cálculo de la pensión apoyándose en el Pacto de Toledo   28/01/2021

 

 

Calviño lleva a Bruselas la ampliación del periodo de cálculo de la pensión apoyándose en el Pacto de Toledo aunque éste no lo recoge expresamente   28/01/2021

 

 

Escrivá prevé bajar la cuota a 2,1 millones de autónomos en 2022 28/01/2021 

 

Sesión Plenaria (28/01/2021)

 

https://www.youtube.com/watch?v=9-6CsOUIoz4

 

El Pleno decide sobre la convalidación o derogación de cinco Reales Decretos-Leyes. Se trata de iniciativas sobre la adaptación a situación de Estado Tercero del Reino Unido tras el Brexit (00:03:52​), el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia (01:16:54​); medidas de apoyo al sector turístico, hotelero y de comercio (03:11:58​); medidas para hacer frente a situaciones de vulnerabilidad en el ámbito de la vivienda (04:46:07​) y sobre cumplimiento de la ejecución de sentencias (06:25:34​) También se debaten y votan las enmiendas a la totalidad de texto alternativo presentadas a la Proposición de Ley para establecer un régimen jurídico aplicable al Consejo General del Poder Judicial en funciones (07:45:34​)

 

 

El Pleno convalida cinco decretos leyes y rechaza las enmiendas a la totalidad de la Proposición de Ley Orgánica para establecer un régimen jurídico del CGPJ en funciones, que continúa su tramitación      28/01/2021

 

https://www.congreso.es/web/guest/notas-de-prensa?_notasprensa_mvcPath=detalle&_notasprensa_notaId=38629

 

 

Sesión Plenaria    Sesión n° 70   28/01/2021

 

https://app.congreso.es/AudiovisualCongreso/audiovisualEmisionSemiDirecto?codOrgano=400&codSesion=70&idLegislaturaElegida=14

 

 

El movimiento de pensionistas y el Pacto de Toledo   29/01/2021

 

Calviño enviará a la CE el Plan de Recuperación en el primer trimestre y acelerará su ejecución en el tercero   29/01/2021

 

 

Calviño lleva a Bruselas ampliar el periodo de cálculo de la pensión sin especificar los años   29/01/2021

 

 

Automatización del trabajo: ¿qué profesiones serán las primeras en caer?       30/01/2021

 

Robots, automatización y trabajo asalariado (parte I, II y III) por Duval para el blog Crónica de Clase

 

 

¿Teletrabajo o digitalización del mercado laboral?, por Duval para el blog Crónica de Clase

 

 

Escrivá: "La reforma de las pensiones es clave para acceder a los fondos de la UE y está en el propio interés de España  30/01/2021

 

 

España registra la mayor tasa de paro juvenil de toda la zona euro: 22 puntos por encima de la media  1/2/2021

 

 

España fue en 2020 el país de la UE donde más creció el paro entre las mujeres     1/02/2021

 

 

 

El gasto militar español: desproporcionado y falseado    1/2/2021

 

 

 

El gasto militar 2021. Presupuestos envenenados

 

https://www.grupotortuga.com/El-gasto-militar-2021

 

 

Tte. Gonzalo Segura: hacia la robotización del ejército español. 2/2/2021

 

Navantia     https://es.wikipedia.org/wiki/Navantia

 

 

España (y Europa) robotiza sus ejércitos: el futuro que nos espera y los intereses que hay detrás   2/2/2021 por Luis Gonzalo Segura

 

 

Eurocop Security Systems en google

 

 

El Estado policial español 2.0: tecnologías de empresas privadas para vigilar a los ciudadanos  4/2/2021

 

UGT reclama la enfermedad profesional por contagio de COVID para los servicios esenciales y otros profesionales    04 FEB 2021

 

 

 

Por qué no es público el informe del Consejo de Estado sobre los fondos europeos   4/2/2021

 

Real Decreto-ley 36/2020, de 30 de diciembre, por el que se aprueban medidas urgentes para la modernización de la Administración Pública y para la ejecución del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.

 

 

La sorprendente convalidación del Real Decreto-ley 36/2020 sobre el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia para ejecutar 140.000 millones de euros que corresponderán a España de los 750.000 millones de euros del Fondo Next Generation UE   4/2/2021

 


 

La reforma de las pensiones del ministro Escrivá   7/2/2021

 

 

El Pacto de Toledo y la financiación de las pensiones   7/2/2021 por MIKEL DE LA FUENTE

 

 

https://vientosur.info/el-pacto-de-toledo-y-la-financiacion-de-las-pensiones/

 

Pensiones  https://vientosur.info/category/temas/trabajo/pensiones/

 

 

 

Las pensiones del futuro serán bajas ¿qué puedo hacer para tener un buen nivel de vida en la jubilación?  7/2/2021

 

 

Podemos presionará para 'indultar' las jubilaciones anticipadas con 40 años cotizados       9/02/2021

 

 

 

Cuándo y cuánto: así será la subida de las pensiones en 2021 9/2/2021 por Jose Trecet    

 

https://laboralpensiones.com/

 

 

¿Puede el BCE cancelar deuda pública de los países? La pregunta para la que cada economista tiene una respuesta distinta 10/02/2021

 

 

 

Reglamento (UE) 2021/241 del Parlamento Europeo y del Consejo de 12 de febrero de 2021 por el que se establece el Mecanismo de Recuperación y Resiliencia.

 

https://www.boe.es/buscar/doc.php?id=DOUE-L-2021-80170

 

Reglamento (UE) 2021/241 del Parlamento Europeo y del Consejo de 12 de febrero de 2021 por el que se establece el Mecanismo de Recuperación y Resiliencia

https://eur-lex.europa.eu/legal-content/ES/TXT/?uri=uriserv%3AOJ.L_.2021.057.01.0017.01.SPA&toc=OJ%3AL%3A2021%3A057%3ATOC

 

Reglamento 2021/241: la UE da luz verde al Plan de recuperación frente al Covid-19

 

https://noticias.juridicas.com/actualidad/noticias/16034-reglamento-2021-241:-la-ue-da-luz-verde-al-plan-de-recuperacion-frente-al-covid-19/

 

 

Los pensionistas protestan contra las "presiones de Bruselas" y sus recortes     13/2/2021

 

 

Análisis Social. ¿Qué pasa con las pensiones?  13/2/2021

 

Riesgo de pobreza en los jubilados: España ha mejorado sus cifras desde 2012 mientras la todopoderosa Alemania las ha empeorado   13/2/2021

 

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El espejismo del “Maná” de los fondos europeos para apoyar la recuperación tras la crisis de la COVID-19: Un proceso largo y complejo. La aprobación por el Parlamento Europeo, el 10 de febrero de 2021, del Mecanismo de Recuperación y Resiliencia de la UE (1)    18/2/2021

 

 

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El calendario de las reformas de las pensiones. Las 12 estaciones del calvario de Escrivá      19/2/2021

 

 

En PDF https://laboralpensiones.com/wp-content/uploads/2021/02/909-calvario-escriva-1.pdf

 

Referencia:

Reglamento (UE) 2021/241 del Parlamento Europeo y del Consejo de 12 de febrero de 2021 por el que se establece el Mecanismo de Recuperación y Resiliencia.

 

https://www.boe.es/buscar/doc.php?id=DOUE-L-2021-80170

 

Alcoa reúne a la plantilla de Lugo para informar sobre la venta a la SEPI     22/2/2021

En marcha las obras municipales para la adecuación del centro de formación de Navantia     22/2/2021

 

 

 

Navantia              https://es.wikipedia.org/wiki/Navantia

 

Navantia acude a la feria IDEX con la vista puesta en Arabia Saudí 23/2/2021

https://www.infodefensa.com/es/2021/02/23/noticia-navantia-acude-feria-emirati-vista-puesta-arabia-saudi.html

 

La SEPI, dueña de Navantia y compradora de Alcoa, cumple 500 días sin presidente    23/2/2021

 

 

 

 Navantia

 

https://www.elconfidencial.com/tags/empresas/navantia-2849/

 

Navantia       https://www.20minutos.es/minuteca/navantia/

 

 

 

 

 

 


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