Las multinacionales escaparán al control político
con el Tratado de libre Comercio UE-EEUU
20/05/2014
Nuevos
documentos muestran el creciente peso de los grupos de presión en las
negociaciones, que gobiernos y empresas mantienen discretamente. "Tienen
mucha prisa para negociar este tratado; saben que cuanto más se sepa sobre el
TTIP, más rechazo va a Mientras los partidos mayoritarios se vuelcan en dar su
mejor imagen de cara a las elecciones europeas, otras formaciones y ONGs
intentan levantar las alfombras del poder para poner el foco en asuntos que
pasan oportunamente desapercibidos para la opinión pública, pero que marcarán
el devenir político, económico y social europeo durante los próximos años. Es
el caso del Tratado de Libre Comercio que negocian la UE y EEUU, en
un proceso en el que las multinacionales se niegan a quedar relegadas a un segundo
plano.
Varias voces
alertan sobre los peligros de la Asociación Transatlántica para el Comercio y
la Inversión -TTIP, por sus siglas en inglés- que conservadores y socialistas
intentan vender destacando los supuestos beneficios económicos que
generará, y eludiendo cualquier mención a los riesgos que conllevará el mismo.
Según un documento sobre el TTIP filtrado el pasado lunes, las
propuestas actuales dentro del marco del tratado "concederían a gobiernos
y empresas extranjeras una mayor oportunidad de influir en la opinión
pública, tanto en la UE como en Estados Unidos"
Kucharz:
"Si el 80% de los supuestos beneficios dependen de la eliminación de
reglamentos, nos veríamos afectados por recortes sin precedentes “Esta es la
denuncia de grupos como el Observatorio de las Corporaciones Europeas,
Ecologistas en Acción y otras fuerzas políticas, que alertan del riesgo
medioambiental, sanitario o para la seguridad de los consumidores que supondría
rebajar los estándares que regulan la comercialización de bienes y
servicios dentro de la UE, condición sine qua non para
facilitar las relaciones comerciales.
El mismo grupo
afirma que son más de 30.000 las personas que ejercen como lobbistas en
Bruselas, y el británico The Guardian aseguraba en un reciente artículo que influyen en un 75% de las
normativas europeas.
Para Tom
Kucharz, de Ecologistas en Acción, el TTIP es "claramente una
amenaza importante que podría afectar a muchos aspectos de nuestra vida
diaria". "Si el 80% de los supuestos beneficios económicos del
tratado dependen de la eliminación o armonización de los reglamentos y normas,
nos veríamos afectados por recortes sin precedentes en los derechos sociales,
laborales y ambientales, denuncia.
Kucharz
explica a Público que el documento filtrado -cuya procedencia
dice no poder revelar- refleja los planes de la Comisión Europea de "cambiar
fundamentalmente la forma en que se adoptarán en el futuro los reglamentos y
directivas europeas para proteger a consumidores, trabajadores y el
medio ambiente".
De
hecho, el ecologista defiende que los grupos de presión empresariales a ambos
lados del Atlántico intentan "aprovechar al máximo la desregulación de las
normas alimentarias y de seguridad de los productos". "Si lo logran, la
futura toma de decisiones se hará aún más antidemocrática, escapando
al escrutinio democrático y colaborando abiertamente con el lobby empresarial",
vaticina.
"Un
ejemplo: de momento la UE ha prohibido el uso de 1.300 sustancias en productos
cosméticos, EEUU sólo 11", recuerda Haar
"Efectivamente, ha
habido diferentes informaciones acerca de las presiones que las
grandes empresas transnacionales, buena parte de ellas estadounidenses, estarían
haciendo para que el resultado de las negociaciones les fuera lo más propicio
posible", asegura a este medio Ricardo Sixto, diputado de Izquierda
Unida. "Al final, esas empresas y sus grupos de presión consiguen que se
desarrollen marcos legales que acaban beneficiando a esas compañías privadas,
en detrimento y en perjuicio de los derechos de los ciudadanos", denuncia
el parlamentario.
Esto, por no
hablar del protocolo ideado para "proteger" las inversiones. EEUU y
la UE discuten la incorporación de un mecanismo que, en
palabras de Kucharz, permitirá a las grandes compañías reclamar
indemnizaciones ante tribunales de arbitraje a los estados, si consideran
que sus beneficios económicos o sus expectativas de ganancias futuras se ven
afectados por leyes o políticas en un país en el que han invertido. Es decir:
"Si no ganan lo que quieren, pueden demandar en tribunales privados
al Estado en el que han invertido", lamenta el ecologista, muy crítico con
los "superderechos" que reciben estas organizaciones, "por
encima de la soberanía de los Gobiernos y parlamentos", como ha ocurrido
con países como México o Costa Rica tras la firma de este tipo de tratados con
EEUU.
Sixto
también ve el mecanismo de solución de controversias como uno de los puntos más
preocupantes en las negociaciones, ya que "permite a los inversores
extranjeros eludir a los tribunales nacionales y presentar sus quejas
directamente a los tribunales internacionales de arbitraje, a menudo compuestos
por abogados de las mismas empresas. Se trata de un privilegio para las
empresas más poderosas inconcebible e injustificable entre dos sujetos
políticos con tribunales de justicia desarrollados y plenamente
operativos", defiende. A su juicio, una mejor solución sería dejar que los
tribunales y el derecho de cada Estado resuelvan las disputas con las empresas
que operen en esos países. "Lo que no se puede hacer, en ningún
caso, es debilitar el poder legislativo de los Estados miembro para favorecer
los intereses y beneficios de esas multinacionales".
Los riesgos
del reconocimiento mutuo
Sixto:
"El mecanismo de solución de controversias entre estados y empresas es un
privilegio para las empresas más poderosas, inconcebible e injustificable"
Ecologistas
en Acción es sólo una de las 180 organizaciones encargadas de velar por el
medioambiente, los derechos laborales o sanitarios que están exigiendo
explicaciones a los negociadores comerciales de la UE y de EEUU, aunque por el
momento no han tenido mucho éxito. Junto a ellas, el Observatorio Corporativo
Europeo - ONG que estudia la actividad empresarial en el Viejo Continente-
lleva años publicando informes críticos con las instituciones europeas, y la
Alianza por la Transparencia de los Lobbies y su Regulación Ética
(ALTER-EU) ha logrado el apoyo de 1.100 candidatos al Parlamento Europeo -100 de ellos
españoles- para denunciar la excesiva presión de bancos y multinacionales en
la política comunitaria, pero la Cámara ha hecho caso omiso a sus
reivindicaciones.
"Es muy
preocupante ver que los negociadores están concibiendo maneras de proceder que
introducirían los intereses de grupos de presión empresariales en el seno de
los procedimientos regulatorios en el futuro", denuncia Kenneth Haar,
investigador del Observatorio Corporativo Europeo (CEO).
"Como
las negociaciones no van a hacer a las partes subir sus estándares, el
resultado inevitable es que la UE baje los suyos. Productos químicos
que hoy no se utilizan serán permitidos, como ocurrirá con productos
alimentarios", lamenta Haar. "Un ejemplo: de momento la
UE ha prohibido el uso de 1.300 sustancias en productos cosméticos, EEUU sólo
11", razona.
En una
entrevista con Público el pasado mes de noviembre, el máximo
responsable de Bruselas en las negociaciones del TTIP, Ignacio García Bercero, aseguró que no rebajar los estándares era uno de los
"principios base de la negociación", pero según Kucharz es un
argumento falso.
Son más de
30.000 las personas que ejercen como'lobbistas' en Bruselas, según
el Observatorio Corporativo Europeo
"Estados
Unidos no tiene ratificadas seis de las ocho normas fundamentales de la
Organización Internacional del Trabajo (OIT), incluida la Convención sobre la
libertad sindical y el derecho de negociación colectiva", recuerda Sixto.
"La agenda de negociación del TTIP muestra que no hay ninguna ambición de
avanzar en mayor protección de los derechos laborales", sostiene,
denunciando que el reconocimiento mutuo supondría en la práctica la
anulación efectiva del derecho a regular, y "se fomentaría un dumping desregulador
sin precedentes".
Las
negociaciones sobre el Tratado de Libre Comercio entre la Unión Europea y EEUU
comenzaron en julio de 2013, cuando acababa de destaparse el escándalo de las escuchas de la NSA a ciudadanos y
líderes europeos. Socialistas y Conservadores se opusieron a paralizar
la firma de un acuerdo que supondrá la eliminación de barreras
normativas y económicas para las relaciones comerciales entre Estados
Unidos y el Viejo Continente, y que teóricamente representará un beneficio
anual de hasta 110.000 millones de euros para las exhaustas arcas
europeas (cerca de 545 euros por familia para nuestro país), y de 95.000
millones de euros para EEUU.
Sin embargo,
tras cuatro rondas de reuniones oficiales (la última en marzo)
los negociantes no aportan argumentos que sustenten estas estimaciones, que en
cualquier caso no comenzarán a notarse antes de 2016, fecha en la que se espera
la implantación del tratado, que deberá ser aprobado por el Parlamento Europeo
y que no será sometido a referéndum.
La opacidad
del proceso
"El
reconocimiento mutuo supondría la anulación efectiva del derecho a regular,
fomentaría un 'dumping' desregulador", denuncia Sixto"La negociación
de los documentos, las contribuciones de las partes interesadas, agendas y
actas de las reuniones con la industria, ninguno de ellos son públicos",
asegura Kucharz, uniendo su voz a la de los políticos, activistas y ciudadanos
que ya han denunciado la falta de transparencia en las
negociaciones.
Preguntado
por el escaso interés que el poder político tiene en explicar el TTIP y la
aparente ausencia de inquietudes al respecto por parte de los ciudadanos, Haar
responde que cuando son informados sobre la esencia de las
negociaciones "se quedan en estado de shock o se enfadan",
insistiendo que les interesa, pero que "lleva tiempo transmitir el
mensaje".
"Tienen
mucha prisa para negociar este tratado, porque saben que cuánto más se
sepa sobre el TTIP, más rechazo va a provocar, y mayores costes políticos
podría causar en algunos partidos y gobiernos", sostiene Kucharz.
"El
TTIP se está convirtiendo en un elemento de debate de cara a las europeas, y la
mayoría prefiere no tocarlo en público porque supondría un elemento de
presión, ataría sus manos de cara a las negociaciones, asegura Haar".
En esta
línea, el investigador destaca la labor de la Izquierda Unitaria
Europea y el grupo de Los Verdes en el Parlamento, pero recuerda que
según los sondeos la Cámara seguirá en manos de los conservadores tras las
elecciones. En palabras de su compañero Kucharz, "son capaces de canalizar
el rechazo, pero no tendrían la mayoría política necesaria para impedir su
ratificación, tanto en el PE como en el ámbito nacional", lamenta.
Una petición
de información rechazada por la mayoría parlamentaria
El pasado 7
de mayo la aplastante mayoría del Congreso de los Diputados decidió rechazar
una moción planteada por la Izquierda Plural, que pedía al Gobierno de Rajoy
que se plantase ante Europa y paralizase las negociaciones del TTIP, algo que
rechazaron la mayoría de los grupos de la cámara. De hecho, PP, PSOE,
UPyD, y PNV también votaron contra la propuesta de convocar un referéndum para
que los europeos decidiesen si quieren o no un tratado que a todas luces
afectará a su día a día. En último término, el PP volvió a echar mano del
rodillo de su mayoría absoluta para impedir la apertura de una comisión que en
medio año pudiera explicar a los españoles cómo les afectará la firma del
tratado, lo que parece reforzar la tesis de los grupos contrarios al acuerdo.
“El PP tiene miedo a preguntar a los ciudadanos, que para él son meros
consumidores", denuncia Ricardo Sixto. "Han colocado, sin
ningún pudor, los intereses de las grandes empresas transnacionales por
encima de los derechos sociales y laborales, sin importarles que para ello haya
que laminar las normas democráticas que rigen el Estado de derecho",
explica. "Para el PP el tratado resulta muy ventajoso tal y como se está
negociando. Así lo dijo el diputado del grupo parlamentario popular que
intervino en contra de la moción que presentó Izquierda Unida. Según sus
palabras 'es necesario que estadounidenses y europeos nos pongamos de acuerdo
en las nuevas reglas para el comercio y la inversión. Sólo así se va a conseguir
liberalizar sectores con complejas normas de seguridad como los
automóviles y los productos alimentarios'. Creo que estas palabras son bastante
esclarecedoras", concluye Sixto.
Cita del artículo:
Según un documento sobre el TTIP filtrado el pasado lunes, las
propuestas actuales dentro del marco del tratado "concederían a gobiernos
y empresas extranjeras una mayor oportunidad de influir en la opinión
pública, tanto en la UE como en Estados Unidos"
TTIP:
Transversal disciplinas y disposiciones institucionales
Documento
de posición - Capítulo sobre la coherencia reglamentaria
El TTIP
ofrece una oportunidad histórica para la UE y los EE.UU. para mejorar
sustancialmente regulatorio co-operación. Esta cooperación debe guiarse por derecho
de ambas Partes de desarrollar y mantener, políticas y medidas que
garanticen un elevado nivel de medio ambiente, la salud, la seguridad, los
consumidores y el trabajo protección, respetando plenamente el derecho de
cada lado para reglamentar, de conformidad con el nivel deprotección que
considere oportunas. Una cooperación más estrecha en materia de
reglamentación no sólo es importante para lograr progresivamente un
mercado transatlántico más integrado, sino también para garantizar que la UE
y los EE.UU. de forma conjunta y activamente a promover el desarrollo de
normas y estándares internacionales en la cooperación y el diálogo con
otros socios, así como garantizar juntos en el más eficaz manera los
objetivos en juego. Este documento de posición incluye ideas sobre cómo
la TTIP podría establecer un sistema eficaz de cooperación normativa
transatlántica, basada también un diálogos normativos específicos ya existentes
o por desarrollar en ciertas áreas. Debe leerse junto con el
documento "Módulo Adicional" de 20 Octubre de 2013, que
también se exponen los objetivos generales que se persiguen por el Capítulo
Horizontal.
1. Alcance
El capítulo
horizontal sobre Coherencia Regulatoria debe cubrir, en principio, cualquier
planificado y medidas normativas vigentes de aplicación general con un impacto
significativo (potencial o real) en (transatlántica y, en particular) el
comercio internacional. Por parte de la UE, esto incluiría primario de la
UE legislación (reglamentos y directivas), así como las medidas de aplicación
adoptadas en la UE y actos delegados ("actos no legislativos"). Por
el lado de EE.UU., esto incluiría los proyectos de ley del Congreso, así como normas
de EE.UU. Ejecutivo Federal y las agencias independientes. Las reglas de
este capítulo también deberían extenderse a las regulaciones de los Estados
EE.UU. y los Estados miembros de la UE, sin perjuicio de posibles adaptaciones.
Todos los
sectores deben ser cubiertos por las disciplinas del capítulo Horizontal,
también basada en existentes diálogos reguladores específicos. En su caso,
estas disciplinas se pueden especificar para sectores seleccionados. En
caso de superposiciones, las disposiciones específicas de los OTC, MSF,
Servicios Financieros o capítulos de Desarrollo Sostenible prevalecerán sobre
las reglas más generales de la horizontal Capítulo.
Quedan
derogadas cuantas disposiciones específicas relativas a la cooperación
normativa y el marco institucional esta cooperación en el ámbito de los
servicios financieros anulará las normas generales del Capítulo Horizontal.
Con miras a
proteger y respetar el derecho de las Partes a regular, ambas partes reafirman su
derecho soberano de adoptar nuevas iniciativas reguladoras, para regular en pos
de público legítimo objetivos políticos y garantizar que sus leyes y políticas
proporcionen y estimulen altos niveles de medio ambiente, salud, seguridad,
protección del consumidor y de trabajo.
2. Requisitos esenciales para la
efectiva cooperación regulatoria
El TTIP
debería incluir un compromiso claro para mantener o establecer las condiciones
necesarias para mejora regulatoria cooperación y también debe desarrollar una
estructura de gobierno para que la luz propósito. Reguladores (ejecutivo
de EE.UU. y agencias federales independientes) y las autoridades competentes (servicios
de la Comisión) deben participar en la cooperación reglamentaria bilateral e
internacional como parte de cumplir con sus objetivos nacionales, para maximizar
los objetivos reguladores comunes y examinar opciones que podría mejorar la
compatibilidad normativa, sin perjuicio de su derecho a regular y definir el
nivel de protección considerado apropiado a cada lado. En términos concretos,
en su caso, los reguladores / autoridades competentes deben cooperar para mejorar
la compatibilidad reguladora, con el fin de explorar las soluciones de
facilitación del comercio, por ejemplo, por medio de reconocimiento de la
equivalencia, reconocimiento mutuo o de la confianza y el intercambio de datos
e información, o otros medios. Reguladores / autoridades competentes
deberían considerar debidamente justificada las propuestas de la otra parte o
las solicitudes conjuntas de la UE y de Estados Unidos interesados en cómo
alcanzar estos objetivos y se deben comunicar a la otra Parte y las partes
interesadas de cualquier apropiarse de formar el resultado de esta evaluación y
de su razón de ser. El resultado de dicha acción podrían integrarse en
TTIP siguiendo los procedimientos mencionados en el punto 7 siguiente.
Reguladores
/ autoridades competentes deben cooperar activamente en la promoción de las
normas internacionales, reglamentos, directrices y recomendaciones y garantizar
su aplicación coherente. Este debe incluir el compromiso de I) cooperar
estrechamente en el desarrollo de normas internacionales pertinentes instrumentos
de una II) de la presentación, cuando sea factible, de iniciativas conjuntas UE
/ Estados Unidos en internacional organizaciones que trabajan en estos
instrumentos.
Cuando
proceda, las Partes tomarán las medidas necesarias para asegurar que sus
reguladores / competente autoridades pueden participar en esta cooperación sin
restricciones innecesarias, incluyendo cualquier barreras / rigideces
institucionales, legales o de otra índole. Reguladores / autoridades
competentes un tanto partes deben evaluar el impacto de sus iniciativas
normativas en el internacional y, en particular, comercio transatlántico,
además de otros efectos y tener en cuenta las observaciones escritas de la otro
lado en estos aspectos en sus respectivos procedimientos reglamentarios.
3. Información periódico sobre las
próximas iniciativas en tramitación
Las Partes
deben actualizarse mutuamente con regularidad, por lo menos dos veces al año,
sobre los principales elementos de cualquier iniciativas normativas y
legislativas con impacto potencial del comercio significativo como de la etapa
de planificación.
Cada lado
debe compartir esta información con las partes interesadas a través de un único
punto de acceso. Además, en el lado de la UE, la Comisión informa a la
Administración de EE.UU. sobre el potencial próxima legislación primaria
significativa y actos no legislativos definidos anteriormente.
El gobierno
de EE.UU. podría informar a la Comisión sobre los proyectos de ley del Congreso
en espera (por ejemplo, una vez marcados para el debate en el comité o
subcomité correspondiente), así como las próximas normas de Agencias federales
(ejecutivo e independiente).
La
información proporcionada debe incluir medidas reguladoras que entren en el
ámbito de temática Capítulos TTIP sobre OTC, MSF, Aduanas, Compras, etc, y
perteneciente a los sectores sujetos a compromisos regulatorios específicos. La
información debe identificar el problema, el regulador objetivos, las consultas
previstas, el modo en que los impactos (incluyendo el internacional, y en
particular el comercio transatlántico) se evaluará, así como el calendario para
la adopción de la medida.
Si una Parte
presente una solicitud motivada de información sobre las medidas regulatorias
futuras por una UE Estado miembro o de un Estado de los EE.UU. en las áreas que
serán cubiertas por el Capítulo Horizontal, el otro Partido usará sus mejores
esfuerzos para suministrar información sobre estas iniciativas, como oferta.
4. Diálogos regulatorios
Tras una
solicitud específica de una Parte a la otra Parte debería ofrecer a entablar un
diálogo, proporcionando información sobre las posibles opciones e impactos, y
reaccionar a los comentarios escritos del Estado requirente Parte. Partes
estudiarán posibles medidas concretas para llegar a resultados compatibles o
coordinada enfoques, en su caso, que consiguen sus respectivos objetivos
regulatorios perseguidos, incluyendo el nivel de protección que estime adecuado
a cada lado, evitando al mismo tiempo negativo efectos en el comercio
transatlántico internacional y en particular. También se debe dar a los medios
de forma activa y promover conjuntamente marco regulador común objetivos en los
organismos internacionales. Cada lado debe estar preparado para
proporcionar información a la otra otro sobre las opciones normativas concretas
que se están considerando en estos órganos y discutir cómo objetivos de
regulación se pueden lograr al mismo tiempo, evitar los impactos negativos en internacional,
en particular transatlántica, el comercio y la inversión.
Ya sea en un
contexto bilateral o internacional, cada lado debe responder por escrito a los
comentarios escritos desde el otro lado, con los más cortos posibles retrasos.
Por el lado
de la UE, el intercambio de iniciativas legislativas entre la autoridad
competente (UE Comisión) y el regulador de EE.UU. deben tener lugar tan pronto
como sea posible después de la recepción de la petición y antes de la
aprobación de la propuesta de la Comisión de Reglamento / Directiva. El intercambio
en actos no legislativos debería tener lugar tan pronto como sea posible
después de la petición.
Por el lado
de EE.UU., el intercambio regulador a petición de medidas no legislativas entre
los EE.UU. regulador y la Comisión de la UE debería tener lugar tan pronto como
sea posible en el pre-aviso y post-notar etapa, y antes de la regla final se
publica en el Registro Federal. Por lo que respecta significativa proyectos
de ley pendientes en el Congreso de EE.UU. de la Oficina de Administración y
Presupuesto (OMB) y la Oficina de Información Legislativa (OLI) debe facilitar
la comunicación de observaciones o declaraciones escritas la Comisión puede
querer hacer vis-à-vis la Comisión correspondiente del Congreso.
La Comisión
y el gobierno de EE.UU. deben establecer estructuras que faciliten estos
diálogos.
Ambas partes
podrán establecer entre sí el acceso a la información sobre las propuestas
legislativas pendientes antes de que sus (co) colegisladores (por ejemplo, a
través de un sitio web específico) y establecer puntos de contacto para
facilitar la entrega de las observaciones formuladas por ambos lados vis-à-vis
los (co)-legisladores, en la medida posible.
A solicitud
de una Parte en relación con las medidas reglamentarias importantes en fase de
desarrollo por un Estado de los EE.UU. o de un Estado miembro de la UE, la otra
parte debe tratar de facilitar un diálogo que incluya a la Parte solicitante y
el Estado de los EE.UU. o el Estado miembro de la UE.
5. Análisis de evaluación de impacto de
beneficio / costo
Reguladores
de Estados Unidos (agencias ejecutivas federales e independientes) y las
autoridades competentes en la UE (servicios de la Comisión), al llevar a cabo
el análisis de la evaluación del impacto en beneficio / costo en la propuesta medidas
de regulación incluidas en el presente capítulo, deberán evaluar los impactos
en internacional y en particular el comercio transatlántico. La evaluación
del impacto debe ser informado por el aporte correspondiente de partes
interesadas. El análisis de la evaluación del impacto de costo / beneficio
debe ser publicada junto con la medida propuesta o final.
Ambas partes
intercambiarán, previa solicitud, información sobre los supuestos subyacentes,
la evidencia científica y datos, así como metodología aplicada.
Hallazgo
Evaluación del impacto y análisis coste-beneficio como herramientas de apoyo a
la formulación de políticas no lo hará prejuzgar el derecho soberano de las
Partes a adoptar nuevas iniciativas regulatorias o legislativas, para regular
en consecución de sus objetivos de política pública y para garantizar que sus
leyes y políticas proporcionen y estimulen altos niveles de protección
ambiental, la seguridad de la salud, del consumidor y de trabajo.
6. Información sobre la legislación y la
investigación y los puntos de contacto existentes
Cada Parte
emprenderá consultas con los interesados sobre las medidas reglamentarias y
legislativas en las áreas que serán cubiertas por este capítulo, de acuerdo con
su respectiva consulta marco.
Cada Parte
establecerá o mantendrá mecanismos adecuados para responder a las consultas de cualquier
persona interesada con respecto a las medidas de aplicación general cubiertas
por este Capítulo.
A petición
cada Parte deberá proporcionar información sobre cualquier medida existente o
en proyecto que la otra Parte considere que pudiera afectar el funcionamiento
de este Tratado, independientemente de si se trataba de notificada.
Cada Parte
debe esforzarse por identificar o crear servicios de información o puntos de
contacto para las personas interesadas de la otra Parte de la tarea de tratar
de resolver con eficacia los problemas de los que pueden subir de la aplicación
de medidas de aplicación general. Dicho proceso debe ser de fácil acceso, de
duración determinada, orientada a los resultados y transparente. Ellos
deben entenderse sin perjuicio de cualquier recurso o los procedimientos de
revisión, que las Partes establezcan o mantengan.
Cada Parte
debería tratar de proporcionar herramientas de información centrales que
contienen información sobre las medidas legislativas e iniciativas reguladoras,
pertinentes para este Capítulo.
7. Marco institucional
Un Consejo
de Cooperación Regulatoria (RCC) se establecerá con la participación del nivel
senioror representantes de reguladores / autoridades competentes y
representantes de comercio, así como Secretaría General de la Comisión (SG) y
la Oficina de EE.UU. de Información y Asuntos Regulatorios (OIRA). La RCC
se reunirá al menos dos veces al año y preparará un programa reglamentario
anual.
Las
funciones de la RCC figuran, entre otros:
a) Preparar
y liberando al público con carácter anual un programa prioritario del regulador
cooperación ("Programa de Reglamentación"), que expondrá la
cooperación reguladora planificada y continua actividades y objetivos y la
presentación de informes sobre la aplicación de los compromisos sectoriales y
otros acciones prioritarias;
b) Examinar
y analizar, con la ayuda de los grupos de trabajo pertinentes conjunta
sustantiva comunicaciones de las partes interesadas o presentaciones de la UE y
de Estados Unidos de cualquiera de las Partes sobre cómo profundizar cooperación
regulatoria hacia una mayor compatibilidad tanto para el futuro y reglamentario
vigente medidas;
El CCR puede
estar asistido por grupos sectoriales de trabajo ad hoc. En el ámbito de
los servicios financieros las funciones de la RCC para supervisar, guiar la
cooperación y para preparar el Regulador anual Programa será asumida por un
organismo sectorial competente establecido por la TTIP.
Modalidades
específicas se establecerán para la interacción de la RCC con los legisladores
(Congreso de los EE.UU. y el Parlamento Europeo). El RCC debe interactuar
con las partes interesadas, incluidas las empresas, consumidores y sindicatos. Para
este fin, una de múltiples partes interesadas comité consultivo UE-Estados
Unidos o órgano similar debería establecerse que se reuniría regularmente con y
trabajar con la UE competente las autoridades y los reguladores de Estados
Unidos en la elaboración de las medidas reglamentarias o de tomar decisiones la
forma de promover compatibilidad de uno ya existente (por ejemplo, a través de
la confianza mutua, el reconocimiento, etc.)
La relación
entre la ICR y los órganos de toma de decisiones en condiciones TTIP debe
considerarse en una etapa posterior.
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Cita
del artículo:
¿Pero por
qué es tan difícil de tomar medidas en las finanzas y los bancos? Según las conclusiones del
informe de la
potencia de fuego de los grupos de presión financieros Corporate
Europe Observatory, ( o el informe aquí)
Bruselas es la interfaz continua entre la política y el cabildeo, especialmente
de orden económico. Que opera en todos los niveles de la política europea
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